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SUPERSALUD - Resolución 2026910030006267-6 de 2026

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2026910030006267-6 de 2026
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

Página 1 / 4

R E S O L U C I Ó N 2 0 2 6 9 1 0 0 3 0 0 0 6 2 6 7 - 6 D E 2 9 – 0 5 - 2 0 2 6

Por medio de la cual se conforma la Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2026-2028 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, especialmente las señaladas en el numeral 2 de artículo 37 del Decreto 108 de 2021, los artículos 2.2.14.1.1, 2.2.14.2.1, 2.2.14.2.2 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO Que el numeral 1 del artículo 16 de la Ley 909 de 2004, “ Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.”, dispone: “(…) En todos los organismos y entidades reguladas por esta ley deberá existir una Comisión de Personal, conformada por dos (2) representantes de la entidad u organismo designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por votación directa de los empleados. (…)” Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, además de las funciones asignadas en otras normas, la Comisión de Personal tiene como deber el cumplir las funciones establecidas en

por votación directa de los empleados. (…)” Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, además de las funciones asignadas en otras normas, la Comisión de Personal tiene como deber el cumplir las funciones establecidas en el numeral 2 del artículo 16 de la citada Ley, con el propósito de garantizar su cabal funcionamiento al interior de la entidad. Que el Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.”, reglamentó la integración, organización y periodo de las Comisiones de Personal, señalando, entre otros apartes: “ARTÍCULO 2.2.14.1.1 Conformación de la Comisión de Personal. En todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004 deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa. Los dos representantes que para el efecto designe el jefe del organismo o entidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa. Los dos representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. En las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales.

representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales. Digitally signed by SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Date: 2026.05.29 12:10:08 COTRESOLUCIÓN No 2026910030006267-6 DE 2026 Página 2 de 4

Continuación de la resolución, Por medio de la cual se conforma la Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2026-2028

Código: A5-FT-6 – V1

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Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 2 | 4 (…)” “ARTÍCULO 2.2.14.2.13. Periodo. Los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para períodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección. (…)” Que mediante Resolución No. 2021910010005495-6 de 30 de mayo de 2024 se conformó la Comisión de Personal para el periodo 2024-2026 en la Superintendencia Nacional de Salud, integrada por dos (2) representantes de la Entidad y por dos (2) representantes de los servidores públicos, con sus respectivos suplentes, quienes se eligieron por votación general y culminarán su periodo una vez se conforme la nueva Comisión de Personal. Que en atención a las disposiciones normativas citadas, la Superintendencia Nacional de Salud emitió la Resolución No. 2026910030003415-6 de 2026, “Por la cual se convoca a la elección de

su periodo una vez se conforme la nueva Comisión de Personal. Que en atención a las disposiciones normativas citadas, la Superintendencia Nacional de Salud emitió la Resolución No. 2026910030003415-6 de 2026, “Por la cual se convoca a la elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2026 - 2028, se fija su procedimiento y se dictan otras disposiciones", modificada por la Resolución No. 2026910030005457-6 de 2026. Que, en virtud de lo anterior y previa validación de las calidades de los aspirantes a representantes de los empleados establecidos en el artículo 2.2.14.2.3 del Decreto 1083 de 2015, el día 20 de mayo de 2026 tuvo lugar la jornada de votación electrónica, mediante el uso de la herramienta FORMS, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. para la elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de la Entidad, obteniéndose los siguientes resultados:

POSICIÓN NOMBRE NRO DE VOTOS

1 Luis Carlos Chaparro Gómez 175 2 Sulma Liliana Cabanilla Ojeda 157 3 Edgardo Montoya Caballero 82 4 Alfonso Sebastián Diaz Velásquez 71 5 Gilberto Yepes Córdoba 41

