SUPERSALUD - Resolución 2533 de 2011
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2533 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
REPUBLICA DE COLOMBIA
A 4.1, RE Por lo cual se Entidad Promoj SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD sotución Número 002933 (04 0CT. 2011 ) DE 2011 designa Agente Especial Interventor Liavidador del Programa de la ora del Régimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. E PS-S” ¡dentificada con NIT 830006404-0, sujeto a Intervención Forzosa Administrativa para liquidar, En ejercicio d parágrafo 1 y El SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD e sus aimbuciones legales y reglamentarias que le confieren el 2 del artículo 230 y el parágrafo 2” del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el numeral 8 del artículo 42 y, los incisos | y 5 del artículo y 6 del artícula artículo 40 de | 116 del Decret el artículo 4% « artículo |, para artículo 1 del U 2,34 5yé¿d0 articulo £, los n 40 y 42 del artí 1018 del 2007 y Lo Super del 23 de “ART 68 de la Ley 715 de 2001..1o0s artículos 35, 36, los numerales 1, 2, 3, 4, 5
37, literales a, b, c, ad, y f del artículo 39, los literales a, <, e, y f del A Ley 1122 de 2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 201 1, el artículo b Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto 788 de 1998 y del Decreto 783 de 2000. el artículo 1 del Decreto 1015 de 2002, grafos 1 y 2 del artículo 2 y el artículo 4 del Decreto 3023 de 2002, el ecreto 7/36 de 2005. y en especial con el artículo 1, los numerales l, El artículo 3, los numerales 1, 6, y 8 y el porágrafo del artículo 4, el Umerales 1, 3, 4, 5,8, 10, 12, 13, 14, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 34, 36, 38, Fulo: 6, numerales 7, 8, 9, 13, 22, 23, 25, y 42 del artículo:8 del Decreto las artículos 9.1.1.1.1 a19.1.2.1,3 del Decreto 2555 de 2010 y, CONSIDERANDO ANTECEDENTES DEL CASO htendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución No. 002122 Agosto de 2011, visible a folios 1 al 140 de la carpeta, dispuso: ÍCULO PRIMERO: REVOCAR «de forma total el certificado «de habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado
de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD
ÍCULO PRIMERO: REVOCAR «de forma total el certificado «de habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado
de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S”, con NIT 830006404-0...... ' “ART ÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la toma de posesión inmediata de los bienés, haberes y negocios, como consecuencia de la revocatoria odoptoda, y la intervención forzoso administrotiva pare administrar HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S”, mien lras do lugar a la ejecutoria de los actos administrativos que estalhlecen la medida y se lleve a cabo el traslado de los afiliados a esta entidad de conformidad con los disposiciones legales vigentes, esto es, el articiblo 50 del Acuerdo 415 del CNSSS mediante el cual se gorantice lao 0025393 RESOLUCION NUMERO sa DE 2011. HOJA No. 2 Por la cual se designa Agente Especial Interventor Liguidador del Programa de la Entidad Prometora del Régimen Subsidiado en Saluda de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S" identificado: cor) NIT 830004404-0, sujeto a Intervención Forzosa Aclministrativa para liquidar, Subsidiado de Salva, lo anterior, con la debida observancia de las
