SUPERSALUD - Resolución 2490 de 2015
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2490 de 2015
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 002490 oe 2015
Cop3r 205? Por medio de la cual se remueve y se designa al Agente Especial Interventor de la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERIA - Cordoba en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el parágrato 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993. el artículo 225 de! Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. modificado por el articuio 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013. el articulo 1 de la Resolución 1947 de 2003 y CONSIDERANDO Que el parágrafo 2 del articulo 233 de ta Ley 100 de 1993, establece que el procedimiento admiristrativo de la Surerintengdencia Nacional de Salud será el mismo que se consagra por las disposiciones legales para la Superintendencia Bancaria. hoy Superintendencia Financiera. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución N 001368 del 28 de juio de 2015, ordenó en el articulo 1? (...) la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la mtervención Forzosa Administrativa para Administrar la ES.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE SAN JERONIMO DE MONTERIA, Córdoba, identificado con NIT 891.079.999-5 (...), por el término de un (1) año (...)”.
negocios y la mtervención Forzosa Administrativa para Administrar la ES.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE SAN JERONIMO DE MONTERIA, Córdoba, identificado con NIT 891.079.999-5 (...), por el término de un (1) año (...)”. Que mediante Ácta de Toma de Posesión N” 003 dias 29, 30 y 31 de julio de 2015, la Superintendencia Nacional Delegada Para Las Medidas Especiales, tomó posesión de la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERIA - Córdoba de acuerdo con lo establecido en la Resolución 001368 del 28 de julio de 2015. Que en al artículo quinto de la Resolución antes referenciada se designó como Agente Especial Interventor de la E.S.E. HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERIA, Cordoba al doctor Juan Carlos Guardo del Rio, identificado con Cédula de Ciudadanía 9.286.920 de Turbaco (Bolivar), quien se posesionó el 29 de julio de 2015 según Acta de Posesión SD.ME 012. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5? del artículo 291 cel Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. modificado por el artícuio 24 de la Ley 510 de 1999 y en concordancia con lo dispuesto en el decreto 2462 de 2013, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud designar el agente especial interventor, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con fo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables. Que de acuerdo con lo anterior, dada la naturaleza juridica de las funciones tanto del agente
cargo de acuerdo con fo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables. Que de acuerdo con lo anterior, dada la naturaleza juridica de las funciones tanto del agente especial interventor como dei liquidador; el numeral 4% del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999 establece que podrá designarse al liquidacor y al contralor. los cuales pueden ser personas naturales O jurídicas y quienes podrán ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del competente deban ser reemplazados.RESOLUCIÓN NUMERO 002490 DEZONMSPAGINA No. Por medio de la cua! se remueve y se designa el Agente Especial Interventor de tz E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMCO DE MONTERÍA, Córcoba en Intervenciór: Forzosa Administrativa para Administrar. | Que conforme a lo previsto en el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico de; Sistema Financiero, el Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Naciona! de Salud. Que la Resolución 1947 de 2003 proferida por el Superintendente Nacional de Saluc. contene disposiciones relacionadas con el nombramiento y posesión de Interventores, Ligwdadores y Contraloras designados por la Superintendencia Nacional de Salud en procz3os ae itervención forzosa y tomas de posesión que efectúa el ente de contro! sobre sus vigilados. Que el articulo primero de la citada Resolución dispuso que corresvonde al Superiniendente Nacional de Salic, previa recomendación del Comité de Medicas Especiales de la
itervención forzosa y tomas de posesión que efectúa el ente de contro! sobre sus vigilados. Que el articulo primero de la citada Resolución dispuso que corresvonde al Superiniendente Nacional de Salic, previa recomendación del Comité de Medicas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, designar y remover discrecionalmente a ¡os interventores. Liquidadores y Contralores en todo proceso de intervención forzosa administrativa para administrar o tiquidar Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, entre otras en los términos de ta ley y los reglamentos. Que el Superntendenia Delegado para las Medidas Especiales ante el Comité ce Medidas Especiales de la Supeririendencia Nacional de Salud en sesión del 25 de noviembre de 2015 según censta en el Ácta N” 146, sometió a consideración del cuerpo colegiaco la designación de un nuevo Agente Especial Interventor, para la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN
JERONIMO DE MONTERIA - Córdoba.
Gue en virtud de lo anterior y una vez revisados los requisitos de experiencia e idoneidad requeridos para desempeñar el cargo, el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales recomendó designar a la doctora Luz Patricia Sánchez Rojas identificada con Ceduía de Ciudadania No 51614761 de Bogotá para ejercer las funciones de Agente ;j Especial Interventor de la citada ESE. | ! Que el Comite de Medidas Especiales. en ejercicio de las funciones que le corresponden | según Resolución N 090461 de 2015. recomendó al Superintendene Naciona: de Salud designar a la doctora Luz Patricia Sánchez Rojas como Agente Especial Interveniora as la
según Resolución N 090461 de 2015. recomendó al Superintendene Naciona: de Salud designar a la doctora Luz Patricia Sánchez Rojas como Agente Especial Interveniora as la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERÍA - Córdoba. | Que en mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE | | ARTÍCULO PRIMERO. REMOVER como Inierventor de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JÉRONIMO DE MONTERÍA - Córdoba en proceso de intervención : Forzosa Administrativa para Administrar, al doctor Juan Carlos Guardo del Rio identificado cor Cédauta de Ciudadania 9 286 920 de Turbaco (Bolivar). PARAGRAFO. De corformidad con el numeral 1.4 capítulo segundo del título noveno de ¡2 ¡ Circular Única de la Superimiandencia Nacional de Salud, el doctor Juan Carlos Guarao del Rio deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas a la fecha de su retiro. para lo cual se le concede un término de cinco (5) días calendario siguientes a la comunicación de la presente Resolución. ARTICULO SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al doctor Juan. Carlos Guardo del Rio en la Carrera 14 No. 22 — 50 del municipio de Montería (Córdoba) le] a: sitio que se indique para tal fin por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTICULO TERCERO. DESIGNAR como Agente Especial Interventora de la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERÍA - Córdoba a la doctora Luz Patricia Sánchez Rojas identificada con Cédula de Ciudadania No. 51.614.761 de Bogotá.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERÍA - Córdoba a la doctora Luz Patricia Sánchez Rojas identificada con Cédula de Ciudadania No. 51.614.761 de Bogotá. quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General del Seguridad Social en Salud, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables.Por medio de la cual se remueve y se designa el Agente Especial intorventor de la E.S.E HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JERONIMO DE MONTERIA, Córaoba en intervención Forzosa Administrativa para Administrar. PARAGRAFO PRIMERO. La Agenie Especial Interventora designada ejercerá las funciones propias de su cargo, previa posesión del mismo y tendrá la guarda y administración de lo bienes aque se encuentran en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultado que le asigne la ley. s! FARAGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo previsto en el numeraí 8 del articulo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financtero, el Agente Espectal Interventor ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, sin perjuicio de la aplicabilidad, cuando sea el caso, de las reglas del derecho privado a los actos que ejecute en nombre de la entidad objeto de la toma de posesión. En virtud de lo anterior, no se constituye relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud. | ARTICULO CUARTO. NOTIFICAR personalmente ei contenido de la presente Resolución a la Agente Especial Interventora doctora doctora Luz Patricia Sánchez Rojas identificada con
Superintendencia Nacional de Salud. | ARTICULO CUARTO. NOTIFICAR personalmente ei contenido de la presente Resolución a la Agente Especial Interventora doctora doctora Luz Patricia Sánchez Rojas identificada con Cédula de Ciudadania No. 51.614.761 de Bogotá, en la Carrera 45 Á No. 123 — 84 de la ciudad Bogotá, teléfono 3143268101 o al sitio que se indique para tal fin, para que se presente ante la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente acto administrativo. PARAGRAFO. En caso ce no poderse hacer la notificación personal al cabo de los cinco (5) dias dei envio de la citación, se dará aplicación a lo dispuesto en el articulo 59 del Código cel Procedimiento Ádmiristrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO QUINTO. PUBLICAR la presente Resolución en la pegina vet de El Superntendescia Nacional de Salud.
ART: SLLO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno. ' Dado en Mogolá a los 0 7 par 291
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
O NORMÁN JULIO M
SUPERINTENDES ACIONAL DE SALUD Proyecio Jornan Ardia Parra — Profesiona! Especializado SOME Aprobé: Javiar Anton o Willarrea! Villequirán — Superintendente Delegado para las Medidas Especiales Sandra Patricia Hoyos Buvel - Directora de Medidas Especiales para los Prestadores de Servcioz de Salud y las Entidades del Ordes Termtoria!
Aprobé: Javiar Anton o Willarrea! Villequirán — Superintendente Delegado para las Medidas Especiales Sandra Patricia Hoyos Buvel - Directora de Medidas Especiales para los Prestadores de Servcioz de Salud y las
Entidades del Ordes Termtoria!
Rewsó: Federico Alfonso Núraz Garcia - Jefe de Oficina Asesora Juridica ZA
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