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SUPERSALUD - Resolución 2330 de 2012

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2330 de 2012
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

  • SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO II ObE 2012 (30JUL 202 > Por medio de la cual se prorroga el lérmino de la Tomo de Posesión inmediato de los bienes, haberes, y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para administrar la. EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO. de PalmiraValle del Cauca, con NT 815.000.316-9

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales: y reglamentarias que le confieren. el parágrafo. 19 del arlículo 230 , el parágrafo 2 del articulo 233 de la Ley 100 de 1993, el afficulo:22 de la Ley 510 de 1999, el numeral 3 del ariículo 42. los incisos 1, 3, 5 y:6 del articulo 68:de la Ley 715 de 2001. los artículos 35.36. los numerales 1. 3. 4, 5.6 del articulo 37, los MHerales a, b, e, dl y f del arfículo 39 de la Ley 1122 de 2007, el arficulo124 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 114 del Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto1922 de 1994, Decreto7B8.de 1998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el arfículo' 1 del Decrelo 1015 de 2002, y en especial el artículo 1, numerales

1,2,3,4, 5, y 6 del artículo 3; los numerales 1, 7, y 8 del artículo 4; el artículo 5; los numerales: 1, 3,4, 5, 10,12, 13, 14, 18, 19, 21; 22, 23,24, 25, 26, 28,34,36, 38, 40, y 42 del artículo 6; numerales 7, 8, 22,23, 25 y 42 del artículo 8: del Decreto 1018:de 2007, y los artículos 9.1.1.1.1 al 9.1.2:1.3 del Decreto 2555 de 2010 y la Resolución No, 001272 de la Superintendencia Nacional de Salud, y demás normas concordantes y complementarias, y'

CONSIDERANDO

1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DE LA TOMA DE POSESIÓN INMEDIATA DE LOS BIENES, HABERES Y NEGOCIOS Y LA: INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRTIVA PARA ADMINISTRAR LA EMPRESA SOCIAL DEL. ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Polmira-Valle del Cauca. 1.1 La Supetintendentia Nacional de Salud, mediante la, Resolución No. 000752 del 29 de marzo de 2012, visible a folios 1 al 128 de la carpeta 1, dispuso lo

siguiente: “ARTÍCULO :PRIMERO: ¡ADOPTAR MEDIDA. CAUTELAR PREVENTIVA DE TOMA DE POSESIÓN INMEDIATA DE LOS BIENES, HABERES, Y NEGOCIOS Y DE

INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRAR LA EMPRESA

DE POSESIÓN INMEDIATA DE LOS BIENES, HABERES, Y NEGOCIOS Y DE

INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRAR LA EMPRESA

SOCIAL DEL ESTADO: RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira-Valle, con NIT

815.000.316-9 COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y FROTESCION DE LA

CONFIANZA PÚBLICA, cuyo domicillo es en la calle 36 No. 39-75 de Palmira valle), con la finalidad de establecer la situación. real de la intervenida, lograr el caba! cumplimiento de su objeto socia! y garantiza la adecuada prestación del servicio de salud. en los términos y con. la debida observancia. de las: normas que rigen para el Sistema General de Seguridad Socia!.en Salud y lo dispuesto enel Estatuto Orgónico del Sistema Financiero.” PARÁGRAFO PRIMERO: Estaomedida tiene: por objeto que la 5uperntendencia Nacional de Salud: previo conceplo del Comité de Intervenciones, determine dentro de un término ho' mayor de dos (2) meses prorógables por el mismoRESOLUCIÓN NÚMERO 002330 DE2012. HOJA No. 2: Par medio de la quel se prorroga el lérmino de la Toma de Posesión Inmediata de los bienes, haberes, y. negocios y la Intervención ¡Forzosa Administrafiva para administrar leo EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira-Valle del Cauca, con Ni 815.000.316-9 término conjados a partir de la: toma. de posesión. si LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA: BUENO. de PalmiraValle, debe ser objeto de

815.000.316-9 término conjados a partir de la: toma. de posesión. si LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA: BUENO. de PalmiraValle, debe ser objeto de lguldiación o s1se pueden lomar medidas para que la misma pueda desarralltr 34 objela conforme a las regios que lo aén, o s pueden adopiase otras médicias, Dial ARTÍCULO CUARTO: ¡DESIGNAR en cumplimiento de la. MEDIDA: CALITELAR PREVENTIVA DE TOMA DE POSESIÓN: INMEDIATA DE LOS BIENES, 'HABERES Y

NEGOCIOS Y DE. INTERVENCIÓN: FORZOSA ADMINISTRATIVA! PARA ADMINISTRAR LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de PalmiraValle; al doctor FERNANDO. ¡(CÁRDENAS PIEDRAHITA ¡portador de la. cédula de ciudadania número 19.117.892, como Agente Especial Interventor, de LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAUL OREJUELA BUENO de Palmira-Valle. quien para todos los efectos será el Representonte Legal de la intervenida.” 1.2. La Superintendencia Nacional de Salud tomó posesión de la: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira = Valle, los djús 30'y 31 de marzo de 2012. tal como. consta en acta levantada para tal fin. visibles a folios 197.al

3H de lo carpeta No, 1.

2. SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA MEDIDA

El doctor FERNANDO CÁRDENAS PIEDRAHITA. ¿Agente Especial Intenventor de la

3H de lo carpeta No, 1.

2. SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA MEDIDA El doctor FERNANDO CÁRDENAS PIEDRAHITA. ¿Agente Especial Intenventor de la EMPRESA: SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira — Valle del Cauca, mediante escrito enviado Va .emall y radicado en esta Superintendencia el dia 9 de jullo de 2012; con NURC 1-2012:040784, solicitó prórroga de la Intervención forzosa pora adminisitar, de la referida enfidad

argumentando entre otras, las siguientes fazones: "(0so) "FERNANDO CARDENAS PIEDRAHITA. en mi calldod de Agente Especial! Interventor de Ja EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAUL OREJUELA BÚENO EN INTERVENCIÓN, desigriado ¡mediante Resolución número 000752 de marzo 29 de 2012, posesionado ante: la Superintendencia. Nacional de Salud. mediante acta de posesión S.B.M.E. 110 de 2012 de techo marzo 30: de 2012, prorogado.mediante Resolución No. 001405 de 29 'de mayo de 2012, de acuerdo con el diagnóstico y Man de Acción dela ESE Hospital Raúl Orejuela Bueno en Intervención, radicado ante le enfidad. que led dirige, el día 18 de mayo de 2012; el mismo contiene Una señe de hallazgos y acciones ú ejecutar de acuerdo con el plon propuesto. En el Plan de Acción se planteo la necesidad de un lérmino mítimo de doce (12) meses. para subsanar las inconsistencias detectadas por la Sopetintendencia Nacional de Salud, confimados

necesidad de un lérmino mítimo de doce (12) meses. para subsanar las inconsistencias detectadas por la Sopetintendencia Nacional de Salud, confimados y ampliadas en el diagnostico presentado par el suserito.ante su despacho, For lo anterior y. denlendo ven cuenta lo dificultad al «acceso a la información Imanciero, administrativa, jurídica est como la Talla de depuración de la misma para la tomá aportuna y Veraz de decisiones. las inconsisiencios y evidenciós encontradas, lla falla de úrchivos debidamente orgunizados de ocuerdo con las normas en lla moleria. los difícullades financieras para la presentación de los servicios de salud en debida formó, el estada, jurídico de los blenes de bropledad de lo entidad intervenida y de los procesos encontrados. en contra. de la ESE y en fín cada uno de los'hallazgos detallados en el divognóstico dela enfidod. Fundamentado en el orfículo ], Parágrafo Primero, cel resuelve de la Resolución 000752 del 29 de márzo del 2012; y de acuerdo a los anteriores consideraciones me perito respetuosamente sollcitar Prorroga ¡pár el término mínimo de doce [12) meses. contados apartir de la fecha de culminación de la intervención inicial, pararesoLución número 002330 pe2012. HoJANo.3 Por medio de la cual ye proroge el término de la Toma de Posesión Inrmediola de los bienes, haberes, y negocios y la Intervención Forzoso Administrativa para: administrar Ja EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira-Valle del Cauca, con NIT 815.000,:316-9

bienes, haberes, y negocios y la Intervención Forzoso Administrativa para: administrar Ja EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira-Valle del Cauca, con NIT 815.000,:316-9 realizar las acciones tendientes € subsanar lás inconsistencias que dieron origen a la intervención y omar las medidas necesarios para hacer viable a la ESE Infervenida."

3. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Partiendo: de la situación expuesta: en el presente acto administrativo, le coresponde a esje Despacho decidir sobre la prórogo del término de la Medida a de Preventiva. de ¡Toma de Posesión inmediata de los bienes, haberes y OR de lo intervención forzosa para administrar lo EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ¡RAÚL OREJUELA BUENO: de Palmira — Valle del Cauca, este Despacho ae a «colación las siguientes aspectos: 'AJ El Inciso 5 del orliculo '68 de la Ley 715 de 2001, dispuso que " La Superintendencia Nacional de Salud. ejercerá la. intervención forzosa administrativa para administrar o fiquidor las entidades vigiladas que cumplan funciones de explotación U operáción de monopolios rentisticos, cedidos dl sector salud, Empresos Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras. de Salud de cualquier naturaleza, así como intervenir técnicamente y odminisirativamente las dlrecciónes tenitoriales de salva, an los términos de ley y los reglamentos.

