SUPERSALUD - Resolución 2026910000000966-6 de 2026
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2026910000000966-6 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN 2026910000000966-6 DE 16 – 02 - 2026
POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 4574 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer dos (2) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 8 ,
adopta la Lista de Elegibles para proveer dos (2) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 8 , identificado con el No. OPEC 191274, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023” , en donde el señora SANDRA MILENA TORRES CAMPOS ocupó la segunda (2) posición dentro de la lista de elegibles mencionada. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza completa el 12 de mayo de 2025. Que la CNSC mediante comunicación 2025RS204807 del 26 de diciembre de 2025 enviada a la Superintendencia Nacional de Salud con radicado interno 20269300402428442 del 02 de febrero de 2026, remitió la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad dentro de la Resolución № 4574 del 23 de abril de 2025, entre otros, para la elegible SANDRA MILENA TORRES CAMPOS, identificada con cédula de ciudadanía 28.688.640 quien ocupó la segunda (2) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 4574 del 23 de abril de 2025 para la OPEC No. 191274 y fue autorizado por la CNSC en el empleo
G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 3RESOLUCIÓN No 2026910000000966-6 DE 2026 Página 2 de 3
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA. reportado en SIMO bajo No. 244869. Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a la elegible SANDRA
MILENA TORRES CAMPOS, así:
POSICIÓN DE
MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD
O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
2
DIRECCION DE
INSPECCION Y
VIGILANCIA PARA LA
PROTECCION AL
USUARIO
28.688.640 SANDRA MILENA
TORRES CAMPOS PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 8 8 1596
Que actualmente el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 8, identificado en SIMO bajo el No. 244869 se encuentra Desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema
Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado en SIMO bajo el No. 244869 a::
POSICIÓN
DE MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD
O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
2
DIRECCION DE
INSPECCION Y
VIGILANCIA PARA LA
PROTECCION AL
USUARIO
28.688.640 SANDRA MILENA
TORRES CAMPOS PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 8 8 1596
PARÁGRAFO 1. La designada en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, a la servidora pública no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una
podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrita o actualizada en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado G J F T O 7 P á g i n a 2 | 3RESOLUCIÓN No 2026910000000966-6 DE 2026 Página 3 de 3
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERÍODO DE PRUEBA. insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:
NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO
SANDRA MILENA TORRES CAMPOS
ÁREA CORREO ELECTRÓNICO
DIRECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA PARA LA
PROTECCION AL USUARIO carlos.martin@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co
ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes 02 de 2026. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Proyectó: Cindy Johana Chaparro Pérez 91000
Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel -- Adriana Santos Higuera -- Camilo Andres Antolinez Florez Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 3 | 3