identificado: cor) NIT 830004404-0, sujeto a Intervención Forzosa Aclministrativa para liquidar, Subsidiado de Salva, lo anterior, con la debida observancia de las normas que rigen para el Sistema General de Seguridad Social en Salud y lo digpuesto enel Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. base) ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR la toma de posesión inmediata de los pienes, haberes y negocios como consecuencia de la revotatoría adoptada. y la intervención forzosa administrativa para liquidar HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “HUMANA S.A, EPS-S”, una vez ejecuforiados los actos administrativos que establecen la medida y siempre que se hoya levatio a cabo el traslado de los afiliados de esta entidad bajo las dispasiciones legales vigentes, esto es, el articulo 50. del Acuerdo 415 flel CNSSS y con el cual se garantice la continuidad del aseguramiento de la población afiliada al Régimen Subsidiado de Salud, lo anterior, con la debida observancia de las normas que rigen] para el Sistema General de Seguridad Social en Salva y lo dispuesto en el Estatuto Organico del Sistema Financiero, y cuyos efectos de conformidad con el artículo (23 de la Ley 510 de 19991..." (ss)
ARTICULO QUINTO: SOLICITAR a la Junta Directiva de HUMANA
VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “HUMANA S.A. EPS-S" que en formé inmediata proceda a remover al Representante Legal y al
VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “HUMANA S.A. EPS-S" que en formé inmediata proceda a remover al Representante Legal y al Revisor Fiscal de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S”" Entidad intervenida, doctor FABIO ROMERO SOSA, portador de la cédula de ciudadonia de No. 11,335.962 y la firmal PROYECCIÓN (GERENCIAL LIMITADA con NIT 830.051.307-5 representado poro dicho efecto por GLADYS STELLA AMÉZQUITA PULIDO portadora de la cédula de ciudadanía número 31.629.878, comb Revisora Fiscal principal, o a quienes hagan sus veces, y clesigne su reemplazo en forma inmediata, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2% del Decreto 3023 de 2002, teniendo en cuerlta que los antes citados presuntamente incurrieron en violationes a las disposiciones legales, e incumplieron las órdenes e instrueciones impartidos por la Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de sus funciones. j Ae , MN PARÁGRAFO PRIMERO: De lo remoción y designación del | representante legal y el revisor fiscal aquí dispuesta, deberá inforharse a esta Superintendencia a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la misma, con la indicación del domicilio y/o lugar de residencia de quienes resultoren designados. Fs
ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR al Superintendente Delegado Para
(2) días hábiles siguientes a la misma, con la indicación del domicilio y/o lugar de residencia de quienes resultoren designados.
Fs ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR al Superintendente Delegado Para Meditlos Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud darz m AnE
RESOLUCIÓN NÚMERO UL 2923 DE 2011. HOJA No. 3
Por la cual se designa Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de la Entidad Promotora del Regimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S" identificada cor 1,2. 1.3. NIT 830006404, sujeto a Intervención Forzosa Administrativa para liquidar. cumplimiento a lo estipulado en el arfículo 2] del. Decreto 1018 de 2007 basa] ARTÍCULO DÉCIMO: Una vez designado el representante legal y el revis br fiscal de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO "HUMANA VIVIR S.A. EPS-S", por parte de la junta directiva de la misrrio, ordenase NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a quienes fueren designados para dichos cargps, con el fín de que se presenten ante el Superintendente Delepado Para Medidas Especiales a tomar posesión como Age cina me Especial interventor y liquidador y Contralor dentro de los O (5) días siguientes a la nolificación del presente acto administrativo, para el efecto la Junta Directiva de HUMANA VIVIR
