SUPERSALUD - Resolución 2574 de 2011
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2574 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
REPUBLICA DE COLOMBIA Por el cual se 01072 del 8 de de los bienes, administrar la el NIT 846,000.2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 002574 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2011 (07 01, 20H ) adiciona el Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No. Junio 2011, y se fija un término de la toma de posesión inmediata haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., identificada con
1.4-] El SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confieren el parágrafo 1? y de 1993, el ar 2? del artículo 230 y el parágrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 lículo 22 de la Ley 510 de 1999, el numeral 8 del artículo 42 y, los del arlícu.y 68 42 la Ley 715 de 2001, los artículos 35, 36, los numerales 1,2,3, 4, 5 y $ del articulo 37, literales a, b, e, d, y f del arfículo 39, los literales-a, c, e. yfael artícu él arfículó 116 o 40 de la Ley 1122 de 2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011. Hel Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto 788 de 1998 y el artículo 4% del Decreio 783 de 2000, el artículo 1 del Decreto 1015
Hel Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto 788 de 1998 y el artículo 4% del Decreio 783 de 2000, el artículo 1 del Decreto 1015 de 2002, articu o |, parágratos 1 y 2 del artículo 2 y el artículo 4 del Decreto 3023 de 2002, y en especial con el artículo 1, los numerales 1. 2,3, 4, 5 y 6 del artículo 3, los numerales ] 4, 5,8, 10, 12, numerales 7, 8, artículos 9.1.1.1] , 6, y 8 y el porágrafo del artículo 4, el articulo 5, los numerales 1, 3, 13, 14, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 34, 36, 38, 40 y 42 del artículo 6, 9, 13,22, 23, 25, y 42 del artículo 8 del Decreto 1018 del 2007 y Jos LT al 9.1,2.1,.3 del Decreto 2555 de 2010 y,
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DE LA TOMA DE POSESIÓN INMEDIATA DE LOS
BIENES, HA BERES Y NEGOCIOS Y LA INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA
DE LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A.
Li. Suiverin” de 28 de operación ENTIDAD P posesión q endtensia Nacional de Solud, mediante la Resolución No. 01271 Julio de 2010, revocó el certificado de habilitación para la
Li. Suiverin” de 28 de operación ENTIDAD P posesión q endtensia Nacional de Solud, mediante la Resolución No. 01271 Julio de 2010, revocó el certificado de habilitación para la y caministración del Régimen Subsidiado en Salua, otorgado a la ROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., y ordenó la toma de le bienes, haberes y negocios como consecuencia de la revocatorid adoptada, y la intervención forzosa administrativa para liquidar a
¡a ENTIDAD
. Posteriorma No. 001642 tutela del laboral al Superintend es) PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A. ente, la Superintendencia Nacional de Salud expidió la Resolución del | de octubre de 2010, dando cumplimiento a la sentencia de 24 de septiembre de 2010, proferida por el Juzgado Segundo E Coli vista «a follo | al 6 de la corpetla 1) en esta la encia dispuso:RESOLUCIÓN NÚMERO 002574 DE 2011 HOJA No. 2 Pareleual ss adifpiona el Parórsrafo del Artículo Primero de la Resolución No. 01072 del 8 de Jumo 2011, y se fija un término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., ¡identificada con el NIT 846000244-1.
PRIMERO: INAPLICAR la Resolución No. 1271 del 28 de julio de 2010, por medio del cual se adopta yna medida contra la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD EPS S.A.
PRIMERO: INAPLICAR la Resolución No. 1271 del 28 de julio de 2010, por medio del cual se adopta yna medida contra la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD EPS S.A.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios como consecuencia de la revócatoria adoptada, y la intervención forzosa administrativa para administrar a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., de conformidad con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 24 de la Ley 510 de [1999 en los términos contenidos en el artículo segundo de la sentencia de 24 de septiembre de 2010, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de
Eall.