B) Por su porle, el articulo 124 de la Ley 1438 de 2011, preceptúo lo siguiente:"' El numeral $ del Artículo 37 de la Ley 1122 de 2007 quedará os"5. Eje de

y los reglamentos. B) Por su porle, el articulo 124 de la Ley 1438 de 2011, preceptúo lo siguiente:"' El numeral $ del Artículo 37 de la Ley 1122 de 2007 quedará os"5. Eje de acciones y medidos especiales. Su objellvo es adelantar los procesos de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades vigillodas que cumplen funciones de Entidades Promotoras de. Salud, InsHiúciones Presfodoras de Salle de cualquier naturaleza: y monopolos renfísticos cedidos al:sector salud no asignados a otra entidad, asf. como para intervenir téenica. y :administralivamente. los direcciones: territoriales de salud, en los términos de ley y los reglamentos. La. intervención: Tratándose de liquidaciones voluntarias, la. Superntendencia Nacional de Salte ejercerá Inspección vigilancia y control sobre-los derechos: de los afilados y los recursos del sector solid, En casos en que la Superintendencia Nacional de Salud, revoque el certificado de autorización. o luncionamiento que le otorgue a las Entidades Promotoras de Salud o Instituciones Frestadoras de Salud. deberá decidlr sobre su lauldación”. C). Elnumeral 26 del articulos del Decreto 1018 de 2007 estableció lo siguiente: "96. Bjercer la intervención formosa para. administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones. de ¡administración de monopolios rentísficos cedidos al Sector Salud. Entidades Promotorós de Salud de cualquier naturaleza que administren cualquier. régimen e Instituciones Prestadoras: de Salud. de cublquier nalvraleza, e intervenir técnica y administrativomente Jas direcciones

cedidos al Sector Salud. Entidades Promotorós de Salud de cualquier naturaleza que administren cualquier. régimen e Instituciones Prestadoras: de Salud. de cublquier nalvraleza, e intervenir técnica y administrativomente Jas direcciones lemioriales de salud, en los términos que señale lo ley y los teglamentos. La intervención en las Instiuciones prestadoras de salud, tendrá siempre una primera lase de salvamerilo, DJ: Elartículo 116 del Decreto 663 de 1993 modificado porel artículo 22 de la Ley 510 de 1997 dispone en su numeral. [...) Téfmiño; Dentro de un término: mo mayor de-dos [2) meses prorogables contados a partir de la toma de posesión la Superinlendencia Bahearia, previo concepto del Fondo de Garantias de InstitueionesFinancieras, determinará s| la entidad debe ser objeto de Iiquidación....”RESOLUCIÓN NÚMERO 002330 DE2012. HOJA No. 4 Pór medio de la cual te prorroga el térmiño'de la Toma de Posesión Inmediata de los bienes. hoberes. y negocios y la! Intarvención Forzosa Administrativo plára! administrar la EMPRESA SOCIAL 'DEL ESTADO: RAÚL OREJUELA BUENO, de PalmiraVálle del Cauca, con Nil 815.000.314-49 Ej —Elparágrafo primero del articulo primero de la Resolución No. 000/52 del 29 de marzo de 2012. la Superintendencia Nacional de Salud, preceptud lo siguiente: (..) "Esta medida fene por objelo que la. Supernntendencia Nacional de Salud, previo concepto del Comité de Intervenciones, determine dentro de un término

marzo de 2012. la Superintendencia Nacional de Salud, preceptud lo siguiente: (..) "Esta medida fene por objelo que la. Supernntendencia Nacional de Salud, previo concepto del Comité de Intervenciones, determine dentro de un término no moyor de dos (2) meses: prorrogables por el mismo térnino.contados o. parir de la toma de posesión; 4/ la. EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL RAUL ORFJUELA BUENO de Palmito - Vale; debe ser objeío' de Iquidación o. si se pueden lomóar medidos para: que lo míéma pueda desorollor su objeto conforme e los reglos que lo Agen, o si se pueden adoplare otras medidas, F) Por su parte, el Superintendente Delegadopara las Medidas Especiales dela Superintendencia Nacional de Salud, en conceplo de fecha 16 de jullo de 2012. se pronunció sobre la viabilidad de la prórroga de la medida adoptada respecto a la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO: de Palmira

  • Valle del Caucá, en los siguientes términos: 8, CONCLUSIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA MEDIDAS ESPECIALES En este orden de ideas, la 'Superinmiendancio Delegoda pora las Medidas Especioles; considera viable prárogor el ploceso de intervención forzosa cadminitirativa para atiminilitrar de la ESE HOSPITAL RAUL OREJJELA BUEÑO, con NIT 815.000,316-9,. por Ocho (08) meses más, sin perjuicio de que la Superintendencia Nacional de Salud pueda disponer el levantamiento de la medida de la intervención antes de su vencimiento.