Age cina me Especial interventor y liquidador y Contralor dentro de los O (5) días siguientes a la nolificación del presente acto administrativo, para el efecto la Junta Directiva de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “HUMANA S.A. EPS-S", por inter medio de la Doctora LILIANA MILENA CLAVO VERGARA, primer suplente del presidente, informará el domicilio y/o lugar de residencia de los mismos una vez notificado el presente acto administrativo. Que la Superintendencia Nacional de Salud, tomó posesión de HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN tal como visibles a SUBSIDIADO HUMANA S.A. EPS-S", los días 25 y 26 de agosto de 2011, Fonsta en las actas que se suscribieron con ocasión de dicha toma, folios 160 a 176 del expediente, removiéndose de sus cargos al Representtinte Legal, doctor FABIO ROMERO SOSA portador de la cédula de ciudadania de No. 11.335.982 y a la firma PROYECCIÓN GERENCIAL LIMITADA con NIT 830.051.307-5 representada para dicho efecto por GLADYS STELLA AMÉZQUITA PULIDO portadora de la cédula de ciudadanía número 51.629.878, Revisora Fiscal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 3023 de 2002. Que mediktnte escrito radicado con NURC 1-2011-071996 del 26 de agosto de 2011, la Representante Legal Suplente de HUMANA VIVIR S.A. EPS doctora
2002. Que mediktnte escrito radicado con NURC 1-2011-071996 del 26 de agosto de 2011, la Representante Legal Suplente de HUMANA VIVIR S.A. EPS doctora LLANA MILENA CLAVIJO VERGARA, comunicó a la Superintendencia Nacional de Salud, la decisión de la Junta Directiva de HUMANA VIVIR S.A. EPS sobre la designación del Doctor EDISON ALBERTO PEDREROS BUITRAGO, identificado con la cédula de cliudadonia No. 79.203.888 de Bogotá, para que se desempeñara como como Representante Legal, Agente Especial Interventor y Liquidador del Programa establece Régimen Subsidiado de HUMANA VIVIR S.A EPS, tal y como lo el artículo 5% de la Resolución 2122 del 23 de agosto de 2011 y en cumplimiento del artículo 22 del Decreto 3023 de 2002. (Folio 199). Que el doctor EDISON ALBERTO PEDREROS BUITRAGO, tomó posesión como Agente Ebpecial Interventor ante el Superintendente Delegado Para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, el día 26 de agosto del 2011, tal como consta:en el Acta de Posesión No. 039 de 2011, y de conformidad con lo establecido en el artículo 5% de la Resolución 2122 del 23 de agosto de 2011 y:.en cumplimiento del artículo 2% del Decreto 3023 de 2002, vista a folip 149 y 150 de la carpeta.RES Por la cual se cla Promolora del Rd SALUD Y ENTIDA( identificada con Posterior Presidente comunica 2011, dia del 17 de decisión
vista a folip 149 y 150 de la carpeta.RES Por la cual se cla Promolora del Rd SALUD Y ENTIDA( identificada con Posterior Presidente comunica 2011, dia del 17 de decisión identificad 1,8, Signa Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de la Entidad gimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE D PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S" NIT830006404-0, sujeto.a Intervención Forzosa Administrativa para liquidar. ente, el doctor CIRO ALEJANDRO OLAYA FORERO, en calidad de de la Junta Directiva de HUMANA VIVIR S.A. EPS, a través de la ción radicada con el NURC 1-2011-083117 del 27 de septiembre de a conocer a la Superintendencia Nacional de Salud el Acta No. 143 septiembre de 201, por medio de la cual, la Junta Directiva, tomó la de remplazar al doctor EDISON ALBERTO PEDREROS BUITRAGO lo con la cédula de ciudadanía No. 79.903.888 de Bogotá quién venía desempeñóndose en el cargo de Representante Legal y Agente Especial Intervento SERGIO A No. 75.077 artículo 5% 1.6. y Liquidador del Programa del Régimen Subsidiado, por el doctor NDRES RAMIREZ MURILLO ¡identificado con la cédula de ciudadanía .111 de Manizales [| Caldas).Folio 212., en el marco de lo citado en el de la Resolución 2122 de 2011.
