🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 1311 de 2009

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 1311 de 2009
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2009

RESOLUCIÓN NÚMERO _______001311_______ DE 2009. HOJA No. 2

Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y, la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO, identificada con el NIT 900.034.131-8. ______________________________________________________________________________________

administrar de la ESE DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído.

PARÁGRAFO PRIMERO: L a p r ó r r o g a s e r á h a s t a e l 2 9 d e S e p t i e m b r e d e 2 0 0 9 , contados a partir del día 28 de julio de 2009, según lo dispone el numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se modificó el artículo 116 del DecretoLey 663 de 1993.”

1.3. La doctora MARTHA FELICIANA DELGADO HERNÁNDEZ , A gente Especial de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO, con escrito radicado en esta Superintendencia con el NURC 8029-1-0505525 de fecha 17 de septiembre de 2009, solicitó a la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, la prórroga de la toma de posesión y de la intervención forzosa administrativa para administrar de la referida entidad en los siguientes términos:

“1. Teniendo en cuenta que a pesar de que durante los meses de intervención se

para Medidas Especiales, la prórroga de la toma de posesión y de la intervención forzosa administrativa para administrar de la referida entidad en los siguientes términos:

“1. Teniendo en cuenta que a pesar de que durante los meses de intervención se ha evidenciado un mejor desempeño, la entidad continúa presentando problemas estructurales en las principales variables tales como cartera, ventas, cuentas por pagar, contratación de personal, inventarios y déficit presupuestal.

2. Que a finales de agosto de 2009 la entidad presenta un déficit presupuestal superior a los $9,611 millones de pesos.

3. Que a pesar de que el pasado 21 de agosto de 2009, el juzgado Civil del Circuito ordenó los desembargos de las cuantas de ahorros y corrientes de la entidad, lo cierto es que dicha orden no se encuentra en firme ni se ha ejecutado teniendo en cuenta que interpusieron re cursos de reposición, los cuales aún no han sido resueltos, situación que se adelantó de mane ra artificiosa para evadir la acción de cumplimiento y posteriormente revocar los autos de levantamientos de embargos, lo cual a la fecha ha costado más de 1.300.000 millones de recursos de regalías que son de propiedad de la Gobernación de Arauca.

4. Que los pasivos de la entidad superan lo s $9.611 millones de pesos, de los cuales por lo menos el 45% de los mismos no cuentan con fuentes de financiamiento, por ello, se requiere acudir a recursos de nive l externo. De otra parte, además de los recursos que puedan ser objeto de recuperación de cartera y de la ejecución de los diferentes proyectos ha sido imposible lograr más avance teniendo en cuenta que

ello, se requiere acudir a recursos de nive l externo. De otra parte, además de los recursos que puedan ser objeto de recuperación de cartera y de la ejecución de los diferentes proyectos ha sido imposible lograr más avance teniendo en cuenta que los pocos recursos con los que contaba la entidad han sido embargados, lo que no ha permitido desarrollar el plan de mejoramiento de la manera prevista.

5. Que dentro de los pasivos la entidad existe una deuda por concepto de pago de personal contratado desde ha ce seis meses el cual asci ende a una suma superior $3.960 millones de pesos.

6. Que la entidad está realizando seguimiento y monitoreo con el fin de hacer más eficiente el gasto y aumentar el volumen de ventas, proceso éste que evidenciará resultados a finales del presente año.

7. El Plan de Mejoramiento proyectado sobre los hallazgos que dieron lugar a la intervención forzosa está proyectado a un año y requiere de financiamiento externo para sacar adelante los proyectos propuestos.”

II. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Es competencia de la Superintendencia Nacional de Salud, adelantar conforme a la ley, los procesos de intervención forzosa administrativa para Administrar o Liquidar las entidades vigiladas que cumplen funciones de explotación u operaciónRESOLUCIÓN NÚMERO _______001311_______ DE 2009. HOJA No. 3

Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y, la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO, identificada con el NIT 900.034.131-8. ______________________________________________________________________________________

bienes, haberes y negocios y, la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO, identificada con el NIT 900.034.131-8. ______________________________________________________________________________________

de monopolios rentísticos cedidos al Sector Salud, Empresas Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud. Es de anotar que el parágrafo del artículo primero de la Resolución No. 000667 del 28 de mayo de 2009, establece que la medida de toma de posesión tiene por objeto que esta Superintendencia determine dentro de un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo término, contados a partir de la toma de posesión, si la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO de Arauca, debe ser objeto de liquidación o si se pueden tomar otras medidas para que la ESE pueda desarrollar su objeto conforme a las reglas que la rigen.

Por otro lado, la Resolución No. 001018 del 28 de julio de 2009, prorrogó el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y, la intervención forzosa administrativa para administrar de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO por dos meses, contados a partir del 28 de julio de 2009 hasta el 29 de septiembre de 2009.

Analizada la solicitud de la Agente Especial, contenida en el oficio citado en el presente proveído, se observa que la ESE continúa presentando problemas estructurales en las principales variables tales como cartera, ventas, cuentas por

Analizada la solicitud de la Agente Especial, contenida en el oficio citado en el presente proveído, se observa que la ESE continúa presentando problemas estructurales en las principales variables tales como cartera, ventas, cuentas por pagar, contratación de personal, inventarios y déficit presupuestal.

Adicional a lo expuesto, los pasivos de la ESE superan los $9.611 millones de pesos, de los cuales por lo menos el 45% de los mismos no cuentan con fuentes de financiamiento. Así mismo, de los recursos que pueden ser objeto de recuperación de cartera y de la ejecución de los difere ntes proyectos ha sido imposible lograr más avance teniendo en cuenta que los pocos recursos con los que contaba la entidad aún no han sido desembargados, lo que no ha permitido desarrollar el plan de mejoramiento.

La toma de posesión, conforme el artículo 116 del Decreto – Ley 663 de 1993 modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999 establece: (…)” Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un año, prorrogable por la Supe rintendencia Bancaria, por un plazo no mayor de un año.” (…)

Como corolario de lo anterior y dadas las características de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEPARTAMENTAL MORENO Y CLAVIJO , en aras de garantizar la adecuada prestación del servicio de salud, se hace necesario prorrogar el término de la intervención forzosa administrativa, at endiendo el Plan de Mejoramiento proyectado con el fin de colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, si debe ser objeto de liquidación o si se pueden realizar otras operaciones, esta Superintendencia considera viable y oportuno prorrogar el

proyectado con el fin de colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, si debe ser objeto de liquidación o si se pueden realizar otras operaciones, esta Superintendencia considera viable y oportuno prorrogar el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención Forzosa Administrativa de la ESE.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención Forzosa Administrativa para

Consultar sobre este documento ...