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SUPERSALUD - Resolución 2026910000000671-6 de 2026

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2026910000000671-6 de 2026
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

RESOLUCIÓN 2026910000000671-6 DE 03 – 02 - 2026

Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021 y el Decreto 1140 de 2025, y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 6450 de 2025 “ Por la cual se

Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 6450 de 2025 “ Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veinticuatro (24) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191190, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 ” la cual cobro firmeza individual de la posición primera (1) hasta vigésima (20) y desde la veintidós (22) hasta la veinticuatro (24) el 14 de julio de 2025, que dando pendiente la posición veintiuno (21) quedando en trámite de exclusión ante la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que el día 22 de julio de 2025 se celebró la audiencia de las posiciones primera (1) hasta la vigésima (20), considerando que la posición vigesimoprimera (21) se G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 2 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial

impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO encontraba en trámite de exclusión, motivo por el cual, la Superintendenica Nacional de Salud, mediante Resolución No. 2 025910000006045-6 del 30 de julio de 2025 realizó los nombramientos de tales elegibles. Que posteriormente, la Comisión Nacional del Servicio Civil concluyó la actuación administrativa de exclusión, motivo por el cual, a través de oficio No. 2025RS180182 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud bajo el No. 20255800026584492 del 11 de noviembre de 2025, informó de la firmeza individual de las posiciones vigésimo primera (21) a la posición veinticuatro (24). Que mediante correo electrónico remitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil del 16 de diciembre de 2025 y debidamente radicados en la Superintendencia Nacional de Salud con No 20255600030324142 y 20255600030329902 del 17 de diciembre de 2025, se recibio por parte de la CNSC la autorizó el uso de listas de la posición vigésima quinta (25) a la vigésima octava (28). Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el día 10 de diciembre de

Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el día 10 de diciembre de 2025, y como resultado, los elegibles escogieron de manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:

POSICIO

N REGIONAL CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O MANU AL DE FUNCI ONES TOMO MANU AL DE FUNCI ONES PEFIL

21 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE 55067202 SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

22 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 55223928 OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

23 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 10279312 GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

24 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 1094347302 RAMIREZ GUEVARA DIANA

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

Que la Entidad, realizó los siguientes nombramientos en período de prueba de los elegibles que ocuparon las posiciones vigésimo primeras (21) a vigésima octava (28) en la OPEC No. 191190, con los siguientes actos administrativos:

POSICI

ON

RESOLUCION

NOMBRAMIENT

O

CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD

21 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506720 2

SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE BARRANQUILLA

22 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5522392 8

OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

23 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1027931 2

GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

24 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1094347 302

RAMIREZ GUEVARA

DIANA CAROLINA

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA ORINOQUIA

25 2026910000000 2766 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506462 4

DIANA MILENA

CUBILLOS CABRERA

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI 26

2026910000000 2826 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

3789524 1

DAMARY RUEDA

SANCHEZ

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI 27 2026910000003

046DEL 21 DE

ENERO DE 2026

1636345 4

FERNANDO GONZALEZ

APOLINAR

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO

2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL SUR NEIVA

28 2026910000000 306-6 del 21 de enero de 2026

9148566 LENIN ALLENDE

CORTES PORRAS

PROFESIONAL

ESPECIALIZA

DO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL CARIBE RIOHACHA Que mediante fallo proferido por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE G J F T O 7 P á g i n a 2 | 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 3 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO GARZÓN – HUILA, del 21 de enero de 2026, ordenó: “PRIMERO. - TUTELAR los derechos invocados por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO, por lo señalado en la parte motiva.”

SEGUNDO.- ORDENAR a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD que

BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO, por lo señalado en la parte motiva.” SEGUNDO.- ORDENAR a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD que convoque nuevamente a las accionantes a audiencia de selección de sedes, luego de establecer con total certeza cuáles plazas quedan disponibles para proveer los cargos a los que ellas aspiraron conforme al Acuerdo 61 del 13 de julio de 2023, para que conforme al puesto ocupado en el concurso de méritos, se escoja por quienes siguen en turno en la lista de elegibles, teniendo en cuenta el número de vacantes por proveer, dejando sin efectos los actos administrativos de nombramiento, los que deberán surtirse nuevamente luego de dicha audiencia. Para el efecto se concede un término de veinte (20) días, dentro el cual deberá hacerse la verificación correspondiente, citar a la audiencia y decidir sobre los nombramientos. (…)”. Que dando cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN – HUILA , del 21 de enero de 2026, el día 30 de enero de 2026 a las 8:00 am a través del aplicativo TEAMS, se celebró la audiencia de escogencia de plaza y los elegibles de manera libre y voluntaria escogieron en orden meritorio las siguientes plazas:

