SUPERSALUD - Resolución 2025910010012341-6 de 2025
Superintendencia de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2025910010012341-6 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN 2025910010012341-6 DE 24 – 12 - 2025
POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE
DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 5219 de 2025 ““Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veinte y nueve (29) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código
adopta la Lista de Elegibles para proveer veinte y nueve (29) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191319, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 ” de acuerdo con la publicación realizada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 26 de mayo de 2025, la lista cobró firmeza respecto de los elegibles ubicados en las posiciones 1 a la 13, Que la OPEC 191319, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional por lo que procedía efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 2 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones
PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el dia 26 de junio de 2025, como se evidencia en el acta: Que mendiante Resolición número 2025910010005764-6 del 21 de julio de 2025 “Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se dan por G J F T O 7 P á g i n a 2 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 3 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS terminados nombramientos provisionales” se nombraron en periodo de prueba los elegibles de la posición 1 a la 13: Que la Comisión Nacional del Servicio Civil resolvió la solicitud de exclusión de los elegibles de las posiciones catorce (14) y veintitrés (23) de la OPEC 191319, lo cual fue debidamente mediante notificado a la Entidad mediante oficio No 2025RS180182 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud bajo No 20255800026584492 del 11 de noviembre de 2025.
Que en la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 5219 del 16 de mayo de 2025, algunos aspirantes obtuvieron puntajes totales iguales, por lo cual, se encuentran ocupando la misma posición, tal como se evidencia a continuación: G J F T O 7 P á g i n a 3 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 4 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, frente a lo anterior, el artículo 30 del Acuerdo No. 61 de 2023 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, modificado por el Acuerdo No. 69 de 2023, mediante el cual se establecieron las reglas del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Servicios de Salud, prevé frente al empate en orden de elegibilidad, lo que sigue: “ARTÍCULO 30. DESEMPATE EN LAS LISTAS DE ELEGIBLES . Cuando dos o más aspirantes obtengan puntajes totales iguales en la conformación de la respectiva Lista de Elegibles, ocuparán la misma posición en condición de empatados. En estos casos, para determinar quién debe ser nombrado en período de prueba, la ENTIDAD deberá realizar el desempate, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en su orden:
1. Con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad.
2. Con quien ostente derechos en carrera administrativa.
3. Con el aspirante que demuestre la calidad de víctima, conforme a lo descrito en el artículo 131 de la Ley 1448 de 2011.
4. Con quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores, en los términos señalados en el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 403 de 1997.
5. Con quien haya realizado la judicatura en las Casas de Justicia o en los Centros de Conciliación Públicos, o como Asesores de los Conciliadores en Equidad, en los términos previstos en el inciso 2 del artículo 50 de la Ley 1395
G J F T O 7 P á g i n a 4 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 5 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS de 2010.
6. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en cada una de las pruebas, en atención al siguiente orden: a. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de Competencias Funcionales. b. Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes. (o en la de ejecución cuando aplique) c. Con quien haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales
7. La regla referida a los varones que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.
8. Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo
7. La regla referida a los varones que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.
8. Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la citación de los interesados, de lo cual se deberá dejar la evidencia documental”.
