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SUPERSALUD - Resolución 20219100100167916 de 2021

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 20219100100167916 de 2021
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

REPÚBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

RESOLUCIÓN NÚMERO 2021910010016791-6 DE 2021

Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Superintendencia Nacional de Salud LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 y los numerales 33, 34 y 35 del Decreto 1080 de 2021, y la delegación conferida mediante el numeral 9 del artículo 2 de la Resolución 20218000013040-6 del 16 de septiembre de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 122 de la Constitución Política establece que no puede existir empleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento y para proveerlos se requiere que estén contemplados en la respectiva planta. Que el artículo 66 de la Ley 489 de 1998 establece que la dirección de cada Superintendencia estará a cargo del Superintendente. Que el literal c) del artículo 15 de la Ley 909 de 2004, establece que serán funciones específicas de las unidades de personal, elaborar los manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las normas vigentes. Que el Decreto 1083 de 2015, consagra en el artículo 2.2.2.6.1, la adopción, adición, modificación o actualización de los manuales específicos de funciones y de competencias laborales de las entidades contenidas en su campo de aplicación: se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo

modificación o actualización de los manuales específicos de funciones y de competencias laborales de las entidades contenidas en su campo de aplicación: se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo estudio que adelante la unidad de personal, o la que haga sus veces, en cada organismo. Que mediante numeral 9 del artículo 2 de la Resolución 20218000013040-6 del 16 de septiembre de 2021, se delegó en el empleo de Secretario General Código 0037 Grado 23, la función de: “ Expedir el acto administrativo de adopción, aprobación, modificación y/o aclaración del manual de funciones de la entidad, así como suscribir la justificación respectiva” Que el Decreto 1080 de 2021 modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, para modernizar el modelo de operación y la estructura interna de la Superintendencia Nacional de Salud, con el propósito de optimizar el cumplimiento de sus funciones legales y de esta forma proteger los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud mediante la inspección, vigilancia, control y el ejercicio de la función jurisdiccional y de conciliación ante el incremento del espectro de vigilados.RESOLUCIÓN NÚMERO 2021910010016791-6 DE 2021 HOJA No. 2

Continuación de la resolución, Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Superintendencia Nacional de Salud Que en atención al nuevo modelo mediante Decreto 1081 de 2021 se modificó la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud, creando nuevos cargos adicionales a los existentes en la Entidad.

Que en atención al nuevo modelo mediante Decreto 1081 de 2021 se modificó la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud, creando nuevos cargos adicionales a los existentes en la Entidad. Que por medio de la Resolución 20218020013041-6 del 16 de septiembre de 2021 se adoptó el Manual de Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, acorde con la nueva estructura y planta de personal. , Que en el marco de operación del manual, se han identificado algunas falencias que deben ser ajustadas, según se indica en el documento “JUSTIFICACIÓN TÉCNICA PARA LA ADOPCIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD” de fecha 30 de noviembre de 2021, el cual es anexo y hace parte integral de la presente resolución. Que el Decreto Ley 770 de 2005, por el cual se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del Orden Nacional, a que se refiere la Ley 909 de 2004; permite establecer que el empleo debe ser entendido no solo como la denominación, el grado y el código que se asignan para su identificación sino como el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el

propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. Que el Artículo 4 del Decreto 498 de 2020, modificó el Artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, señalando en su parágrafo 3, lo siguiente: Parágrafo. 3º La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación numeral del 8 del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo”. Que, en virtud de lo establecido en el mencionado parágrafo, la Superintendencia Nacional de Salud, publicó el documento contentivo del Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales, entre el 20 y 23 de octubre, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias, comentarios o propuestas alternativas. Asimismo, la administración socializó con las organizaciones sindicales el presente acto administrativo, mediante reunión virtual del día 20 de octubre de 2021. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1.- MODIFICAR el Manual Específico de Funciones y Competencias

administrativo, mediante reunión virtual del día 20 de octubre de 2021. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1.- MODIFICAR el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con el modelo de operación adoptado en el Decreto 1080 de 2021. El anexo técnico con los perfiles modificados y no modificados hace parte integral de la presente Resolución, a saber:

  • Tomo 1. Niveles Directivo y Asesor.RESOLUCIÓN NÚMERO 2021910010016791-6 DE 2021 HOJA No. 3

Continuación de la resolución, Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Superintendencia Nacional de Salud - Tomo 2. Profesionales Especializados 24 y 23. - Tomo 3. Profesionales Especializados 22 y 21. - Tomo 4. Profesionales Especializados 20 y 19. - Tomo 5. Profesionales Especializados 17 y 16. - Tomo 6. Profesionales Especializados 14 y 12. - Tomo 7. Profesionales Universitarios 11 y 10. - Tomo 8. Profesionales Universitarios 08 y 06. - Tomo 9. Profesionales Universitarios 04 y 03. - Tomo 10. Profesionales Universitarios 02 y 01. - Tomo 11. Niveles Técnico y Asistencial. PARÁGRAFO. Hace igualmente parte integral de la presente Resolución el

documento “JUSTIFICACIÓN TÉCNICA PARA LA ADOPCIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD” de fecha 30 de noviembre de 2021. ARTÍCULO 2.- El Director de Talento Humano de la Superintendencia Nacional de Salud o quien este designe, hará entrega a los empleados de copia de las funciones y competencias determinadas en la presente Resolución para el respectivo empleo en el momento de la posesión. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones. ARTÍCULO 3.- El Superintendente Nacional de Salud o su delegado, mediante acto administrativo adoptará las adiciones, aclaraciones y modificaciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad. ARTÍCULO 4.- PUBLICAR la presente Resolución en la página web y en la intranet de la Entidad. ARTÍCULO 5.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su integralidad la 20218020013041-6 del 16 de septiembre de 2021, así como las demás disposiciones vigentes sobre la materia. Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de 11 de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Ginna Fernanda Rojas Puertas Secretaria General

PROYECTÓ: Yusef Abdel Morad Perez

REVISÓ: César Augusto Moreno Castro

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