NDRES RAMIREZ MURILLO ¡identificado con la cédula de ciudadanía .111 de Manizales [| Caldas).Folio 212., en el marco de lo citado en el de la Resolución 2122 de 2011. Revisada ql Acta No. 143 de la Junta Directiva Ordinaria del 17 de septiembre de 2011 die HUMANA VIVIR S.A. EPS, se constata la elección por unanimidad del doctor SERGIO ANDRES RAMIREZ MURILLO, como Representante Legal, Agente Especial | HUMANA Y mterventor y Liquidador del Programa Régimen Subsidiado de /IVIR S.A EPS., visto a folios 213 al 216 de la carpeta. ll. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD De conformidad forzosa. administ con el marco normativo que regula los procesos de intervención jativa para administrar o liguidar las entidades vigiladas por la Superintendencid Nacional de Salud y aplicando por remisión las disposiciones previstas en el ar Sistema Financie tículo 290 y 291 del DecretoLey 663 de 1993 [Estatuto Orgánico del o y el Decreto 2553 de 2010 corresponde € la Superintendencia Nacionol de Sdlud, designar y remover discrecionalmente a los interventores, Liquidadores y E Por otra parte el entralores. artículo 2 del Decreto 3023 de 2002 estableció: "Cuando se trate de la intervención forzoga: administrativa para la liquidación total de un ramo o programa. del MESA designará camo entidad cutonzadia Revisor Fiscal dele No obsiante. cua presente: Deecreo, FBscolbo cuando E
intervención forzoga: administrativa para la liquidación total de un ramo o programa. del MESA designará camo entidad cutonzadia Revisor Fiscal dele No obsiante. cua presente: Deecreo, FBscolbo cuando E órctenes o insimaca Ubadiado 0 ac! réglsen contributivo, la: Superintendencio Nocional de Salud quidador para adelantar dicho proceso al Representante legal de la ' para operar el ramo o programe correspondiente y como Contralor el mismas. do la intervención para liquidar a la que hace referencia el artículo 1 del se origine en conductas imputables al Representante Legal o. al Revisor stos incurran en violaciones a los disposiciones legales o incumplan las ones impartidas por el ente de control, la Superintendencia Nacional de Saluda deber solicitar su remoción para que el órganea neminador correspondiente proceda a desiunar su teempllizo encforma inmediata. Cuando no se alt designar en farma En cumplimiento endo esta orden, la Superintendencia Nacional de Salud procederá a lemplurel al Liquidador y al Contralor” del artículo 2% del Decreto 3023 de 2002, y el artículo 5% de la Resolución No, 002122 del 23 de:agosto de 2011, la Junta Directiva de HUMANA VIVIR S.A. EPS rernovió al doctor EDISON Al Representante Legal de dicha entidad y en su reemplazo, designó ALBERTO PEDREROS BUITRAGO quien se desempeñaria como Agente Especiol Interventor y Liquidador del Programa de Entidad Promotora del Régimen Subsidiado en Sa 4
ALBERTO PEDREROS BUITRAGO quien se desempeñaria como Agente Especiol Interventor y Liquidador del Programa de Entidad Promotora del Régimen Subsidiado en Sa 4
ud de HUMANA VIVIR S.A EPS.RES OLUCIÓN NÚMERO 002533 DE 2011. HOJA No. 5
Por la cual se de Promotora del Ré Sian Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de la Entidad gimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO " HUMANA S.A. EPS-S" identificada con NIT. 830006404-0. sujetoa Intervención Forzosa Administrativa para liquidar. Posteriormente, +l doctor EDISON ALBERTO PEDREROS BUITRAGO por decisión unánime contenida er el remplazado por Acta de la Junta Directiva No. 143 del 17 de septiembre de 201, es el doctor SERGIO ANDRES RAMÍREZ MURILLO para que se desempeñe como Agente Especial Interventor y Liquidador del Programa de la Entidad Promotora del Régimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A EPS. La Resolución 1 relocionodas ed 947 de noviembre 4 de 2003 por la cual se dictan disposiciones n el nombramiento y posesión de interventores, Lliquidadores y Contralores designados por la Superintendencia Nacional de Salud en su artículo 5 manifiesta Que, “a efectos de procurar que se cumplan los principios de eficiencia, imparcialidae, celeridad, moralidad, eficacia y austeridad en todos los procesos de