Que, en atención a lo precedente, la Dirección de Talento Humano de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante correo electrónico remitido el 19 de noviembre de 2025 a los elegibles que se encuentran en dicha situación, LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO, CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ, ARIADGNA GILMA CASTRO MORALES, VIVIAN ANYELI RIVERA CORRALES, CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO y YANNETH BIVIANA LUNA ARROYO les confirió el término de tres (03) días hábiles con el propósito de acreditar alguno de los criterios señalados en el artículo 30 del Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023 y, de esta manera dirimir el empate con base en los criterios previamente citados.. Que, vencido el término establecido en la comunicación dirigida a las elegibles y a partir de la documentación aportada, se realizó el análisis respectivo donde se evidenció que, en orden prioritario, se dirimía el empate al aplicar, de la siguiente forma:
POSICIÓN CATORCE (14):
N
CRITERIO
LUIS FERNANDO
VASQUEZ
ESCUDERO
CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ OBSERVACIONES Con quien haya obtenido el mayor puntaje
forma:
POSICIÓN CATORCE (14):
N
CRITERIO
LUIS FERNANDO
VASQUEZ
ESCUDERO
CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ OBSERVACIONES Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la Prueba sobre Competencias Funcionales. Acreditó con puntaje 91.51 Acredito con puntaje 92.12 Prioridad en Lista para la señora
CLAUDIA CECILIA
GUEVARA DIAZ
POSICIÓN VEINTE (20):
N
o CRITERIO ARIADGNA GILMA
CASTRO MORALES
VIVIAN ANYELI
RIVERA CORRALES
OBSERVACIONES
7 Con quien haya obtenido mayor puntaje en la Prueba de Valoración de Antecedentes, en la de Ejecución y/o en la Entrevista, cuando aplique Acreditó con puntaje valoración de antecedentes 80.00 Acreditó con puntaje 98.09 Acreditó con puntaje valoración de antecedentes 80.00 Acredito con puntaje entrevista 96.19 Prioridad en Lista para la
ARIADGNA GILMA
CASTRO MORALES
POSICIÓN VEINTIUNO (21):
N
CRITERIO
CARLOS IVAN
GELVEZ LIZARAZO
YANNETH BIVIANA
LUNA ARROYO OBSERVACIONES 2 Ostende Derechos de Camera Acreditó No acreditó Prioridad en Lista para el señor
CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO G J F T O 7 P á g i n a 5 |
15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 6 de 15
Prioridad en Lista para el señor
CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO G J F T O 7 P á g i n a 5 |
15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 6 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Este resultado, fue puesto en conocimiento de las elegibles mediante correo electrónico del día 26 de noviembre de 2025. Que la OPEC 191319, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional con plazos pendientes por efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, de la posición catorce (14) a la veintinueve (29), siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo los días 26 de noviembre de 2025, y como resultado los elegibles escogieron de manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:
POSICION CEDULA ELEGIBLE ESCOGENCIA
DE PLAZA REGIONAL
14 40048646 CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ CALI
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
15 1128046697 LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO BARANQUILLA
DIRECCION
REGIONAL
14 40048646 CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ CALI
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
15 1128046697 LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO BARANQUILLA
DIRECCION
REGIONAL
NORTE
16 1013623162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA NEIVA
DIRECCION
REGIONAL
SUR
17 5528729 EDGAR DE JESUS ORTIZ RODRIGUEZ BUCARAMANG
A
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTA
L
18 37898346 ZAYRA YOLIMA DUARTE BALLESTEROS QUIBDO DIRECCION
REGIONAL
19 69005050 SANDRA LUCIA CHAMORRO MORA NEIVA
DIRECCION
REGIONAL
SUR
20 98532128 JOSÉ ANDRÉS HURTADO ARISTIZÁBAL VILLAVICENCIO
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA
21 25776991 ARIADGNA GILMA CASTRO MORALES BARANQUILLA
DIRECCION
REGIONAL
NORTE
22 67026028 VIVIAN ANYELI RIVERA CORRALES CALI
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
23 13748444 CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO VILLAVICENCIO
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA
24 27461913 YANNETH BIVIANA LUNA ARROYO CALI
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
25 63551996 NATALIA DEL PILAR URIBE LÓPEZ VILLAVICENCIO
DIRECCION
REGIONAL
NORTE
26 1067909933 YESENIA DELGADO TORRES RIOACHAGUAJIRA
DIRECCION
REGIONAL
SUR
DIRECCION
REGIONAL
NORTE
26 1067909933 YESENIA DELGADO TORRES RIOACHAGUAJIRA
DIRECCION
REGIONAL
SUR
27 36311406 LUZ ANGELICA GASCA VILLARREAL VILLAVICENCIO
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENTA
L
