SUPERSALUD - Resolución 2026910010006556-6 de 2026
Superintendencia de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2026910010006556-6 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2026
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
Página 1 / 7
R E S O L U C I Ó N 2 0 2 6 9 1 0 0 1 0 0 0 6 5 5 6 - 6 D E 0 5 – 0 6 - 2 0 2 6
Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 0433 de 2026 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional
de Salud, Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 5095 del 09 de mayo de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer dieciséis (16) vacantes definitivas del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, identificado con el No. OPEC 191267, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023 ”. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza individual el 21 de noviembre de 2025. Que la CNSC mediante comunicación 2026RS051132 del 16 de marzo de 2026 enviada a la Superintendencia Nacional de Salud con radicado interno 20269100407203752 del 19 de marzo de 2026, remitió la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad dentro de la Resolución No. 5095 del 09 de mayo de 2025, para proveer dos (2) vacantes generadas con posterioridad a la Convocatoria, identificada en SIMO de la CNSC bajo el identificador del empleo No. 238976. Que para la provisión del empleo en mención, fueron autorizados los elegibles que conformaron la lista para la OPEC No. 191267 en las posiciones 19 y 20, correspondiente a los señores DIANA
Que para la provisión del empleo en mención, fueron autorizados los elegibles que conformaron la lista para la OPEC No. 191267 en las posiciones 19 y 20, correspondiente a los señores DIANA PATRICIA VELEZ JEREZ identificada con cedula de ciudadanía 1.098.669.085 y CRISTIAN CAMILO NUÑEZ GUTIERREZ identificado con cédula de ciudadanía 5166726, respectivamente, tal como se observa a continuación: Digitally signed by SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Date: 2026.06.05 10:48:13 COTRESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 2 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 2 | 7 Que mediante la Resolución No. 2024500010000008-6 del 3 de enero de 2024, la Superintendencia Nacional de Salud creó la sede de San Andrés, adscrita a la Dirección Regional Norte, con jurisdicción en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, denominada “Sede Insular”, y posteriormente conformó el grupo interno de trabajo correspondiente mediante la Resolución No. 2024910010001759-6 del 1 de marzo de 2024, con el propósito de fortalecer la presencia institucional de la Entidad y el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control en dicho territorio.
correspondiente mediante la Resolución No. 2024910010001759-6 del 1 de marzo de 2024, con el propósito de fortalecer la presencia institucional de la Entidad y el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control en dicho territorio. Que posteriormente, mediante la Resolución No. 2026500000000234-6 del 16 de enero de 2026, la Superintendencia Nacional de Salud redefinió la distribución y jurisdicción territorial de sus dependencias desconcentradas, disponiendo que las actuaciones respecto del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina quedaran a cargo de la Superintendencia Delegada para Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y Administradores de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, manteniendo la operación de la Sede Insular en dicho territorio. Que la creación de la Sede Insular se produjo con posterioridad al inicio del Proceso de Selección No. 2503 de 2023; en consecuencia, las vacantes definitivas fueron destinadas para su provisión en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y así fueron reportadas a la Comisión Nacional del Servicio Civil a través del aplicativo SIMO, entre ellas la identificada con el identificador de empleo No. 238976, correspondiente al cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 19, tal y como se observa a continuación:RESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 3 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 3 | 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 3 | 7 Que, de conformidad con el régimen especial aplicable al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, consagrado en el artículo 310 de la Constitución Política y desarrollado por la Ley 47 de 1993, modificada por la Ley 2471 de 2025, y reglamentada por el Decreto 2762 de 1991, las pesonas que pretendan fijar su residencia o desempeñar actividades laborales de carácter permanente en dicho territorio deben cumplir los requisitos establecidos por la Oficina de Control de Circulación y Residencia (OCRE), entidad competente para autorizar y controlar la residencia y permanencia en el Archipiélago, así como, deberán acreditar el requisito de inglés. Que por lo anterior, los elegibles nombrados a través del presente acto administrativo, deberán contar con la tarjeta de residencia exigida en la normatividad antes señalada y acreditar la suficiencia del idioma inglés, al momento de posesionarse en el empleo objeto de provisión. Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba a los elegibles, así:
POSICIÓN
DE
MÉRITO
DEPENDENCIA UBICACIÓN
GEOGRÁFICA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
prueba a los elegibles, así:
POSICIÓN
DE
MÉRITO
DEPENDENCIA UBICACIÓN
GEOGRÁFICA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
19
DELEGADA PARA
ENTIDADES
TERRITORIALES Y
GENRADORES,
RECAUDADORES, Y
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN
ANDRES,
PROVIDENCIA
Y SANTA
1.098.669.085
VELEZ JEREZ
DIANA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751RESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 4 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 4 | 7
POSICIÓN
DE
MÉRITO
DEPENDENCIA UBICACIÓN
GEOGRÁFICA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SGSSS
– SEDE INSULAR CATALINA
20
DELEGADA PARA
ENTIDADES
TERRITORIALES Y
GENRADORES,
RECAUDADORES, Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SGSSS
– SEDE INSULAR
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN
ANDRES,
PROVIDENCIA
Y SANTA
CATALINA
GENRADORES,
RECAUDADORES, Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SGSSS
– SEDE INSULAR
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN
ANDRES,
PROVIDENCIA
Y SANTA
CATALINA
5.166.726 NUÑEZ
GUTIERREZ
CRISTIAN
CAMILO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
Que actualmente el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 19, identificado en SIMO bajo No. 238976 es ejercido mediante la modalidad de nombramiento provisional por los siguientes servidores:
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DELEGADA PARA ENTIDADES
TERRITORIALES Y GENRADORES,
RECAUDADORES, Y ADMINISTRADORES
DE RECURSOS DEL SGSSS – SEDE
INSULAR
1.123.635.035 BENTH LEVER
DESRITH DIESNET PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
DELEGADA PARA ENTIDADES
TERRITORIALES Y GENRADORES,
RECAUDADORES, Y ADMINISTRADORES
DE RECURSOS DEL SGSSS – SEDE
INSULAR
1.123.632.482 HENRY FIGUEROA
KUMBERLY MARIAN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto
KUMBERLY MARIAN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:
“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposiciónRESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 5 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 5 | 7 de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de
Y SANTA
CATALINA
1.098.669.085
VELEZ JEREZ
DIANA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
20
DELEGADA PARA
ENTIDADES
TERRITORIALES Y
GENRADORES,
RECAUDADORES, Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SGSSS
– SEDE INSULAR
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN
ANDRES,
PROVIDENCIA
Y SANTA
CATALINA
5.166.726 NUÑEZ
GUTIERREZ
CRISTIAN
CAMILO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
PARÁGRAFO 1. Los designados en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. Los designados en período de prueba al momento de la posesión, deberán acreditar la tarjeta de residencia en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y SantaRESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 6 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado en el empleo SIMO bajo el ID No. 238976 a:
POSICIÓN
DE
MÉRITO
DEPENDENCIA UBICACIÓN
GEOGRÁFICA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONES
TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
19
DELEGADA PARA
ENTIDADES
TERRITORIALES Y
GENRADORES,
RECAUDADORES, Y
ADMINISTRADORES DE
RECURSOS DEL SGSSS
– SEDE INSULAR
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN
ANDRES,
PROVIDENCIA
Y SANTA
CATALINA
1.098.669.085
VELEZ JEREZ
DIANA
PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19 4 751
20
DELEGADA PARA
ENTIDADES
TERRITORIALES Y
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 6 | 7 Catalina y la suficiencia del idioma inglés, atendiendo lo dispuesto en la Ley 47 de 1993, modificada por la Ley 2471 de 2025, y reglamentada por el Decreto 2762 de 1991, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.10 del Decreto 1083 de 2015, adicionado por el Decreto 648 de 2017. PARÁGRAFO 3. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito(a) o actualizado (a) en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de los siguientes funcionarios, como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero
nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de los siguientes funcionarios, como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el elegible, lo que le será informado previamente:
DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y
NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO
MANUAL
FUNCIONE
S TOMO
MANUAL
FUNCIONES
PERFIL
DELEGADA PARA ENTIDADES
TERRITORIALES Y GENRADORES,
RECAUDADORES, Y ADMINISTRADORES
DE RECURSOS DEL SGSSS – SEDE
INSULAR
1.123.635.035 BENTH LEVER
DESRITH DIESNET PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19
4 751
DELEGADA PARA ENTIDADES
TERRITORIALES Y GENRADORES,
RECAUDADORES, Y ADMINISTRADORES
DE RECURSOS DEL SGSSS – SEDE
INSULAR
1.123.632.482 HENRY FIGUEROA
KUMBERLY MARIAN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19
4 751 ARTÍCULO 4. OTORGAR a los servidores públicos cuyo nombramiento provisional se da por terminado, un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la comunicación del presente acto administrativo, para presentar ante la Dirección de Talento Humano la correspondiente paz y salvo debidamente diligenciado. En caso de incumplimiento, se remitirán las actuaciones a la Oficina de Control Disciplinario Interno para que adelante las acciones de su competencia.
acto administrativo, para presentar ante la Dirección de Talento Humano la correspondiente paz y salvo debidamente diligenciado. En caso de incumplimiento, se remitirán las actuaciones a la Oficina de Control Disciplinario Interno para que adelante las acciones de su competencia. ARTÍCULO 5. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 6. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:
NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO
VELEZ JEREZ DIANA PATRICIA
NUÑEZ GUTIERREZ CRISTIAN CAMILO BENTH LEVER DESRITH DIESNET HENRY FIGUEROA KUMBERLY MARIANRESOLUCIÓN No 2026910010006556-6 DE 2026 Página 7 de 7
Continuación de la resolución, Por medio del cual se efectúan nombramientos en periodo de prueba y se terminan nombramientos provisionales
Código: A5-FT-6 – V1
Versión: 1
Fecha: 31/03/2026
P á g i n a 7 | 7 ÁREA CORREO ELECTRÓNICO DELEGADA PARA ENTIDADES TERRITORIALES Y GENRADORES, RECAUDADORES, Y ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL SGSSS edilma.suarez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 05 días del mes 06 de 2026.
DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 05 días del mes 06 de 2026.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Firmado electrónicamente por: Daniel Quintero Calle
Daniel Quintero Calle
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Proyectó: María Natalia Cualtán Ortiz 91001
Revisó: Sandra Milena Vargas Jurado 91001 -- Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Adriana Santos Higuera -- Rainer Narval Naranjo Charrasquiel -- Esteban Restrepo Taborda,
Nathalie A. Ríos Muñoz
Aprobó: Daniel Quintero Calle