SUPERSALUD - Resolución 2025910000006045-6 de 2025
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2025910000006045-6 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2025
G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 13
R E S O L U C I Ó N 2 0 2 5 9 1 0 0 0 0 0 0 6 0 4 5 - 6 D E 3 0 – 0 7 - 2 0 2 5
Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud, Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 6450 de 2025 “ “Por la cual se conforma y adopta la Lista de
Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 6450 de 2025 “ “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veinticuatro (24) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191190, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023”. Que de acuerdo con la publicación realizada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 14 de julio de 2025, la lista de elegibles cobró firmeza respecto de los elegibles ubicados desde la posición 1 a 20 y 22 a 24; en tanto del elegible ubicado en la posición No. 21 se está tramitando una solicitud de exclusión, tal como se observa a continuación:RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 2 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 2 | 13 Que la Comisión Nacional del Servicio Civil a través del Acuerdo de No. 016 de 2025 “Por el cual se establece el procedimiento para las audiencias públicas para escogencia de vacante de un empleo con
G J F T O 7 P á g i n a 2 | 13 Que la Comisión Nacional del Servicio Civil a través del Acuerdo de No. 016 de 2025 “Por el cual se establece el procedimiento para las audiencias públicas para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones en la jurisdicción de un municipio, departamento o a nivel nacional” , respecto de la audiencia de escogencia de vacante para listas de elegibles con firmezas individuales, dispuso lo siguiente: ARTÍCULO 5. Lineamientos para realizar la Audiencia Pública de Escogencia de Vacante. Para el desarrollo de la Audiencia Pública de escogencia de vacante, la Entidad deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: (…) Parágrafo 2. Cuando una lista adquiera firmezas individuales, se deberán efectuar las Audiencias Públicas necesarias para garantizar el derecho de escogencia de la ubicación de su preferencia a todos los elegibles que la conforman, de la siguiente forma:
1. Cuando una lista de elegibles adquiera firmezas individuales y estas correspondan al primer o primeros lugares con firmezas de las posiciones en forma consecutiva, se deberá efectuar inicialmente la Audiencia Pública con dichos elegibles. En caso que el número de vacantes a proveer de un mismo empleo sea de ocho (8), y la lista esté conformada por veinte (20) elegibles y adquirieran firmeza individual las posiciones uno, dos, tres y cuatro, se deberá efectuar Audiencia Pública para la selección de ubicaciones con los primeros cuatro elegibles. Las demás ubicaciones se llevarán a audiencia a medida que lasRESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 3 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 3 | 13 siguientes posiciones adquieran firmeza.
2. Para las firmezas individuales de posiciones intermedias en la lista, la audiencia no podrá llevarse a cabo hasta tanto las primeras posiciones cobren firmeza.
Cuando el número de vacantes a proveer de un mismo empleo es de ocho (8), y la lista está conformada por veinte (20) elegibles y adquieren firmeza las posiciones cinco (5) y seis (6), no se deberá efectuar audiencia pública para la selección de vacantes hasta tanto las posiciones uno, dos, tres y cuatro cobren firmeza. (…)” En aplicación de lo expuesto, corresponde a esta Superintendencia, realizar el nombramiento en período de prueba de quienes ocupan las posiciones de mérito 1 a 20 dentro de la lista de elegibles. Que en relación con el cumplimiento de las listas de elegibles conformadas en el marco del concurso de méritos para la provisión definitiva de empleos de carrera administrativa, la Corte Constitucional, en Sentencia SU - 913 de 2009, señaló lo siguiente:
“Las listas de elegibles que se conforman a partir de los puntajes asignados con ocasión de haber superado con éxito las diferentes etapas del concurso, son inmodificables una vez han sido publicadas y se encuentran en firme, salvo expresas excepciones legales. Es así como la Sentencia T-455 de 2000 señaló que aquél que ocupa el primer lugar en un concurso de méritos no cuenta con una simple expectativa de ser nombrado sino que en realidad es titular de un derecho
Sentencia T-455 de 2000 señaló que aquél que ocupa el primer lugar en un concurso de méritos no cuenta con una simple expectativa de ser nombrado sino que en realidad es titular de un derecho
adquirido. Al respecto, indicó la Corporación:
“Consagra el artículo 83 C.P. que las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presume en todas las gestiones que se adelanten ante ellas.
