🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 2025910000011895-6 de 2025

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2025910000011895-6 de 2025
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

RESOLUCIÓN 2025910000011895-6 DE 10 – 12 - 2025

Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 3698 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer cuatro (4) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1,

adopta la Lista de Elegibles para proveer cuatro (4) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1, identificado con el No. OPEC 191151, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023”, y conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza el 12 de mayo de 2025. Que, en cumplimiento de la lista de elegibles, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución No. 2025910010004930-6 del 20 de junio de 2025, nombró a los elegibles WILFREDO CASTAÑEDA RIVERA, PAOLA RAMÍREZ y LURIDIA G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 2 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. TORRES RINCÓN quienes ocuparon en orden de mérito las posiciones: primera (1), tercera (3) y cuarta (4) dentro de la lista de elegibles 191151, respectivamente, como se observa a continuación: Que, de igual manera en cumplimiento de la lista de elegibles, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución No. 2025910000005896-6 del 28 de julio de

2025, nombró a MARTA CECILIA ALBA CRUZ, quien ocupó la segunda (2) posición dentro de la lista de elegibles 191151, como se observa a continuación: Que, en el artículo tercero de la Resolución No. 2025910000005896-6 del 28 de julio de 2025 se indicó la terminación del nombramiento provisional del señor HERNANDO DÍAZ URREGO identificado con la cédula de ciudadanía 1.018.479.511 como consecuencia del nombramiento en período de prueba de la señora MARTA

CECILIA ALBA CRUZ.

Que, en razón a que durante el término legal previsto el elegible WILFREDO CASTAÑEDA RIVERA manifestó, mediante correo electrónico con radicado No. 20259300415808672 del 14 de julio de 2025, no aceptar el nombramiento en período de prueba efectuado mediante la Resolución No. 2025910010004930-6 del 20 de junio de 2025, se procedió a derogar su nombramiento en período de prueba G J F T O 7 P á g i n a 2 | 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 3 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. a través de la Resolución No. 2025910010006733-6 del 13 de agosto de 2025 y

dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que, con el fin de garantizar una estabilidad laboral relativa al señor HERNANDO DÍAZ URREGO se procedió a mantener dentro de la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud en la vacante del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1, identificado con el No. OPEC 191151 mientras se culminaba la provisión definitiva con la posesión del elegible autorizado por la Comisión Nacional del Servicio Civil en estricto orden de mérito. Que el 27 de agosto de 2025 la CNSC, mediante correo electrónico, remitió la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad dentro de la Resolución № 3698 del 2 de abril de 2025, para el(la) elegible ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía 1026572408 quien ocupó la quinta (5) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 3698 del 2 de abril de 2025 para la OPEC No. 191151. Que, en cumplimiento de la lista de elegibles, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución No. 2025910000007535-6 del 05 de septiembre 2025 "Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba. ", resolvió nombrar

en período de prueba, en el cargo de carrera administrativa de la planta global de personal de la Superintendencia Nacional de Salud, identificado con el código OPEC 191151, a la elegible ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ. Que, la señora ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ debía pronunciarse frente a la designación efectuada a más tardar el día 19 de septiembre de 2025, de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 648 de 2017, no obstante, sólo hasta el día 26 de septiembre de 2025 a través de correo electrónico bajo el radicado No. 20255500022926072, manifiesta aceptación del nombramiento en período de prueba realizada por la elegible, aceptación del nombramiento producida por fuera del término legal, por lo cual se procedió a derogar su nombramiento en período de prueba a través de la Resolución No. 2025910000010587-6 del 23 de octubre de 2025 y dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que la señora ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.026.572.408, promovió Acción de Tutela en contra de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, trámite constitucional que conoció en primera instancia el JUZGADO DIECIOCHO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, trámite constitucional que conoció en primera instancia el JUZGADO DIECIOCHO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. , bajo el radicado No. 11001-31-87018-2025-0156-00, instancia que, en providencia del 4 de noviembre de 2025, resolvió: “(…) PRIMERO: TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de la

señora ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ.

