SUPERSALUD - Resolución 2626 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 2626 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
ui
REPUBLICA DE COLOMBIA
Y SUPERINTENDENCIA MOSES: SALUD
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012
2/4 160,2p12 Por medio de la cual se adopta MEDIDA. CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A. EPS, «consistente en la presentación y cumplimiento de Un Plan de Acción por parte de:la
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A. EPS,
COMO INSTITUTO DESALVAMENTO Y PROTECCION DELA CONFIANZA PÚBLICA.
LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) Eh ejercicio de sus cibuciones legales y teglamentaras que le confleren el orlículo 230 de la ¡Ley 100 de 1993 Igualménte, el parágrafo 2” del artículo 233 de la Ley 100' de 1993, el capitulo XX del numeral 1 del artículo 113 “Instituciones de Salvamento y Protección «de la Confianza Pública” "Medidas Preventivas de la Toma de Posesión - Vigllancia Especial — del Decreto Ley 663 de 1993, el articulo 17 de la Ley 510'de 1999, el numeral 5 del articulo 42, el inciso 1 del artículo 68 de a Ley 715 de 2001, los artículos 35, los numerales 1, 4, y 5 del ortículo 37, los lilerales a. b; €, d, y I del -arficulo: 39, el eral a del
arfículo 40 de la Léey'1122 de 2011, los arfículos 5 y 4 del Decrelo 506 de 2005, los numerales B, 12. 13, 28, 29. y 34 del arlículo $. el numeral 9 del artículo B del Decreto 1018 de 2007, el Decreto 1560 de 2012 el numeral 1.3. del capitulo | del Tilulo Il y el numeral 3, capítulo Segundo. Titulo XI de la Circular Externa 047 de 2007 de lo Superintendencia Nacional de Salud y el Código de Procedimiento Atiminisirativo y de lo Contencióso Administrativo, demás normas concordantes y complementados y
CONSIDERANDO
1. CONSIDERACIONES GENERALES Y (COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD NTEN 1.1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA El artículo 48 de la Constitución Política dispone que la segunñdad social es un servicio público. Esta caracteristica también es resoltado respecto de los servicios de atención en salud y saneamiento ambiental [ar!. 47 bidem] Aunque hay quienes propugnan por la:eliminación de un: concepto que consideran ambiguo como el de servicio público, y de poso el de servicio público esencial!, nuestro ordenamiento utiliza estos locuciones prollficamente con miras q.destacar su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la circunstancia de que un ordenamiento de esta trascendencia se ¡ocupe del lema obedece a la identidad. ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicos. No se ¡puede perder de vista que con el inicio del siglo pasado, la visión: del Estado regulador sufrió Una baulatina Iransformación hacia el Estado interveritor [v.g. Estado
identidad. ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicos. No se ¡puede perder de vista que con el inicio del siglo pasado, la visión: del Estado regulador sufrió Una baulatina Iransformación hacia el Estado interveritor [v.g. Estado 'Este conceplo allenda Jas recomendaciones de la OT en moteña laboral de tal forma que no 16 perlita el derecho de huelgo, cercenodo por to que se denominó como la plel de zopo de ese derecho denttó del conlicio colectivo;RESOLUCIÓN número 002626 DEL AÑO 2012: HOJA No. 2 1 Cfr. Nelly Cortos y Edgar € Por:medio de: la cual se adopta MEDIDA ¡CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA: ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A, EPS, COMO INSTITUTO DESALVAMENTO Y PROTECCION: DE LA CONFIANZA PÚBLICA. benefactor u hoy. en día, estado socialllberal, ele)? y, 'enmeuanto tal, le resulló legítimo prestar ciertos servicios, establecer normas de colidad y cobertura, amparar a franjas de población desprovistas de: los mismos; reglamentar los mercados que ellos generan, eritre olros aspectos. Con el paso' del fiempo, los «servicios: públicos pasaron aser un atributo: del cludadéáno, un ciiterio de identificación del mismo y un propósito global de todos los Estados para garantizar su acceso. En la década del 70 fue común hallarios acompañados de lo expresión "necesidades básicos satisfechas”. Los elementos de generalidad, igualdad, continuidad. obligatoriedad, propios de éste concepto, se ¡predican de todos los habitantes dela Nación.
