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SUPERSALUD - Resolución 1842 de 2012

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 1842 de 2012
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2012

REPUBLICA DE COLOMBIA Y SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 001812 RESOLUCION NÚMERO : DEL 2012 ga 208 ) Par la. cual se ordena la revocatoria del certificado de habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado DEL PROGRAMA DE ENTIDAD: PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA CAJA DE ¡COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA. - CAFABA, con NIT. 890270275-5, y se adopta medida cautelar de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de intervención forzosa administrativa para liquidar dicha Programa. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentamnas que le confieren el parágrafo 2 del artículo 230 y el parágrota 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, losincisos 1, 2, 5 y 7 del arficulo 68 de la Ley 715 de 2001, los artículos 35, 38, los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 del artículo 37, literales c. e. f del artículo 4% de la Ley 1122 de 2007, el arfículo 124 de la Ley 1438 de 2011, el arlículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, el articulo 1” del Decreto 1015 de 2002, el Decreto 3023 de 2002, el articulo 18 dal Decreto 515 de 2004, los artículos 5 y 6 del Decreto 506 de 2005, el articulo 1? del Decreto 734 de 2005; en

1015 de 2002, el Decreto 3023 de 2002, el articulo 18 dal Decreto 515 de 2004, los artículos 5 y 6 del Decreto 506 de 2005, el articulo 1? del Decreto 734 de 2005; en especial con el artículo 1, el artículo 3, los numerales 1, 6 y B y el parágrafo del artículo 4, el artículo 5”, los numerales 1.3, 4,5.8,10, 12, 13, 14,19, 22, 23, 24, 25; 26, 28, 29, 30, 34, 38, 40, y 42 del articulo 6, numerales 9, 13, 22, 23, 25, y 42 del articulo 8 del Decreto 1018 de 2007, los articulos 4 y 5 del Decreto 3556 de 2008, el artículo 4 del Decreto 1024 de 2009, los artículos 9:1.1.1.1 al 9.5.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, el Decreto 463 de 2012, los irlículos 49 y 50 cel Acuerdo 415 de

CONSIDERANDO

1. CONSIDERACIONES GENERALES. 1,1, DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL ¡Aunque hey quienes propugnan: por la eliminación de un concepto que consideran ambiguo como el de servicio público, y de paso el de servicio público esencial!, nuestro ordenamiento uliliza estas locuciónes prollficamente con miras a destacar su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la circunstancia de que Un ordenamiento de esta trascendencia se ocupe del tema obedece a la identidad, ya antigua, entre el Estado y la prestación de

a destacar su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la circunstancia de que Un ordenamiento de esta trascendencia se ocupe del tema obedece a la identidad, ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicos. No. se puede perder de vista que con. el inicio del siglo pasado, “| la visión del Estado regulador sufió una paulatina transformación hacia el Estado ¡Este concepto atiende las recomendaciones de lo Oil en materia lpboral de tal forma que no se perlerta el derecho de huelga, tercenado por lo que se denominó como la piel de apo de ese derecho dentro del conflicto colectivo.RESOLUCION NÚMERO0104 8-1 Sr 2012. HOJA NO2 > Por la cual se ordena lo revocatoria del certificodo de habilitación pera la operación y administración del Régimen Subsidiado DEL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA [DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO: EPSS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA. -CAFABA, con NIL 8902702755, y 56 adopta medida coulelar de loma de posesión inmediata de los bienes, hoberes y negocios y de intervención lorzosa administrativa paro liquidar dicho Programa. interventor [v.q. Estado benefactor u hoy en día, estado social - iberal, efc.J? y, en cuanto tal, le: resultó legílimo prestar ciertos servicios, establecer normas de ¿calidad y cobertiira, amparar a franjas de población desprovistas de los mismos, reglormentor los mercados que ellos generan, entre otros aspectos. Con el paso del tiempo. los servicios públicos pasaron a ser un atributo del: ciudadano, un criterio de identificación del mismo y un propósito global de todos

