SUPERSALUD - Resolución 2023100000002698-6 de 2023
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2023100000002698-6 de 2023
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN 2023100000002698-6 DE 03 – 05 - 2023 -Por la cual se hace una delegación de funciones en el Comité Institucional de Coordinación de Control InternoE L SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, en particular las conferidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 9 al 12 de la Ley 489 de 1998, el artículo 7 del Decreto 1080 de 2021, y C ONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, acorde con el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, prevé que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, así como la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.
ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la mencionada Ley 489 de 1998, la delegación requiere de un acto formal, en el que se exprese la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren. Que con la entrada en vigencia del Decreto 1080 de 10 de septiembre de 2021, se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y se derogó el Decreto 2462 de 2013 modificado por el Decreto 1765 de 2019. Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 33 del artículo 7 del G D F L O 1 P á g i n a 1 / 4 Supersaludfi Por lo defensa de los derechos de los usuariosRESOLUCIÓN No 2023100000002698-6 DE 2023 Página 2 de 4
Continuación de la resolución, -Por la cual se hace una delegación de funciones en el Comité Institucional de Coordinación de Control InternoDecreto 1080 de 2021, le corresponde al Superintendente Nacional de Salud dirigir la acción administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud y el cumplimiento de las funciones que a la entidad le corresponden. Que la Ley 87 de 1993 en su artículo 6° señala que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en las entidades públicas es responsabilidad del representante legal y que corresponde a cada uno de los jefes de las distintas dependencias que las conforman, la aplicación de métodos y procedimientos y la calidad, eficiencia y eficacia del control interno.
responsabilidad del representante legal y que corresponde a cada uno de los jefes de las distintas dependencias que las conforman, la aplicación de métodos y procedimientos y la calidad, eficiencia y eficacia del control interno. Que el artículo 9° de la Ley 87 de 1993 define a la Oficina de Control Interno como uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorar a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, en la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos. Que el artículo 13 de la citada ley, determinó que los organismos y entidades enunciados en su artículo 5°, deberán establecer al más alto nivel jerárquico, un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización. Que el Decreto 1083 de 2015, actualizó el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) con el fin de permitir su mayor entendimiento y facilitar su implementación y fortalecimiento continuo en las entidades públicas, basado, entre otros aspectos, en el fortalecimiento de herramientas que faciliten el control de la implementación y evaluación de las políticas públicas. Que el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 adicionado por el Decreto 648 de 2017, dispone la obligatoriedad para las entidades y organismos del Estado de establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria
Decreto 648 de 2017, dispone la obligatoriedad para las entidades y organismos del Estado de establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno y define sus integrantes. Que el artículo 2.2.23.1 del decreto en mención, modificado y adicionado por el Decreto 1499 de 2017, señala que el Sistema de Control Interno es de carácter transversal a la gestión y desempeño de la entidad, y se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permitan el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados y define que su implementación se realizará a través del Modelo Estándar de Control Interno – MECI. Que con la entrada en vigencia del Decreto 1080 de 10 de septiembre de 2021, se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y se derogó el Decreto 2462 de 2013 modificado por el Decreto 1765 de 2019. Que en el artículo 6 del Decreto 1080 de 2021, se incluye como uno de los Órganos Internos de Asesoría y Coordinación de la Superintendencia de Salud al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, y el numeral 2° del artículo 10 ibidem dispone como una de las funciones de la G D F L O 1 P á g i n a 2 | 4RESOLUCIÓN No 2023100000002698-6 DE 2023 Página 3 de 4
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Continuación de la resolución, -Por la cual se hace una delegación de funciones en el Comité Institucional de Coordinación de Control InternoOficina de Control Interno, la de verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido en la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos. Que mediante Resolución No. 2021160000017714-6 de 2021, se creó y conformó el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno en la Superintendencia Nacional de Salud, ajustándolo a la nueva estructura orgánica de entidad. Que el numeral 1° del artículo 3 de la resolución ejusdem establece que, el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, está conformado entre otros funcionarios por el Superintendente Nacional de Salud o su delegado, quien lo presidirá. Que mediante Resolución 2023910000001981-6 del 27 de marzo de 2023, se nombró con carácter ordinario al señor EDWIN ALEJANDRO ACEVEDO GARCIA , identificado con la cédula de ciudadanía No. 8102476, en el empleo de Asesor Código 1020, Grado 10, de la planta del despacho del Superintendente Nacional de Salud. Que por estricta necesidad del servicio y con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios de eficiencia, efectividad y celeridad y con el fin de adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el Comité Institucional de Coordinación de
cumplimiento de los principios de eficiencia, efectividad y celeridad y con el fin de adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Superintendencia Nacional de Salud se hace indispensable delegar en el empleo de Asesor Código 1020 Grado 10, ocupado por el señor EDWIN ALEJANDRO ACEVEDO GARCIA , identificado con la cédula de ciudadanía número 810246, la facultad de representar al Superintendente Nacional de Salud en el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la entidad, en virtud a lo dispuesto en las normas especialmente referenciadas, en concordancia con lo previsto en el numeral 33 del artículo 7 del Decreto 1080 de 2021 Que en virtud de lo anteriormente expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO 1. DELEGAR en el empleo de Asesor Código 1020 Grado 10, ocupado por el señor EDWIN ALEJANDRO ACEVEDO GARCIA , identificado con cédula de ciudadanía No. 8102476, del Despacho del Superintendente Nacional de Salud la facultad de representar al Superintendente Nacional de Salud en el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Superintendencia Nacional de Salud. PARÁGRAFO PRIMERO. La función delegada comprende, además, la realización de todas las actividades, actuaciones, gestiones y trámites inherentes para el cabal cumplimiento de esta. PARÁGRAFO SEGUNDO. Para efectos de lo dispuesto en el artículo
realización de todas las actividades, actuaciones, gestiones y trámites inherentes para el cabal cumplimiento de esta. PARÁGRAFO SEGUNDO. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 489 de 1998 el delegatario presentará al despacho del Superintendente Nacional de Salud, un informe anual de las actividades realizadas en cumplimiento de la representación que se delega. G D F L O 1 P á g i n a 3 | 4RESOLUCIÓN No 2023100000002698-6 DE 2023 Página 4 de 4
Continuación de la resolución, -Por la cual se hace una delegación de funciones en el Comité Institucional de Coordinación de Control InternoARTÍCULO 2. RÉGIMEN DE DELEGACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, el Delegante puede en cualquier momento avocar la competencia delegada, con sujeción a las disposiciones de la Ley 1437 de 2011 y demás normas aplicables a la materia. ARTÍCULO 3. PUBLICAR el contenido de la presente resolución en la página web e intranet de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente resolución al señor EDWIN ALEJANDRO ACEVEDO GARCIA, Asesor 1020, Grado 10, de la planta del despacho del Superintendente Nacional de Salud, al correo electrónico: edwin.acevedo@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de 05 de 2023.
electrónico: edwin.acevedo@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de 05 de 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes 05 de 2023. NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Ulahi Dan Beltrán López
ULAHÍ DAN BELTRÁN LÓPEZ
Superintendente Nacional de Salud
Proyectó: Edwin Alejandro Acevedo Garcia
Revisó: Aprobó: Ulahi Dan Beltrán López G D F L O 1 P á g i n a 4 | 4