POSICI

ON OPEC FECHA HO

RA CEDULA ELEGIBLE ASIST

IÓ REGIONAL CIUDAD EMPLEO CODI

GO GRA DO 21 1911

90 30/01/20 26 8:00 55067202 SILVA BUENDIA

OLGA PATRICIA SI DIRECCIÓN

REGIONAL SUR NEIVA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

22 1911 90 30/01/20 26 8:00 55223928

OSPINO

ZAMBRANO

JOHANNA

MARIA SI

DIRECCIIÓN

REGIONAL

NORTE

BARRANQUI

LLA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

23 1911 90 30/01/20 26 8:00 10279312

GAVIRIA

RIVERA JORGE

IMER SI

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENTAL

BUCARAMA

NGA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

24 1911 90 30/01/20 26 8:00 10943473 02

RAMIREZ

GUEVARA

DIANA

CAROLINA

SI

DIRECCIÓN

REGIONAL

ORINOQUIA

VILLAVICEN

CIO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

25 1911 90 30/01/20 26 8:00 55064624

DIANA MILENA

CUBILLOS

CABRERA

SI

DIRECCIÓN

REGIONAL

OCCIDENTAL

CALI PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

26 1911 90 30/01/20

26 8:00 37895241

DAMARY

RUEDA

SANCHEZ

SI

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA

VILLAVICEN

CIO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

27 1911 90 30/01/20 26 8:00 16363454

FERNANDO

GONZALEZ

APOLINAR

SI

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL

CALI PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

28 1911 90 30/01/20 26 8:00 9148566 LENIN

ALLENDE

CORTES

PORRAS

SI

DIRECCION

REGIONAL

CARIBE

RIHOACHA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028 GRADO 19, ofertado con la OPEC 191190, es ejercido en provisionalidad por los siguientes servidores y las siguientes situaciones administrativas:

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCIÓN

REGIONAL SUR N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCIIÓN REGIONAL NORTE 26007371 ISABEL SEGUNDA NIEVES ALVAREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCION 37726831 DURLEY DELGADILLO OVALLE PROFESIONAL 2028 19 4 752

G J F T O 7 P á g i n a 3 | 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 4 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y

JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

REGIONAL

NORORIENTAL ESPECIALIZADO

DIRECCIÓN

REGIONAL

ORINOQUIA N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCIÓN

REGIONAL

OCCIDENTAL N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCION

REGIONAL CARIBE N/A DESPROVISTO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

Que el Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, dispone: “Artículo 2.2.5.3.4. Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la

“Artículo 2.2.5.3.4. Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la

sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en G J F T O 7 P á g i n a 4 | 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 5 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA,

en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que por lo anterior, resulta necesario dejar sin efectos las siguientes Resoluciones de nombramiento en período de prueba, y realizarlo nuevamente los nombramientos acuerdo a la ubicación geográfica seleccionada tal como se indicó en líneas precedentes:

POSICI

ON

RESOLUCION

NOMBRAMIENT

O

CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD

21 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506720 2

SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE BARRANQUILLA

22 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5522392 8

OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

23 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1027931 2

GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

24 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1094347 302

RAMIREZ GUEVARA

DIANA CAROLINA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA ORINOQUIA

25 2026910000000 2766 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506462 4

DIANA MILENA

CUBILLOS CABRERA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI

26 2026910000000 2826 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

3789524 1

DAMARY RUEDA

SANCHEZ

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI 27 2026910000003

046DEL 21 DE

ENERO DE 2026

1636345 4

FERNANDO GONZALEZ

APOLINAR

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

SUR NEIVA

28 2026910000000 306-6 del 21 de enero de 2026

9148566 LENIN ALLENDE

CORTES PORRAS

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL CARIBE RIOHACHA Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTICULO 1. DEJAR SIN EFECTOS las siguientes resoluciones en cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN – HUILA, del 21 de enero de 2026 :

POSICI

ON

lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN – HUILA, del 21 de enero de 2026 :