PARÁGRAFO: La toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la intervenida son con ellfín de administrar, adoptando medidas que busquen superar dentro del término que falta: para cumplirse los dos años de operación, el déficit de afiliados encontrada, a fin de garantizar la efectiva prestación del servicio público de salud, agotada está medida de salvamento sin que se hubiere logrado el cometido buscado, recobra su vigencia la resolución No. 1271 de 28 de julio de 2010, en los tenmirnos della sentencia rroferida porel juez de instancia.” 1,3. Así mismo: la Superintendencia Nacional de Salud, en Resolución No. 01072 del 8 de jurlio de 2011, [vista a folios 720 al 822 de la corpeta 4) dispuso: “(emal ARTÍCULO PRIMERO: CONTINUAR el proceso de Intervención Forzosa Administrativa de
del 8 de jurlio de 2011, [vista a folios 720 al 822 de la corpeta 4) dispuso: “(emal ARTÍCULO PRIMERO: CONTINUAR el proceso de Intervención Forzosa Administrativa de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A. con NIT 846.000.244-1, de conformidq4e con lo expuesto en la parte motiva de este Acto Administrativo, por el término de cualro (4) meses, contados la portir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, para que se determine sí la enfidad puede desarrollar su objeto social o si qiebe ser objeto de Liquidación, en los términos y la debida observancia de las normas|que tigen para el Sistema de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR como Agente Especial de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELMASALUD S.A.. al doctor JAIME ARTURO RENDON CARDONA, identificado con lá cédula He ciudadanía número.9,971.034 de Villamaría, que para todos los efectos será sel Representante Legal.
PARAGRÁFO PRIMERO: El Agente Interventor designado ejercerá las funciones propias les pardo, previa peo--sión del mismo y tendrá la guarda y administración de los bienes que se encuentren en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultades ade ley, Hará un inventario preliminar de los activos y pasivos de la intervenida: además rendirá un [plan de acción, dentro de las actividades a realizar con miras a subsanar loshecnos quedan origen a la presente...” 1.4. El doctor JAIME ARTURO RENDÓN CARDONA, en su calidad de Agente
rendirá un [plan de acción, dentro de las actividades a realizar con miras a subsanar loshecnos quedan origen a la presente...” 1.4. El doctor JAIME ARTURO RENDÓN CARDONA, en su calidad de Agente Interventor[de SELVASALUD, en oficio radicado NURE 1-2011-084085 del 29 de septiembrel de 2011 [visto a folios 879 al 881 de la carpeta 4), solicitó a la Superintendencia Nacional de Salud prorrogar la medida de Intervención Forzosa Administrativa. previa las siguientes consideraciones: “eg No obstante la Entidad Promotora de Salud aún bajo el efecto normativo de la Toma de posesión para administrar, atraviesa por una órbita financiera negativa, ante la inaplicabilliad del Decreto 2555 de 2010 por parte de las autoridades competentes y | los Jueces|de la República muchos recursos se encuentran dispersos, inejecutables, | bajo medidias cautelares y otros procesos de cobro, | Coneruente con lo anterior y bajo la realidad presupuestal de la entidad, los diversas acuerdos de pago celebrados a la fecha no han sido ejecutados ni armonizacda suRESOLUQIÓN NÚMERO 002574 DE 2011 HOJA No. 3 Por el cual se adipiena el Porágrato del Articulo Primero de la Resolución No. 01072 del.8 de Junio 2011, y se fija un término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y lo intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A,, identificada con el NIT 84£000244-1. obligación puesto que se hace inminentemente necesaria la aplicación de un plan
negocios y lo intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A,, identificada con el NIT 84£000244-1. obligación puesto que se hace inminentemente necesaria la aplicación de un plan de salvamento que permita en condiciones optimas desarrollar adecuadamente su objeta social logrando mejores candicianes para que los acreedores puedan oblener el pago total o parcial de sus acreencias. Ahora bien, la medida de Intervención Forzosa Administrativa permite lo aplicación de las medidos de Salvamento para colocar en óptimas condiciones de funcionamiento a la enfidad, medidas que se propusieron al principio de la intervención y que deberán seguir su curso para equilibrar los estados financieros de la entidad, consideración por la cual sugiero la prórroga de la intervención ordenada a través de la Resolución 1642 del | de octubre de 2010 0 en'su defecto una nueva intervención forzosa administrativa que permita conservar, restaurar y llevar a su punte de equilibo la parte financiera de esta tan importente entidad promotora de salud del Deparitiimento del Putumayo.
