SUPERSALUD - Resolución 2338 de 2016
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2338 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
REPÚBLICA DE COLOMBIA
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCI ÓN NÚMERO CD23.38 DE 2016 < 1 2 AGO 2016
Por medio de lá cual se remueve y se designa al Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS -departamento del Chocó en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de su$ facultades legales y reglamentarlas, en especial las conferidas por el parágrafo 2° def artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el articulo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Fiilanciero, modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, el artículo 1° de la Resolución 1947 de 2003, y CONSIDERANDO Que el parágrafo 2° del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, establece que el procedimiento administrativo de la Superintendencia Nacional de Salud será el mismo que se consagra por las disposiciones legales para la Superintendencia Bancaria, hoy Superintendencia Financiera. Que la Superintehdencia Nacional de Salud mediante la Resolución Nº 001862 del 05 de julio de 2016, ordenó en el artículo 2° (. . .) la toma de posesión inmediata de los bienes1 haberes y negocios y la intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE SAN FRANCISCO DE ASÍS - departamento del Chocó por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución por el plazo de doce (12) meses(. . .)".
HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE SAN FRANCISCO DE ASÍS - departamento del Chocó por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución por el plazo de doce (12) meses(. . .)". Que mediante Acta de Toma de Posesión Nº 004 de los días 7 y 8 de julio de 2016, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, tomó posesión de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS -departamento del Chocó, de acuerdo con IQ establecido en la Resolución 001862 del 05 de julio de 2016. Que en el artículo sexto de la Resolución antes referenciada, se designó como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS - departartlento del Chocó, al doctor José Ornar Niño Carreña, identificado con cédula de ciudad$nía 7.211.492 de Duitama, quien tomó posesión del cargo el día 07 de julio de 2016, se9ún Acta de Posesión S.D.M.E 014. Que de conformjdad con lo dispuesto en el numeral 5° del artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 24 de la Ley 510 de 1999, y en concordancia con lo dispuesto en e! Decreto 2462 de 2013, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud designar el agente especial Liquidador, quien ejercerá las fund0nes propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General .de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables. Que el numeral 4° del artículo 295 del Estatuto Orgánico de! Sistema Financiero,
Sistema General .de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables. Que el numeral 4° del artículo 295 del Estatuto Orgánico de! Sistema Financiero, modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, establece que podrá designarse al /lRESOLUCIÓN NÜMERO_G_8_, 2_· ..,_0 _3_3_ DE 2016 PÁGINA No. __ fi2fi- "Por medio de fa cual se remueve y se designa al Agente Especial Liquidador de fa ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS departamento del CHOCÓ, en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar." liquidador y a! contralor, los cuales pueden ser personas naturales o jurídicas, y quienes podrán ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del competente deban ser reemplazados. Que conforme a lo prevlsto en e! numera! 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Agente Especia! Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud. Que !a Resolución 1947 de 2003 proferida por el Superintendente Nacional de Salud, contiene disposiciones relacionadas con el nombramiento y posesión de lnterventores, Liquidadores y Contralores designados por la Superintendencia Nacional de Salud en procesos tomas de posesión y de intervención forzosa que efectúa sobre sus vigilados. Que el artículo primero de la citada Resolución, dispuso que corresponde al Superintendente Nacional de Salud, previa recomendación de! Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, designar y remover
Que el artículo primero de la citada Resolución, dispuso que corresponde al Superintendente Nacional de Salud, previa recomendación de! Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, designar y remover discrecionalmente a los Interventores, Liquidadores y Contralores en todo proceso de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, entre otras, en los términos de la ley y la normatlvidad aplicable. Que el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales revlsó los requisitos de experiencia e idoneidad de la doctora Janneth del Pilar Peña Plazas identificada con Cédula de Ciudadanía No. 52.498.801 de Bogotá, requeridos para desempeñar el cargo de Agente Especial Liquidadora de la citada ESE y en sesión del 8 de agosto de 2016 según consta en el Acta Nº 164, sometió a consideración del Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, su designación. Que el Comité de Medidas Especiales, en ejercicio de las funciones que !e corresponden según Resolución Nº 000461 de 2015, recomendó al Superintendente Nacional de Salud designar a la doctora Janneth del Pilar Peña Plazas como Agente Especial Liquidadora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del Chocó. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. REMOVER como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS departamento del Chocó en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, al doctor José Ornar Niño
