SUPERSALUD - Resolución 20211600000171736 de 2021
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 20211600000171736 de 2021
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
RESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021
Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, y reglamentarias en especial las conferidas en el Decreto1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017 en lo relacionado con el Sistema de Gestión, el Decreto 1542 de 2018, el artículo 7 del Decreto 1080 de 2021, y, demás normas concordantes y complementariasRelacionar el artículo de la norma que confiere tales facultades], y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, así mismo, señala que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, tendrá un control interno, en todos sus órdenes, que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que conforme lo anterior, a través de la Resolución 000678 de 2014 modificada parcialmente por la Resolución 002116 de 2014, la Superintendencia Nacional de Salud adoptó el Sistema Integrado de Gestión. Que la disposición citada define al Sistema Integrado de Gestión como “el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos
Salud adoptó el Sistema Integrado de Gestión. Que la disposición citada define al Sistema Integrado de Gestión como “el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos orientados a garantizar un desempeño institucional articulado y armónico, el cual se encuentra conformado por siete (7) subsistemas”, a saber: Subsistema de Gestión de Calidad, Subsistema de Control Interno, Subsistema de Seguridad en la Información, Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, Subsistema de Gestión Ambiental, Subsistema de Responsabilidad Social y Subsistema de Gestión Documental. Que mediante la Resolución 004087 de 2014 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI: 2014 en la Superintendencia Nacional de Salud y el Manual de Operaciones, teniendo como referente la versión MECI:2014. Que mediante Resolución 001521 de 2014 adicionada por la Resolución 004112 de 2014, se adoptaron las políticas del Sistema Integrado de Gestión, las cuales se encuentran inmersas en las diferentes dimensiones y políticas que contempla el MIPG y cuyo propósito se enmarca en la gestión con enfoque en resultados. Libertad y OrdenRESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 2
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. Que mediante la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan
Que mediante la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública y se establecen los lineamientos para el ejercicio y garantía del derecho, así como el manejo de la información al interior de las entidades, entre ellas las actividades relacionadas con su Gestión Documental. Que el Decreto 1072 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” en su Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6, define las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados. Este sistema desarrolla un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, y que “incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud” en los espacios laborales. Que la Ley 1955 de 2019 expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, pacto por la equidad", el cual tiene como objetivo sentar las bases de legalidad, emprendimiento y equidad que permitan lograr la igualdad de oportunidades para todos los colombianos. Que el artículo 3 de la Ley 1955 de 2019 define los pactos que componen el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, los cuales trazan los objetivos de política pública
oportunidades para todos los colombianos. Que el artículo 3 de la Ley 1955 de 2019 define los pactos que componen el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, los cuales trazan los objetivos de política pública y reflejan el aporte de todas las facetas de la sociedad en la construcción de una Colombia equitativa. Que el numeral 15 del artículo anteriormente referido, señala el Pacto por una gestión pública efectiva para satisfacer la necesidad de una transformación en la Administración Pública que permita lograr una institucionalidad efectiva, mejorar el desempeño de los sectores e instituciones en términos de eficiencia y eficacia, eliminar las duplicidades y la colisión de funciones y competencias y fortalecer la coordinación y el rol del Estado como agente regulador. Que el Decreto 1499 de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015” , en su artículo 2.2.22.3.1 establece que para el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, se adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1499 de 2017, define el Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de
ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Que mediante el artículo 2.2.23.1 del Decreto 1499 de 2017, en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG , el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998 se articula con el Sistema de Gestión a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. Que el mismo Decreto en su artículo 2.2.23.2, dispone que la actualización del Modelo Estándar de Control Interno se efectuará a través del Manual Operativo delRESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 3
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, el cual será de obligatorio cumplimiento y aplicación. Que el Sistema de Gestión que propone MIPG, se complementa y articula con otros sistemas, modelos y estrategias que establecen lineamientos y directrices en
