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SUPERSALUD - Resolución 2025910010006269-6 de 2025

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2025910010006269-6 de 2025
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 9 R E S O L U C I Ó N 2 0 2 5 9 1 0 0 1 0 0 0 6 2 6 9 - 6 D E 0 4 – 0 8 - 2 0 2 5 "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA, SE

DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN

OTRAS DISPOSICIONES" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional

de Salud, Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 3715 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer seis (6) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 4210, GRADO 15, identificado con el No. OPEC 191206, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023”. Que la citada Resolución quedó en firme el día 12 de mayo de 2025 , de acuerdo con la publicación realizada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC. Que en relación con el cumplimiento de las listas de elegibles conformadas en el marco del concurso de méritos para la provisión definitiva de empleos de carrera administrativa, la CorteRESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 2 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 2 | 9

Constitucional, en Sentencia SU - 913 de 2009, señaló lo siguiente:

“Las listas de elegibles que se conforman a partir de los puntajes asignados con ocasión de haber

G J F T O 7 P á g i n a 2 | 9 Constitucional, en Sentencia SU - 913 de 2009, señaló lo siguiente:

“Las listas de elegibles que se conforman a partir de los puntajes asignados con ocasión de haber superado con éxito las diferentes etapas del concurso, son inmodificables una vez han sido publicadas y se encuentran en firme, salvo expresas excepciones legales. Es así como la Sentencia T-455 de 2000 señaló que aquél que ocupa el primer lugar en un concurso de méritos no cuenta con una simple expectativa de ser nombrado sino que en realidad es titular de un derecho adquirido. Al respecto, indicó la Corporación:

“Consagra el artículo 83 C.P. que las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presume en todas las gestiones que se adelanten ante ellas.

Se entiende que cuando una entidad pública efectúa una convocatoria para proveer un empleo de carrera administrativa, es porque indudablemente existe el cargo y carece de toda razonabilidad someter a un particular interesado en el mismo a las pruebas, exámenes y entrevistas que pueden resultar tensionantes para la mayoría de las personas, sin que el proceso adelantado y sus resultados se traduzcan en el efectivo nombramiento.

En consecuencia, una vez que se han publicado los resultados, es perentorio que la entidad que ha convocado al concurso entre a proveer el cargo respectivo, designando para el efecto a quien ocupó el primer lugar y, por sus méritos, se ha hecho acreedor a ocuparlo.

Para la Corte es indudable que quien respondió a una convocatoria hecha por una entidad pública,

convocado al concurso entre a proveer el cargo respectivo, designando para el efecto a quien ocupó el primer lugar y, por sus méritos, se ha hecho acreedor a ocuparlo.

Para la Corte es indudable que quien respondió a una convocatoria hecha por una entidad pública, presentó los exámenes, pruebas, entrevistas, documentación exigida y además, practicados aquéllos los superó satisfactoriamente y ocupó el primer lugar en una lista de elegibles, tiene, en tal virtud y por mandato constitucional, no una mera expectativa sino un verdadero derecho adquirido a ser nombrado en el cargo correspondiente.”

La lista de elegibles organiza la información de los resultados del concurso, indica quiénes están llamados a ser nombrados, de acuerdo con el número de plazas a ocupar, así como el orden de elegibilidad en que han quedado los participantes según su puntaje.

11.2.2 Pues bien, cuando la Administración asigna a un concursante puntaje al finalizar cada una de las fases que comprende el concurso, expide un acto administrativo de carácter particular y concreto, en la medida que surte un efecto inmediato, directo y subjetivo respecto del destinatario; lo mismo ocurre cuando consolida dichos resultados mediante la conformación de una lista de elegibles; acto administrativo que a pesar de su naturaleza plural en cuanto lo   integra un conjuntoRESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 3 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES

Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 3 | 9 de destinatarios, crea derechos singulares respecto de cada una las personas que la conforman.

En el caso en estudio la lista de elegibles, en tanto acto administrativo particular, concreto y positivo, es creador de derechos, los cuales encuentran protección legal por vía de la teoría de la estabilidad relativa del acto administrativo, así como protección constitucional por virtud del artículo 58 Superior, en cuyos términos “se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores(...)”. A partir de dicho mandato, la Corte Constitucional ha señalado que los derechos subjetivos que han entrado al patrimonio de la persona, no pueden ser desconocidos por la ley, salvo que ello sea necesario por motivos de utilidad pública e interés social y siempre que medie indemnización previa del afectado. (Subrayas fuera del texto) Que la OPEC 191206, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional por lo que procedía efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del

Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo los días 26 y 27 de junio de 2025, y como resultado los elegibles escogieron de manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:

POSICIÓ

N DE

MERITO

UBICACIÓN

GEOGRAFICA CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

1

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUILLA 1116276859 SOLIS CASTAÑO DANIELA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340 2 BOGOTÁ 55249835 TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340 3 BOGOTÁ 1000382799 RODRIGUEZ GONZALEZ LAURA LUCRECIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340 4 BOGOTÁ 1033777020 ORTIZ BALCAZAR KATHERINNE SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340 5 BOGOTÁ 1085310384 ORTIZ TUPAZ ANGIE ELIZABETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340 6 BOGOTÁ 32844718 CASTRO RAMIREZ SANDRA PATRICIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

EJECUTIVO 4210 15 11 2340 6 BOGOTÁ 32844718 CASTRO RAMIREZ SANDRA PATRICIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la SuperintendenciaRESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 4 de 9

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PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 4 | 9

Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los siguientes elegibles en estricto orden de mérito, así:

POSICIÓ

N DE

MERITO

DEPENDENCIA /

UBICACIÓN

GEOGRAFICA

CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIG

O GRAD O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

1

DIRECCION

REGIONAL NORTEBARRANQUILLA 1116276859 SOLIS CASTAÑO DANIELA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

2

DIRECCION

JURIDICA /

BOGOTÁ 55249835 TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

3

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO PARA

LA PROTECCION AL

USUARIO /

BOGOTÁ

55249835 TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

3

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO PARA

LA PROTECCION AL

USUARIO /

BOGOTÁ

1000382799 RODRIGUEZ GONZALEZ LAURA

LUCRECIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

4

DIRECCION DE

INSPECCION Y

VIGILANCIA PARA

PRESTADORES DE

SERVICIOS DE

SALUD /

BOGOTÁ 1033777020 ORTIZ BALCAZAR KATHERINNE SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

5

DIRECCION

ADMINISTRATIVA /

BOGOTÁ 1085310384 ORTIZ TUPAZ ANGIE ELIZABETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

6

DIRECCION

ADMINISTRATIVA /

BOGOTÁ 32844718 CASTRO RAMIREZ SANDRA PATRICIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

Que actualmente las vacantes del empleo SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 4210, GRADO 15, ofertado con la OPEC No. 191206, es ejercido en nombramiento provisional por quienes a continuación se indica:

DEPENDENCIA CEDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CODIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION

REGIONAL NORTE

-BARRANQUILLA 32716572 ROMERO COGOLLO YAMILE DEL

CARMEN SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION

JURIDICAS PERFIL

DIRECCION

REGIONAL NORTE

-BARRANQUILLA 32716572 ROMERO COGOLLO YAMILE DEL

CARMEN SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION

JURIDICASUBDIRECCION

DE DEFENSA

JURIDICA

1031167809 CENTENO

MORENO HEIDY JIZETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO

PARA LA

PROTECCION AL

USUARIO

1016039616 ESCOBAR QUINTERO STEFANNY

VANNESA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION DE

INSPECCION Y

VIGILANCIA PARA

PRESTADORES DE

SERVICIOS DE

SALUD 1031171773 ORTIZ MENDOZA LEIDY TATIANA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION ADMINISTRATIVA 55223925 PACHECO QUINTANA LUZ ELENA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION

ADMINISTRATIVA 1023961018 RODRIGUEZ

MORENO LISETH TATIANA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340RESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 5 de 9

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PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 5 | 9

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 5 | 9

Que la servidora HEIDY JIZETH CENTENO MORENO identificada con cedula de ciudadanía No 1.031.167.809, fue nombrada en provisionalidad mediante Resolución No 2023910010005261-6 del 28 de agosto de 2023, en el empleo SECRETARIO EJECUTIVO CÓDIGO 4210 GRADO 15 en la Dirección Jurídica, posteriormente a mediante Resolución No 2023910010006004-6 del 03 de octubre de 2023, a la Subdirección de Defensa Jurídica - Grupo de Tutelas. En consideración a lo anterior, la posesión de la elegible No. 2 señora TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL se realizará en la DIRECCIÓN JURÍDICA, con lo que se entenderá derogada la reubicación realizada con la resolución No. 2023910010006004-6 del 03 de octubre de 2023, respecto de dicha servidora y vacante. Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la

de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.RESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 6 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

empleado concreto.RESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 6 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 6 | 9

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de

destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191206, a::

POSICIÓ

N DE

MERITO

DEPENDENCIA /

UBICACIÓN

GEOGRAFICA

CÉDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CÓDIG

O GRAD O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

1

DIRECCION

REGIONAL NORTEBARRANQUILLA 1116276859 SOLIS CASTAÑO DANIELA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

2

DIRECCION

JURIDICA /

BOGOTÁ 55249835 TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

3

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO PARA

LA PROTECCION AL

USUARIO /

BOGOTÁ

1000382799 RODRIGUEZ GONZALEZ LAURA

LUCRECIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

4

DIRECCION DE

INSPECCION Y

VIGILANCIA PARA

PRESTADORES DE

SERVICIOS DE

SALUD /

BOGOTÁ 1033777020 ORTIZ BALCAZAR KATHERINNE SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