reglormentor los mercados que ellos generan, entre otros aspectos. Con el paso del tiempo. los servicios públicos pasaron a ser un atributo del: ciudadano, un criterio de identificación del mismo y un propósito global de todos los Estados pora garantizar 5u acceso. En la década del 70 fue común hallarlos acompañados. de la expresión "necesidades básicas satisfechas”, Los elementos de generolidad, igualdad, continuidad, obligatoiedad, proplos de este concepto, se predican de tados los habitantes de la Nación, Según la Corte Constitucional, el derecho a la salud se ha definido como un derecho irrenunciable, universal, inspirado en. los principios constitucionales del Estado Sociol de Derecho, solidaridad y dignidad humana, que persiguen. el cumplimiento materiol y efectivo de las garantías constitucionales. En este sentido, la. seguridad social es un servicio público sujeto a lo dispuesto en el carfículo 365 de la Constitución que los define como inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a los habitantes del territorio nacional. De esta manera. la Constitución Política de 199) establece en su contenido el derecho: a: la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irenunciable de los Colombianos y cómo servicios públicos obligatorios, garantizando para ello. a todas las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su salud, con una organización descentralizada: de los servicios, dodo por los diferentes niveles de atención, com la pias de los agentes públicos y El lema de la Seguridad Social ha sida tomado por el artículo 48 de la Constitución Política, que establece que, es un Sn público de carácter

diferentes niveles de atención, com la pias de los agentes públicos y El lema de la Seguridad Social ha sida tomado por el artículo 48 de la Constitución Política, que establece que, es un Sn público de carácter 'obiigatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estadio, en sujeción a los principlos de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley. En este sentido, y como lo reconoce la Sentencia 1740 de 2008 de la Corte Constitucional: “4.1.6. El Sisterna: Genera! de Seguridad Social en Salud, en su conjunto, es un servicio público esencial. Es además un "semnvicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y contral están a corgo del Estado" (art. 4%, Ley 100 de 1993]. E Estado Colombiano por intermedio del Ministerio de Salud, hoy. de la Protección Social y en desarrollo de los artículos 48 y 49 de la Constitución Politico provee las heramientós para la oférta y establece la seguridad social en / salud a la población del territorio nacional a través de la Ley 100 de 1993. 2 Cfr Neily Corwvor y Edgar GontzáAnez, Servicios Pública: . j en ECONOMÍA COLOMBIANA. No, 174. octubre de 1985, Sober: pr mimo hermas fanckas 4 Ocuoa. SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN. DEL ESTADO, PNUD, Bogotá 1990. Nose puede pasar por alto que la teoría del servicio público está en los pliegues mismos del Estado interventor. Chr... Fernando Rojas y lorge lvón: Gonzáien ECONOMÍA. DE 105 SERVICIOS. PÚBLICOS, ura vItiÓN

pasar por alto que la teoría del servicio público está en los pliegues mismos del Estado interventor. Chr... Fernando Rojas y lorge lvón: Gonzáien ECONOMÍA. DE 105 SERVICIOS. PÚBLICOS, ura vItiÓN

ALTERNATIVA, Cine, Bogotá 1988, póg. 84.RESOLUCION NÚMERO ( 014 0.1 O DEL2012. HOJA No.3

Pot la cual 58 ordena lo revocatoña del cedificado de habitación para la operación y odministración del Régimen Subsidiado DEL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD: DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPS5 DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA - CAFABA, con NIT. 890270275-5, y se adopla medida coulelar de loma de posesión inmediata de los blenes, haberes y negocios y de intervención forzosa administrativa para liquidar dicho Programa. Asi 'las cosas, se garantiza a. todos los habitantes del fenitoño el derecho irenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. Ue corresponde al Estado organizar, dirigir y realamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer las políticas para la. prestación de servicios de salud por enfidades privadas, ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territorioles y los particulares y determinar los:aportes a sucargo en dos términos y condiciones señolados en la ley.