(08) meses más, sin perjuicio de que la Superintendencia Nacional de Salud pueda disponer el levantamiento de la medida de la intervención antes de su vencimiento. Durante la prórogo del proceso de intervención. el Agente Especial interventor deberá garaniizar la prestación adecuado y oportuna de los servicios de solud ala población usuaria de la ESE Y adelantar los acciones pertinentes que se contemplon er. su Pin de Acción aprobado; De lgual manera y de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 001405 del 29 de Maya de 2012, en lo prórroga, del proceso.de intervención numeral quinto, se estableció la presentación por parte del Agente Especial Inlerventor el inventario de ¡Activos y Posivos de que trata el parógroafo primero del-arfículo cuarto Resolución No. 000752 del 29 de 'Morzo de 2012, el artículo9.1.1.L4 del Decrelo 253 de 2010 y el Caplluló del Túlo1X de lá Circular Única de la Superintendencio Nacional de Salud, el cval hace porte de la Solicitud de Prórroga rodicarda cor NURE 1-2012-060784 ciel 9 de Jullo de 2012 Durante el tiempo. de la prorega. el Agente Especiol Interventor deberá. dar estricto cumplimiento: al Plan: de Acción: presentar ante la Superintendencia Delegado para los Medidos Especiales; los respectivos ajustes al mismos 58 amentan y:elecronogrómoa de lás actividades a ejectlorse durante el liempo de la prorroga." G) Es de Gnolar que, el comité de intervenciones de lla! Superintendencia Nacional de Salud, creado mediante Resolución No. 01272 del 20 de junlo de

de lás actividades a ejectlorse durante el liempo de la prorroga." G) Es de Gnolar que, el comité de intervenciones de lla! Superintendencia Nacional de Salud, creado mediante Resolución No. 01272 del 20 de junlo de 2011..en sesión del día: 19 de julio de 2012, como consta en acta 62, evaluó y recamándó la prórroga por ocho (8) meses del término de la toma de posesión inmediato de los bienes, haberes y negociós y de la infervención forzoso para administrar:la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira - Valle del Cauca. Pór lo expuesto, y con base en el contenido del arfículo 116 del decreto 463 de 1993, modificado por el articulo 22 de la Ley 510'de 1999, este Despacho. dispondrá la prórroga del lérmino de la toma de posesión inmediata. delos bienes, haberes y negocios y Ja Intervención forzosa administrativa. para: administrar la: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO ¡de Palmira — Valle del Cauca, como Instililo de salvamento y protección de la confianza público, por el término de

yde :RESOLUCIÓN NÚMERO 002330 DE2012. HOJA No. 5

Por medilo'de la cual 38 prorroga el mino de la Toma de Posesión Inmediata de los

bienes, hoberes, y negocios y 14 Intervención Forzosa Administrátiva para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmita-Valle del Cauca, con NIT 815.000.314:9 echo (8) meses más. con el fin,de garantizar la prestación delos servicios de sold de sus afiliados y continuar con los acciones del pion de acción propuesto por el Agente Especial Intetventar, En mérlo de lo'expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR: por:el término de ocho: (8) meses, la tomade BUENO de Palmira — Valle del Cauca, de conformidad con lo expuesto en la parte motlva de este acto administrativo.

PARÁGRAFO PRIMERO: Lo' prórroga será por el término de ocho [8] meses cortados a partir del 3) de julio de 2012, hasta el 30'de marzo de:2013. según lo dispone el numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510:de 1999, que modificá el artículo 114 del 'decteto-Ley $63 de 1993. 'ARTÍCULO' SEGUNDO: COMUNICAR al contenido de la presente Resolución al doctor FERNANDO CARDENAS PIEDRAHITA, Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO RAÚL OREJUELA BUENO de Palmira — Valle:del Cauca, en. la

carrera 334 No. 30-57 en lo civdad de PalmiraDepartamento del Valle. ¡ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido del presente Acto Admihistrativo al -¡Gobemador. del Valle del Cauca, al Ministerio de Salud y Protección Social, Y a la Comisión de Regulación en Salud.

¡ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido del presente Acto Admihistrativo al -¡Gobemador. del Valle del Cauca, al Ministerio de Salud y Protección Social, Y a la Comisión de Regulación en Salud.

ARTÍCULO: CUARTO: PUBLICAR la presente resolución dentro de los términos establecidos en el inciso 3 del arículo 9.1.1.1.3, del Decreto 2555 del 15 de jullo de 2010, ¡ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su:expedición y contra la misma ño procede recurso alguno 'COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. 30 JUL 208 Hada en Bogotá a los,

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