materia de gestión y desempeño para las entidades públicas, tales como el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano y el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información. Que la Ley 594 de 2000 “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones” , establece los lineamientos y regula las acciones en materia de gestión documental, aspectos que se incorporan y cumplen a través de la política de gestión documental del MIPG. Que el MIPG, es un modelo de gestión de calidad, que permite generar resultados encaminados a satisfacer las necesidades y atender los problemas de los ciudadanos. Que mediante la implementación del modelo se abordarán criterios de gestión calidad cuyo seguimiento se realizará a través de la Política de Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de Procesos del MIPG. Que con la entrada en vigencia del Decreto 1080 de 10 de septiembre de 2021, se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y se derogó el Decreto 2462 de 2013 modificado por el Decreto 1765 de 2019. Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 33 del artículo 7 del Decreto 1080 de 2021, le corresponde al Superintendente Nacional de Salud dirigir la acción administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud y el cumplimiento de las funciones que a la entidad le corresponden. Que la racionalización de trámites, transparencia, lucha contra la corrupción y
servicio al ciudadano corresponden, entre otras, a Políticas de Gestión y Desempeño Institucional para la implementación del MIPG, permiten cumplir con las premisas de satisfacción y enfoque al cliente que se refuerzan en los diferentes referentes de buenas prácticas de gestión aplicables a la entidad. Que los atributos de calidad establecidos en todas las dimensiones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, responden a los requerimientos normativos de la NTC - ISO 9001. Que la Gestión Estratégica del Talento Humano y la Seguridad de la Información, se desarrollan a través del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información MSPI del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y se enmarcan en las políticas de gobierno digital y seguridad digital del MIPG. Que, en la implementación del MIPG se deben aplicar elementos de la Norma NTCISO 27001, lo que permite a la entidad incorporar medidas y técnicas para controlar y salvaguardar la información en todos sus procesos, trámites, servicios, sistemas de información, infraestructura y en general, en todos los activos de información, para preservar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y privacidad de los datos. Que la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 14001 en consonancia con lo establecido en el Decreto 1499 de 2017, establece un referente para la protección del medio ambiente, así como, el marco de referencia para dar respuesta a las condiciones ambientales cambiantes propias de la gestión de la entidad.RESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 4
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. Adicionalmente, especifica los requisitos para establecer un Sistema de Gestión Ambiental. Que la gestión ambiental se considera un componente mínimo en la implementación de la dimensión de gestión con valores para resultados del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y que, con la política de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, se trabaja en el cumplimiento de las disposiciones del Gobierno Nacional y autoridades competentes en materia de gestión ambiental y recursos físicos. Que para el desarrollo de la función archivística e implementación de la política, se toma como marco de referencia la Ley 594 de 2000, el Modelo de Gestión Documental y Gestión de Archivos, el cual se encuentra armonizado con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y la normativa vigente. Que en la entidad, la responsabilidad social se fundamenta en los principios y elementos contextuales que se encuentran contenidos en la norma NTC - ISO 26000, y su desarrollo es un compromiso adquirido de manera voluntaria por la entidad para adelantar una gestión que contribuya al desarrollo sostenible, la cual debe ser concebida desde un enfoque sistémico y como instrumento integrador al modelo de gestión, que permita la determinación de estrategias y evaluación de los resultados obtenidos, brindando herramientas para responder a las necesidades y expectativas de los grupos de interés y de valor.
Que la Superintendencia Nacional de Salud, consciente de la importancia de aportar al desarrollo sostenible de la sociedad colombiana, se adhirió de manera voluntaria al Pacto Global de las Naciones Unidas en diciembre del año 2017, adquiriendo el compromiso de alinear sus objetivos y estrategias al cumplimiento de los diez principios que conforman el pacto, enmarcados en cuatro (4) ejes temáticos: 1) Derechos humanos, 2) Relaciones laborales, 3) Relación con el medio ambiente y 4) Lucha contra la corrupción, y expresó la intención de apoyar e implementar estos principios en el marco de su esfera de influencia, informando este compromiso a sus grupos de valor e interés y al público en general. Que con esta adhesión la Superintendencia Nacional de Salud busca promover el diálogo y la participación social para responder a los lineamientos del pacto global, en aras de conciliar los intereses de la Entidad con los valores y demandas de la sociedad civil, trabajando por la consolidación de modelos de gestión responsables, que garanticen la protección del medio ambiente y la prosperidad social. Que la Resolución 000160 de 2020, la Superintendencia Nacional de Salud adoptó el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional como la estrategia de innovación social que contribuye a articular la operación de la Entidad con los grupos de valor y grupos de interés mediante compromisos y acciones, que mitiguen riesgos y permitan gestionar los impactos de la operación, en el marco del MIPG. Siendo el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad un eje articulador que abarca de manera global y armonizada la gestión de la Superintendencia Nacional de Salud.