control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territorioles y los particulares y determinar los:aportes a sucargo en dos términos y condiciones señolados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizado, por niveles de atención y cón participación de la. comunidad. Toda persono tene el deber de procurar el cuidado integral de su:salud y la de su comunidad. En este sentido, la Ley 100 de 1993'creó el Sistemo de Seguridad Social en Salud pora garantizar la solud con énfosis en la promoción y la prevención para que todos los habitantes del pais tengan acceso a los servicios de salud. Á partir de la expedición de la Ley 10 de 1990, con un claro enfoque de organización y descentralizoción de la prestación de servicios de salud en el sistema de sallid, la Ley 60 de 1993 y la definición explicitas de competencias en los niveles territoriales, y finolmente la Ley 100 de 1993, que crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud, la prestación de los servicios de salud se sustenta en un esquema descentralizado, con la activa porticipación del sector privado. —El mismo se bosó en un sistema de oseguramiento en un ambiente de competencia regulada por el Estado, a fin de que los indlviduos reciban la atención en salud, de acuerdo con los criterios establecidos en el articulo 49 de la Constitución Política de Colombia. La Ley 100 de 1993 introdujo. cambios en la forma de financiamiento de los prestúdores públicos y privados de los servicios de salud. $e pasó de un sistema de transferencia de recursos a uno de financióción por medio de la venta de servicios, profundizando de esta manera, la competencia entre el sector público

prestúdores públicos y privados de los servicios de salud. $e pasó de un sistema de transferencia de recursos a uno de financióción por medio de la venta de servicios, profundizando de esta manera, la competencia entre el sector público y el privado con el Estado'como regulador. El sisterna de salud existente, previo a la vigencia de la Ley 100 de 1993 se caracterizaba por la falta de universalidad, solidaridad y eficacia en sus distintas 3 “La otención de salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos e congo del Estodo. Se garantizo a todas las personas el vocéso a los servicios de promoción, protección, y recuperación de la salud. Coresponde al Estado organizar, dirlgir, y reglomental' la prestloción de servicios de uo: 3 las Hoslintes y ds senolaniato: amibietel Camome 0. piinciplos de eliciencia, Urlversalidod y solldarddod, También, estoblacer los políticas pard la prestación de servicios de salud por enlidodes privadas, y ejercer su vigilancia y control Así mismo, establecer las combelenciós de la Nación, las entidades lentorñales y los portículores, y determinar los apoñes d' sy cargo eri los tátminos y condiciones señalados en la Ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con paricipoción de la comunidad La Ley señolará los tármines en los cuales la olención bósica para Todos los habllantes será proluila y obligatoria. Toda persona lares el deber de procurar el culdado integral de la salue y la de su comunidad." Artículo 49 dela Conalitución.RESOLUCION NÚMEROC 01€ -19 DEL2012. HOJA No.4

obligatoria. Toda persona lares el deber de procurar el culdado integral de la salue y la de su comunidad." Artículo 49 dela Conalitución.RESOLUCION NÚMEROC 01€ -19 DEL2012. HOJA No.4 Por la cual 58 ordena la revocatoña del certificado de habllllación para la operación y odministración del Régimen Subsidledo DEL PROGRAMA DE ENTIDAD: PROMOTORA DE SALUD" -DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA - CAFABA, con NIT. 8902702755, y se odopla medida coutelar de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de inlervención forzosa administrativa para hquidear dicho Programa. acciones, reflejada básicamente la insuficiente cobertura de la población para la atención de $U salud, el centralismo y ngldez para la preslación de sus servicios, la escasa capacidad resolutiva de los servicios. y lla inexistencia del trabajo intersectorial, entre otros factores, que llevaron a que el sistema en salud fuera profundamente inefectivo. Con las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1175 de 2007, y 1438 de 2011 se desarrolla el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido como. la totalidad de instituciones, normas y procedimientos, de que dispone la comunidad para gozar de una calidad «de vida, mediante el cumplimiento de los planes y programas que el Estado y la: sociedad desarrollen, para proporcionar la cobertura integral de los riesgos, especialmente las que ofectan la salud y la copocidad económico. de los habitantes del territorio nacional, con el fin de

programas que el Estado y la: sociedad desarrollen, para proporcionar la cobertura integral de los riesgos, especialmente las que ofectan la salud y la copocidad económico. de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y. la integración de la. comunidad. Para estos efectos. se considera al sistema como un conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, conformado por los realmenes establecidos por etlegislador. Las Leyes 100.de 1993, 715 de 2001. 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de competencias, y los recursos, establece una nueva organización administrativa y financiera de los servicios de salud en el país, otorga ¡protagonismo y autonomía a los autoridades locales y regionales de «salud. .al llempo que establece los porcentajes de Inversión a estas instencios, para el desarrollo de la atención a la población. El Sistema General de Seguridad Social en Salud se basa en los principios de universalidad, equidad, obligatoriedad protección integral, libre escogencia, autonomía de las instituciones, descentralización administrativa, subsidianedad, complementañedod porticipación social porticipación ciudadana, concertación calidad e integración funcional. La Ley de Seguridad Sacial, que reforma el Sistema de Salud en Colombia, tiene entre otros propósitos resolver problemas de inequidad en el acceso a los servicios y mejórar la calidad en la prestación de los mismos: enfrentar la desarticulación entre las diferentes instituciones [inadecuada coordinación y complementanedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa. Ampliar la cobertura de atención en salud. a los grupos de población más