Se entiende que cuando una entidad pública efectúa una convocatoria para proveer un empleo de carrera administrativa, es porque indudablemente existe el cargo y carece de toda razonabilidad someter a un particular interesado en el mismo a las pruebas, exámenes y entrevistas que pueden resultar tensionantes para la mayoría de las personas, sin que el proceso adelantado y sus resultados se traduzcan en el efectivo nombramiento.
En consecuencia, una vez que se han publicado los resultados, es perentorio que la entidad que ha convocado al concurso entre a proveer el cargo respectivo, designando para el efecto a quien ocupó el primer lugar y, por sus méritos, se ha hecho acreedor a ocuparlo.
Para la Corte es indudable que quien respondió a una convocatoria hecha por una entidad pública, presentó los exámenes, pruebas, entrevistas, documentación exigida y además, practicadosRESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 4 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se
terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 4 | 13 aquéllos los superó satisfactoriamente y ocupó el primer lugar en una lista de elegibles, tiene, en tal virtud y por mandato constitucional, no una mera expectativa sino un verdadero derecho adquirido a ser nombrado en el cargo correspondiente.”
La lista de elegibles organiza la información de los resultados del concurso, indica quiénes están llamados a ser nombrados, de acuerdo con el número de plazas a ocupar, así como el orden de elegibilidad en que han quedado los participantes según su puntaje.
11.2.2 Pues bien, cuando la Administración asigna a un concursante puntaje al finalizar cada una de las fases que comprende el concurso, expide un acto administrativo de carácter particular y concreto, en la medida que surte un efecto inmediato, directo y subjetivo respecto del destinatario; lo mismo ocurre cuando consolida dichos resultados mediante la conformación de una lista de elegibles; acto administrativo que a pesar de su naturaleza plural en cuanto lo integra un conjunto de destinatarios, crea derechos singulares respecto de cada una las personas que la conforman.
En el caso en estudio la lista de elegibles, en tanto acto administrativo particular, concreto y positivo, es creador de derechos, los cuales encuentran protección legal por vía de la teoría de la estabilidad relativa del acto administrativo, así como protección constitucional por virtud del artículo 58 Superior, en cuyos términos “se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por
58 Superior, en cuyos términos “se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores(...)”. A partir de dicho mandato, la Corte Constitucional ha señalado que los derechos subjetivos que han entrado al patrimonio de la persona, no pueden ser desconocidos por la ley, salvo que ello sea necesario por motivos de utilidad pública e interés social y siempre que medie indemnización previa del afectado. (Subrayas fuera del texto) Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe efectuar el respectivo nombramiento en período de prueba. Que la OPEC 191190, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional por lo que procedía efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el día 21 de julio de 2025, y como resultado los elegibles escogieron de
manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 5 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 5 | 13
POSICIÓN
DE MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
1
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
52335401 SANCHEZ CALDERON ZORAYA
MARCELA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
2
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
1075235276 JAVELA ORTIGOZA YENIFER
ALEXANDRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
3
DIRECCION
REGIONAL CHOCO
- QUIBDO 11798809 MURILLO COPETE JAIR LORENZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
4
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 36302347 SUAREZ BURGOS MARLENY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
5
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA 37898013 AFRICANO DIAZ LINA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
6
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA
72098155 MERCADO BADILLO JUAN CARLOS PROFESIONAL
ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
6
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 72098155 MERCADO BADILLO JUAN CARLOS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
7
DIRECCION
REGIONAL CARIBE
- RIOHACHA
71709720 CORREA BARRERA SERGIO
ALBERTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
8
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA 40040104 ALBA GUIO GILMA YANETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
9
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 36069837 ROMAÑA CASTILLO LIZ YOHANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
10
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
1103364239 SANDOVAL PILONIETA HECTOR
ARMANDO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
11
DIRECCION
REGIONAL ANDINA
- MEDELLIN
63508849 PALENCIA RAMIREZ JOANNA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
12
DIRECCION
REGIONAL CHOCO
- QUIBDO 35892355 CAICEDO ORTIZ GABRIELA SAMIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
13
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 82260548 MARIN MARQUEZ EDISON DE JESUS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
14
DIRECCION
REGIONAL NORTE
13
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 82260548 MARIN MARQUEZ EDISON DE JESUS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
14
