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SUPERSALUD - Resolución 2026910000000812-6 de 2026

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2026910000000812-6 de 2026
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

RESOLUCIÓN 2026910000000812-6 DE 10 – 02 - 2026

POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 3573 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1 ,

adopta la Lista de Elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1 , identificado con el No. OPEC 191237, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023” , en donde la señora ELIANA MILENA RODRÍGUEZ GALINDO ocupó la primera (1) posición dentro de la lista de elegibles mencionada. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza el 12 de mayo de 2025. Que mediante Resolución No. 2025910010004811-6 de 17 de junio de 2025 se procedió con el nombramiento en período de prueba, de la elegible ELIANA MILENA RODRÍGUEZ GALINDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.013.597.244 en el cargo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1, ofertado en el Proceso de Selección 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Salud, con la OPEC 191237. Acto que le fue

comunicado el día 27 de junio de 2025. G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 3RESOLUCIÓN No 2026910000000812-6 DE 2026 Página 2 de 3

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN

PERÍODO DE PRUEBA.

Que, la señora ELIANA MILENA RODRÍGUEZ GALINDO , no manifestó aceptación del nombramiento, situación que fue certificada por la Dirección Administrativa el 06 de octubre de 2025 y la Subdirección de Tecnologías de la Información de esta Entidad el 20 de octubre de 2025, razón por la cual procedió a derogar su nombramiento en período de prueba a través de la Resolución 20259100000110526 de 10 de noviembre de 2025 y dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que mediante radicados No. 20255500030675362 y No. 20259300430702862 del 23 de diciembre de 2025, la CNSC informó sobre la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad dentro de la Resolución № 3573 del 2 de abril de 2025, para la elegible: LAURA VALENTINA BERNAL AVILA, identificada con cédula de ciudadanía 1.015.480.108, quien ocupó la segunda (2) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución № 3573 del 2 de abril de 2025, para la

OPEC No. 191237.

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la

elegibles conformada mediante Resolución № 3573 del 2 de abril de 2025, para la

OPEC No. 191237.

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba al elegible LAURA

VALENTINA BERNAL AVILA así:

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD

O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

2 OFICINA ASESORA

DE PLANEACION

1.015.480.10 8

LAURA VALENTINA

BERNAL AVILA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 01 10 2201

Que actualmente el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 1, ofertado con la OPEC No. 191237 se encuentra Desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191237 a::

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIG

O GRAD O

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONE

S PERFIL

2 OFICINA ASESORA DE

PLANEACION

1.015.480.1 08

LAURA VALENTINA

BERNAL AVILA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 01 10 2201

PARÁGRAFO 1. La designada en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo G J F T O 7 P á g i n a 2 | 3RESOLUCIÓN No 2026910000000812-6 DE 2026 Página 3 de 3

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA. electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, a la servidora pública no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una

podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrita o actualizada en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

LAURA VALENTINA BERNAL AVILA

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO

OFICINA ASESORA DE PLANEACION gloria.pereira@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes 02 de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: Cindy Johana Chaparro Pérez 91000

Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel -- Adriana Santos Higuera -- Camilo Andres Antolinez Florez Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 3 | 3

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