SUPERSALUD - Resolución 20229200200057226 de 2022
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 20229200200057226 de 2022
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN 2022920020005722-6 DE 06 – 09 - 2022
Modificación Resolución número 2022920020002460-6 de 2022 EL SECRETARIO GENERAL (E) DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las facultades legales, y en especial las otorgadas en el numeral 3 del artículo 1° de la Resolución 20218000013040 - 6 de 2021, la Resolución 2022910010005456-6 de 22 de agosto 2022 y CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”. Que el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto 1083 de 215, establece: “ Informe de la comisión de servicios . Los servidores públicos, con excepción de los Ministros y Directos de Departamento Administrativo, deberán presentar ante su superior inmediato y dentro de los tres (3) días siguientes a la finalización de la comisión que
le haya sido conferida, un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma”. Que mediante Resolución número 2022920020002460-6 de 2022 se impartieron las disposiciones para las comisiones de los empleados públicos y el reconocimiento de los gastos de desplazamiento de los contratistas de prestación de servicios de la Superintendencia Nacional de Salud. Que el artículo 1 de la Resolución 2022120000004534-6 de 2022 por la cual se adoptó el mapa de procesos de la Superintendencia Nacional de Salud, adopta el proceso de Gestión Financiera. Que se hace necesario impartir instrucciones precisas, relacionadas con la entrega de los informes de comisiones de servicios por parte de los servidores públicos. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 5 de la Resolución 2022920020002460-6 DE 2022, el cual quedará así: G D F L O 1 P á g i n a 1 / 3RESOLUCIÓN No 2022920020005722-6 DE 2022 Página 2 de 3
Continuación de la resolución, Modificación Resolución número 2022920020002460-6 de 2022 ARTÍCULO 5. Proceso. Para dar cumplimiento a la solicitud de comisión de servicios o autorización de gastos de viaje, se deberá dar estricto cumplimiento a las actividades presupuestales y de pagos relacionadas con el proceso de Gestión Financiera, que se encuentran publicadas en la Intranet y página web de la Supersalud. En ningún caso se tramitará la expedición de tiquetes, ni se podrá iniciar comisión o el contratista comenzar desplazamiento, sin la aprobación respectiva por parte del ordenador del gasto.
página web de la Supersalud. En ningún caso se tramitará la expedición de tiquetes, ni se podrá iniciar comisión o el contratista comenzar desplazamiento, sin la aprobación respectiva por parte del ordenador del gasto. El formato vigente de solicitud de comisión de servicios o autorización de gastos de viaje, publicado en la intranet, proceso de Gestión Financiera, debe gestionarse, como mínimo con cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha en que se iniciará la comisión o el desplazamiento y debe ser enviado al correo electrónico gpresupuesto@supersalud.gov.co – Grupo de Presupuesto, con el fin de garantizar que el servidor público cuente con los recursos correspondientes por concepto de viáticos o gastos de viaje y no genere hechos cumplidos, los cuales serán asumidos por el servidor de la solicitud. ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 13 de la Resolución 2022920020002460-6 DE 2022, el cual quedará así ARTÍCULO 13. Modificaciones a las comisiones de servicios o autorizaciones de gastos de viaje. En caso de presentarse modificaciones a la comisión inicial, dentro de las cuales se puede encontrar: cancelación, adición y reducción, se debe diligenciar el formato vigente solicitud de comisión de servicios o autorización de gastos de viaje y remitirlo al correo electrónico gpresupuesto@supersalud.gov.co – Grupo de Presupuesto dentro del término de la duración de la comisión inicial, con el fin de no generar hechos cumplidos, los cuales serán asumidos por el servidor público de la solicitud. ARTÍCULO 3 . Modificar el artículo 14 de la Resolución 2022920020002460-6 DE 2022, el cual quedará así
hechos cumplidos, los cuales serán asumidos por el servidor público de la solicitud. ARTÍCULO 3 . Modificar el artículo 14 de la Resolución 2022920020002460-6 DE 2022, el cual quedará así ARTÍCULO 14. Legalización. Toda solicitud de comisión de servicios o autorización de gastos de viaje debe ser legalizada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su terminación ante la Dirección Financiera – Grupo de Tesorería al correo legalizacionviaticos@supersalud.gov.co., presentando los siguientes documentos: a. Original del certificado de permanencia expedido por la autoridad competente o por el jefe inmediato quien autorizó la solicitud de comisión o supervisor del contrato. (Aplica para comisiones al interior del País). PARÁGRAFO 1°. En relación con el certificado de permanencia e informe de actividades de la comisión, solo se exceptúa el Superintendente Nacional de Salud, el cual se confirmará a través de correo electrónico indicando que efectivamente se llevó a cabo la comisión conforme al objeto de esta. ARTÍCULO 4. Vigencia: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación en los medios electrónicos institucionales. Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes 09 de 2022. G D F L O 1 P á g i n a 2 | 3RESOLUCIÓN No 2022920020005722-6 DE 2022 Página 3 de 3
Continuación de la resolución, Modificación Resolución número 2022920020002460-6 de 2022
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Cesar Augusto Moreno Castro Secretario General (E)
Proyectó: Marcela Munera Rivera
Revisó: Claudia Janeth Velasquez Romero
Aprobó: Cesar Augusto Moreno Castro
de 2022
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Cesar Augusto Moreno Castro Secretario General (E)
Proyectó: Marcela Munera Rivera
Revisó: Claudia Janeth Velasquez Romero Aprobó: Cesar Augusto Moreno Castro G D F L O 1 P á g i n a 3 | 3