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. REMOVER como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS departamento del Chocó en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, al doctor José Ornar Niño Carreña, identificado con cédula de ciudadanía 7 .211.492 de Duitama. PARAGRAFO. De conformidad con e! numeral 1.4 capítulo segundo del título noveno de la Circular Única de !a Superintendencia Nacional de Salud, el doctor José Ornar Niño Carreña deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas a la fecha de su retiro, para lo cual se le concede un término de cinco (5) días calendario siguientes a la comunicación de la presente Resolución. ARTICULO SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al doctor José Ornar Niño Carreña en la Carrera 1 número 31 - 25 del Barrio Kennedy del municipio de Quibdó (Chocó) o al sitio que se indique para ta! fin por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud.RESOLUCIÓN NÚMERO G :: 2;: 3 3 liL' DE 2016 PÁGINA No. ____ fi3fi--- "Por medio de la 'cl1a/ se remueve y se designa al Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL
DEPARTAME: -jvTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS deparlamento del CHOCÓ, en Intervención
Forzosa Administrativa para Liquidar." ARTICULO TE;RCERO. DESIGNAR como Agente Especial Liquidadora de la ESE DEPARTAMEl'lTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del Chocó en proceso de Intervención 'i=orzosa Administrativa para Liquidar a la doctora Janneth del Pilar Peña
ARTICULO TE;RCERO. DESIGNAR como Agente Especial Liquidadora de la ESE DEPARTAMEl'lTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del Chocó en proceso de Intervención 'i=orzosa Administrativa para Liquidar a la doctora Janneth del Pilar Peña Plazas identific$da con cédula de ciudadanía No. 52.498.801 de Bogotá, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General del Seguridad Social en Salud, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. PARAGRAFO PRIMERO. La Agente Especial Liquidadora designada ejercerá las funciones propias de su cargo, previa posesión de la misma y tendrá la guarda y administración de los bienes que se encuentren en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultades que le asigne !a ley. PARAGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Agente Especial Liquidadora ejercerá funciorfes públicas transitorias, previa posesión, sin perjuicio de la aplicabilidad, cuando sea el ($so, de las reglas del derecho privado a los actos que ejecute en nombre de la entidad of)jeto de la toma de posesión. En virtud de lo anterior, no se constituye relación laboral filguna con la Superintendencia Naclonal de Salud. ARTÍCULO Cl;JARTO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a lá, Agente Especial Liquidadora doctora doctora Janneth del Pilar Peña Plazas ldentifiqada con Cédula de Ciudadanía No. 52.498.801 de Bogotá, en la
Resolución a lá, Agente Especial Liquidadora doctora doctora Janneth del Pilar Peña Plazas ldentifiqada con Cédula de Ciudadanía No. 52.498.801 de Bogotá, en la Transversal 1 nQmero 58-55 Apto 303 de la ciudad Bogotá, teléfono 3004812269 o al sitio que se indique para tal fln, para que se presente ante la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente acto administrativo. PARÁGRAFO. En caso de no poderse hacer la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envio de la citación, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Admlnistrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO QUINTO. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTICULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra ella no procede recurso alguno de conformidad con lo establecido en e! artículo 75 de! Código de Procedimientb Administrativo y de lo Contencioso Admlnistrativo. Dada en Bogotfi a tos 1 2 AGO 2016
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUES
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BLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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vu NORMAN JULIO M)JÑOZ MUÑOZ
SUPERINTENDENTE )'IACIONAL DE SALUD Proyectó Allan Leonar Totres Mahecha. Profesional Espec1al1zado SDME Aprobó Javier Antonio v,¡rmreal V,llaquirén, Superintendente Delegado para las Medidas Especiales. Em1lra Vargas Afdana, Asesora
Proyectó Allan Leonar Totres Mahecha. Profesional Espec1al1zado SDME Aprobó Javier Antonio v,¡rmreal V,llaquirén, Superintendente Delegado para las Medidas Especiales. Em1lra Vargas Afdana, Asesora Revisó Francisco Moralet Falla, Jefe de la Oficina Asesora JL1rld1ca (fi