SUPERSALUD - Resolución 2026910000003521-6 de 2026
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2026910000003521-6 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN 2026910000003521-6 DE 09 – 04 - 2026
POR LA CUAL SE EFECTÚAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERÍODO DE PRUEBA, Y SE
DA POR TERMINADO UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 4735 del 28 de abril de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer ocho (8) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado
conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer ocho (8) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22, identificado con el No . OPEC 191499 , perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023” , lista de elegibles que cobro firmeza el 12 de mayo de 2025. Que con ocasión a la generación de vacantes, la Superintendencia Nacional de Salud procedió a realizar los reportes correspondientes ante el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC). Que, mediante radicado No. 20269300406266362 del 11 de marzo de 2026, la CNSC informó sobre la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad de la Resolución No. 4735 del 28 de abril de 2025, identificado con el No. OPEC 191499, para los elegibles mencionados a continuación: G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 5RESOLUCIÓN No 2026910000003521-6 DE 2026 Página 2 de 5
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERÍODO DE PRUEBA, Y SE DA POR TERMINADO UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL.
POSICIÓN DE MÉRITO APELLIDOS Y NOMBRES CÉDULA
10 JAIRO MANOLO GRANDA TRIANA 80.048.891
11 JAMES EDUARDO PEREZ ROSERO 76.324.723
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la
10 JAIRO MANOLO GRANDA TRIANA 80.048.891
11 JAMES EDUARDO PEREZ ROSERO 76.324.723
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los siguientes elegibles en estricto orden de mérito, así:
POSICIÓ
N DE
MÉRITO
REFERENCI
A DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRAD
O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
10 1266
DIRECCION DE
INVESTIGACIONES PARA
PRESTADORES DE
SERVICIOS DE SALUD
80.048.8 91
JAIRO MANOLO
GRANDA
TRIANA
PROFESIONAL
ESPECIALIZAD O 2028 22 3 0390
11 836
DIRECCION DE
INVESTIGACIONES PARA
OPERADORES
LOGISTICOS, GESTORES
FARMACEUTICOS,
ENTES TERRITORIALES,
GENERADORES,
RECAUDADORES Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL
SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN
SALUD 76.324.7 23 JAMES
EDUARDO
PEREZ ROSERO
PROFESIONAL
ESPECIALIZAD O 2028 22 3 0390
Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 22, con referencia 1266, ofertado con la OPEC No. 191499 es ejercido en provisionalidad por el siguiente servidor:
Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 22, con referencia 1266, ofertado con la OPEC No. 191499 es ejercido en provisionalidad por el siguiente servidor:
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIG
O GRAD O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
DIRECCION DE
INVESTIGACIONES
PARA PRESTADORES
DE SERVICIOS DE
SALUD 80.163.711
DIEGO ENRIQUE
MONTERO
MARTINEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 0390
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:
“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo
adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:
“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial G J F T O 7 P á g i n a 2 | 5RESOLUCIÓN No 2026910000003521-6 DE 2026 Página 3 de 5
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERÍODO DE PRUEBA, Y SE DA POR TERMINADO UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL. por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente
específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22, con referencia 836, ofertado con la OPEC No. 191499 se encuentra Desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22 , de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191499 a:
Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22 , de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191499 a:
POSICIÓ
N DE
MÉRITO
REFERENCI
A DEPENDENCIA CÉDULA
APELLIDOS
Y
NOMBRES
CARGO CÓDIG
O GRAD O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
10 1266
DIRECCION DE
INVESTIGACIONES PARA
PRESTADORES DE
SERVICIOS DE SALUD
80.048.89 1 JAIRO
MANOLO
GRANDA
TRIANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 0390 11 836 DIRECCION DE
INVESTIGACIONES PARA
OPERADORES LOGISTICOS,
GESTORES
FARMACEUTICOS, ENTES
TERRITORIALES,
GENERADORES,
RECAUDADORES Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SISTEMA
76.324.72 3 JAMES
EDUARDO
PEREZ
ROSERO
PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 0390
G J F T O 7 P á g i n a 3 | 5RESOLUCIÓN No 2026910000003521-6 DE 2026 Página 4 de 5
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERÍODO DE PRUEBA, Y SE DA POR TERMINADO UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL.
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD PARÁGRAFO 1. El designado en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito o actualizado en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del siguiente funcionario, como consecuencia del nombramiento en período de prueba
insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del siguiente funcionario, como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el elegible JAIRO MANOLO GRANDA TRIANA, identificado con cédula de ciudadanía 80.048.89, quien ocupó la décima (10) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 4735 de 2025, para la OPEC No. 191499, lo que le será informado previamente:
REFERENCIA DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIG
O GRAD O
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONE
S PERFIL
1266
DIRECCION DE
INVESTIGACIONES
PARA
PRESTADORES DE
SERVICIOS DE
SALUD 80.163.711 DIEGO
ENRIQUE
MONTERO
MARTINEZ
PROFESIONAL
ESPECIALIZAD O 2028 22 3 0390
ARTÍCULO 4. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 5. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:
NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO
JAIRO MANOLO GRANDA TRIANA
JAMES EDUARDO PEREZ ROSERO DIEGO ENRIQUE MONTERO MARTINEZ G J F T O 7 P á g i n a 4 | 5RESOLUCIÓN No 2026910000003521-6 DE 2026 Página 5 de 5
JAMES EDUARDO PEREZ ROSERO DIEGO ENRIQUE MONTERO MARTINEZ G J F T O 7 P á g i n a 4 | 5RESOLUCIÓN No 2026910000003521-6 DE 2026 Página 5 de 5
Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE EFECTÚAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERÍODO DE PRUEBA, Y SE DA POR TERMINADO UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL.
ÁREA CORREO ELECTRÓNICO
DIRECCION DE INVESTIGACIONES PARA PRESTADORES
DE SERVICIOS DE SALUD sandra.monroyj@supersalud.gov.co
DIRECCION DE INVESTIGACIONES PARA OPERADORES
LOGISTICOS, GESTORES FARMACEUTICOS, ENTES
TERRITORIALES, GENERADORES, RECAUDADORES Y
ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL SISTEMA
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
viviana.hernandez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes 04 de 2026. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Bernardo Armando Camacho Rodríguez Bernardo Armando Camacho Rodríguez
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Proyectó: Cindy Johana Chaparro Pérez 91000
Revisó: Sandra Milena Vargas Jurado Encargo -- Camilo Andres Antolinez Florez -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel -- Paula Tatiana Arenas Gonzalez --
Adriana Santos Higuera -- Sandra Patricia Cortés Sierra Aprobó: Bernardo Armando Camacho Rodríguez G J F T O 7 P á g i n a 5 | 5