SUPERSALUD - Resolución 2572 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2572 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Y SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO. 0025728 2012 15 A60 2012 ) Por.medio de la cual la Superintendencia Nacional de Salud' establece los requisitos, ¡paro el giro de los recursos del Fondo de Salvamento y Garantias pata el Sector Salud —FONSAET— en cumplimiento de lo establecido porla Resolución 1485 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social. LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) ¿En ¡cumplimiento «de los atribuciones legales y en especial las establecidas en el artículo: 50 de la Ley 1438 de:2011, el orfícuio:ó del Decreto 4690.de 20111, 81 Decrelo 1540:de jullo 19 de 2012, el humeral 3.1.3; del artículo 3 de la Resolución 1485. de 2012 del Ministerio de Saluda y Protección Social, y CONSIDERANDO Gue mediante la Ley 1438 de 2011 se reformó el Sistema General de Seguridad Seclal en Salud y al tenor de su articulo 50'se creó el Fondo de Salvamento y Garantids para el Sector Salud - FONSAET, determinando su naturaleza jurídica, objeto y recursos para su financiación. Que mediante el Decreto 4690 de 2011 al Gobierno Maciona!; determinó los términos y condiciones para la administración del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud — FONSAET, de conformidad con el arfículo:50 de la Ley 1438 de 2011. 'Que, en tal sentido, el arfículo 6 del Decreto 4690 de 2011 determinó la competencia:
Sector Salud — FONSAET, de conformidad con el arfículo:50 de la Ley 1438 de 2011. 'Que, en tal sentido, el arfículo 6 del Decreto 4690 de 2011 determinó la competencia: en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social para establecer los requisitos y condiciones que deben:cumplir las enfidades baneficiarías del Fondo de Salvamento: y Garantías pora el Sector Salud — FONSAET para hacerse acreedoras al giro de recursos de este Fondo. (Que de conformidad con el Inciso segundo del ariículo 4 del Decreto 4690 de 201]'y del articulo 3? numeral 3.1.3 de Ja Resolución 1485 de 2012, la Superintendencia. Nacional de Salud determinará los requisitos que deben cumplir las entidades: beneñficionás para'el giro asu favor por parte de la entidad feduciaria: público: ces 'orden nacional elegida por las entidades beneticianas quien Unicamente ad acto los beneficiarios finales, previo el cumplimiento de los requisitos que para la establezca la Superintendencia Nacional de Salud. 'Que en cumplimiento de lo establecido. en el Artículo 6 del Decreto 4690 de 2011, el Ministerio. de Salud y Protección Social profiió la Resolución No 1485 de 2012 "Por medio de la cual:se establecen los requisitos y condiciones para que el Ministeño de Salud y Protección Social gire los recursos al Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud — FONSAET"Resoución Número 002972 pe 2012 HOJA NO. 2 For medio de la. cual la Superintendencia Nacional de Salva establece los requisitos, para el
Sector Salud — FONSAET"Resoución Número 002972 pe 2012 HOJA NO. 2 For medio de la. cual la Superintendencia Nacional de Salva establece los requisitos, para el ¡giro de los recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sectar Salud — FONSAE] — 'en cumplimiento de lo establecidó por la Resolución 1485 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social. | Sinerintendencia Nacional de Salud se ¿hace necesario establecer los requisitos a seguir por parte de las entidades beneficiarias para obtener de la fiduciaria púbica del orden nacional elegida por éstas, el giro de los recursos del hondo. de Salvamento y Garantías pora el Sector Salud -— FONSAET, ajustados a los requisitos y condiciones definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 1485 de 2012. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. OBJETO: El objeto de la preserte Resolución es establecer los requisitos. y el brocedímiento a seguir por parle de las enfidades beneficiañas para obtener de la' fiduciaña pública del orcbs nacional elegida: por los entidades beneficiarias, el giro de los recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el. Sector Salud — FONSAET de conformidad con el Decreto 4690 de 2011. la Resolución 470. de 2011 y la Resolución 1485 de: 2012. ¡ARTÍCULO SEGUNDO. REQUISITOS: Los. requisitos que deben cumplir las entidades beneñiciañas para acceder al giro de los: recursos son los siguientes: 1) Coda una de los Empresas Sociales del Estado - ESE por intermedio de su.