acompañados de lo expresión "necesidades básicos satisfechas”. Los elementos de generalidad, igualdad, continuidad. obligatoriedad, propios de éste concepto, se ¡predican de todos los habitantes dela Nación. Según la Corte Constilucional, el derecho a la salud se/ha definido como un derecho Irenunciable, universal, Inspirado en los principios constitucionales del Estado Social de Derecho, solidaridad y dignidad humana, que persiguen el cumplimiento material y efectivo de las gorantías constitucionales. En este sentido, la seguridad social es un senvicio: público sujeto a lo dispuesto en 'el artículo 3645 de la: Constitución que los define como inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a los habitantes del territorio: nacional. El tema de la Seguiidad Social ha sido tomada por el artículo 48 dela Constitución Política; que establece que, es un servicio público de carácter obligatorio que se ¡prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de aficiencio. universalidad y solidaridad. en los términos que establezca la ley. Asi las cosas, se garantiza a todos los habitantes del territorio el derecho irenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de'los particulares, amplará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de llos servicios.en la forma que determine lo ley. Le corresponde al Estado organizar. dirigir y realamentar la prestación de servicios de salud alos habitantes y de saneamiento ambiental conforme e los: principios de eficiencia, univésalidod y solidafidad. También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, ejercer su: vigilancia: y
salud alos habitantes y de saneamiento ambiental conforme e los: principios de eficiencia, univésalidod y solidafidad. También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, ejercer su: vigilancia: y control. Así mismo. Establecer los competencios de la. Nación. los entidades tenitoriales. y los particulares y delerminar los aportes a sy cargo en'los términos y “condiciones señalados en lo ley. Los servicios de salud se organizarán en. forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. Toda'perono lene el deber de procurar el cuidado integral de su sald y la de sy comunidad. En este sentido, la Ley 100 de 1993 creó al Sistema de Seguridad Social en Salud para garantizar la salud: con énfasis en la promoción y la prevención para que todos los habitantes del pals tengún acceso a los servicios de salud. 1.2, DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL ECONOMÍA (COLOMBIANA, No, 174, Aclubis ue 198% Sóbte el mimo Sino, Hancibo 1, ÓGHOA, SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN DEL ESTADO, PNUD, Bogolá 1990, Nó'se puede posar por allo que la lora del servicio público está en los pllegues misriós del Estado Inteiventor. Cfr. Fernando Rows y Jorge ón GóntALE, ECONOMÍA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, "UNA visits ALTERNATIVA, Cir,
Bogolá 198H, póg, 84,RESOLUCIÓN NÚMERO; 96.26 DELAÑO 2012. 'HOJA No. 3
Por medio de la cual se: adopta MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA:
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO: SURAMERICANA S.A.
EPS, COMO INSTITUTO DESALVAMENTO Y PROTECCIÓN DELA CONHANZA PÚBLICA.
A partir de la expedición de la Ley 10 de 1990, conun-claro.enfoque de organización y descentrallzación de la preslación de servicios de salud en el sistema de salud, la Ley 40 de 1993 y la definición explícitas de competencias en los niveles teritorales. y finalmente la Ley 100 de 1993, que crea el Sistema General de Seguridad Social en Salld, Ja prestación de los servicios de salud se 'sUstefila en un esquema descentralizado, con la activa participación del sector privado. El mismo se basó en un sistema de aseguramiento en un ambiente de: competencia regulada porel Estado, a fin de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con los erterios establecidos en el artículo 49 dela Constitución Política de Colombiar, Las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1174 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de competencias, y los recursos, establece na nueva. organización administrativa y financiera de los servicios de salud en el pais, otorga profagonistrio y autonomía a las autoridades locales y regionales de salud, al tiempo que establece los porcentajes de inversión o estas instancias, para-el desarrollo de la atención a la población. la Ley 100 de 1993 introdujo cambios en lo forma de financiamiento de los