SEGUNDO: ORDENAR a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD que G J F T O 7 P á g i n a 3 | 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 4 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de este fallo, tenga por aceptado el nombramiento hecho mediante la Resolución 2025910000007535-6 de 5 de septiembre 2025 a la señora ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ, como Profesional Universitario Código 2044 Grado 1, ofertado con la OPEC No. 191151. (…)” Que en cumplimiento del fallo proferido por el JUZGADO DIECIOCHO DE

EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. , bajo el

Que en cumplimiento del fallo proferido por el JUZGADO DIECIOCHO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. , bajo el radicado No. 11001-31-87018-2025-0156-00, la Superintendencia Nacional de Salud procedió a expedir la Resolución No. 2025910010011204-6 del 14 de noviembre de 2025 por medio de la cual se derogó en su totalidad la Resolución No. 2025910000010587-6 del 23 de octubre de 2025, lo cual se reportó a la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante radicado 20259100002947891 del 19 de noviembre de 2025. Que en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la Comisión Nacional del Servicio Civil eliminó el registro de la resolución de derogatoria 2025910000010587-6 del 23 de octubre de 2025 efectuado el 24 de octubre de 2025 bajo el radicado 2025RE226747. Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe proceder con la posesión en período de prueba al(a)

elegible ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ así:

POSICIÓN DE

MERITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

5 DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA

1.026.572.4 08

CORTÉS

RODRÍGUEZ

ALEXANDRA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 1 10 2313

Que actualmente el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, CÓDIGO 2044, GRADO 1, ofertado con la OPEC No. 191151 es ejercido en nombramiento provisional por el (la) siguiente servidor(a):

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 1.018.479.511 DÍAZ URREGO

HERNANDO PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 1 10 2313

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.

cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento G J F T O 7 P á g i n a 4 | 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 5 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la

provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. MODIFICAR el artículo tercero de la Resolución No.

sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. MODIFICAR el artículo tercero de la Resolución No. 2025910000005896-6 del 28 de julio de 2025 “Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se terminan unos nombramientos provisionales”, quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del funcionario HERNANDO DÍAZ URREGO identificado con la cédula de ciudadanía 1.018.479.511 , a partir de la fecha en que tome posesión el(la) último(a) elegible que ostente derecho meritorio en la(s) vacante(s) definitivas dentro de la lista de elegibles identificada con el código OPEC 191151, lo que le será informado previamente.” G J F T O 7 P á g i n a 5 | 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 6 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones. ARTÍCULO 2. ADICIONAR el artículo primero de la 2025910000007535-6 del 05 de septiembre 2025 "Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba", quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de

prueba", quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191151 a::

POSICIÓN

DE

MERITO

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

5 DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA

1.026.572.4 08

CORTÉS

RODRÍGUEZ

ALEXANDRA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 1 10 2313

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones

durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. PARÁGRAFO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del (los) siguiente(s) funcionarios(as), como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el(los) elegible(s), lo que le(s) será informado previamente:

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCION

ES TOMO

MANUAL

FUNCION

ES PERFIL

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 1.018.479.511 DÍAZ URREGO

HERNANDO PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 1 10 2313” ARTÍCULO 3. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 4. Los demás artículos contenidos en las Resoluciones 2025910000005896-6 del 28 de julio de 2025 y 2025910000007535-6 del 05 de septiembre 2025 , que no se han modificado por el presente acto administrativo quedan incólumes. ARTÍCULO 5. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ

quedan incólumes. ARTÍCULO 5. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

ALEXANDRA CORTÉS RODRÍGUEZ

HERNANDO DÍAZ URREGO MARTA CECILIA ALBA CRUZ G J F T O 7 P á g i n a 6 | 7RESOLUCIÓN No 2025910000011895-6 DE 2025 Página 7 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se modifican unos nombramientos en período de prueba y se dictan otras disposiciones.

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

LURIDIA TORRES RINCÓN

PAOLA RAMÍREZ

WILFREDO CASTAÑEDA RIVERA

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA mario.ramirez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes 12 de 2025. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: Diana Patricia Cardenas Zapata 91000

Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 7 | 7

Consultar sobre este documento ...