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SUPERSALUD - Resolución 1364 de 2009

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 1364 de 2009
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2009

Mo - A a . > A =c ON SIDERANDO € Q__— — OA AO OSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO :1384 pe 2009 (07 007. 2009 ) inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO

VALDERRAMA.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 100 de 1993, la Ley 510 de 1999 , la Ley 715 de 2001, la Ley 1122 de 2007, y los Decretos 663 de 1993,-1015 de 2002, 2211 de 2004 y 1018 de 2007

l. ANTECEDENTES DEL CASO

1.1 La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución No 000709 del 03 de Junio de 2009, dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa de Er con la finalidad de garantizar la adecuada prestación del servicio d salud, en los términos y con la debida observancia de las normas que rigen para el Sistema General de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

PARÁGRAFO: Esta medida tiene por objeto que la Superintendencia Nacional de Salud, determine dentro de un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo término contados a partir de la toma de posesión, si la ESE HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, debe ser objeto de liquidación o sí se pueden tomar medidas para que el

(2) meses prorrogables por el mismo término contados a partir de la toma de posesión, si la ESE HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, debe ser objeto de liquidación o sí se pueden tomar medidas para que el mismo pueda desarrollar su objeto conforme a las reglas que lo rigen. Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión |. cruadadania nunnegocios y la Intervención Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Y HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA en el Municipio de TurboAntioquia, Agente Interventor, que para todos los efectos será el Representante HU Legal de la intervenida.” : A 1.2.En otro sentido, esta Superintendencia, con la Resolución No 001063 del ni 05 de Agosto de 2009, decidió: - al “ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR el término de la toma de posesión Ml inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención dl Forzosa Administrativa para Administrar de la ESE FRANCISCO ÓN VALDERRAMA del municipio de Turbo-Antioquia, por las razones NV expuestas en la parte motiva del presente proveído.

PARÁGRAFO PRIMERO: La prórroga será hasta el 11 de Octubre de 2009, contados a partir del día 11 de agosto de 2009, según lo dispone | A el numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se E modificó el artículo 116 del DecretoLey 663 de 1993.” a 1.3. El doctor ANSELMO JOSÉ HOYOS FRANCO, Agente Especial de la od ESE HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, mediante escrito |

modificó el artículo 116 del DecretoLey 663 de 1993.” a 1.3. El doctor ANSELMO JOSÉ HOYOS FRANCO, Agente Especial de la od ESE HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, mediante escrito | presentado en esta Supemtendencia el día 30 de septiembre de pl 2009, y radicado el mismo día, con el NURC 8029-1-0508790, solicitó a la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, la prórroga de la toma de posesión y de la intervención forzosa : administrativa de la referida entidad en los siguientes términos: ¡ ! q = | AN La anterior solicitud se hace teniendo en cuenta los siguientes puntos: e La puesta en marcha del Sistema Obligatorio de Garantía de la | | dá! Atención en Salud de acuerdo a la resolución No 1011 de 2006se | encuentra en la actualidad en los siguientes porcentajes de ' un de la ley 594 de 2000, y la circular No 035 de 2009 emitida por la eneral de la Nación.¿OP INÉHIO de 18 CHA SE pPFOFFOSH el LÉFHIIMO de La TOMA de poseston ¡INMICUUILA UE LUS VICIO, HMULLILO y negocios y la Intervención Forzosa Adnunistrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO l HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA en el Municipio de TurboAntioquia. se obtendrá en un plazo no inferior a doce meses contando con la capacitación al personal y actualización de dicho software. e Atrasos en el flujo de información de la ESE para adelantar el proceso de inventario a los activos y pasivos. e El estudio de viabilidad técnico financiera de la empresa,