28 98546409 JUAN CARLOS GUZMAN NOREÑA CALI
DIRECCION
REGIONAL
CHOCO
29 9994430 JAIDER FERNANDO JARAMILLO
SANCHEZ VILLAVICENCIO
DIRECCION
REGIONAL SUR Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la G J F T O 7 P á g i n a 6 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 7 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los siguientes elegibles en estricto orden de mérito, así:
POSICI
ON DE MERIT O
REGIONAL CEDUL
A NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODI
GO GRA DO MANUA L DE
FUNCIO
NES TOMO MANUA L DE
FUNCIO
NES
PERFIL
14
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
400486 46
CLAUDIA CECILIA GUEVARA
DIAZ
PROFESIONAL
NES TOMO MANUA L DE
FUNCIO
NES
PERFIL
14
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
400486 46
CLAUDIA CECILIA GUEVARA
DIAZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
15
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARANQUILL
A 112804 6697
LUIS FERNANDO VASQUEZ
ESCUDERO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
16
DIRECCION
REGIONAL
SUR - NEIVA
101362 3162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
17
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENT
ALBUCARAMAN
GA 552872 9
EDGAR DE JESUS ORTIZ
RODRIGUEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
18
DIRECCION
REGIONAL
CHOCOQUIBDO
378983 46
ZAYRA YOLIMA DUARTE
BALLESTEROS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
19
DIRECCION
REGIONAL
SUR - NEIVA
690050 50
SANDRA LUCIA CHAMORRO
MORA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
20
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 985321 28
JOSÉ ANDRÉS HURTADO
ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
21
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARRANQUIL
LA
IO 985321 28
JOSÉ ANDRÉS HURTADO
ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
21
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARRANQUIL
LA 257769 91
ARIADGNA GILMA CASTRO
MORALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
22
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
670260 28
VIVIAN ANYELI RIVERA
CORRALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
23
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 137484 44
CARLOS IVAN GELVEZ
LIZARAZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
24
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
274619 13
YANNETH BIVIANA LUNA
ARROYO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
25
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENC
IO 635519 96
NATALIA DEL PILAR URIBE
LÓPEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
26
DIRECCION
REGIONAL
CARIBERIOHACHA
106790 9933 YESENIA DELGADO TORRES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
27
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 363114 06
LUZ ANGELICA GASCA
VILLARREAL
PROFESIONAL
ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
27
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 363114 06
LUZ ANGELICA GASCA
VILLARREAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
28
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
-CALI 985464 09
JUAN CARLOS GUZMAN
NOREÑA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
29
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENC
IO 999443 0
JAIDER FERNANDO JARAMILLO
SANCHEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
G J F T O 7 P á g i n a 7 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 8 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, se dio inició la verificación de los requisitos exigidos para el empleo en cumplimiento a lo señalado Artículo Quinto y su Parágrafo de la Resolución No 5219 del 16 de mayo de 2025 que conformó la correspondiente Lista de Elegibles, que a letra señala: ARTÍCULO QUINTO. Los aspirantes que sean nombrados con base en la Lista de Elegibles de que trata la presente Resolución, deberán cumplir los requisitos exigidos para el empleo en la Constitución, la ley, los reglamentos y el correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales con
de Elegibles de que trata la presente Resolución, deberán cumplir los requisitos exigidos para el empleo en la Constitución, la ley, los reglamentos y el correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales con base en el cual se realizó este proceso de selección, los que deberán ser serán acreditados al momento de tomar posesión de este.
PARÁGRAFO: Corresponde al nominador, antes de realizar los respectivos nombramientos y de proceder con las correspondientes posesiones, verificar y certificar que los elegibles cumplen los requisitos exigidos para cada empleo a proveer, según la Constitución, la ley, los reglamentos y el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales utilizado para la realización de este proceso de selección y verificar los Antecedentes Fiscales, Disciplinarios y Judiciales de tales elegibles, dejando las constancias respectivas.