manifiesta Que, “a efectos de procurar que se cumplan los principios de eficiencia, imparcialidae, celeridad, moralidad, eficacia y austeridad en todos los procesos de foma de posesión en que se decida la intervención forzosa administrativa para administrar O liqu que permite: ld Contralores por E Ahora bien, revi Delegada Para l constata la auto doctor SERGIO A número 75.077.1 mediante memo 201). En merito de lo e ARTÍCULO PRIME ¡dar entidades vigiladas, se hace necesario establecer parámetros selección idónea y la posesión de interventores, Liquidadores y orte de la Superntendencioa Nocional de Salud" vado el Registro de Interventores, liquidadores y Contralores de la ¡as Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, se ización para la inscripción en el citado registro de la persona natural, NDRÉS RAMIREZ MURILLO, ¡identificado con la cédula de ciudadanía 11 de Manizales, acto que le fue comunicado al doctor Ramírez pondo radicado con el NURC 2-201 1-066082 del 29 de septiembre de puesto, este Despacho,
RESUELVE RO: DESIGNAR como Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de Enfidad Promotora del Régimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN
SUBSIDIADO HI
RAMIREZ MURILLO en Manizales, de PARÁGRAFO: El A lo atinente a su
S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN
SUBSIDIADO HI
RAMIREZ MURILLO en Manizales, de PARÁGRAFO: El A lo atinente a su UMANA S.A. EPS-S" con NIT830006404-0, al doctor SERGIO ANDRÉS ), identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.077.111 expedida conformidad con lo establecido en el Decreto 3023 de 2002. ente Especial Interventor Liquidador, deberá dar cumplimiento en Hesignación a lo establecido en la Circular Unica 047 de 2007 y sus modificaciones, profenda por la Superintendencia Nacional de Salud. Lo anterior, sin p erjuicio de los demás informes exigidos en la Circular Única y/o los gue de manera extraordinaria requiera esta Superintendencia.
ARTÍCULO SEGU NDO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente
Resolución al dottor SERGIO ANDRÉS RAMIREZ MURILLO, en la calle 25 No. 69-51 Torre á apartamento 4 y/o al coreo él tomar posesión € Especiales, denti Administrativo. 4 Dá4 de la ciudad de Bogotá D.C., o al sitio que se indique para tal fin ectrónico: sergioramirez98/4 hotmail.com, para que se presente a le su designación ante el Superintendente Delegado para Medidas b de los cinco [5) días siguientes a la notificación del presente ActoRESOLUCIÓN NÚMERO 002333 DE 2011. HOJA No. 6 Porla cual se designa Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de la Entidad
b de los cinco [5) días siguientes a la notificación del presente ActoRESOLUCIÓN NÚMERO 002333 DE 2011. HOJA No. 6 Porla cual se designa Agente Especial Interventor Liquidador del Programa de la Entidad Promotora del Régimen Subsidiado en Salud de HUMANA VIVIR S.A ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “ HUMANA S.A. EPS-S" identificada cor NIT 830006404-0, sujeto a Intervención Forzosa Administrativa para liquidar.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución, al doctor
EDISON ALBERTO PEDREROS BUITRAGO, en la avenida calle 26 No, 82-54 de la ciudad de Bogotá D.C.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido del presente acto administrativo al Ministerio de la Protección Social, A la Comisión de Regulación en Salud, 4 la Cuenta de Alto Costo y|a los Gobernadores de los Departamentos donde HUMANA VIVIR S.A. ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO “HUMANA VIVIR S.A. EPS-S” tenga cobertura geográfica, esto es nbóntice, BR ivor, Guaj'a1, M -3eelena, Tolima, Casanare, Bogotá, Cundinamarca, Guaviare, Huila, caquetá y Couca. = ARTÍCULO QUINITO: PUBLICAR La presente Resolución dentro de los términos establecidos en el inciso del articulo 9.1.1.1.3 del Decreto 2555 del 15 de julio de 2010.
ARTÍCULO QUINITO: PUBLICAR La presente Resolución dentro de los términos establecidos en el inciso del articulo 9.1.1.1.3 del Decreto 2555 del 15 de julio de 2010.
ARTÍCULO SEXTO! La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQU ESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotája los D 1 19] 2011 Y la
U CONRADO ADOLFO GÓMEZ VÉLEZ
SUPERINTENDENTENACIONAL DE SALUD
Proveción Anobely Giralda GOmz
Conmigio: Jete Oficina Asesora imdica
Aprobió: Flor Merino Pochón Asesora Encargado de los tunciónes
supenmiendente Delegado Foro Mecidos Especiales