desarticulación entre las diferentes instituciones [inadecuada coordinación y complementanedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa. Ampliar la cobertura de atención en salud. a los grupos de población más necesitados requiere de esfuerzos encaminados a modificar los múltiples factores que han incidido históricamente en su restricción; entre elos sobresalen las dificultades de acceso geográfico, cultural y económico; aquellas. propias del desarrollo del sistema: de salud en el pais, la inequidad en la distribución de recusos. entre los regiones y la intermediación entre oseguradores y los operadores primarios del servicio. de salud. La atención en salud se constituye en Un servicio básico que contribuye ol mejoromiento de la calidad de vida acorde o la.dignidad humana al puntó que se le ho otorgado el rango de derecho ndarnental. Al Estado le coresponde garantizar este conjunto de beneficios en forma directa 0.0 trovés de terceros con el objeto 'de proleger de manera efectiva el derecho A ola salud. Estos se corupan en diferentes tipos de planes a los cuales se accedeRESOLUCION NÚMERO 10-13 DEL2012. HOJA No.5 Por la cual se ordena la revocatoria del cerlificado de habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado DEl PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD: DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA - CAFABA. con NIT. 890270275-5, y se adopta medida coutelor de loma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de intervención forzosa odministraliva paro liquidar dicho Programa.

BARRANCABERMEJA - CAFABA. con NIT. 890270275-5, y se adopta medida coutelor de loma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de intervención forzosa odministraliva paro liquidar dicho Programa. dependiendo de la forma de participación en el Sistema. Dicha participación se: efectúa en calidad de afiliado .colzonte. como afiliado beneficiario. como afiliado subsidiado, o.como pobre no asegurado. Lo novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las funciones de dirección y control, afillación, gestión y aseguramiento y prestación de servicios en entidades independientes con autonomía administrativa y financiera que independiente de su naturaleza pública o privada reolizan'sus funciones con criterios de eficiencia empresarial, colidad de los servicios, integración funcional y rentobilidad económica. La Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistemo general de seguridad social en salud, al cual le otorga como propósito. fundamental gorantizar el acceso universal a los servicios de salud, al liempo que le establece: un diseño institucional que asigna al Estado las labores proplas de la regulación e introduce nuevos mecanismos de financiomiento y provisión de servicios. Es asi como la estructura del sistema queda definida en ocho núcleos funcionales imterdependientes: l. La Dirección y Rectoría, en cabeza del Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Comisión de Regulación en salud CRES, quienes dictan los'reglas básicos pora garantizar la operación del sistema; ll. El Financiamiento a través de: El Fondo de Solidaridad y Garantia -Fosyga: que reúne los tecursos provenientes de las contribuciones y algunos

quienes dictan los'reglas básicos pora garantizar la operación del sistema; ll. El Financiamiento a través de: El Fondo de Solidaridad y Garantia -Fosyga: que reúne los tecursos provenientes de las contribuciones y algunos recursos fiscales: y de los Fondos Locales. Distritales y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de los transferencias territoriales, recursos del orden nacional y fecursos de cofinanciación y los recursos del orden teritoñal: Cubren la prima del seguro y otros gastos de solud pora la población afilada: IL. El Aseguramiento en salud, que opera en un mercado de competencia regulada a través de las Entidades Promotoras de salud — EPS -, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Regímenes Especiales 0 Excepcionales en Salud, Los Enfidades que Ofrecen Planes Adicionales de Salud. VW. La Administración de la Salud, organizada a través de los: Direcciones Territoriales de Salud. en función de la garantía. en lo atención de los servicios de salud.