Que revisado los requisitos de los elegibles de la posición catorce (14) a la veintinueve (29) se encontró que el elegible de la posición quince (15) LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO identificado con cedula de ciudadanía número 1.128.046.697 en la consulta de los antecedentes disciplinarios de la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN del día 10 de diciembre de 2025
registra la siguiente anotación: G J F T O 7 P á g i n a 8 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 9 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que la sanción disciplinaria está debidamente consagrada en los artículos 44 a 47 del Capítulo Segundo, Título V de la Ley 734 de 2002, bajo una estructura que define las clases de sanciones, su ámbito o contenido, límites y criterios de graduación, para cada conducta considerada como falta disciplinaria. FUNCIÓN DE LA SANCIÓN DISCIPLINARIA-Alcance Igualmente, es necesario señalar que el artículo 16 de la Ley 734 de 2002 bajo el nomen iuris «función de la sanción disciplinaria» señala no sólo su propósito sino, además, la finalidad que persigue, desde la teoría de la prevención general y especial punitiva; pero el texto normativo no consagra las reglas para imponerla. Aun así, explícitamente es evidente que rigen en su aplicación los principios de proporcionalidad y razonabilidad como parámetros obligatorios para mensurarla. Que la CORTE CONSTITUCIONAL En sentencia C-462/23 explicó la pertinencia constitucional de la procedencia de la sanción de inhabilidad. G J F T O 7 P á g i n a 9 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 10 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN
PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS
15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 10 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS SANCIÓN DE INHABILIDAD-Es concurrente e inescindible INHABILIDAD COMO SANCIÓN-Es reconocida en dos modalidades DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL-Son sanciones que deben ser aplicadas simultáneamente. (…) EMPLEO PÚBLICO-Normatividad que lo regula/SANCIÓN DISCIPLINARIA-Norma instaurada para darle eficacia La Ley 909 de 2004 «Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones», señala los niveles funcionales, requisitos y elementos del empleo público que pueden dar lugar a clarificar la noción de «cargo similar»; por lo cual, cuando no se cumple tal requisito, como es el caso de estar desempeñando un cargo de «mayor jerarquía», la sanción deberá ajustarse a tal realidad con el fin de que no resulte inane o ineficaz. La regla del inciso final del artículo 45 del C.D.U. fue instaurada por el legislador para dar eficacia a la sanción disciplinaria; cuando esta implica la separación de la función pública, y en caso de que no se pueda ejecutar, se planteó como mecanismo de homologación o conversión, el referido en el artículo 46 ibídem así: SANCIONES DISCIPLINARIAS-Son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles Este axioma se aplica cuando la sanción principal es la de suspensión y no se
homologación o conversión, el referido en el artículo 46 ibídem así: SANCIONES DISCIPLINARIAS-Son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles Este axioma se aplica cuando la sanción principal es la de suspensión y no se extiende a las otras formas sancionatorias, toda vez que la naturaleza de cada una de ellas permite su efectividad en forma directa, como acontece con la sanción de destitución e inhabilidad general, la de inhabilidad especial, la multa y amonestación. De las dos últimas, una al ser exclusivamente pecuniaria, excluye la afectación del vínculo del sancionado con la administración pública y su cobro extremo será por la vía de la jurisdicción coactiva, y la otra se ejecuta en el instante de la inclusión de la anotación en la hoja de vida. Bajo los anteriores derroteros se tiene que las sanciones disciplinarias son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles jurídicamente para su imposición y deberán ser cumplidas en forma directa o por la vía de la conversión prevista en la ley Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028 , GRADO 19, ofertado con la OPEC No. 191319 es ejercido en nombramiento provisional por los siguientes servidores:
REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG
O GRAD O
MANUAL
DE
FUNCION
ES TOMO
MANUAL
DE
FUNCION
ES
PERFIL
DIRECCION
REGIONAL
CARIBERIOHACHA 5185258 ORTIZ ESCOBAR ARISTIDES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
DE
FUNCION
ES
PERFIL
DIRECCION
REGIONAL
