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SUPERSALUD - Resolución 20229300200071466 de 2022

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 20229300200071466 de 2022
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2022

G D F L O 1 P á g i n a 1 / 5

R E S O L U C I Ó N 2 0 2 2 9 3 0 0 2 0 0 0 7 1 4 6 - 6 D E 0 5 – 1 0 - 2 0 2 2

“Por la cual se adjudican bienes enajenados a título gratuito de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud”

EL SECRETARIO GENERAL ENCARGADO

En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3. del Decreto 1082 de 2015, la Resolución 20229000000000908-6 de 2022, y las conferidas por el numeral 6° del artículo 1° de la Resolución 20218000013040-6 de 2021 y la Resolución N. 2022910010005456-6 del 22 de agosto de 2022 y

CONSIDERANDO

Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998, establece que la administración pública está facultada para asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como para diseñar, adoptar, interpretar medidas y mecanismos de control, racionalización, buen uso y destinación de los bienes a su cargo.

Que la Superintendencia Nacional de Salud, como cabeza del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, es una entidad de carácter técnico adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente para administrar sus asuntos, en los términos y en las condiciones establecidas en la Constitución y las leyes.

adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente para administrar sus asuntos, en los términos y en las condiciones establecidas en la Constitución y las leyes.

Que, mediante Resolución 20229000000000908-6 de 2022, se conformó el Comité de Baja de Bienes de la Superintendencia Nacional de Salud, como un organismo asesor de la Entidad para la organización y control de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Superintendencia, el cual tiene como propósito principal estudiar la conveniencia de dar de baja los bienes muebles e inmuebles que se encuentren en estado de obsolescencia, de suso, deterioro, servibles no utilizables, no útiles por cambio o renovación de equipos, no útiles por cambios institucionales, inservibles por daño total parcial, inservibles por deterioro histórico, pérdida del bien, entre otros.

Que, en consideración a lo dispuesto en la Resolución 20229000000000908-6 de 2022, el Comité de Baja de Bienes de la Superintendencia Nacional de Salud, con base en lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, Subsección 1, de la sección 2, capítulo 2, del título 1,sobre enajenación de bienes del estado, recomendó a la Secretaria General, dar de baja y ofrecer los bienes con obsolescencia y deterioro, en enajenación de bienes a título gratuito entre entidades públicas y proceder a la destrucción de los bienes inservibles, cumpliend o con las normas y protocolos ambientales para su disposición final.

Que mediante las Resoluciones Número 2021930020018051-6 de 2021, y 2022930020002591proceder a la destrucción de los bienes inservibles, cumpliend o con las normas y protocolos ambientales para su disposición final.

Que mediante las Resoluciones Número 2021930020018051-6 de 2021, y 20229300200025916 de 2022 se dieron de baja los bienes, equipos de cómputo y tecnológicos, muebles, vehículo y enseres.

Que los bienes dados de baja en las resoluciones antes indicadas son los descritos a continuación:RESOLUCIÓN No 2022930020007146-6 DE 2022 Página 2 de 5

Continuación de la resolución, “Por la cual se adjudican bienes enajenados a título gratuito de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud”

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ITEM GRUPO DESCRIPCION DE LOS BIENES Y/O ELEMENTOS MARCA SERIE PLACA CANTIDAD VALOR/T SALDO EN LIBROS ESTADO DESTINACION 1 115 ELEMENTOS DE CONSUMO CONTROLADO N/A N/A N/A 258 $ 23,790,351.90 -$ DAÑADO BAJA 2 110 ELEMENTOS CONSUMO ALMACEN N/A N/A N/A 92 $ 39,675,773.00 3 213 VEHICULOS N/A N/A N/A 1 $ 49,375,000.00 5 218 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA N/A N/A N/A 36 $ 20,744,098.00 -$ DETERIORO BAJA 6 224 EQUIPO DE COMPUTO N/A N/A N/A 139 $ 637,568,205.86 -$ OBSOLESCENCIA BAJA

7 225 SOFTWARE N/A N/A N/A 2 $ 202,020,000.00 $ 973,173,428.76TOTAL BAJA MOBILIARIO PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE CONSUMO Y DEVOLUTIVOS CÓDIGO ABFT07

FORMATO RELACION DE BIENES VERSIÓN 2

CONCEPTO: RESUMEN BAJA DE BIENES 2021 FECHA:

• RESOLUCIÓN NÚMERO 2021930020018051-6 DE 2021:

• RESOLUCIÓN NÚMERO 2022930020002591-6 DE 2022:

Que mediante resolución 2022930020005240-6 del 10 de agosto de 2022 se ordenó ofrecer a título gratuito 1033 bienes dados de baja y se definieron las condiciones para que manifestaran interés, acto administrativo divulgado desde el 10 de agosto de 2022 por el término de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación.