6 Leonel Daniel Silva Tapias 35 7 Hernando Triana Sánchez 33 8 Voto en Blanco 24 9 Julián Dario Villada Caro 20 10 Juan Ricardo Franco Vargas 17 11 Faiver Tovar Nogales 13 12 Griselly Yamileth Franco Polo 11 Que, en consecuencia, de conformidad con el acta de escrutinio de fecha 20 de mayo de 2026, debidamente suscrita por los jurados de votación, los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud elegidos, en su orden, son:

PRINCIPALES: Luis Carlos Chaparro Gómez

Sulma Liliana Cabanilla Ojeda

SUPLENTES: Edgardo Montoya Caballero Alfonso Sebastián Díaz Velásquez Que atendiendo lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 909 de 2004, así como el Decreto 1083 de 2015, el Superintendente Nacional de Salud designó como representantes del empleador aRESOLUCIÓN No 2026910030006267-6 DE 2026 Página 3 de 4

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P á g i n a 3 | 4 los siguientes funcionarios: PRINCIPALES: Director (a) Administrativo (a) Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud SUPLENTES: Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud Director (a) Financiero (a) Que en virtud a lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud SUPLENTES: Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud Director (a) Financiero (a) Que en virtud a lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. CONFORMACIÓN Y PERIODO. Conformar la Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud para el periodo 2026-2028, en su orden, de la siguiente manera:

REPRESENTANTE DE LOS EMPLEADOS

PRINCIPALES: Luis Carlos Chaparro Gómez

Sulma Liliana Cabanilla Ojeda

SUPLENTES: Edgardo Montoya Caballero

Alfonso Sebastián Díaz Velásquez REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR PRINCIPALES: Director (a) Administrativo (a) Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud SUPLENTES: Asesor (a) del Despacho del Superintendente Nacional de Salud Director (a) Financiero (a) PARÁGRAFO PRIMERO: El periodo del ejercicio de los miembros de la Comisión de Personal será de dos (2) años y se contará a partir de la fecha de comunicación del presente acto administrativo por medio de los mecanismos institucionales de comunicación interna.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El(a) Asesor (a) del Superintendente Nacional de Salud, será designado a través de comunicación escrita.

PARÁGRAFO TERCERO: La ausencia temporal de los representantes principales de los empleados por encontrarse en alguna situación administrativa que impida su presencia en reunión citada, será asumida por los representantes que ocuparon el tercer y cuarto lugar, en su orden.

empleados por encontrarse en alguna situación administrativa que impida su presencia en reunión citada, será asumida por los representantes que ocuparon el tercer y cuarto lugar, en su orden. ARTÍCULO 2. FUNCIONES. La Comisión de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2005, el reglamento interno de la Comisión de Personal y demás normas que la reglamenten.RESOLUCIÓN No 2026910030006267-6 DE 2026 Página 4 de 4

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Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 4 | 4 ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN. El contenido de la presente Resolución será publicado en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución, remitiendo copia del presente acto administrativo, a las siguientes personas a sus correos electrónicos:

NRO. NOMBRE/DEPENDENCIA CORREO ELECTRÓNICO

1 Luis Carlos Chaparro Gómez luis.chaparro@supersalud.gov.co 2 Sulma Liliana Cabanilla Ojeda Sulma.Cabanilla@supersalud.gov.co

3 Edgardo Montoya Caballero edgardo.montoya@supersalud.gov.co 4 Alfonso Sebastián Díaz Velásquez alfonso.diaz@supersalud.gov.co 5 María Angelica Zuleta Sierra maria.zuleta@supersalud.gov.co 6 Nestor Guillermo Prieto León nestor.prieto@supersalud.gov.co 7 Despacho del Superintendente Nacional daniel.quintero@supersalud.gov.co 8 Dirección de Talento Humano talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes 05 de 2026.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente por: Daniel Quintero Calle

Daniel Quintero Calle SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyectó: Martha Isabel Ortega Benavides Revisó: Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Adriana Santos Higuera -- Esteban Restrepo Taborda, Nathalie A. Ríos Muñoz

Aprobó: Daniel Quintero Calle

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