CARIBERIOHACHA 5185258 ORTIZ ESCOBAR ARISTIDES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA 49793677 MARTINEZ MUZA MAURA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
G J F T O 7 P á g i n a 10 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 11 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN
PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARRANQUILLA
30665212 GONZALEZ MANJARRES DALSY
DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI
38562443 JARAMILLO CAMACHO PAOLA
ANDREA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 94421066 PECHENE PAZ EIDER GUSTAVO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTALCALI 52621201 RODRIGUEZ ARIAS CLAUDIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENCIO
10302467 CUASPUD GUZMAN MILTON
ALBERTO
PROFESIONAL
ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENCIO
10302467 CUASPUD GUZMAN MILTON
ALBERTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA 24228505 SANCHEZ LARA LILIANA ELVIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 66973773 ORTIZ GARZON SANDRA PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL SURNEIVA 55162907 PARRA RIZO MARISOL MALARET PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
DIRECCION
REGIONAL
CHOCO - QUIBDO
35892157 MOSQUERA MATURANA
KATHERINE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
Que el Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento
nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:
“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo
calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones G J F T O 7 P á g i n a 11 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 12 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema
cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191319 a:
POSICI
ON DE MERIT O
REGIONAL CEDUL
A NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODI
GO GRA DO MANUA L DE
FUNCIO
NES TOMO MANUA L DE
FUNCIO
NES
PERFIL
14
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
400486 46
CLAUDIA CECILIA GUEVARA
DIAZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
15
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARANQUILL
A 112804 6697
LUIS FERNANDO VASQUEZ
ESCUDERO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
16
DIRECCION
REGIONAL
SUR - NEIVA
101362 3162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
17
DIRECCION
REGIONAL
NORORIENT
ALBUCARAMAN
GA 552872 9
EDGAR DE JESUS ORTIZ
RODRIGUEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
18
DIRECCION
REGIONAL
CHOCOQUIBDO
378983 46
ZAYRA YOLIMA DUARTE
BALLESTEROS
PROFESIONAL
PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
18
DIRECCION
REGIONAL
CHOCOQUIBDO
378983 46
ZAYRA YOLIMA DUARTE
BALLESTEROS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
19
DIRECCION
REGIONAL
SUR - NEIVA
690050 50
SANDRA LUCIA CHAMORRO
MORA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
20
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 985321 28
JOSÉ ANDRÉS HURTADO
ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
21
DIRECCION
REGIONAL
NORTEBARRANQUIL
LA 257769 91
ARIADGNA GILMA CASTRO
MORALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
22
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
670260 28
VIVIAN ANYELI RIVERA
CORRALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
23 DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA137484
44
CARLOS IVAN GELVEZ
LIZARAZO
PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
G J F T O 7 P á g i n a 12 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 13 de 15
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN
PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS
VILLAVICENC
IO 24
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
- CALI
274619 13
YANNETH BIVIANA LUNA
ARROYO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
25
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENC
IO 635519 96
NATALIA DEL PILAR URIBE
LÓPEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
26
DIRECCION
REGIONAL
CARIBERIOHACHA
106790 9933 YESENIA DELGADO TORRES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
27
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIAVILLAVICENC
IO 363114 06
LUZ ANGELICA GASCA
VILLARREAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
28
DIRECCION
REGIONAL
OCCIDENTAL
-CALI 985464 09
JUAN CARLOS GUZMAN
NOREÑA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
29
DIRECCION
REGIONAL
ORINOQUIA –
VILLAVICENC
IO 999443 0
JAIDER FERNANDO JARAMILLO
SANCHEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles
PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753
PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoria