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SUPERSALUD - Resolución 2510 de 2017

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2510 de 2017
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2017

REPUBLICA DE COLOMBIA libertody Orden SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 2510 DE 2017 o1 AGO2011"Por la cual se crea el Comite Gerencial para la Organizaci6n en el Territorio de la Superintendencia Nacional de Salud' EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del articulo 7 y el articulo 35 del Decreto 2462 de 2013 y CONSIDERANDO Que de conformidad con 10dispuesto en la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud lidera el Sistema de Inspeccion, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, consistente en un conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre si tendientes a garantizar la proteccion efectiva del derecho fundamental a la salud de las personas residentes en el territorio colombiano. Que el legislador, consiente de la necesidad de garantizar de manera eficaz y oportuna la prestacion de los servicios de salud a todos los habitantes del territorio colombiano, y con el objetivo de lograr mayor efectividad en las actividades del sistema de inspeccion, vigilancia y control que ejerce la Superintendencia Nacional de Salud, dispuso en el articUlo 118 de la Ley 1438 de 2011 la desconcentracion de la Entidad, con la facultad de delegar sus funciones a nivel departamental 0 distrital. Que a traves de la figura de la desconcentracion, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolucion 000568 de 2015, creo seis (6) Regionales (Caribe, Andina, Nororiental,

Sur, Occidental y Choco) con la finalidad de ampliar el espectro funcional en las regiones y crear nuevos escenarios de atencion y despliegue de funciones de inspeccion y vigilancia en distintas zonas del pais. Que a traves de la Resolucion 000825 de 2015, la Superintendencia Nacional de Salud conformo Grupos Internos de Trabajo por cada una de las Regionales que fueron creadas en virtud de la Resolucion 000568 de 2015. Que la persona encargada de coordinar, supervisar, orientar y dirigir las funciones de las Regionales Territoriales, quien para los efectos de este acto administrativo se denominara el Coordinador de las Regionales, es el responsable de coordinar la articulacion de los objetivos de las oficinas satelites con el nivel central, p~r tanto, es importante que cuente con una instancia de codireccion, apoyo y gestion para Ilevar a cabo las actividades de inspeccion y vigilancia en el territorio, a fin de mantener coherencia, legitimidad y efectividad en las acciones que la entidad desarrolle tanto a nivel territorial como a nivel central. Que de conformidad con 10 enunciado y para poder pnorizar las acciones que realizan las regionales, definir la manera como estas acciones nutriran las actividades a nivel central, garantizar el flujo de informacion y seguimiento entre estas medidas y la coordinacion interinstitucional, se requiere la conformacion de un Comite Gerencial para la Organizacion en elTerritorio. Siendo asi, mediante el presente acto administrativo se conforma un Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio, senalando su composicion, funciones y canales de seguimiento reglamentando el proceso al interior de la entidad.RESOLUCION NUMERO 2510 DE 2017 HOJA No. 2

"Par la cual se crea el Camire Gerencial para la Organizacion en el Territaria de la Superintendencia Nacianal de Salud" En merito de 10expuesto, RESUElVE: ARTicULO 1°. OBJETIVO DEL COMITE. EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio, tiene por objetivo analizar, discutir, asesorar, guiar, acompanar, recomendar y codirigir junto al Coordinador de las Regionales, la direccion y el manejo de las actividades que desempenan las regionales de la Superintendencia Nacional de Salud. Dentro de este contexto, el Comite serEf i) una instancia de codireccion junto al Coordinador de las Regionales, para lIevar a cabo las actividades de inspeccion y vigilancia en el territorio, a fin de mantener coherencia, legitimidad y efectividad en las acciones que la entidad desarrolle tanto a nivel territorial como a nivel central; ii) una instancia de armonizacion interinstitucional para que el Coordinador pueda alinear el plan de trabajo de las regionales con aquellas funciones de inspeccion y vigilancia que se desplieguen a nivel central; iii) una instancia informativa de aquellas gestiones que se adelanten a nivel central y que requieran ser comunicadas al nivel regional para el despliegue de sus acciones y; vi) una instancia encargada de gestionar que la recopilacion de informacion a nivel regional, retroalimente y alerte la capacidad de respuesta de la entidad a nivel central. ARTicULO 2°. CONFORMACION. EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio de la Superintendencia Nacional de Salud, estara integrado por los siguientes servidores publicos

de la Entidad con voz y voto: a) EI Coordinador de las Regionales, quien 10presidira. b) EI/La Superintendente Delegado(a) para la Supervision Institucional 0 su delegado. c) EI/La Superintendente Delegado(a) para la Proteccion al Usuario 0 su delegado. d) Un Asesor del Despacho del Superintendente Nacional de Salud. PARAGRAFO PRIMERO. A las reuniones del Comite podran ser invitados 0 convocados aquellos funcionarios que, a criterio de los miembros del Comite, puedan aportar elementos de juicio respecto de los temas a tratar, facilitar la orientacion tecnica en asuntos de otras dependencias de la entidad y ayudar ala toma decisiones sobre la gestion de las regionales. Para tales efectos, los invitados 0 convocados contaran con voz pero no voto. ARTicULO 3°. SECRETARiA TECNICA. EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio contara con una Secretarfa Tecnica rotativa que sera ejercida por uno de sus integrantes por periodos trimestrales y tendra las siguientes funciones: a) Convocar a reuniones ordinarias del Comite con una antelacion no menor a tres (3) dfas habiles a la misma. b) Citar a reuniones extraordinarias por instruccion del Presidente del Comite. c) Preparar el orden del dia y presentar al Comite los temas a tratar. d) Elaborar las actas de las sesiones que adelante el Comite y suscribirlas junto a los demas miembros del mismo, dejando constancia de los asuntos tratados y los acuerdos definidos.

e) Realizar seguimiento a los compromisos pactados en las reuniones del Comite. f) Las demas que defina el Comite. PARAGRAFO PRIMERO. Sin perjuicio de 10anterior, el Presidente podra desempenar cualquiera de las funciones anteriormente senaladas de manera autonoma y sin necesidad de actuar por intermedio de la Secretarfa Tecnica. ARTicULO 4°. REUNIONES. EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio se reunira ordinariamente una vez por mes, y de manera extraordinaria, cada vez que se requiera par solicitud de su presidente 0 de un numero plural de sus miembros.

PARAGRAFO: SESIONES EXTRAORDINARIAS. En las sesiones extraordinarias solo se trataran los temas indicados en la convocatoria, salvo que por mayorfa simple se decidan tratar otros, previa finalizacion del temario de la convocatoria.RESOLUCION NUMERO HOJA No. 3DE 2017 "Par la eual se erea el Camite Gereneial para la Organizaeion en el Territaria de la Superintendeneia Naeianal de Salud" ARTicULO 5°. QUORUM. EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio sesionara y deliberara validamente con la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros, y sus decisiones seran adoptadas por mayorfa simple.

ARTicULO 6°. FUNCIONES. Son funeiones del Comite Gereneial para la Organizacion en el Territorio, las siguientes: a) Codirigir, junto al Coordinador de las Regionales a las regionales en el ejercieio de sus

funciones y definir de manera conjunta las aeciones a seguir cuando estas deban contar con aval del nivel central. b) Revisar las fichas de caracterizacion del territorio que preparen las regionales y retroalimentarlas con los hallazgos 0 informacion relevante que se desprenda de las actividades de inspeccion, vigilancia y control del nivel central, para fortalecer el mapeo de necesidades a nivel local. c) Apoyar las labores de capacitacion para el personal de las regionales. d) Fomentar el flujo de informacion desde el centro hacia la region y participar en la elaboracion de informes y comunicados relevantes para las regionales. e) Haeer seguimiento a los planes de trabajo y al tablero de control de la gestion de las regionales f) Informar a las regionales sobre las estrategias del nivel central que impacten las regionales. g) Los participantes en el Comite deben informar a su superior, y en caso de considerarlo pertinente a otras areas 0 dependencias de la entidad, sobre las acciones que adelantan las regionales y que tengan incidencia sobre sus actividades de inspeccion, vigilancia y/ control para poder fomentar la coordinacion interinstitucional. h) EI Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio puede convocar a miembros no permanentes para facilitar la orientacion tecnica en asuntos de otras dependencias de la entidad y ayudar a la toma de decisiones sobre la gestion de las regionales. i) Convocar a los coordinadores de los grupos internos de trabajo de las regionales para hacer seguimiento a casos particulares, segun decida el Coordinador de las Regionales.

PARAGRAFO: EI Coordinador de las regionales podra ejercer eualquiera de las funciones previamente anotadas de manera autonoma y es el encargado de comunicar a las regionales sobre las recomendaciones del Comite Gerencial de la Organizacion del Territorio y las decisiones que el como Coordinador 0 el Comite tomen, para que las regionales puedan adelantar las acciones correspondientes.

ARTicULO 7°. ACTAS DEL COMITE GERENCIAl DE lA ORGANIZACION DEL TERRITORIO.

Las reuniones del Comite Gerencial de la Organizacion del Territorio se haran constar en aetas que elaborara el Secretario Tecnico despues de cada sesion, las cuales seran suscritas p~r todos los miembros del Comite que hayan participado en la sesion. EI original reposara con el Coordinador de las Regionales junto con los soportes y registros a que haya lugar PARAGRAFO. Cada acta sera lIevada en orden consecutiv~, indicando lugar, fecha y hora de la reunion; forma de la convocatoria, lista de los miembros asistentes e invitados; orden del dfa y demas temas tratados; relacion de la documentacion presentada p~r los asistentes a la reunion; las deeisiones y deliberaciones adoptadas y el numero de votos a favor, en contra 0 en blanco; la fecha y la hora de su clausura. ARTICULO 8°. PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en la pagina web de la Superintendencia Nacional de Salud.RESOLUCION NUMERO 2510 DE 2017 HOJA No. 4 "Por la cual se crea el Comite Gerencial para la Organizacion en el Territorio de la Superintendencia Nacional de Salud"

ARTicULO go. VIGENCIA Y OEROGATORIA. La presente Resoluci6n rige a partir de su publicaci6n y deroga todas las disposiciones que Ie sea contrarias. Dada en Bogota, a los PUBLI~~SE / l};y. I NORMAN JULIO MUNOZ MUNOZ SUPERINTENOENTE NACION-Al O'E SAlUD ".-~ Elaboro: Jose David Pernett Merino - Asesor 11!]fl. ,~_... "'" /"\ Reviso: Eva Katherine Carrascal Cantillo - Superin'tendente Delegada para la Supervision Insti~u onal. tv-'Cl../ Adolfo Leon Varela Sanchez - Superintendente Delegado para la Protecclon al Usuario, Francisco MoralesOficina Juridic"'~ ~ Aprobo Sandra Patricia Hoyos Buvoli - As%sora ./ / ~ o1 AGO2017.

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