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA
77192951 CARRASCAL GARCÍA WUILBER
EMIRO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
15
DIRECCION
REGIONAL CARIBE
- RIOHACHA 1026259923 NAVARRO REY DAVIANYS ALICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
16
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
30413429 NARANJO HOYOS CLAUDIA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
17
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 72314953 SILVA TAPIAS LEONEL DANIEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
18
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 76316404 OROZCO VIVAS PABLO CESAR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 6 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 6 | 13
POSICIÓN
DE MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
19
DIRECCION
REGIONAL NORTE
POSICIÓN
DE MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
19
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 32757266 RADA RIQUETT ELSY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
20
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 4518030 MANTILLA SOTO CARLOS ANDRES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
Que se realizó Audiencia Pública para las 20 primeras posiciones meritorias ya que la posición número 21 está pendiente de firmeza individual por solicitud de exclusión y hasta tanto ésta no se resuelva por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, no procede adelantar nombramientos de los elegibles ubicados en las posiciones 21, 22, 23 y 24. Que de acuerdo a lo anterior, se tiene que quedan disponibles para provisión definitiva y de realización de audiencia pública de escogencia de vacantes cuando la CNSC publique la firmeza de quienes siguen en orden de mérito, las siguientes ubicaciones:
DEPENDENCIA UBICACIÓN GEOGRÁFICA CANTIDAD VACANTES
DIRECCION REGIONAL NORTE BARRANQUILLA 1
DIRECCION REGIONAL
ORINOQUIA YOPAL 3
Que actualmente las vacantes seleccionadas en la audiencia previamente indicada para el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 19 , ofertado con la OPEC No. 191190, es ejercido en nombramiento provisional por quienes a continuación se indica y las otras se encuentran vacantes (Dirección Regional Nororiental (Bucaramanga) y – Dirección Regional
191190, es ejercido en nombramiento provisional por quienes a continuación se indica y las otras se encuentran vacantes (Dirección Regional Nororiental (Bucaramanga) y – Dirección Regional Occidental (Santiago de Cali):
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 18158254 BARRERA MERA JHON
EDINSON PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 26593291 CERQUERA QUINTERO
VIOLETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CHOCO - QUIBDO 54256393 ABUHATAD CAICEDO ANA
FRANCISCA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 27355889 CHAVEZ CADENA GLORIA
FANNY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
37726831 DELGADILLO OVALLE
DURLEY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 7 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 7 | 13
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 7 | 13
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA 72246132 GOMEZ ORTIZ BLADIMIR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CARIBE - RIOHACHA 84078980 BARROS EPIEYU MARCOS
GABRIEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
91244645 VASQUEZ RUEDA WALTER
ENRIQUE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL OCCIDENTAL - CALI 53072153 FUERTE OVIEDO CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL ANDINA - MEDELLIN 54254726 MURILLO MENA PAZ LEIDA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CHOCO - QUIBDO 11798809 MURILLO COPETE JAIR
LORENZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL OCCIDENTAL - CALI 6530813 JIMENEZ GARCIA ALVARO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
32833578 HERNANDEZ HERNANDEZ
MERLYN SOFIA
ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
32833578 HERNANDEZ HERNANDEZ
MERLYN SOFIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CARIBE - RIOHACHA 1118801626 IGUARAN PUSHAINA
YOSUIRA DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 52034734 MUÑOZ MUÑOZ MIRYAN
LILIANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
8675794 LARA VILLAMIL JAIME
RICARDO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
22638952 PADILLA CHOLEZ JENNYS DE
JESUS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 41119886 PORTILLA SOTELO MAIRA
LICETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador,
dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 8 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 8 | 13 “(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el
expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191190, a::RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 9 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 9 | 13
POSICIÓN
DE MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
1
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
52335401 SANCHEZ CALDERON ZORAYA
MARCELA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
2
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
1075235276 JAVELA ORTIGOZA YENIFER
ALEXANDRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
3
DIRECCION
REGIONAL CHOCO
- QUIBDO 11798809 MURILLO COPETE JAIR LORENZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
4
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 36302347 SUAREZ BURGOS MARLENY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
5
DIRECCION
REGIONAL
4
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 36302347 SUAREZ BURGOS MARLENY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
5
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA 37898013 AFRICANO DIAZ LINA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
6
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 72098155 MERCADO BADILLO JUAN CARLOS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
7
DIRECCION
REGIONAL CARIBE
- RIOHACHA
71709720 CORREA BARRERA SERGIO
ALBERTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
8
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA 40040104 ALBA GUIO GILMA YANETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
9
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 36069837 ROMAÑA CASTILLO LIZ YOHANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
10
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
1103364239 SANDOVAL PILONIETA HECTOR
ARMANDO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
11
DIRECCION
REGIONAL ANDINA
- MEDELLIN
63508849 PALENCIA RAMIREZ JOANNA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
12
DIRECCION
REGIONAL CHOCO
- QUIBDO
REGIONAL ANDINA
- MEDELLIN
63508849 PALENCIA RAMIREZ JOANNA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
12
DIRECCION
REGIONAL CHOCO
- QUIBDO 35892355 CAICEDO ORTIZ GABRIELA SAMIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
13
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 82260548 MARIN MARQUEZ EDISON DE JESUS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
14
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA
77192951 CARRASCAL GARCÍA WUILBER
EMIRO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
15
DIRECCION
REGIONAL CARIBE
- RIOHACHA 1026259923 NAVARRO REY DAVIANYS ALICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
16
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA
30413429 NARANJO HOYOS CLAUDIA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
17
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 72314953 SILVA TAPIAS LEONEL DANIEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
18
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 76316404 OROZCO VIVAS PABLO CESAR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
19
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA
32757266 RADA RIQUETT ELSY PROFESIONAL
76316404 OROZCO VIVAS PABLO CESAR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
19
DIRECCION
REGIONAL NORTE
- BARRANQUILLA 32757266 RADA RIQUETT ELSY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752 20 DIRECCION 4518030 MANTILLA SOTO CARLOS ANDRES PROFESIONAL 2028 19 4 752RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 10 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 10 | 13
POSICIÓN
DE MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL REGIONAL SURNEIVA ESPECIALIZADO PARÁGRAFO 1. El designado en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón correointernosns@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de
mediante correo electrónico dirigido al buzón correointernosns@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento, en virtud del artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015. ARTICULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito o actualizado en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de los siguientes funcionarios, como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el elegibles, lo que les será informado previamente.
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 18158254 BARRERA MERA JHON
EDINSON PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 26593291 CERQUERA QUINTERO
VIOLETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 26593291 CERQUERA QUINTERO
VIOLETH PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CHOCO - QUIBDO 54256393 ABUHATAD CAICEDO ANA
FRANCISCA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 27355889 CHAVEZ CADENA GLORIA
FANNY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752RESOLUCIÓN No 2025910000006045-6 DE 2025 Página 11 de 13
Continuación de la resolución, Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales G J F T O 7 P á g i n a 11 | 13
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DIRECCION REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
37726831 DELGADILLO OVALLE
DURLEY PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA 72246132 GOMEZ ORTIZ BLADIMIR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CARIBE - RIOHACHA 84078980 BARROS EPIEYU MARCOS
GABRIEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
DIRECCION REGIONAL
CARIBE - RIOHACHA 84078980 BARROS EPIEYU MARCOS
GABRIEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORORIENTALBUCARAMANGA
91244645 VASQUEZ RUEDA WALTER
ENRIQUE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL OCCIDENTAL - CALI 53072153 FUERTE OVIEDO CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL ANDINA - MEDELLIN 54254726 MURILLO MENA PAZ LEIDA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CHOCO - QUIBDO 11798809 MURILLO COPETE JAIR
LORENZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL OCCIDENTAL - CALI 6530813 JIMENEZ GARCIA ALVARO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
32833578 HERNANDEZ HERNANDEZ
MERLYN SOFIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
CARIBE - RIOHACHA 1118801626 IGUARAN PUSHAINA
YOSUIRA DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 52034734 MUÑOZ MUÑOZ MIRYAN
LILIANA
PROFESIONAL
YOSUIRA DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
SUR - NEIVA 52034734 MUÑOZ MUÑOZ MIRYAN
LILIANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752
DIRECCION REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
8675794 LARA VILLAMIL JAIME
RICA