POSICI

ON

RESOLUCION

NOMBRAMIENT

O

CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD

21 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506720 2

SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE BARRANQUILLA

22 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5522392 8

OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

23 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1027931 2

GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO

24 2026910010000 2746 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

1094347 302

RAMIREZ GUEVARA

DIANA CAROLINA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA ORINOQUIA

25 2026910000000 2766 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

5506462 4

DIANA MILENA

CUBILLOS CABRERA

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI

26 2026910000000 2826 DEL 20 DE

ENERO DE 2026

3789524 1

DAMARY RUEDA

SANCHEZ

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

OCCIDENTAL

SANTIAGO DE

CALI 27 2026910000003

046DEL 21 DE

ENERO DE 2026

1636345 4

FERNANDO GONZALEZ

APOLINAR

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL

SUR NEIVA

28 2026910000000 306-6 del 21 de enero de 2026

9148566 LENIN ALLENDE

CORTES PORRAS

PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 19 DIRECCIÓN REGIONAL CARIBE RIOHACHA G J F T O 7 P á g i n a 5 | 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 6 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y

JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO

ARTÍCULO 2. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema

Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191190 a:

POSICI

ON OPEC CEDULA ELEGIBLE REGIONAL CIUDAD EMPLEO CODIG

O

GRAD O 21 191190 55067202 SILVA BUENDIA

OLGA PATRICIA

DIRECCIÓN REGIONAL SUR NEIVA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 22 191190 55223928

OSPINO

ZAMBRANO

JOHANNA MARIA

DIRECCIIÓN

REGIONAL

NORTE BARRANQUILLA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 23 191190 10279312 GAVIRIA RIVERA

JORGE IMER

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENTAL

BUCARAMANG

A PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 24 191190 1094347302

RAMIREZ

GUEVARA DIANA

CAROLINA

DIRECCIÓN

REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 25 191190 55064624

DIANA MILENA

CUBILLOS

CABRERA

DIRECCIÓN

REGIONAL

OCCIDENTAL CALI PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 26 191190 37895241 DAMARY RUEDA

SANCHEZ

DIRECCION

REGIONAL

ORINOQUIA VILLAVICENCIO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 27 191190 16363454

FERNANDO

GONZALEZ

APOLINAR

DIRECCION

REGIONAL

OCCIDENTAL CALI PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 28 191190 9148566 LENIN ALLENDE

CORTES PORRAS

DIRECCION

REGIONAL

CARIBE

RIHOACHA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 3. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una

duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito(a) o actualizado (a) en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 4. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del (los) siguiente(s) funcionarios(as), como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el(los) elegible(s), lo que le(s) será informado previamente:

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION

REGIONAL

NORORIENTAL 37726831 DURLEY DELGADILLO OVALLE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

G J F T O 7 P á g i n a 6 | 7RESOLUCIÓN No 2026910000000671-6 DE 2026 Página 7 de 7

Continuación de la resolución, Por la cual se da cumplimiento a la orden judicial impartida por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN HUILA, en el marco de la acción de tutela promovida por OLGA PATRICIA SILVA BUENDÍA y

JOHANNA MARÍA OSPINO ZAMBRANO

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION REGIONAL NORTE 26007371 ISABEL SEGUNDA NIEVES ALVAREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

ARTÍCULO 5. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 6. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE Y APELLIDO CORREO

ELECTRONICO

SILVA BUENDIA OLGA PATRICIA

OSPINO ZAMBRANO JOHANNA

MARIA

GAVIRIA RIVERA JORGE IMER

RAMIREZ GUEVARA DIANA

CAROLINA

NIEVES ALVAREZ ISABEL SEGUNDA

DELGADILLO OVALLE DURLEY

CUBILLOS CABRERA DIANA MILENA

RUEDA SANCHEZ DAMARY

GONZALEZ APOLINAR FERNANDO

CORTES PORRAS LENIN ALLENDE

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO

DIRECCION REGIONAL NORTE eduardo.velez@supersalud.gov.co DIRECCION REGIONAL ORINOQUIA (E) walter.florez@supersalud.gov.co

DIRECCION REGIONAL CARIBE german.gonzalez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes 02 de 2026. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: Liliana Andrea Castiblanco Aguirre 91000

Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel -- Carlos Armando López Barrera Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 7 | 7

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