¡ARTÍCULO SEGUNDO. REQUISITOS: Los. requisitos que deben cumplir las entidades beneñiciañas para acceder al giro de los: recursos son los siguientes: 1) Coda una de los Empresas Sociales del Estado - ESE por intermedio de su. Agente Special Interventor, presentará a: la Superintendencia Nacional de salud a través de la Supeliftendenció Delegada Para Medidas Especiales, | dentro de los cinco (5) diás hábiles siguientes a la comunicación de la presente resolución, un informe en el cual se discriminen las deudas, las cuales deberán estar soporlades contable y presupliesialmente y Gvaladas por el contador, revisor fiscal o contralor, según. el caso. Las deudas relacionadas debe coincidir con 165 teporladas en el documento base de asignación de recursos y en su actutlización si la hoy, paro lo cual debe diligenciase el mismo formato ufilizado en el informe bose de liquidación presentada por cada Una de ka entidades beneficiarios. 2) Copia del CHP.que ampare el pago de la comisión fiduciaria y demás gastos. que genere el encargo fiduciario, 3) Copia del cantrato del encargo fiduciario celebrado con una entidad fiduciaña pública del orden nacional. 4) ¡Gopla del acto. administrativo que demuestre la incorporación al presupuesto de la entidad beneficiaria de los recursos asignados del Fondo de Salvamento y Garantias -FONSAET, sn situación de fondos, 5) ¡Copia del Registro Único THbutaro [RUT] 6) Original de la certificación expedida par la enfidad bancara en la cual conste el nombre del titular o encarao fiduciario, fipo y número de cuenta y que en
- ¡Copia del Registro Único THbutaro [RUT] 6) Original de la certificación expedida par la enfidad bancara en la cual conste el nombre del titular o encarao fiduciario, fipo y número de cuenta y que en esta, se manejará de forma, exclusiva los recursos ajrados por la nación del Fondo de Salvamento y Garantias-FONSAET. 7) Plan de pagos que incluya el monto total de la deuda y fechas de giro, el cual debe coresponder'a la relación remitida. en el informe base de asignación de recursos Y a sus actualizaciones, sí las hay. Este plan debe ser suscrilo por el
Agente Especial Interventor. contador. revisor fiscal o contralor. según 'elcaso.RESOLUCIÓN NÚMERO 002572 pe 2012 HOJA No. 3 Por medio de la cual lo Superintendencia Nacional de Salud establece las requisitos, para el giro delos. recursos del Fondo de Salvamento y Garontias para el Sector Salud — FONSAET — en cumplimiento de lo establecido. por la Resolución 1485 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social: 8) Cenificoción expedida por el Agente Especial interventor, Contador y revisor fiscal Contralor, según el caso, en la cual conste' que cada Uná de los cuentas presentados, cumplen con todos los. requisitos legales, iibutarios y que se encuentran debidamente registrados en la contabilidad y el presupuesto de la ESE, asi como: los demás reguisilos exigidos por lá Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social en la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL AGENTE ESPECIAL INTERVENTOR. En las actuaciones previas al giro de recursos del Fondo de
Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social en la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL AGENTE ESPECIAL INTERVENTOR. En las actuaciones previas al giro de recursos del Fondo de Salvamento y Goranfíos pora el Sector Salud - FONSAET, de conformidad con el régimen de responsabilidad propio del Agaete Especial Interventor, corresponde asu. inmediata dirección y responsabilidad con los obligaciones de debida diligencia que les asiste, la ejecución de los siguientes actividades: ). Garantizar la conservación y custodia de los archivos y soportes documentales relacionados con las deudas que van a ser canceladós con recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud - FONSAET. Para tales efectos deben tener en cuenta la normatividad sobre la materia expedida por el Archivo General de la Nación.
2. Garantizar que.cada una de las deudas aser canceladas con recursos del Fondo: de Salvamento y Gorantías para el Sector Salud - FONSAE[= cuerilen con los debidos soportes técnicos. administrativos. presupuestales, contables y demás necesaños pora el efecto; así mismo, que acrediten la existencia. de la deuda y que su facturación se ajuste alos tequislos establecidos enel Estatuto Tributaño Nacional, lo Ley 1231 de 2008, y demás condiciones que exija la normatividad: vigente, según el fipo de deuda y obligación,
3. Remitir a lo Superintendencia Delegada de Medidas Especiales en medio: mugnélico y físico la totalidad de los soportes documentales exigidos con dichas deudos uy obligaciones. Pora tal efecto tendrán en cueñta en cada caso, los
3. Remitir a lo Superintendencia Delegada de Medidas Especiales en medio: mugnélico y físico la totalidad de los soportes documentales exigidos con dichas deudos uy obligaciones. Pora tal efecto tendrán en cueñta en cada caso, los es mínimos generales que contiene la lista de chequeo, que forma parle integral de la preserile resolución, sin perjuicio de oquellos que legalmente se exijan y que la Superintendencia Nacional de Salud requiera como necesaños.