Que al cierre de la enajenación a título gratuito se presentaron dos (2) entidades públicas que manifestaron el interés por los bienes dados de baja por la Superintendencia Nacional de Salud, acorde con el siguiente orden:

N° ENTIDAD DIA Y

HORA DE

RECIBO

MEDIO DE SOLICITUD SUBSANACION

1 ALCALDIA MUNICIPAL

DE PUERTO LLERAS –

META 24/08/2022 3:21 PM

CORREO ELECTRONICO

alcaldia@puertolleras-meta.gov.co

SUBSANO

DOCUMENTOS

2 ALCALDIA MUNICIPAL

DE CHOACHI

24/08/2022 8:42 PM

CORREO ELECTRONICO

CORREO ELECTRONICO

alcaldia@puertolleras-meta.gov.co

SUBSANO

DOCUMENTOS

2 ALCALDIA MUNICIPAL

DE CHOACHI

24/08/2022 8:42 PM

CORREO ELECTRONICO

desarrollosostenible@choachicundinamarca.gov.co

SUBSANO

DOCUMENTOS

Que en cumplimiento de la Resolución N° 2022930020005240-6 y en atención a la presentación de las solicitudes por parte de la alcaldía de Puerto Lleras Meta y el municipio de Choachí de las entidades públicas interesadas anteriormente mencionadas, se elaboró por parte del grupo de Recursos Físicos de la Dirección Administrativa el respectivo análisis de la documentación allegada con las peticiones y el detalle de los bienes a los cuales cada una de las entidades manifiesto interés, arrojó el siguiente resultado:

El municipio de Puerto Lleras, Meta presentó manifestación de interés y documentos solicitados en el proceso de enajenación a t ítulo gratuito con fecha 24 de agosto de 2022 a las 3:21 p.m. para el lote 1 anexo No.2 en el cual se encuentran los bienes de consumo, consumo controlado, mobiliario y tecnológico, para un total de 1032 elementos.

ITEM GRUPO DESCRIPCION DE LOS BIENES Y/O ELEMENTOS MARCA SERIE PLACA CANTIDAD VALOR/T SALDO EN LIBROS ESTADO DESTINACION 1 115 ELEMENTOS DE CONSUMO CONTROLADO N/A N/A N/A 161 $ 12.197.955,00 -$ DAÑADO BAJA 2 218 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA N/A N/A N/A 367 $ 210.692.456,00 54.586.510,84$ DETERIORO BAJA

2 218 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA N/A N/A N/A 367 $ 210.692.456,00 54.586.510,84$ DETERIORO BAJA 3 224 EQUIPO DE COMPUTO N/A N/A N/A 38 $ 51.889.598,00 6.534.034,49$ OBSOLESCENCIA BAJA $ 274.780.009,00 61.120.545,33$

ABFT07

FORMATO RELACION DE BIENES VERSIÓN 2

TOTAL BAJA MOBILIARIO PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE CONSUMO Y DEVOLUTIVOS CÓDIGO CONCEPTO: RESUMEN BAJA DE BIENES FECHA:RESOLUCIÓN No 2022930020007146-6 DE 2022 Página 3 de 5

Continuación de la resolución, “Por la cual se adjudican bienes enajenados a título gratuito de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud”

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El municipio de Choachí, Cundinamarca p resento manifestación de interés y documentos solicitados en el proceso de enajenación a título gratuito con fecha 24 de agosto de 2022 a las 8:42 p.m. para el lote 1 anexo No.2 donde se encuentran bienes de consumo, consumo controlado, mobiliario y tecnológico y lote 2 anexo no. 3 donde se encuentra el vehículo de placas OBH 072 marca Chevrolet Optra modelo 2007

Que en cumplimiento del decreto 1082 de 2015 en su artículo 2.2.1.2.2.4.3. el cual establece “Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la

Que en cumplimiento del decreto 1082 de 2015 en su artículo 2.2.1.2.2.4.3. el cual establece “Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia…”. teniendo en cuenta lo anterior la totalidad del lote 1 anexo No.2 será adjudicado al municipio de Puerto Lleras, Meta y el lote 2 anexo No.3 será adjudicado al municipio de Choachí, Cundinamarca.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Adjudicar mediante la modalidad de enajenación a título gratuito los siguientes bienes muebles de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud en el orden respectivo en que las entidades manifestaron su interés e indicaron los bienes que específicamente requerían para su gestión, conforme lo señalado en la Resolución N° 2022930020005240-6 de 10 de agosto de 2022, así:

a) Lote 1 A nexo No. 2 se encuentran los bienes de consumo, consumo controlado, mobiliario y tecnológico, los cuales se adjudican al municipio de Puerto Lleras Meta, total de elementos asignados 1032.

