🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 2025910000011843-6 de 2025

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2025910000011843-6 de 2025
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

RESOLUCIÓN 2025910000011843-6 DE 05 – 12 - 2025

RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE

PRUEBA EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 6267 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 20 ,

adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 20 , identificado con el No. OPEC 191300, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUDABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023” , en donde la señora MARIA TERESA VARGAS CALLE ocupó la tercera (3) posición dentro de la lista de elegibles mencionada. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza el 08 de julio de 2025. Que mediante Resolución No. 2025910010005795-6 de 23 de julio de 2025 se procedió con el nombramiento en período de prueba, de la elegible MARIA TERESA VARGAS CALLE, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.482.961 en el cargo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 20 , ofertado en el Proceso de Selección 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Salud, con la OPEC 191300. Acto que le fue comunicado el día 25 de julio de 2025. G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 3RESOLUCIÓN No 2025910000011843-6 DE 2025 Página 2 de 3

Continuación de la resolución, RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA

Que, la señora MARÍA TERESA VARGAS CALLE , no manifestó aceptación del nombramiento dentro del término dispuesto para ello, no obstante, mediante correo electrónico remitido a la Superintendencia Nacional de Salud bajo radicado 20259300419276412 de 20 de agosto de 2025, manifestó expresamente la no aceptación del nombramiento en período de prueba, teniendo en cuenta lo anterior, se procedió a derogar su nombramiento en período de prueba a través de la Resolución No. 2025910010007321-6 del 28 de agosto de 2025 y dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que mediante radicados 20255500027550552 y 2 0259300427588152 del 14 de noviembre de 2025, la CNSC informó sobre la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad dentro de la Resolución № 6267 de 25 de junio de 2025, para la elegible GLORIA AMPARO CUPABAN HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía 37.721.524, quien ocupó la cuarta (4) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución № 6267 de 25 de junio de 2025 para la

OPEC No. 191300.

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la

elegibles conformada mediante Resolución № 6267 de 25 de junio de 2025 para la

OPEC No. 191300.

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a la elegible GLORIA

AMPARO CUPABAN HERNÁNDEZ, así:

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL 4 DIRECCIÓN REGIONAL - CHOCO QUIBDO 37721524

GLORIA AMPARO

CUPABAN

HERNÁNDEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20 4 627

Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 20, ofertado con la OPEC No. 191300 se encuentra Desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191300 a::

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

4 DIRECCIÓN REGIONALCHOCO QUIBDO 37721524

GLORIA AMPARO

CUPABAN

HERNÁNDEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20 4 627

PARÁGRAFO 1. La designada en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del G J F T O 7 P á g i n a 2 | 3RESOLUCIÓN No 2025910000011843-6 DE 2025 Página 3 de 3

Continuación de la resolución, RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, a la servidora pública no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una

podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrita o actualizada en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

GLORIA AMPARO CUPABAN HERNÁNDEZ

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO DIRECCION REGIONAL CHOCO carmen.mosquera@supersalud.gov. co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes 12 de 2025.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: Cindy Johana Chaparro Pérez 91000

Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 3 | 3

Consultar sobre este documento ...