🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 2025910010012341-6 de 2025

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2025910010012341-6 de 2025
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

RESOLUCIÓN 2025910010012341-6 DE 24 – 12 - 2025

POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE

DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 5219 de 2025 ““Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veinte y nueve (29) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código

adopta la Lista de Elegibles para proveer veinte y nueve (29) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191319, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 ” de acuerdo con la publicación realizada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 26 de mayo de 2025, la lista cobró firmeza respecto de los elegibles ubicados en las posiciones 1 a la 13, Que la OPEC 191319, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional por lo que procedía efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 2 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el dia 26 de junio de 2025, como se evidencia en el acta: Que mendiante Resolición número 2025910010005764-6 del 21 de julio de 2025 “Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se dan por G J F T O 7 P á g i n a 2 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 3 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS terminados nombramientos provisionales” se nombraron en periodo de prueba los elegibles de la posición 1 a la 13: Que la Comisión Nacional del Servicio Civil resolvió la solicitud de exclusión de los elegibles de las posiciones catorce (14) y veintitrés (23) de la OPEC 191319, lo cual fue debidamente mediante notificado a la Entidad mediante oficio No 2025RS180182 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud bajo No 20255800026584492 del 11 de noviembre de 2025.

Que en la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 5219 del 16 de mayo de 2025, algunos aspirantes obtuvieron puntajes totales iguales, por lo cual, se encuentran ocupando la misma posición, tal como se evidencia a continuación: G J F T O 7 P á g i n a 3 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 4 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, frente a lo anterior, el artículo 30 del Acuerdo No. 61 de 2023 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, modificado por el Acuerdo No. 69 de 2023, mediante el cual se establecieron las reglas del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Servicios de Salud, prevé frente al empate en orden de elegibilidad, lo que sigue: “ARTÍCULO 30. DESEMPATE EN LAS LISTAS DE ELEGIBLES . Cuando dos o más aspirantes obtengan puntajes totales iguales en la conformación de la respectiva Lista de Elegibles, ocuparán la misma posición en condición de empatados. En estos casos, para determinar quién debe ser nombrado en período de prueba, la ENTIDAD deberá realizar el desempate, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en su orden:

1. Con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad.

2. Con quien ostente derechos en carrera administrativa.

3. Con el aspirante que demuestre la calidad de víctima, conforme a lo descrito en el artículo 131 de la Ley 1448 de 2011.

4. Con quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores, en los términos señalados en el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 403 de 1997.

5. Con quien haya realizado la judicatura en las Casas de Justicia o en los Centros de Conciliación Públicos, o como Asesores de los Conciliadores en Equidad, en los términos previstos en el inciso 2 del artículo 50 de la Ley 1395

G J F T O 7 P á g i n a 4 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 5 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS de 2010.

6. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en cada una de las pruebas, en atención al siguiente orden: a. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de Competencias Funcionales. b. Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes. (o en la de ejecución cuando aplique) c. Con quien haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales

7. La regla referida a los varones que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.

8. Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo

7. La regla referida a los varones que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.

8. Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la citación de los interesados, de lo cual se deberá dejar la evidencia documental”.

Que, en atención a lo precedente, la Dirección de Talento Humano de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante correo electrónico remitido el 19 de noviembre de 2025 a los elegibles que se encuentran en dicha situación, LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO, CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ, ARIADGNA GILMA CASTRO MORALES, VIVIAN ANYELI RIVERA CORRALES, CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO y YANNETH BIVIANA LUNA ARROYO les confirió el término de tres (03) días hábiles con el propósito de acreditar alguno de los criterios señalados en el artículo 30 del Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023 y, de esta manera dirimir el empate con base en los criterios previamente citados.. Que, vencido el término establecido en la comunicación dirigida a las elegibles y a partir de la documentación aportada, se realizó el análisis respectivo donde se evidenció que, en orden prioritario, se dirimía el empate al aplicar, de la siguiente forma:

POSICIÓN CATORCE (14):

N

CRITERIO

LUIS FERNANDO

VASQUEZ

ESCUDERO

CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ OBSERVACIONES Con quien haya obtenido el mayor puntaje

forma:

POSICIÓN CATORCE (14):

N

CRITERIO

LUIS FERNANDO

VASQUEZ

ESCUDERO

CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ OBSERVACIONES Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la Prueba sobre Competencias Funcionales. Acreditó con puntaje 91.51 Acredito con puntaje 92.12 Prioridad en Lista para la señora

CLAUDIA CECILIA

GUEVARA DIAZ

POSICIÓN VEINTE (20):

N

o CRITERIO ARIADGNA GILMA

CASTRO MORALES

VIVIAN ANYELI

RIVERA CORRALES

OBSERVACIONES

7 Con quien haya obtenido mayor puntaje en la Prueba de Valoración de Antecedentes, en la de Ejecución y/o en la Entrevista, cuando aplique Acreditó con puntaje valoración de antecedentes 80.00 Acreditó con puntaje 98.09 Acreditó con puntaje valoración de antecedentes 80.00 Acredito con puntaje entrevista 96.19 Prioridad en Lista para la

ARIADGNA GILMA

CASTRO MORALES

POSICIÓN VEINTIUNO (21):

N

CRITERIO

CARLOS IVAN

GELVEZ LIZARAZO

YANNETH BIVIANA

LUNA ARROYO OBSERVACIONES 2 Ostende Derechos de Camera Acreditó No acreditó Prioridad en Lista para el señor

CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO G J F T O 7 P á g i n a 5 |

15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 6 de 15

Prioridad en Lista para el señor

CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO G J F T O 7 P á g i n a 5 |

15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 6 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Este resultado, fue puesto en conocimiento de las elegibles mediante correo electrónico del día 26 de noviembre de 2025. Que la OPEC 191319, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional con plazos pendientes por efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, de la posición catorce (14) a la veintinueve (29), siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo los días 26 de noviembre de 2025, y como resultado los elegibles escogieron de manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:

POSICION CEDULA ELEGIBLE ESCOGENCIA

DE PLAZA REGIONAL

14 40048646 CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ CALI

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

15 1128046697 LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO BARANQUILLA

DIRECCION

REGIONAL

14 40048646 CLAUDIA CECILIA GUEVARA DIAZ CALI

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

15 1128046697 LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO BARANQUILLA

DIRECCION

REGIONAL

NORTE

16 1013623162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA NEIVA

DIRECCION

REGIONAL

SUR

17 5528729 EDGAR DE JESUS ORTIZ RODRIGUEZ BUCARAMANG

A

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENTA

L

18 37898346 ZAYRA YOLIMA DUARTE BALLESTEROS QUIBDO DIRECCION

REGIONAL

19 69005050 SANDRA LUCIA CHAMORRO MORA NEIVA

DIRECCION

REGIONAL

SUR

20 98532128 JOSÉ ANDRÉS HURTADO ARISTIZÁBAL VILLAVICENCIO

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA

21 25776991 ARIADGNA GILMA CASTRO MORALES BARANQUILLA

DIRECCION

REGIONAL

NORTE

22 67026028 VIVIAN ANYELI RIVERA CORRALES CALI

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

23 13748444 CARLOS IVAN GELVEZ LIZARAZO VILLAVICENCIO

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA

24 27461913 YANNETH BIVIANA LUNA ARROYO CALI

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

25 63551996 NATALIA DEL PILAR URIBE LÓPEZ VILLAVICENCIO

DIRECCION

REGIONAL

NORTE

26 1067909933 YESENIA DELGADO TORRES RIOACHAGUAJIRA

DIRECCION

REGIONAL

SUR

DIRECCION

REGIONAL

NORTE

26 1067909933 YESENIA DELGADO TORRES RIOACHAGUAJIRA

DIRECCION

REGIONAL

SUR

27 36311406 LUZ ANGELICA GASCA VILLARREAL VILLAVICENCIO

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENTA

L

28 98546409 JUAN CARLOS GUZMAN NOREÑA CALI

DIRECCION

REGIONAL

CHOCO

29 9994430 JAIDER FERNANDO JARAMILLO

SANCHEZ VILLAVICENCIO

DIRECCION

REGIONAL SUR Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la G J F T O 7 P á g i n a 6 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 7 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los siguientes elegibles en estricto orden de mérito, así:

POSICI

ON DE MERIT O

REGIONAL CEDUL

A NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODI

GO GRA DO MANUA L DE

FUNCIO

NES TOMO MANUA L DE

FUNCIO

NES

PERFIL

14

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

400486 46

CLAUDIA CECILIA GUEVARA

DIAZ

PROFESIONAL

NES TOMO MANUA L DE

FUNCIO

NES

PERFIL

14

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

400486 46

CLAUDIA CECILIA GUEVARA

DIAZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

15

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARANQUILL

A 112804 6697

LUIS FERNANDO VASQUEZ

ESCUDERO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

16

DIRECCION

REGIONAL

SUR - NEIVA

101362 3162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

17

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENT

ALBUCARAMAN

GA 552872 9

EDGAR DE JESUS ORTIZ

RODRIGUEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

18

DIRECCION

REGIONAL

CHOCOQUIBDO

378983 46

ZAYRA YOLIMA DUARTE

BALLESTEROS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

19

DIRECCION

REGIONAL

SUR - NEIVA

690050 50

SANDRA LUCIA CHAMORRO

MORA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

20

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 985321 28

JOSÉ ANDRÉS HURTADO

ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

21

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUIL

LA

IO 985321 28

JOSÉ ANDRÉS HURTADO

ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

21

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUIL

LA 257769 91

ARIADGNA GILMA CASTRO

MORALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

22

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

670260 28

VIVIAN ANYELI RIVERA

CORRALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

23

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 137484 44

CARLOS IVAN GELVEZ

LIZARAZO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

24

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

274619 13

YANNETH BIVIANA LUNA

ARROYO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

25

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENC

IO 635519 96

NATALIA DEL PILAR URIBE

LÓPEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

26

DIRECCION

REGIONAL

CARIBERIOHACHA

106790 9933 YESENIA DELGADO TORRES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

27

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 363114 06

LUZ ANGELICA GASCA

VILLARREAL

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

27

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 363114 06

LUZ ANGELICA GASCA

VILLARREAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

28

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

-CALI 985464 09

JUAN CARLOS GUZMAN

NOREÑA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

29

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENC

IO 999443 0

JAIDER FERNANDO JARAMILLO

SANCHEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

G J F T O 7 P á g i n a 7 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 8 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que, se dio inició la verificación de los requisitos exigidos para el empleo en cumplimiento a lo señalado Artículo Quinto y su Parágrafo de la Resolución No 5219 del 16 de mayo de 2025 que conformó la correspondiente Lista de Elegibles, que a letra señala: ARTÍCULO QUINTO. Los aspirantes que sean nombrados con base en la Lista de Elegibles de que trata la presente Resolución, deberán cumplir los requisitos exigidos para el empleo en la Constitución, la ley, los reglamentos y el correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales con

de Elegibles de que trata la presente Resolución, deberán cumplir los requisitos exigidos para el empleo en la Constitución, la ley, los reglamentos y el correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales con base en el cual se realizó este proceso de selección, los que deberán ser serán acreditados al momento de tomar posesión de este.

PARÁGRAFO: Corresponde al nominador, antes de realizar los respectivos nombramientos y de proceder con las correspondientes posesiones, verificar y certificar que los elegibles cumplen los requisitos exigidos para cada empleo a proveer, según la Constitución, la ley, los reglamentos y el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales utilizado para la realización de este proceso de selección y verificar los Antecedentes Fiscales, Disciplinarios y Judiciales de tales elegibles, dejando las constancias respectivas.