ADJUDICADO PUERTO LLERAS META

DESCRIPCION CANTIDAD

APOYA PIES 1

ARCHIVADOR 24

BASE REFRIGERANTE 13

BIOMBO 1

CAMILLA 1

COSEDORA 8

CPU 57

ESCANER 1

FUENTE DE PODER 1

IMPRESORA 2

MAQUINA DE ESCRIBIR 1

MESA 1

MONITOR 41

MOUSE 244

CAMILLA 1

COSEDORA 8

CPU 57

ESCANER 1

FUENTE DE PODER 1

IMPRESORA 2

MAQUINA DE ESCRIBIR 1

MESA 1

MONITOR 41

MOUSE 244

PERFORADORA 9

PORTATIL 62

SERVIDOR 4

SILLA 267

SILLA DE RUEDAS 1

STORAGE 7

SUPERFICIES Y MESAS 94

SWITCH 3RESOLUCIÓN No 2022930020007146-6 DE 2022 Página 4 de 5

Continuación de la resolución, “Por la cual se adjudican bienes enajenados a título gratuito de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud”

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TAJALAPIZ 6

TANDEM 2

TECLADO 89

TONER 92

TOTAL ELEMENTOS 1032

b) Lote 2 Anexo No.3 se encuentra el vehículo de placas OBH 072 marca Chevrolet Optra modelo 2007, el cual se adjudica al municipio de Choachí:

ADJUDICADO CHOACHI CUNDINAMARCA

DESCRIPCION CANTIDAD

AUTOMOVIL

CHEVROLET OPTRA 1

TOTAL 1

PARÁGRAFO PRIMERO: El municipio de Puerto Lleras, Meta tendrá treinta (30) días calendario para adelantar los trámites pertinentes al retiro de los bienes, contados a partir de la notificación del presente acto.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El municipio de Ch oachí, dispondrá de treinta (30) días calendario

para adelantar los trámites pertinentes al retiro de los bienes, contados a partir de la notificación del presente acto.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El municipio de Ch oachí, dispondrá de treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación del presente acto para retirar y reparar el vehículo del lote No.

2. La reparación debe hacerse en un taller ubicado en la ciudad de Bogotá, sin que el tiempo para realizar dicha reparación exceda el plazo mencionado en este parágrafo.

El tiempo máximo para realizar el traspaso del vehículo será de sesenta ( 60) días calendario, término que empezará a contar desde el momento que la Superintendencia Nacional de Salud notifique el acto.

PARÁGRAFO TERCERO: Para los efectos del presente artículo, los bienes serán entregados en las condiciones previstas en el Anexo N°4” CONDICIONES DE SELECCIÓN Y ENTREGA DE BIENES ENAJENADOS A TÍTULO GRATUITO” de la Resolución N° 2022930020005240-6 de 10 de agosto de 2022: “Criterios Manifestación de Interés y Entrega de Elementos Objeto de

Enajenación a Título Gratuito”.

ARTÍCULO SEGUNDO. Los representantes legales de los municipios de Puerto Lleras, Meta y Choachí, Cundinamarca y de la Superintendencia suscribirán un acta en la cual se establezca la entrega de los bienes, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la notificación del presente acto.

ARTÍCULO TERCERO: Será responsabilidad de la Entidad Pública que resulte favorecida con la presente adjudicación, adelantar todos los trámites administrativos, legales y contables a que

de la notificación del presente acto.

ARTÍCULO TERCERO: Será responsabilidad de la Entidad Pública que resulte favorecida con la presente adjudicación, adelantar todos los trámites administrativos, legales y contables a que haya lugar, con el fin de garantizar la inclusión de los bienes a sus estados financieros; así como de las responsabilidades administrativas, costos, gastos, impuestos, tasas y contribuciones, que llegaren a generarse con ocasión de la entrega.

ARTÍCULO CUARTO. Notificar a los representantes legales de los municipios de Puerto Lleras, Meta y Choachí, Cundinamarca, el contenido de la presente resolución.

ARTÍCULO QUINTO: Publicar el presente acto administrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud y en el Diario Oficial.RESOLUCIÓN No 2022930020007146-6 DE 2022 Página 5 de 5

Continuación de la resolución, “Por la cual se adjudican bienes enajenados a título gratuito de propiedad de la Superintendencia Nacional de Salud”

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ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su notificación.

ARTÍCULO SEPTIMO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

Dada en Bogotá D.C., a los 05 días del mes 10 de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CESAR AUGUSTO MORENO CASTRO

Secretario General Encargado Superintendencia Nacional de Salud

Elaboró: Cesar Dario Ramirez Avila. Profesional especializado grupo de Recursos Físicos

CESAR AUGUSTO MORENO CASTRO

Secretario General Encargado Superintendencia Nacional de Salud

Elaboró: Cesar Dario Ramirez Avila. Profesional especializado grupo de Recursos Físicos

Revisó: Laura Elena Puentes Cortes. Almacenista (e)

Meryl Astrid Deulofeu Vargas. Coordinadora grupo de Recursos Físicos. Ivan Camilo Camargo Rojas. Director Administrativo. Marcela Múnera Rivera. Asesor despacho Secretaria General.

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