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SUPERSALUD - Resolución 2026910010006879-6 de 2026

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2026910010006879-6 de 2026
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

Página 1 / 6

R E S O L U C I Ó N 2 0 2 6 9 1 0 0 1 0 0 0 6 8 7 9 - 6 D E 1 8 – 0 6 - 2 0 2 6

POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA

EN UN CARGO DE CARRERA ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN

NOMBRAMIENTO PROVISIONAL EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 0433 de 2026 y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional

de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud, Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 3712 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22, identificado con el No. OPEC 191298, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023”, en donde la señora LYNDA BLAIR RAMIREZ ESCAMILLA, ocupó la sexta (6) posición dentro de la lista de elegibles mencionada. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza el 2 de abril de 2025. Que mediante Resolución No. 2026910010002223-6 del 16 de marzo de 2026 se procedió con el nombramiento en período de prueba, de la elegible Proceso de Selección No. 2503 de 2023”, en donde la señora LYNDA BLAIR RAMIREZ ESCAMILLA identificada con cédula de ciudadanía No. 35.252.936 en el cargo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código

en donde la señora LYNDA BLAIR RAMIREZ ESCAMILLA identificada con cédula de ciudadanía No. 35.252.936 en el cargo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22, ofertado en el Proceso de Selección 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Salud, con la OPEC 191298. Acto que le fue comunicado el 17 de marzo de 2026. Que la elegible LYNDA BLAIR RAMIREZ ESCAMILLA, debía pronunciarse frente a la Digitally signed by SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Date: 2026.06.18 15:20:50 COTRESOLUCIÓN No 2026910010006879-6 DE 2026 Página 2 de 6

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 2 | 6 designación efectuada a mas tardar el día 01 de abril, sin embargo, no presentó pronunciamiento alguno dentro del termino legal de diez (10) días establecido para manifestar su aceptación o rechazo, por lo anterior, se procede a derogar el nombramiento por medio de la Resolución No. 2026910010006230-6 de fecha 27 de mayo de 2026, el cual fue debidamente comunicado a la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que mediante radicado 202693000414778962 del 02 de junio de 2026, la CNSC informó sobre

2026910010006230-6 de fecha 27 de mayo de 2026, el cual fue debidamente comunicado a la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que mediante radicado 202693000414778962 del 02 de junio de 2026, la CNSC informó sobre la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad, entre otros, para el elegible CAROLINA BERNAL RODRIGUEZ identificada con cédula de ciudadanía 52.794.049 quien ocupó la septima (7) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 3712 del 2 de abril de 2025 para la OPEC No. 191298. Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba al(a) elegible CAROLINA BERNAL RODRIGUEZ así:

POSICIÓN

DE

MÉRITO

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONES

TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

7

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE

DELEGADO PARA ENTIDADES

TERRITORIALES Y GENERADORES,

RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS

DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

52.794.049

BERNAL

RODRIGUEZ

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 363

Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22

BERNAL

RODRIGUEZ

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 363

Que actualmente el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 2028, Grado 22 identificado con el número 255881, se encuentra actualmente provisto de manera transitoria mediante encargo, el cual revista carácter temporal conforme a la normativa vigente, así:

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE

DELEGADO PARA ENTIDADES

TERRITORIALES Y GENERADORES,

RECAUDADORES Y ADMINISTRADORES DE

RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

52.193.653 VASQUEZ MOCK

KAROL LORYN

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 03 363

Que la servidora KAROL LORYN VÁSQUEZ MOCK se encuentra en comisión de servicios en el Despacho del Superintendente delegado para la Protección al Usuario, conferida mediante las Resoluciones Nos. 2026910010000422-6 y 2026910010000663-6 de 2026, situación administrativa que deberá ajustarse conforme a la finalización del encargo y al reintegro al empleo del cual es titular Que la servidora KAROL LORYN VASQUEZ MOCK, es titular del empleo de carrera administrativa SECRETARIO, Código 4178, Grado 12, razón por la cual, una vez finalizado el encargo, corresponde su reintegro a dicho empleo de conformidad con las reglas que rigen la

administrativa SECRETARIO, Código 4178, Grado 12, razón por la cual, una vez finalizado el encargo, corresponde su reintegro a dicho empleo de conformidad con las reglas que rigen la figura del encargo en los empleos de carrera administrativa. Que el empleo SECRETARIO, Código 4178, Grado 12 , se encuentra actualmente provisto mediante nombramiento provisional por el señor HARVEY DARIO CELY ROMERO, así:RESOLUCIÓN No 2026910010006879-6 DE 2026 Página 3 de 6

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 3 | 6

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES PARA

OPERADORES LOGISTIVOS, GESTORES

FARMACEUTICOS, ENTES TERRITORIALES,

GENERADORES, RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD

SOCIAL EN SALUD

7.186.988 CELY ROMERO HARVEY DARIO SECRETARIO 4178 12 11 2342

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto

SOCIAL EN SALUD

7.186.988 CELY ROMERO HARVEY DARIO SECRETARIO 4178 12 11 2342

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en el artículo 2.2.5.3.4., dispone: “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”. Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:

“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde

criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.