MIPG. Siendo el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad un eje articulador que abarca de manera global y armonizada la gestión de la Superintendencia Nacional de Salud. Que de acuerdo con lo citado, el subsistema de Responsabilidad Social como parte del Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, está alineado e integrado al MIPG como Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad - MRSS de la entidad. Que en el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño llevado a cabo el 22 de junio de 2021, se presentó y aprobó la propuesta de armonización del Sistema Integrado de Gestión - SIG con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG,RESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 5
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. con el objetivo de que la operación del SIG se acople a los lineamientos del modelo para dar cumplimento al mismo y de esta forma optimizar la gestión y resultados de la entidad. Que, en virtud de lo expuesto es necesario que las buenas prácticas que se implementan desde el Sistema Integrado de Gestión se encuentren alineadas, integradas y complementadas con los conceptos y lineamientos que establece y operativiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, a través de la eliminación de los paralelismos en los instrumentos y sistemas de evaluación y control con un único enfoque de desempeño y de acuerdo con la normativa y reglamentación vigente.
eliminación de los paralelismos en los instrumentos y sistemas de evaluación y control con un único enfoque de desempeño y de acuerdo con la normativa y reglamentación vigente. Que en consecuencia, deberán derogarse las Resoluciones: i) 000678 de 2014 “Por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones” ; ii) 002106 de 2014 “Por medio de la cual se modifican los artículos 1o y 8o de la Resolución número 000678 de 2014 y se dictan otras disposiciones”; iii) 001521 de 2014 “Por la cual se adoptan las políticas del Sistema Integrado de Gestión” ; iv) 004112 de 2014 “Por la cual se adicionan Políticas del Sistema Integrado de gestión a la Resolución 1521 de 2014” ; v) 000160 de 2020 "Por Ia cual se adopta el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad de Ia Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones" y vi) 004087 de 2014 “ Por la cual se adoptan el Modelo Estándar de Control Interno MECI: 2014 en la Superintendencia Nacional de Salud, el Manual de Operaciones y se dictan otras disposiciones” , adoptadas en vigencia del Decreto 2462 de 2013 , teniendo en cuenta que es necesario actualizar el Sistema Integrado de Gestión, sus componentes y lineamientos para adoptar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG como su marco de referencia para dar alcance a los parámetros y estándares del modelo, con el propósito de mejorar el desempeño institucional conforme la nueva organización interna de la Superintendencia Nacional de Salud. Que en virtud a lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
estándares del modelo, con el propósito de mejorar el desempeño institucional conforme la nueva organización interna de la Superintendencia Nacional de Salud. Que en virtud a lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. ADOPCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN SIG. La presente resolución tiene por objeto adoptar los componentes y lineamientos del Sistema Integrado de Gestión SIG de la Superintendencia Nacional de Salud, para cumplir con los requisitos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y alinear el esquema de gestión de la entidad, de conformidad con la reglamentación vigente. Artículo 2. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN SIG. El Sistema Integrado de Gestión SIG, es un conjunto de lineamientos, instancias, procesos, buenas prácticas, e instrumentos que orientan a la entidad en la articulación de la planeación, gestión, evaluación y control con el propósito de mejorar las capacidades y desempeño institucional. Artículo 3. IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN – MIPG. Implementar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG como marco de referencia para la articulación y mejora continua del SistemaRESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 6
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. Integrado de Gestión - SIG, para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la Superintendencia, con el fin de fortalecer las orientaciones, procesos, políticas, metodologías e instrumentos del sistema y de las instancias que establece el modelo. Las buenas prácticas y normas implementadas en la Superintendencia Nacional de Salud están alineadas con los atributos de MIPG y sus temáticas quedan inmersas en las dimensiones y políticas de desempeño que contempla el modelo, buscando eficacia y optimización de la operación para la generación de valor. Parágrafo 1. El MIPG incorpora el ciclo de gestión PHVA (Planear - Hacer - Verificar - Actuar) que se aplica en los procesos de la entidad Parágrafo 2. Los criterios relacionados con la actualización, implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, prácticas, herramientas o instrumentos, se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, así como los lineamientos e instrumentos que definan las entidades líderes de política de gestión en el orden nacional. Artículo 4. OBJETIVOS. Los objetivos del Sistema Integrado de Gestión SIG de la Superintendencia Nacional de Salud orientan la operación bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y corresponden a los siguientes:
política de gestión en el orden nacional. Artículo 4. OBJETIVOS. Los objetivos del Sistema Integrado de Gestión SIG de la Superintendencia Nacional de Salud orientan la operación bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y corresponden a los siguientes:
1. Propender por la mejora continua del índice de desempeño Institucional.
2. Generar productos y prestar servicios confiables, oportunos y útiles, que respondan a las necesidades de los grupos de valor e interés y partes interesadas, para cumplir con los objetivos institucionales y estratégicos.
3. Realizar el seguimiento y la evaluación de los objetivos institucionales propuestos a través de los indicadores y las auditorías internas.
4. Gestionar los riesgos del Sistema Integrado de Gestión y sus componentes.
5. Identificar, generar, transferir y compartir el conocimiento clave de la Entidad, para fortalecer sus capacidades.
6. Cumplir con el marco constitucional, legal y normativo aplicable a la entidad, teniendo en cuenta los componentes del SIG.
7. Fortalecer las acciones para toma de conciencia de los funcionarios y contratistas sobre la apropiación del Modelo Integrado de Planeación y
Gestión.
8. Promover el uso eficiente de recursos.
Artículo 5. COMPONENTES El Sistema Integrado de Gestión SIG, es una herramienta gerencial compuesta por diferentes componentes que toma como referente las buenas prácticas, normas y estándares nacionales e internacionales que se complementan y articulan para el fortalecimiento de la gestión y
herramienta gerencial compuesta por diferentes componentes que toma como referente las buenas prácticas, normas y estándares nacionales e internacionales que se complementan y articulan para el fortalecimiento de la gestión y corresponden a los siguientes:
1. Componente de Gestión de la Calidad: Es un elemento esencial para el desarrollo de la gestión, se enmarca en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y los atributos de la norma NTC - ISO 9001. Adicionalmente, permite adoptar un enfoque hacia el mejoramiento permanente de los productos y servicios que la entidad ofrece, buscando satisfacer las necesidades y expectativas de los grupos de valor e interés Los criterios de calidad están inmersos en el MIPG y se cumplen a través de la
implementación de sus dimensiones y políticas en la entidad.RESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 7
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. Este componente contempla el trabajo por procesos, como uno de sus pilares, contribuyendo al desarrollo de la política de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos.
2. Componente de Seguridad de la Información: Abarca los lineamientos de la política de seguridad digital del MIPG que busca fortalecer las capacidades de la entidad para gestionar los riesgos de seguridad de la información.
Se aplica a todos los procesos, servicios, áreas y dependencias, en todos los niveles jerárquicos de la Entidad, que empleen las tecnologías de la información y las comunicaciones conforme a la normativa aplicable. La política de seguridad digital se desarrolla mediante la implementación del Modelo de Seguridad y Privacidad de la información MSPI, los referentes de la NTC - ISO 27001 e interactúa con los elementos de la política de gobierno digital.
3. Componente de Responsabilidad Social: Constituye un conjunto de compromisos y acciones, que la Superintendencia Nacional de Salud, desarrolla de manera voluntaria para gestionar los riesgos e impactos de su operación, en el marco de Ia sostenibilidad institucional, social y ambiental.