Es prioritado que la: Superintendencia Nacional de Saluda y el Gobierno Nacional decreten Ip próroga especial administrativa hasta por un (1) año más del término de lainterventión, afin de contaricon las instancias suficientes:en hempo y recursos para implemente las políticas, Programas y acciones puntuales anotados, con la finalidad
de desarrollar: l. Adeltintar y formalizar la suscripción del Acuerdo de Acreedores para amortizar en un (1) «años los pasivos de la intervenida causadas antes del | de ectubre aq 2010. 2, Diseñar e implementar el Sistema de monitoreo y control sobre el
amortizar en un (1) «años los pasivos de la intervenida causadas antes del | de ectubre aq 2010. 2, Diseñar e implementar el Sistema de monitoreo y control sobre el cumplimiehio del Acuerdo de Acreedores que se oficialice. 3, Fortalecer el proceso de desarrollo institucional con la implementación del Sistema Integrado de Información y Gestión.
4. Reducir los costos operacionales fijos y generar márgenes de productividad conexos a la asunción de nuevos programas de atención rentables an el área de la salud pública y de la promoción y prevención.
3. Consolidar las instancias de defensa judicial de la Entidad con la operación| del Comité de Conciliaciones tanto: en temos administrativos [ Procuraduría Judicial) y Judiciales [ Acciones Judiciales en curso, laborales, administra Ó. há ia vigencia 2 vas, contenciosas y civiles, ulminación de las ácciones establecidas en el plan de acción DF, suscripción del acuerdo de acreedores.
7. La implementación del Cobro Persuasivo y Coactiva para las entidades deudoras qe la entidad.
8. La e de aumen > La im con la Go Puropea E inversión: e
Una Zona E ID El re hreinia y 5e IL. Cap la ejecuc aumento misión de acciones y recapitalización de las mismos con el objeto har su patrimonio social, plementación y puesta en marcha del proyecto piloto en conjunto cbemación del Putumayo ante las entidades que integran la Unión bn el Objeto. de captar recursos no reembolsables destinados a la rsalvd de la población Putumayense de que gozan por habitar en leomafica de difícil acceso.
cbemación del Putumayo ante las entidades que integran la Unión bn el Objeto. de captar recursos no reembolsables destinados a la rsalvd de la población Putumayense de que gozan por habitar en leomafica de difícil acceso. Faudo de Dos Mil Seiscientos Cincuenta y Un Mil Cuatrocientos Hs mil Novecientos Ocho Pesos M/Cte [$ 2.651.436.908) ación de Usuarios a Nivel Nacional. ón de esta propuesta, permitirá a SELVASALUD EPSS EN INTERVENCIÓN la oferta de servicios, incrementar sus ingresos y generar una operaciónRESOLUCIÓN NÚMERO 002574 DE 2011 HOJA No. 4 Por el cual se cdi Junio. 2011, y se fe un término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y hegocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., identificada con el NIT 8480002441, lona el Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No, 01072 del 8 de A] E] comiente s del proces Es así que numeral 2 ennsileraid SELVASALU intervencia Sumado a de las lala vperavifaria que le permita concelor los pasivos de la EPS$ causados antes pde intervención mediante la suscripción de un Acuerdo de Acreedores. pn mi colidad de Agente Especial de la Entidad y de conformidad con el inciso 3" del artículo 22 dé la Ley 510 de 1999, recomiendo como ¡ón viable prorrogar el término. de la intervención forzosa administrativa de D EPS EN INTERVENCIÓN por un año más o:en su defecto aplicar una nueva
inciso 3" del artículo 22 dé la Ley 510 de 1999, recomiendo como ¡ón viable prorrogar el término. de la intervención forzosa administrativa de D EPS EN INTERVENCIÓN por un año más o:en su defecto aplicar una nueva ppor desequilibrio del componente financiero. lo anterior, se advierte que el término para la toma de posesión inmediata Pres haberes y megocios y da intervención forzosa «administrativa a SELVASALUD EPSS EN INTERVENCIÓN otorgado en la Resolución número 01072 del 8 de Septiembre de 201) expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, está próximo a Posestón a adecuada nuciona Partiendo de corresponde «al del proceso de y la intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD “SEUNVASALUD S.A.”, previo derecho csi: De confor Seguridad público. d coordinaci universalidad BJEl artículo 4 Nacional q adaminisiran explolació Empresas cualquier 1 direccione intervenicid Presigdona 6 salvementp”. Por su part nuneral 5 acciones intervenció vigiladas Institucionea rentisticos q intervenir + en los fer liquidacion inspección recursos cl Salida, rev vencerse, razón de peso por el cual se debe continuar con la toma de fin de garantizar la continuidad del Proceso, el normal funcionamiento y la prestución del servicio de salud a toda nuestra población a nivel
2: CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
fin de garantizar la continuidad del Proceso, el normal funcionamiento y la prestución del servicio de salud a toda nuestra población a nivel 2: CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD la situación expuesta en el presente Acto Administrativo, le este Despacho decidir sobre la solicitud de ampliación de término la ioma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios los siguientes aspectos de facto y de midad con los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, la Social en su componente de atención en salud es un servicio e carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, Ón y control del estado, en sujeción a los principios de eficiencia, nd y solidaridad. 8 de la Ley 715 de 2001, dispuso que “La Superintendencia de Salva, ejercerá la intervención forzosa administrativa para o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de SU operación de monopolios rentísticos, cedidos al sector salud, Promotoras de Salud «e Instituciones Prestadoras de Salud de naturaleza, así como intervenir técnica y administrativamente las E territoriales dle saluda, en los términos de ley y los reglamentos. La n de la Superintendencia Nacional de Salud, a las Instituciones de Salud, tendrá uno primera etapa que consistirá en el E, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, preceptúo lo siguiente:" El del Artículo 37 de la Ley 1122 de 2007 quedará as”:"5. Eje de medidas especiales. Su objetivo es adelantar los procesos de nr forzosa administrativa para: administrar o liquidar las entidades hue cumplen funciones de Entidades Promotoras de Salvo, s Prestadoras de Saluda de cualquier naturaleza y monopolios
medidas especiales. Su objetivo es adelantar los procesos de nr forzosa administrativa para: administrar o liquidar las entidades hue cumplen funciones de Entidades Promotoras de Salvo, s Prestadoras de Saluda de cualquier naturaleza y monopolios pedidos al sector salud no asignados a otra entidad, así como para Benica y administrativamente las direcciones territoriales de salva, nos de ley y los reglamentos. La intervención, Tratándose de es voluntarias, la Superintendencia Nacional de Salud ejercerá vigllancia: y control sobre los derechos de los afiliados y los Pl sector salva. En casos en que la Superintendencia Nacional de bque el cerfificado de autorización o funcionamiento que le
40RESOLUC IÓN NÚMERO 002574 DE 2011 HOJA No. 5
Por el cual se adi Junio 2011, y se 1 negocios y la intd DE SALUD SELVASA otorgue a D) El numeral '26, Ejerce Sector $3 administren naturaleza salud, en | instihucioral E] Tel como q Superintend Intervenció DE SALUD $3 de afiliado dar lugar q la entidad que al AÁ cual realizó de la medi De las piezas pr Especial Intervent darle continvidad funcionamiento q necesario contar desarrollar las act de la entidad, la entre olros la imp con lo goberñaci Putumayense, y SELVASALUD S.A. inaresos y genera Por lo anterior y usuaria y afilada superar las defici4 constitucionales organismo de In: presentada y en proceso de Im
PROMOTORA DE $
SELVASALUD S.A. inaresos y genera Por lo anterior y usuaria y afilada superar las defici4 constitucionales organismo de In: presentada y en proceso de Im PROMOTORA DE $ tácticos que dlerd Con base en el e artículo 22 de la arágrafo del Art fijar un término ad de posesión inma] administrativa pa PSS por SEIS (6) arantizando las yv establecer que Fiona el Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No. 01072 del 8 de ja un término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y vención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA ALUD S.A., identificada con:el NIT 846000244-]. as Entidades Promotoras de Salva e Instituciones Prestadoras de Salva, deberá decidir sobre su liquidación". pó del artículo 6 del Decreto 1018 de 2007 estableció lo siguiente: la intervención forzosa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de «administración de monopolios renfísticos cedidos al Id. Entidades Promotoras de Salud de cualquier naturaleza «que | cualquier régimen e Instituciones Prestadoras «de Salud de cualquier e intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de hs términos que señale lo ley y los reglamentos. La intervención en las sprestadorás de salva, tendrá siempre una primera fase de salvamento." ronsta en la Resolución No. 001072 del 8 de junio de 2011, la Hencia Nacional de Salud, ordenó continuar con la medida de n Forzosa Administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA
ronsta en la Resolución No. 001072 del 8 de junio de 2011, la Hencia Nacional de Salud, ordenó continuar con la medida de n Forzosa Administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA ELVASALUD S.A., por cuanto pese a haberse subsanado el déficit ¿encontrados en el año de 2010, el cual constituyó la causal para la expedición de la Resolución No. 01271 del 23 de julio de 2010, no cumple con los requisitos de margen de solvencia, es por ello vente Espe al Interventor presentó propuesta tendiente al salvamentdo de la entidad y así evitar la revocatoria de habilitación, para lo énfasis en algunos procesos que son determinantes para el éxito Ha como la suspensión de los procesos judiciales. peesales allegadas a la actuación encontramos, que el Agente pr de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., requiere ia la propuesta tendiente a colocar en óptimas condiciones de la entidad y equilibrar sus estados financieros, para lo cual es con las instancias suficientes de tiempo y recursos e implementar y ¡vidades tales como: el cobro persuasivo y coactivo a los deudores formalización de la suscripción de acuerdos con los acreedores y lementoción y puesta en marcha del proyecto piloto en conjunto ón del Putumayo destinados a la inversión en salud de la población que de ejecutarse, permitirá a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD EN INTERVENCIÓN, ¡aumentar la oferta de servicios, incrementar sus Puna operación corriente para cancelar los pasivos de la misma. con el finde garantizar el derecho a lasalud a toda la comunidad
de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., y lograr
Puna operación corriente para cancelar los pasivos de la misma. con el finde garantizar el derecho a lasalud a toda la comunidad de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., y lograr cumplimiento del atribuciones que le otorga la Ley mantener el ervención Forzosa Administrativa para Administrar la ENTIDAD JALUD “SELVASALUD S.A.” toda vez que continúan los presupuestos n lugar a la medida. bntenido del artículo 116 del Decreto 663 de 1993, medificado por el Ley 510 de 1999, este despacho considera necesario adicionar el culo Primero de la Resolución No. 01072 de 08 de junio de 2011, y licional dentro de la actuación adelantada con ocosión de la toma diata de los bienes, haberes y negocios y de la intervención forzosa tá administrar de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A. meses, con el fin de buscar superar las deficiencias financieras, normas técnicos y científicas relacionadas con la calidad del mismo la. entidad puede desarrollar su objeto social conforme a las reglas encias financieras, esta Superintendencia acatando sus cometidos. legales y en aras de proteger el interés público, razón última de éste: ipección, Vigilancia y Control, se ve avocada ante la situación
ARESOLUCIÓN NÚMERO 002574 DE 2011 HOJA No. 6
Porel cual se adi biona el Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No..01072 del 8 de Junio 2011. y se fija 1n término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA
Junio 2011. y se fija 1n término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., identificada con. el NIT 846000244-]. que la rigen, o se pueden adoptar otras medidas que permitan obtener el pago total o parcial desus cieditos o'si definitivamente debe ser objeto de liquidación. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ADICIONAR el Parágrafo del Artículo Primero de la Resolución No: 01072 del 8 de Junio de 2011, el cual quedará así: “ARTÍCULO RRIMERO: CONTINUAR el proceso de Intervención Forzosa Administrativa de la ENTIDAD: PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A. con NIT 846.000.244-1, de conformidad) con lo.expuresto en la parte motivo de este Acto Administrativo, por el término de presente Re evatro (4) meses, contados a portir de la entrada en vigencia de la solución, para que se determine si la entidad puede desarrollar su objeto social o si debe ser objeto de Liquidación. en los términos y la debida observancia de las nomás que rigen pora el Sistema de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto en el Estatuto Orgfinico del Sistema Financiero. PARAGRAFO. No obstante por razones de conveniencio y necesidad debidamente comprobada Superintendencia Nacional de Salva pedrá fijar un término adicional.” ARTÍCULO SEGUNDO: FIJAR el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y nego tios y la intervención forzosa administrativa para «administrar la
ARTÍCULO SEGUNDO: FIJAR el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y nego tios y la intervención forzosa administrativa para «administrar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., en seis (6) meses contados a partir del 09 de octubré de 2011 hasta el 08 de abril de 2012.
PARÁGRAFO: El plazo que se fija podrá ser prorrogado las veces que sea necesario dentro de los términos señalados por la ley, hasta que se subsanen las dificultades que dieron origen a lal toma de posesión, que en todo caso debe observarse el contenido del humeral 2 de artículo 116 del D concento del Agente artículo 22 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se modificó el eEcreto — Ley 663 de 1993, Y sin perjuicio de que ésta entidad, previo Espesial Interventor, y evaluación por parte de esta Superintendencia| disponga la disolución y liquidación.
Sin” embargo y si h perjuicio de lo anterior, cuando así se requiera en razón de las características de la entidad, previa justificación del Agente Especial Interventor, se podrá solicitar al Gobierno Nacional una prórroga mayor.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al Doctor JAIME ARTURO RENDON CARDONA, en calidad de Agente Especial Interventor de la
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SELVASALUD S.A., en la carrera 4 No. 8-27 de MocoaPutumayo y al colreo electrónico igemerenrendon| hotmail.com. ARTÍCULO CUART / Ministerio de la Protección Social, a la. Comisión de Regulación en Salud y Gobernadores da
Putumayo y al colreo electrónico igemerenrendon| hotmail.com. ARTÍCULO CUART / Ministerio de la Protección Social, a la. Comisión de Regulación en Salud y Gobernadores da
SELVASALUD 5S.Al,
Caldas, Atlántico, Putumayo, Sucre, £ D: COMUNICAR el contenido del presente Acto Administrativo, al a los E los Departamentos donde la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD tenga cobertura geogrófica, esto es Antioquia, Amazonas, Coquetá, Cauca, Córdoba, Chocó, Magdalena, Nariño, Valle del Cauca, Bolivar: Quindío, Risaralda, Tolima y Guajira.RESOLUC IÓN NÚMERO 002374 DE 2011 HOJA No. 7
Por el cual se ad Jimio: 2011. y se negocias y la inte DE SALUD SELVASA bona el Parágrafo del. Artículo Primero de la Resolución No. 01072 del 8 de ¡ja un término de lo toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y mwvención forzosa administrativo para administrar la ENTIDAD PROMOTORA ALUD S.A., identificada con el NIT 846000244-].
ARTÍCULO QUINT establecidos en 8 2010.
ARTÍCULO SEXTO: misma no proced Dada en Bocotá O: PUBLICAR la presente Resolución dentro de los términos H inciso 3 del artículo 9.1.1.1.3 del Decreto 2555 del 15 de julio de La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la E recurso alguno os 07 0CT. 201
COMUNÍQU
H inciso 3 del artículo 9.1.1.1.3 del Decreto 2555 del 15 de julio de La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la E recurso alguno os 07 0CT. 201
COMUNÍQU
CONRADO-ÁDOLÉO GÓMEZ VÉLEZ
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Eluboro; Anabely Giraldo Góméz
Revisó: Susona AyalerR,
Aprobé; William, Javier Vega Vargas Z Jete de la Oficina Asesora Jurídica Hor Marina Pachón Garzón Asesora Encargada de las Furiciones de Superintendente Delegado pora Medidas Especiales