Que revisado los requisitos de los elegibles de la posición catorce (14) a la veintinueve (29) se encontró que el elegible de la posición quince (15) LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO identificado con cedula de ciudadanía número 1.128.046.697 en la consulta de los antecedentes disciplinarios de la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN del día 10 de diciembre de 2025

registra la siguiente anotación: G J F T O 7 P á g i n a 8 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 9 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS Que la sanción disciplinaria está debidamente consagrada en los artículos 44 a 47 del Capítulo Segundo, Título V de la Ley 734 de 2002, bajo una estructura que define las clases de sanciones, su ámbito o contenido, límites y criterios de graduación, para cada conducta considerada como falta disciplinaria. FUNCIÓN DE LA SANCIÓN DISCIPLINARIA-Alcance Igualmente, es necesario señalar que el artículo 16 de la Ley 734 de 2002 bajo el nomen iuris «función de la sanción disciplinaria» señala no sólo su propósito sino, además, la finalidad que persigue, desde la teoría de la prevención general y especial punitiva; pero el texto normativo no consagra las reglas para imponerla. Aun así, explícitamente es evidente que rigen en su aplicación los principios de proporcionalidad y razonabilidad como parámetros obligatorios para mensurarla. Que la CORTE CONSTITUCIONAL En sentencia C-462/23 explicó la pertinencia constitucional de la procedencia de la sanción de inhabilidad. G J F T O 7 P á g i n a 9 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 10 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS

15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 10 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS SANCIÓN DE INHABILIDAD-Es concurrente e inescindible INHABILIDAD COMO SANCIÓN-Es reconocida en dos modalidades DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL-Son sanciones que deben ser aplicadas simultáneamente. (…) EMPLEO PÚBLICO-Normatividad que lo regula/SANCIÓN DISCIPLINARIA-Norma instaurada para darle eficacia La Ley 909 de 2004 «Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones», señala los niveles funcionales, requisitos y elementos del empleo público que pueden dar lugar a clarificar la noción de «cargo similar»; por lo cual, cuando no se cumple tal requisito, como es el caso de estar desempeñando un cargo de «mayor jerarquía», la sanción deberá ajustarse a tal realidad con el fin de que no resulte inane o ineficaz. La regla del inciso final del artículo 45 del C.D.U. fue instaurada por el legislador para dar eficacia a la sanción disciplinaria; cuando esta implica la separación de la función pública, y en caso de que no se pueda ejecutar, se planteó como mecanismo de homologación o conversión, el referido en el artículo 46 ibídem así: SANCIONES DISCIPLINARIAS-Son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles Este axioma se aplica cuando la sanción principal es la de suspensión y no se

homologación o conversión, el referido en el artículo 46 ibídem así: SANCIONES DISCIPLINARIAS-Son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles Este axioma se aplica cuando la sanción principal es la de suspensión y no se extiende a las otras formas sancionatorias, toda vez que la naturaleza de cada una de ellas permite su efectividad en forma directa, como acontece con la sanción de destitución e inhabilidad general, la de inhabilidad especial, la multa y amonestación. De las dos últimas, una al ser exclusivamente pecuniaria, excluye la afectación del vínculo del sancionado con la administración pública y su cobro extremo será por la vía de la jurisdicción coactiva, y la otra se ejecuta en el instante de la inclusión de la anotación en la hoja de vida. Bajo los anteriores derroteros se tiene que las sanciones disciplinarias son todas principales, concurrentes, independientes pero inescindibles jurídicamente para su imposición y deberán ser cumplidas en forma directa o por la vía de la conversión prevista en la ley Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028 , GRADO 19, ofertado con la OPEC No. 191319 es ejercido en nombramiento provisional por los siguientes servidores:

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCION

ES TOMO

MANUAL

DE

FUNCION

ES

PERFIL

DIRECCION

REGIONAL

CARIBERIOHACHA 5185258 ORTIZ ESCOBAR ARISTIDES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

DE

FUNCION

ES

PERFIL

DIRECCION

REGIONAL

CARIBERIOHACHA 5185258 ORTIZ ESCOBAR ARISTIDES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUILLA 49793677 MARTINEZ MUZA MAURA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

G J F T O 7 P á g i n a 10 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 11 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUILLA

30665212 GONZALEZ MANJARRES DALSY

DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTALCALI

38562443 JARAMILLO CAMACHO PAOLA

ANDREA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTALCALI 94421066 PECHENE PAZ EIDER GUSTAVO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTALCALI 52621201 RODRIGUEZ ARIAS CLAUDIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENCIO

10302467 CUASPUD GUZMAN MILTON

ALBERTO

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENCIO

10302467 CUASPUD GUZMAN MILTON

ALBERTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA 24228505 SANCHEZ LARA LILIANA ELVIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL SURNEIVA 66973773 ORTIZ GARZON SANDRA PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL SURNEIVA 55162907 PARRA RIZO MARISOL MALARET PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

DIRECCION

REGIONAL

CHOCO - QUIBDO

35892157 MOSQUERA MATURANA

KATHERINE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

Que el Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento

nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo

calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones G J F T O 7 P á g i n a 11 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 12 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema

cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191319 a:

POSICI

ON DE MERIT O

REGIONAL CEDUL

A NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODI

GO GRA DO MANUA L DE

FUNCIO

NES TOMO MANUA L DE

FUNCIO

NES

PERFIL

14

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

400486 46

CLAUDIA CECILIA GUEVARA

DIAZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

15

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARANQUILL

A 112804 6697

LUIS FERNANDO VASQUEZ

ESCUDERO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

16

DIRECCION

REGIONAL

SUR - NEIVA

101362 3162 JOHN EDWIN LEAL FERREIRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

17

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENT

ALBUCARAMAN

GA 552872 9

EDGAR DE JESUS ORTIZ

RODRIGUEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

18

DIRECCION

REGIONAL

CHOCOQUIBDO

378983 46

ZAYRA YOLIMA DUARTE

BALLESTEROS

PROFESIONAL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

18

DIRECCION

REGIONAL

CHOCOQUIBDO

378983 46

ZAYRA YOLIMA DUARTE

BALLESTEROS PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

19

DIRECCION

REGIONAL

SUR - NEIVA

690050 50

SANDRA LUCIA CHAMORRO

MORA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

20

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 985321 28

JOSÉ ANDRÉS HURTADO

ARISTIZÁBAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

21

DIRECCION

REGIONAL

NORTEBARRANQUIL

LA 257769 91

ARIADGNA GILMA CASTRO

MORALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

22

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

670260 28

VIVIAN ANYELI RIVERA

CORRALES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

23 DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA137484

44

CARLOS IVAN GELVEZ

LIZARAZO

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

G J F T O 7 P á g i n a 12 | 15RESOLUCIÓN No 2025910010012341-6 DE 2025 Página 13 de 15

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTUA UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS

VILLAVICENC

IO 24

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

- CALI

274619 13

YANNETH BIVIANA LUNA

ARROYO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

25

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENC

IO 635519 96

NATALIA DEL PILAR URIBE

LÓPEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

26

DIRECCION

REGIONAL

CARIBERIOHACHA

106790 9933 YESENIA DELGADO TORRES PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

27

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIAVILLAVICENC

IO 363114 06

LUZ ANGELICA GASCA

VILLARREAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

28

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

-CALI 985464 09

JUAN CARLOS GUZMAN

NOREÑA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

29

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA –

VILLAVICENC

IO 999443 0

JAIDER FERNANDO JARAMILLO

SANCHEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 753

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoria

Consultar sobre este documento ...