El objetivo de su implementación es articular la operación de la Entidad con los grupos de valor y grupos de interés mediante compromisos y acciones, que mitiguen riesgos y permitan gestionar los impactos de la operación, en el marco del MIPG. Siendo el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad un eje articulador que abarca de manera global y armonizada la gestión de la Superintendencia Nacional de Salud con sus esferas de influencia. En la entidad se desarrolla mediante el Modelo de Responsabilidad Social y Sostenibilidad MRSS, que toma como referentes la Norma internacional NTCISO 26000, los principios del Pacto Global, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los Estándares de Global Reporting Initiative GRI. El MRSS se articula con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, a través de principios y frentes de trabajo que se pueden incorporar en las siguientes políticas: 1) Gestión estratégica del talento humano 2) Gestión del conocimiento 3) Participación ciudadana 4) Servicio al ciudadano 5) Planeación institucional
políticas: 1) Gestión estratégica del talento humano 2) Gestión del conocimiento 3) Participación ciudadana 4) Servicio al ciudadano 5) Planeación institucional 6) Transparencia, acceso a la información y lucha contra la corrupción Este componente se articulará a través de la política de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos.
4. Componente Sistema de Gestión Documental (SGD): Es el conjunto de normas, actividades administrativas y técnicas tendientes a la planificación, manejo y organización de la documentación producida y recibida por la entidad, desde su origen hasta su destino final con el objeto de facilitar su utilización y conservación.
El componente documental en la entidad se despliega a través de la política de gestión documental del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, que busca propiciar la transparencia en la gestión pública; el acceso a los archivos;RESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 8
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. preservar la memoria e identidad cultural; fomentar la modernización de los archivos mediante el uso de tecnologías e impulsar en los servidores la cultura archivística y fortalecimiento de capacidades para el manejo y tratamiento de los archivos entre otros. La implementación de la política de gestión documental se realiza a través del Modelo de Gestión de Documentos y Administración de Archivos – MGDA, lineamiento establecido por el Archivo General de la Nación, directrices del manual operativo de MIPG y demás normatividad vigente .
Modelo de Gestión de Documentos y Administración de Archivos – MGDA, lineamiento establecido por el Archivo General de la Nación, directrices del manual operativo de MIPG y demás normatividad vigente .
5. Componente Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST): Se enmarca en el cumplimiento de los requisitos del Decreto 1072 de 2015, Libro 2, Parte 2, Titulo 4, Capitulo 6 o de las normas que lo modifiquen, sustituyen o deroguen.
Consiste en el desarrollo de un proceso basado en la mejora continua, que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. Aplica a todos los empleados públicos de la Entidad vinculados directamente y contratistas, en los diferentes puestos, centros e instalaciones de trabajo y en todos los niveles jerárquicos de esta Superintendencia. Para su puesta en marcha se fundamenta en la Política de Gestión Estratégica del Talento Humano del MIPG.
6. Componente Sistema de Gestión Ambiental (SGA): Recoge los requisitos de la Norma NTC - ISO 14001 como referente para que la entidad mejore su desempeño ambiental, desarrollando acciones para la protección del medio ambiente, la prevención de la contaminación aportando valor a la institución y a sus partes interesadas. Se aplica a todos los procesos involucrados en la
ambiente, la prevención de la contaminación aportando valor a la institución y a sus partes interesadas. Se aplica a todos los procesos involucrados en la prestación de los servicios que brinda la Superintendencia a sus usuarios. Abarca desde la identificación de los aspectos e impactos ambientales, la definición de las políticas y directrices de Gestión Ambiental, la elaboración del Plan Institucional de Gestión Ambiental, la implementación de los planes y programas de Gestión Ambiental, la evaluación y análisis de los indicadores de procesos, hasta la identificación e implementación de acciones correctivas, preventivas y de mejora, conforme a la normativa aplicable. El componente ambiental, está inmerso en la dimensión de gestión con valores para resultados del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y en la entidad, se articulará a través de la política de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos Parágrafo. Las buenas prácticas deberán incorporar acciones y reportar su avance, dentro de los planes institucionales y de las correspondientes políticas de desempeño de MIPG con las que se integran. Artículo 6. SISTEMA DE CONTROL INTERNO. El Sistema de Control Interno comprende el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las
mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por laRESOLUCIÓN NÚMERO 2021160000017173-6 DE 2021 HOJA No. 9
Continuación de la resolución, Por la cual adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. dirección y en atención a las metas y objetivos previstos, bajo los principios de autoge
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