capacitación al personal y actualización de dicho software. e Atrasos en el flujo de información de la ESE para adelantar el proceso de inventario a los activos y pasivos. e El estudio de viabilidad técnico financiera de la empresa, motivados por la complejidad de los niveles de atención que se presta por parte de la intervenida, amén de los tres (3) Centros y dieciocho [18] puestos de salud que la conforman, algunos de los ! : cuales no se ha logrado visitar por requerir el acompañamiento de la Fuerza Pública, máxime cuando en las últimas semanas han sucedido AN | alteraciones de orden público en la zona. | e La culminación del montaje del archivo jurídico, contentivo de los proceso existentes a favor y en contra de la entidad, lo cual ha impedido la obtención de información valiosa, para la presentación 0 de los informes; l e La inexistencia de un plan de cargos definido del personal de planta existente en la entidad, lo que genera las dificultades para el cumplimiento del plazo establecido en a circular No 050 de 2009, emitida por la CNSC, para la consolidación y certificación de la OPEC. e La depuración de las cuentas por cobrar, de las cuales se esta | Ú realizando la reclasificación y depuración por terceros, para «así poder establecer quienes son en realidad nuestros deudores e El saneamiento de los aportes patronales, Situado Fiscal y Sistema General de Participación, con las entidades administradoras de pensiones y cesantías según circular externa No 000049 de 2004. e 1 4 e La depuración del presupuesto de ingresos y gastos de la presente |. p Í vigencia, el cual confiene saldos de vigencias anteriores, en razón a |

pensiones y cesantías según circular externa No 000049 de 2004. e 1 4 e La depuración del presupuesto de ingresos y gastos de la presente |. p Í vigencia, el cual confiene saldos de vigencias anteriores, en razón a | que no se realizaban las respectivas conciliaciones con el área Ñ | contable. e Lalegalización y aclaración de las propiedades, planta y equipos de o O iOSttUCIÓN, ENIOZÓN.O.QUe.en la sI Idad se vienen AA, las tdi E ERES A E TARA utilizados por la institución y figuran a nombre del municipio. . ms no AA sl pira persia lo que implica además la CAR Da a Dai ¡enalenegocios y la Intervención Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO q HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA en el Municipio de TurboAntioquia. | ! 1 | l | | [...)—Aunado a lo anterior es menester precisar que existe un inadecuado e Il | ineficiente flujo de recursos, el cual obedece a situaciones particulares del ente territorial, que repercuten en la entidad y agravan su situación financiera l - e impiden el cumplimiento de actividades diseñadas dentro del proceso de j intervención, razón por la cual el plazo de prórroga de dos (2) meses resulta . insuficiente para poder llevar a cabo la finalidad que se persigue con la - intervención [...)” ll. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En atención a la comunicación radicada con el NURC 8029-1-0508790, de | fecha 30 de Septiembre de 2009, mediante la cual el doctor ANSELMO JOSÉ |

ll. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En atención a la comunicación radicada con el NURC 8029-1-0508790, de | fecha 30 de Septiembre de 2009, mediante la cual el doctor ANSELMO JOSÉ | HOYOS FRANCO, Agente Especial de la ESE HOSPITAL FRANCISCO dE VALDERRAMA, solicitó a esta Superintendencia, la prórroga del término de la Ñ | toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la | | | Intervención Forzosa Administrativa de la citada ESE y, teniendo en cuenta po que el término de dos: meses, se encuentra próximo a vencerse, tal como consta en la Resolución No 001063 del 05 de Agosto de 2009, este Despacho ' trae a colación los siguientes aspectos de facto y de derecho: A) El Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No. 000709 del 03 de Junio de 2009, establece que la medida de toma de posesión tiene por 'ú l objeto que la Superintendencia Nacional de Salud, determine dentro de un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo término contados a partir de la toma de posesión, si ¡a ESE HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, debe ser objeto de liquidación o si se pueden tomar otras | medidas para que el mismo pueda desarrollar su objeto conforme a las a reglas que lo rigen. B) El Superintendente Delegado para Medidas Especiales dio posesión al | ll