5

DIRECCION

ADMINISTRATIVA /

BOGOTÁ

1085310384 ORTIZ TUPAZ ANGIE ELIZABETH SECRETARIO

EJECUTIVO 4210 15 11 2340

5

DIRECCION

ADMINISTRATIVA /

BOGOTÁ 1085310384 ORTIZ TUPAZ ANGIE ELIZABETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

6

DIRECCION

ADMINISTRATIVA /

BOGOTÁ 32844718 CASTRO RAMIREZ SANDRA PATRICIA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340RESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 7 de 9

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PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 7 | 9

PARÁGRAFO 1. El designado en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón correointernosns@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su

efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento, en virtud del artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015. ARTICULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito o actualizado en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de los siguientes funcionarios, como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el elegible, lo que les será informado previamente.

DEPENDENCIA CEDULA APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CODIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION

REGIONAL NORTE

-BARRANQUILLA 32716572 ROMERO COGOLLO YAMILE DEL

CARMEN SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION

JURIDICASUBDIRECCION

DE DEFENSA

JURIDICA

1031167809 CENTENO

MORENO HEIDY JIZETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO

PARA LA

PROTECCION AL

USUARIO

JURIDICA

1031167809 CENTENO

MORENO HEIDY JIZETH SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DESPACHO DEL

SUPERINTENDENT

E DELEGADO

PARA LA

PROTECCION AL

USUARIO

1016039616 ESCOBAR QUINTERO STEFANNY

VANNESA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION DE

INSPECCION Y

VIGILANCIA PARA

PRESTADORES DE

SERVICIOS DE

SALUD 1031171773 ORTIZ MENDOZA LEIDY TATIANA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION ADMINISTRATIVA 55223925 PACHECO QUINTANA LUZ ELENA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340

DIRECCION

ADMINISTRATIVA 1023961018 RODRIGUEZ

MORENO LISETH TATIANA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 11 2340RESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 8 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 8 | 9

PARÁGRAFO 1º. Con la posesión de la elegible TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL en el empleo ocupado tran sitoriamente por la provisional HEIDY JIZETH CENTENO MORENO, se entiende derogada la reubicación realizada a través de la Resolución 2023910010006004-6 del

empleo ocupado tran sitoriamente por la provisional HEIDY JIZETH CENTENO MORENO, se entiende derogada la reubicación realizada a través de la Resolución 2023910010006004-6 del 03 de octubre de 2023 en relación con esta vacante, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución. PARÁGRAFO 2º. Que en consideración a que el 24 de abril de 2025, la servidora ESCOBAR QUINTERO STEFANNY VANNESA puso en conocimiento de esta Superintendencia su estado de embarazado, se adoptarán las medidas afirmativas a que haya lugar a efectos de garantizar la protección de la servidora conforme a los lineamientos de la Corte Constitucional a través de las Sentencias SU-070 de 2013 y SU-075 de 2018 y T-356 de 2024. ARTÍCULO 4. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 5. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

SOLIS CASTAÑO DANIELA

TORRES ALVAREZ VERONICA ISABEL

RODRIGUEZ GONZALEZ LAURA LUCRECIA

ORTIZ BALCAZAR KATHERINNE

ORTIZ TUPAZ ANGIE ELIZABETH

CASTRO RAMIREZ SANDRA PATRICIA

ROMERO COGOLLO YAMILE DEL CARMEN

PACHECO QUINTANA LUZ ELENA

ESCOBAR QUINTERO STEFANNY VANNESA

RODRIGUEZ MORENO LISETH TATIANA

CENTENO MORENO HEIDY JIZETH

ORTIZ MENDOZA LEIDY TATIANA

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA

ENTIDADES TERRITORIALES Y GENERADORES,

RECAUDADORES Y ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Fabio.parra@supersalud.gov.co DIRECCION ADMINISTRATIVA Mario.Ramirez@supersalud.gov.co

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA

PROTECCION AL USUARIO Maria.Echeverry@supersalud.gov.co DIRECCION JURIDICA Alba.Ramos@supersalud.gov.co DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD Beatriz.Gomez@supersalud.gov.co SUBDIRECCIÓN DE DEFENSA JURÍDICA maria.lozano@supersalud.gov.coRESOLUCIÓN No 2025910010006269-6 DE 2025 Página 9 de 9

Continuación de la resolución, "POR LA CUAL SE EFECTUÁN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA, SE DAN POR TERMINANDOS UNOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" G J F T O 7 P á g i n a 9 | 9

ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 04 días del mes 08 de 2025. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Helver Guiovanni Rubiano García Helver Guiovanni Rubiano García SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyectó: Sandra Paola Salas Zamora Revisó: Jorge Ignacio Alvarez Lopez -- Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Paula Tatiana Arenas Gonzales 91001

Aprobó: Helver Guiovanni Rubiano García

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