V. — La Prestación de Servicios de Salud, mediante los Prestadores de Servicios de Salud - P55.

Y ta Inspección. Vigllancia y (Control, en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Salud IMS e Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA. 4 VIL La Jurisdicción de la Salud, esto es. los jueces de la salud. en cabeza de la " Superintendencia Nacional de Salud,RESOLUCION NÚMERS 01612 DEL2012, HOJA Noé Por la cual se ordena la revocatoría del certificado de habilitación: para la operación y

" Superintendencia Nacional de Salud,RESOLUCION NÚMERS 01612 DEL2012, HOJA Noé Por la cual se ordena la revocatoría del certificado de habilitación: para la operación y administración del Régimen Subsidiado DEL PROGRAMA: DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN. SUBSIDIADO. EPSSDE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA - CAFABA, con NIT. 890270275-5, y se adopta medida 'caujelor de loma de posesión Inmediata de los bienes, haberes y negocios y de intervención forzosa administrativa para liquidar dicho Programa. Vil, La Conciliación extrajudicial en Salud. que podrá ser adelantada ante la Superintendencia Nacional de Salud, El sistemo estructura dos modalidades de añliación a la seguridad social en: salud; el régimen contíbutivo y el régimen subsidiado y crea Un sistema de financiamiento, nacional organizado altededor del Fondo de Solldaidad y garantía y de los Fondos Territoriales de Salud. un sistema de operación y gestión del proceso de aseguramiento denominado Entidades Promotoras de Salud, y. Ln sistema de prestación de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud. Así mismo, crea dos instrumentos que determinan la canasta de servicios a osegurar y. su costo promedio por persona año, + Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación. El propósito fundamental del sistema, el aseguramiento constituye la. principal herramienta de ¡occeso universal de la población a los servicios de salud, delegando en las EPS la administración del fesgó de salud de los afiliados; la EPS hace el papel de articulador entre la población y los prestadores, y entre el

herramienta de ¡occeso universal de la población a los servicios de salud, delegando en las EPS la administración del fesgó de salud de los afiliados; la EPS hace el papel de articulador entre la población y los prestadores, y entre el financiamiento y la prestación, ya que es el conducto de canalización de los recursos hacia la órbita de la prestación de servicios de salud. Este diseño institucional plantea un sistema de salud que separa el aseguramiento de la prestación de servicios. con medidos de regulación para que cada función se realice en condiciones de competencia y para que el fiujo: de recursos desdés el aseguramiento hacia la prestación se conallce mediante mecanismos de negociación. La Ley 100 de 1993 estableció la libertad de elección por parte de los usuarios o afilados del seguro, quienes pueden decidir a qué EPS se ofillan y cambiar de: asegurador en los lérminos previstos en la norma; ddemás, lambién tienen la. facultad para elegí, entre las opciones que el ¡asegurador le presente.. el prestador de servicios al cual quiere acudir al momento de hacer so del seguro, El SGS5$ osegura internamente su equilibrio contraponiendo la racionalidad económica de los oseguradores con la de los prestadores directos u operadores primarios de los servicios de salud, en el sentido de que los primeros obtienen su rentabilidad en relación inversa con el número: de casos atendidos, vale decir en el espiitu de la Ley en el número de casos prevenidos y los segundos, los presjadores oblienen su rentabilidad a medido que crecen jos cosos ojendidos. 1.2, INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SG555 Debe tenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal bb) del

presjadores oblienen su rentabilidad a medido que crecen jos cosos ojendidos. 1.2, INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SG555 Debe tenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal bb) del artículo. 156 de la Ley 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberán estor afliados al Sisterna' General de Seguridad Social en Salud. previo el pago de la cotización reolomentaria o a través del subsidio que se financiará con recursos fiscales, de solidaridad y los ingresos propios de los entes territoriales; “ía 'tey:100 de 1993 en: sú articulo 157 y el arfículo'25 del Decreto 806 de 1998, establece entonces, los tipos de participontes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, manifestando que a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993, lodó colombiano participará en el servicio esencial de salud queRESOLUCION NÚMERO (01 €12 pe 2012 HOJA No.z Por la cual se ordena la reyacaloria del certificado de habilitación para la operación y administración del. Régimen Subsidiado DEL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD. DEL REGIMEN. SUBSIDIADO EPSS DE LA: CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA - CAFABA. cor NIT, 8902702755, y se cdopla medida cautelar de loma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y de Intervención torzosa administrativa para liquidar dicho Programa, permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud unos lo harán: en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros lo harán en torma temporal como participantes vinculados hoy población pobre no

administrativa para liquidar dicho Programa, permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud unos lo harán: en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros lo harán en torma temporal como participantes vinculados hoy población pobre no asegurada. El Sistemo General de Seguridad Social en Salud se constituye en el nuevo. paso de organización en salud en el territorio nacional bajo la consigna del aseguramiento, la afiliación y la atención de la población del tenjtorio nacional en cumplimiento, de los principios de solidaridad. universalidad, «eficiencia y equidad en la prestación de servicios de salud, el cual debe brindarse con oportunidad, calidad y accesibilidad y cubrimiento en el territorio naciónal a través de: => BlRégimen Contributivo, cfeado para la afillación y aseguramiento en salud de la población con capacidad de pago para pagar su salud, => ElRégimen Subsidiado erganizado para la afiliación y aseguramiento de la población: pobre y vulnerable sin capacidad de pago pora pagar su salud, > La atención de la población pobre no asegurada, establecida para atender a la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para pagar su salud no afiliada por ningún sistemo de salud

2. LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD De conformidad con los artículos 48 y 49 de la Constitución Política. la Seguridad Social en su componente de atención de la salud es un servicio público de: carácter obligatoro, que se prestará balo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

En virtud de los artículos 48 y 115 de la Carta Politica, las Superintendencias

carácter obligatoro, que se prestará balo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. En virtud de los artículos 48 y 115 de la Carta Politica, las Superintendencias desempeñan funciones de vigilancia e inspección de las entidades sujetas a su control. Las Superntendencias ejecutan específicamente las funciones para las cuales fueron creadás por la ley y aue son propias del Presidente de la República. Además, están investidas de autonomia jurídica, administrativa y financiera. Par mandato del articulo 154 de la Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio. público de Seguridad Social en Salud, con el fin de gorantizar los principlos consagrados en nuestra Carta Polílica y en los articulos 2 y 153 de la citada Ley. La Incidencia del Estado Social de Derecho en lo organización política puede ser descrita tanto desde una perspectiva cuantitativa como a través de un crisol cuálitativo. Lo primero entendido como el Estado Bienestar y el segundo bajo el tema del Estado. constitucional democrático. Así lo ha indicado la Corte Constitucional en uno de los primeros fallos en que tuvo la oportunidad de +Arlículo 1%, Decrelo 1018 de 2007.RESOLUCION NÚMERO. 21 € 12 DEL2012, HOJA No. Por la cual se ordena la revocatarñía. del cerlificado de habilitación para la operación y administración. del Régimen Subsidiado: DEL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO -EPS5 DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR: DE

administración. del Régimen Subsidiado: DEL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO -EPS5 DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR: DE BARRANCABERMEJA - CAFABA, con NIT. 890270275-5, y 5e odopta medida cautelar de toma de posesión inmediola de los biénes, habetes y negocios y de Intervención forzosa administrativa paro liquidar dicho Programa. dimensionar la estructura concebida a raíz de la expedición de la Constitución de 1991: "a) Como Estado Bienestar comprendido como nm complejo aparato político: administrativo. jalonador de toda la dinámica social. Desde este punto de vista el Estado social se define como el Estado: que goranliza estándares minimos de salario, alimenltición, salud, hobilación, educación, pea hará lodos los ao bajo ¿"(HL Wilensky. 1975 Este concepto se recoge en el articulo. 366 de la. CP. que dice: “El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de lo población son finalidades sociales del Estado, Será objetivo fundamento! de su actividad la solución de las hecesidades insotistechos dle solva, de educación, de saneamiento ambiental y agua potable. Para lal afecto en los planes y presupuestos de la Nación Y de lás entidades lerritoriales el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación”. b) El Estado constitucional. democrático ha sido. la. respuesta juridico polílica dervada de la ocfividad intervencionista del Estado, Dicha respuesta está fundoda en nuevos volores - derechos y se manifiesta institucionolmente a través de la creación de mecanismos de democracia parficipativa, de control polílico y juridico

dervada de la ocfividad intervenci

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