ELMO JOSE HOYOS FRANCO como Agente E pecial de la ESE ÍPor medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA en el Municipio de TurboAntioquin. Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud. F) Analizada la solicitud del Agente Especial contenida en el oficio citado en el presente proveído, se observa que ha habido atrasos en el flujo de información de la entidad para adelantar el inventario de activos y pasivos, y se esta desarrollando la depuración de las cuentas por cobrar y la depuración del presupuesto de ingresos y gastos de la presente vigencia, el cual contiene saldos de vigencias anteriores, en razón a que no se realizaban las respectivas conciliaciones con el área contable. Por otra parte, se espera que en un plazo no inferior a 12 meses, se implemente un software integral, del cual dependerá la calidad del sistema de información que permita tomar decisiones administrativas y financieras acordes con la realidad presupuestal y contable de la ESE. Otro aspecto, es“la situación de los pensionados los cuales, según lo manifestado por el Agente Interventor suman al año $154 millones, lo cual amerita adelantar las gestiones que permitan la firma de Un convenio de concurrencia con la Dirección Seccional de Salud de Antioquia y el Ministerio de Hacienda. Adicional a lo anterior, se requiere lograr un equilibrio financiero para el desarrollo y cumplimiento de los cometidos institucionales, en cuanto

convenio de concurrencia con la Dirección Seccional de Salud de Antioquia y el Ministerio de Hacienda. Adicional a lo anterior, se requiere lograr un equilibrio financiero para el desarrollo y cumplimiento de los cometidos institucionales, en cuanto existe un inadecuado e ineficiente flujo de recursos, el cual obedece a situaciones particulares del ente territorial, que conforme a lo planteado por el Agente Especial, repercuten en la entidad y agravan su situación financiera e impiden el cumplimiento de actividades diseñadas dentro del proceso de intervención. En este orden, la toma de posesión, conforme el artículo 116 del Decreto - Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999 establece: (...] “Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un año, prorrogable por la Superintendencia Bancaria, por un plazo no mayor de un año” (...) Como corolario de lo anterior, este Despacho en consonancia con las normas que regulan el proceso de intervención, accede a la petición del Agente Especial, en el sentido de prorrogar el término de la Intervención. Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, atendiendo las actividades que viene ejecutando el agente interventor, para lograr el cumplimiento de los cometidos institucionales y llevar a cabo las actividades diseñadas dentro del proceso de intervención. Es así como este Despacho, de conformidad con el numeral 2 inciso 3 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, considera necesario prorrogar el término de | la intervención forzosa administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

Es así como este Despacho, de conformidad con el numeral 2 inciso 3 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, considera necesario prorrogar el término de | la intervención forzosa administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA con el fin de ejecutar las actividades tendientes a lograr el cumplimiento de los cometidos institucionales de la entidad y su equilibrio financiero. /RESOLUCION NUMERO +1'' ] yfj4 DE2009. HOJA No. 6 Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Adnunistrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA en el Municipio de TurboAntioquia. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL'ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído.

PARÁGRAFO PRIMERO: La prórroga será por el término de ocho meses (8), contados a partir del día 11 de Octubre de 2009, hasta el día 10 de Junio de 2010, según lo dispone el numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se modificó el artículo 114 del DecretoLey 663 de 1993.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al Doctor ANSELMO JOSÉ HOYOS FRANCO, en calidad de Agente Especial de la

mediante el cual se modificó el artículo 114 del DecretoLey 663 de 1993.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al Doctor ANSELMO JOSÉ HOYOS FRANCO, en calidad de Agente Especial de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL FRANCISCO VALDERRAMA, en el Kilómetro 1 salida a Apartadó, del Municipio de Turbo - Antioquia.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido del presente Acto Administrativo, al Gobernador del Departamento de Antioquia, al Ministerio de la Protección Social, al Consejo Nacional de Seguridad en Salud, a la Comisión de Regulación en Salud y a la Superintendencia Delegada para

Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud.

ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR la presente Resolución dentro de los términos establecidos en el inciso 3 del artículo 3 del Decreto 2211 de 2004. r ¡ULO. QUINTO: La. pr Resolución rige a partir de su expedición y

MARIO MEJÍA CARDONA

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

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