En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos.2 En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa, encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral,RESOLUCIÓN No 2026910010006879-6 DE 2026 Página 4 de 6

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL ENCARGO del (los) siguiente(s) funcionarios(as), como consecuencia del nombramiento en período de prueba establecido en el artículo primero de la presente Resolución, a partir de la fecha en que tome posesión el(los) elegible(s), lo que le(s) será informado previamente:

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL FUNCIONES PERFILRESOLUCIÓN No 2026910010006879-6 DE 2026 Página 5 de 6

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 5 | 6

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE

DELEGADO PARA ENTIDADES

TERRITORIALES Y GENERADORES,

RECAUDADORES Y ADMINISTRADORES DE

RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

52.193.653 VASQUEZ MOCK

KAROL LORYN

PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 03 363

PARÁGRAFO 1. Como consecuencia de la finalización del encargo, dar por terminada la comisión de servicios conferida a la servidora KAROL LORYN VÁSQUEZ MOCK mediante las

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 4 | 6 condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)” (el destacado es de la cita). Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código 191206 a:

POSICIÓN

DE

MÉRITO

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONES

TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

7

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE

DELEGADO PARA ENTIDADES

TERRITORIALES Y GENERADORES,

RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS

DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

52.794.049

BERNAL

RODRIGUEZ

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 363

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para

BERNAL

RODRIGUEZ

CAROLINA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 22 3 363

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de f u n c i o n e s distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento. ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito(a) o actualizado (a) en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. TERMINAR EL ENCARGO del (los) siguiente(s) funcionarios(as), como

ESPECIALIZADO 2028 22 03 363

PARÁGRAFO 1. Como consecuencia de la finalización del encargo, dar por terminada la comisión de servicios conferida a la servidora KAROL LORYN VÁSQUEZ MOCK mediante las Resoluciones Nos. 2026910010000422-6 y 2026910010000663-6 de 2026, a partir de la misma fecha en que termine el encargo. PARÁGRAFO 2. A partir de la fecha en que tome posesión la elegible nombrada y finalice el encargo dispuesto en el presente artículo, la servidora KAROL LORYN VÁSQUEZ MOCK, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.193.653, deberá asumir las funciones del empleo de carrera administrativa SECRETARIO, Código 4178, Grado 12, del cual es titular ARTICULO 4. TERMINACIÓN DEL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL. Dar por terminado el nombramiento provisional del (los) siguiente(s) funcionario(s), como consecuencia de la provisión definitiva del cargo mediante concurso público de méritos y del nombramiento en período de prueba efectuado mediante el primer artículo de la presente resolución, a partir de la fecha en que tome posesión la persona nombrada en período de prueba.

DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONE

S TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES PARA

OPERADORES LOGISTIVOS, GESTORES

FARMACEUTICOS, ENTES TERRITORIALES,

GENERADORES, RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD

SOCIAL EN SALUD

7.186.988 CELY ROMERO

HARVEY DARIO

GENERADORES, RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD

SOCIAL EN SALUD

7.186.988 CELY ROMERO HARVEY DARIO SECRETARIO 4178 12 11 2342

ARTÍCULO 5. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 6. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

BERNAL RODRIGUEZ CAROLINA

VASQUEZ MOCK KAROL LORYN

CELY ROMERO HARVEY DARIO

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA ENTIDADES

TERRITORIALES Y GENERADORES, RECAUDADORES Y

ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

edilma.suarez@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.RESOLUCIÓN No 2026910010006879-6 DE 2026 Página 6 de 6

Continuación de la resolución, POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UN

NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EN UN CARGO DE CARRERA

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 6 | 6

ADMINISTRATIVA, SE TERMINAN UN ENCARGO Y UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 6 | 6 Dada en Bogotá D.C., a los 18 días del mes 06 de 2026.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente por: Daniel Quintero Calle

Daniel Quintero Calle

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: María Natalia Cualtán Ortiz 91001

Revisó: Sandra Milena Vargas Jurado 91001 -- Yeimmy Paola Ballen Castillo -- Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Adriana Santos Higuera -- Esteban Restrepo Taborda

Aprobó: Daniel Quintero Calle

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