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SUPERSALUD - Resolución 2026910010000274-6 de 2026

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2026910010000274-6 de 2026
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

RESOLUCIÓN 2026910010000274-6 DE 20 – 01 - 2026

POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE

DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1140 de 2025 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud , Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió la Resolución No. 6450 de 2025 “Por la cual se conforma y

adopta la Lista de Elegibles para proveer venticuatro (24) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191190, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUDABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 ” de acuerdo con la publicación realizada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 14 de julio de 2025, la lista cobró firmeza respecto de los elegibles ubicados en las posiciones de la uno (1) a la veinte (20), Que la OPEC 191190, fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional por lo que procedía efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. G J F T 0 7 P á g i n a 1 / 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 2 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el dia 21 de julio de 2025, como se evidencia en el acta: G J F T O 7 P á g i n a 2 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 3 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES G J F T O 7 P á g i n a 3 |

10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 4 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Que mendiante Resolición número 2025910000006045-6 del 30 de julio de 2025 “Por la cual se efectúan nombramientos en período de prueba y se dan por terminados nombramientos provisionales” se nombraron en periodo de prueba los elegibles de la posición uno (1) a la veinte (20): G J F T O 7 P á g i n a 4 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 5 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES Que la Comisión Nacional del Servicio Civil resolvió la solicitud de exclusión de los G J F T O 7 P á g i n a 5 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 6 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES elegibles de las posiciones veinte (20) a la veinticuatro (24) de la OPEC 191190 lo cual fue debidamente mediante notificado a la Entidad mediante oficio No. 2025RS180182 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud bajo No. 20255800026584492 del 11 de noviembre de 2025. Que la OPEC 191190 fue ofertada con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional con plazos pendientes por efectuar Audiencia Pública de escogencia de vacante, de la posición veinte (20) a la veinticuatro (24), siguiendo para ello los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Acuerdo No. 16 del 04 de junio de 2025, el cual deroga los Acuerdos 166 y 236 de 2020. Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el día 10 de diciembre de

Que, por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud adelantó la Audiencia Pública para escogencia de vacante de un empleo con diferentes ubicaciones geográficas a nivel nacional, las cuales se llevaron a cabo el día 10 de diciembre de 2025, y como resultado los elegibles escogieron de manera preferente y en orden de mérito las siguientes ubicaciones geográficas:

POSICIO

N REGIONAL CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O MANU AL DE FUNCI ONES TOMO MANU AL DE FUNCI ONES PEFIL

21 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE 55067202 SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

22 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 55223928 OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

23 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 10279312 GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

24 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 1094347302 RAMIREZ GUEVARA DIANA

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los elegibles en estricto orden de mérito de acuerdo con la ubicación geográfica seleccionado.

constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los elegibles en estricto orden de mérito de acuerdo con la ubicación geográfica seleccionado. ARTÍCULO QUINTO. Los aspirantes que sean nombrados con base en la Lista de Elegibles de que trata la presente Resolución, deberán cumplir los requisitos exigidos para el empleo en la Constitución, la ley, los reglamentos y el correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales con base en el cual se realizó este proceso de selección, los que deberán ser serán acreditados al momento de tomar posesión de este.

PARÁGRAFO: Corresponde al nominador, antes de realizar los respectivos nombramientos y de proceder con las correspondientes posesiones, verificar y certificar que los elegibles cumplen los requisitos exigidos para cada empleo a proveer, según la Constitución, la ley, los reglamentos y el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales utilizado para la realización de este proceso de selección y verificar los Antecedentes Fiscales, Disciplinarios y Judiciales de tales elegibles, dejando las constancias respectivas.

Que, revisados dichos requisitos se evidencio que la elegible de la posición G J F T O 7 P á g i n a 6 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 7 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES veinticuatro (24) la señora DIANA CAROLINA RAMIREZ GUEVARA identificada

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES veinticuatro (24) la señora DIANA CAROLINA RAMIREZ GUEVARA identificada con cedula de ciudadanía 1.094.347.302 número no aportó la tarjeta profesional en la plataforma SIMO, así como tampoco se puedo verificar los antecedentes de la profesión. Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 19, ofertado con la OPEC No. 191190 es ejercido en nombramiento provisional por los siguientes servidores, y se encuentran desprovisto un empleo:

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION REGIONAL NORTE 26007371 ISABEL SEGUNDA NIEVES ALVAREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCIÓN

REGIONAL

ORINOQUIA 52356884 MARIA EULOGIA BURGOS PEREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

Que el Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.

cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está

puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En G J F T O 7 P á g i n a 7 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 8 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de

estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código OPEC 191190 a:

POSICIO

N REGIONAL CEDULA ELEGIBLE EMPLEO CODIGO GRAD

O MANU AL DE FUNCI ONES TOMO MANU AL DE FUNCI ONES PEFIL

21 DIRECCIÓN REGIONAL

NORTE 55067202 SILVA BUENDIA OLGA

PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

22 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 55223928 OSPINO ZAMBRANO

JOHANNA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

23 DIRECCIÓN REGIONAL

ORINOQUIA 10279312 GAVIRIA RIVERA JORGE

IMER PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de

siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTICULO 2. La elegible de la posición veinticuatro (24) la señora DIANA CAROLINA RAMIREZ GUEVARA identificada con cedula de ciudadanía 1.094.347.302 se realizará el nombramiento una vez a porte la tarjeta profesional de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución. ARTÍCULO 3. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final G J F T O 7 P á g i n a 8 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 9 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS

10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 9 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito(a) o actualizado (a) en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 4. TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL del (los) siguiente(s) funcionarios(as), como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el(los) elegible(s), lo que le(s) será informado previamente:

REGIONAL CEDULA NOMBRE Y APELLIDO EMPLEO CODIG

O GRAD O

MANUAL

DE

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

DE

FUNCIONE

S PERFIL

DIRECCION REGIONAL NORTE 26007371 ISABEL SEGUNDA NIEVES ALVAREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

DIRECCIÓN

REGIONAL

ORINOQUIA 52356884 MARIA EULOGIA BURGOS PEREZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

ARTÍCULO 5. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución.

ESPECIALIZADO 2028 19 4 752

ARTÍCULO 5. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 6. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE Y APELLIDO CORREO

ELECTRONICO

SILVA BUENDIA OLGA PATRICIA

OSPINO ZAMBRANO JOHANNA

MARIA

GAVIRIA RIVERA JORGE IMER

RAMIREZ GUEVARA DIANA

CAROLINA

NIEVES ALVAREZ ISABEL SEGUNDA

BURGOS PEREZ MARIA EULOGIA

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO DIRECCION REGIONAL NORTE eduardo.velez@supersalud.gov.co DIRECCION REGIONAL ORINOQUIA (E ) walter.florez@supersalud.gov.co DIRECCION REGIONAL CARIBE german.gonzalez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes 01 de 2026. G J F T O 7 P á g i n a 9 | 10RESOLUCIÓN No 2026910010000274-6 DE 2026 Página 10 de 10

Continuación de la resolución, POR LA CUAL SE REALIZAN UNOS NOMBRAMIENTOS EN

PERIODO DE PRUEBA Y SE DAN POR TERMINADOS NOMBRAMIENTOS

PROVISIONALES PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Rainer Narval Naranjo Charrasquiel Rainer Narval Naranjo Charrasquiel SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyectó: Liliana Andrea Castiblanco Aguirre Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Paula Tatiana Arenas Gonzales 91001

Aprobó: Rainer Narval Naranjo Charrasquiel G J F T O 7 P á g i n a 10 |

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