4. Adelantar de manera oportuna las dctuaciones descritas en el artículo 3, numeral 3.1 de la Resolución No. 1485 de 2012. que establece los requisilos y condiciones para el gro de recursos y del arfículo 7” sobre trámites presupuestales y contables. 5, Respecto a la asignación de recursos dispuesta, en los evéntos en que Jo Empresa Social del Estado. beneficioía hubiese cancelado directomente obligaciones telacionadas en el informe bose de asignación de recursos presentados a esta | Superintendenció; y opte por remplazar esta partida, deberá acreditar: a) La: cancelación efectiva de los valores inicialmente: presentados en el informe bose de asignación de recursos y 5), La relación discriminada y los soportes coritables y comerciales de los valores y partidas. con los quese pretende remplazar la partida inicialmente
relacionada y aprobada,RESOLUCIÓN NÚMERO 002572 DE 2012 HOJA No. 4 Por medio de la cual le Superintendencia Nocional de Salud establece los requisitos, para el gio de los recursos del Fondo de Salvamento. y Gorantlas para el Sector Salud — FONSAET—= en cumplimiento delo esliblecido por la Resolución 1485 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social.
gio de los recursos del Fondo de Salvamento. y Gorantlas para el Sector Salud — FONSAET—= en cumplimiento delo esliblecido por la Resolución 1485 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social.
ARTICULO: CUARTO. INSPECCIÓN Y SEGUIMIENTO. Corresponde ala Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales la inspección y seguimiento de las actos y documentos que soportan los pagos realizados. con recursos del Fondo de salvamento y Garantias para el Sector Salud - FONSAET, mediarite los mecanismos auée considere pertinentes, de tal manera que pueda constatar la realidad administrativa, financiero, presupuestal y contable de los pogos realizados. la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales con el apoyo de la Superintendencia Delegodo de Generación y. Gestión de Recursos para lo Salud; podrán solicitar por escrito. al Agénte Especial Interventor correspondiente, aclaraciones o ampliaciones respecto de la información, relacionados con deudas que se concelen' con recursos del Fondo de Salvamento y Garantías paro el Sector
Salua— FONSAET.
Electuado: el requerimiento por alguna de las Superintendencios Delegados; el Agente Especial Interventor dispondrá de cinco (5). días hábiles, para efectuar los ajustes. adiciones o comecciones que sean requeñdos.
ARTÍCULO QUINTO. TRAMITES, PRESUPUESTALES Y CONTABLES. Las entidades beneficiañas de los recursos del FONSAÉT realizarán los trámites presupuestales y aplicarán los procedimientos establecidos por la Contaduria: General de la Nación; a fin de revelar en los estados financieros las operaciones relativas a la destinación de:
beneficiañas de los recursos del FONSAÉT realizarán los trámites presupuestales y aplicarán los procedimientos establecidos por la Contaduria: General de la Nación; a fin de revelar en los estados financieros las operaciones relativas a la destinación de: estos recursos. Dentro. de-los treinta (30) días cotendorios siguientes al giro delos recutsosa los beneficiarios finales, la entidad beneficiaria deberá enviar certificación de dichas acciones a la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO SEXTO. SOPORTES DOCUMENTALES: Los documentos y nofas contables que soporion los deudas canceladas con. los recursos del Fondo de Salvamento. y Goronlias para el Sector Salud - FONSAET y los demés que considere la esto UA Nacional qe Salud, deberán teposar en 19 Ana beneficiana 99 Delegada para las Medidas Especiales en medio magnético Y fico.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLICAR la presente Resolución enel Diario Oficial.
ARTICULO OCTAVO: VIGENCIA: La presente resolución ge a partir de su publicación.
FUBLIQUESE Y CÚMPLASE. 1.5 A50, 2012
Dada en Bogotá D.C.. d los
MERY CONCEPCION BOLAR VARGAS (E)
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
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