autonomía a las autoridades locales y regionales de salud, al tiempo que establece los porcentajes de inversión o estas instancias, para-el desarrollo de la atención a la población. la Ley 100 de 1993 introdujo cambios en lo forma de financiamiento de los prestadores públicos y privados de los servicios de salud. Se pasó de un sistema de transterencióo de recursos a uno de financiación por medio de. la venta de servicios, pratundzando de esta manera, la competencia entre el sector público y el privado ¡con el Estado cómo regulador. El Estado Colombiano por intermedio del Ministeño de Salud, hoy, de la Protección Social y en desarrallo de los articulos 48 y 49. de la. Constitución Política provee las herramientas para la oferta y establece la seguridad social en salud a la población del tenitorio nacional a través de la Ley 100 de 1993. El sistema de salud existente, previo a la vigencia de la Ley 100 de 1993 se caracterizaba por la falta de universalidad, solidaridad y eficacia en sus distintas acciones, reflejado básicamente lo insuficiente cobertura de la población para la atención de su salud, el centralismo y daldez para, la prestación de sus servicios, la escosa capacidad resolutiva de los servicios, y la ¡inexistencia del trabajo intersectorial, entre olros: factores, que llevaron a que -el sistema en salud fuera profundamente inefectivo. De esta monera, lo Constitución Polílica de 1291 establece: en su contenido el derecho ala salud y la: Seguridad: Social en Salud como derecho irenuncióble de los Colormbianos: y como servicios públicos obligatoños, garantizando pora ello a todas las personas las servicios de promoción, prolección y recuperación de su salud, con
derecho ala salud y la: Seguridad: Social en Salud como derecho irenuncióble de los Colormbianos: y como servicios públicos obligatoños, garantizando pora ello a todas las personas las servicios de promoción, prolección y recuperación de su salud, con una organización descentralizada de los servicios, dada por los diferentes niveles de atención, con la participación: de los agentes públicos y privados: y con lo plena 3 “La olención de salud y el saneamiento ambiental son serviciós públicos y cargo del Estado. Se cool | rei iedto ie qeria also cado 'ptotección, y recuperación de la al Estoco :organtiar, dirigir. y reglamentar la prestación de servicios de salud a los Asiria y de saneamiento. úmblental conforme a los principios de eficiencia, universolldad y solidaridad. También, establecer los políticas para la preslación de semicios de sola por entidodas privadas, y ejercór 3u'vigllancia y conitol. Asi miimo. estóblece!! las cómpeténcios de la Nóción, las enfidades temporales y los particulares, y dsteiminar los apores a su colgo en los lérminos y condiciones señolados en la Ley. Los servicios de sold se orgontarán «n foma Wescentraliada, por niveles de 'alención y con pollicipación de la comunidod.'La Ley señólorá lós términos en los la Glención básica pora lodos los habitantes será gratulla y obligatoña, Toto persóña tiene el deber de prócurar al 'cbidade integral de lo'solud y lo'de sU comunidad.” Arlícula 49 de la Consillución,E Ea
002626 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL AÑO 2012. HOJA No. 4
'cbidade integral de lo'solud y lo'de sU comunidad.” Arlícula 49 de la Consillución,E Ea
002626 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL AÑO 2012. HOJA No. 4
Por medio de la cual: se adopta MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A.
EPS. COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DE LA CONFIANZA PÚBLICA: La Carta Constitucional de 1991, en el arfículo 48 consagra la creación del Sistema de Seguridad Social Integral. concediéndole la Diracción, Coordinación y Control a cargo del Estado Colombiano. Con las teyes 100 dé-1993, 715 de 2001. 1122 y 1176. de 2007, y 1438 de 2011 se desarrolla el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido como la totalidad de instituciones, normas y procedimientos, de que dispone la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de: los ¡planes y, programas que el Estado y la sociedad desarrollen pata proporcionar la cobertura infegral de les riesgos, especialmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de los habitantes del temtorio nacional, cor; el fin de lograr el bienestar individual y la Integración dela comunidad. Para estos efectos. se considera al sistema como un conjunto armónico de entidades públicas y privadas. mormas y procedimientos, conformodo por los regimenes establecidos por el legislador. En términos de los articulos 48 y 49 de la Constitución Política y conforme al artículo 2 del Decreto 804 de 1998, el Estado aurantiza el aeceso a; los servicios de salud y
conformodo por los regimenes establecidos por el legislador. En términos de los articulos 48 y 49 de la Constitución Política y conforme al artículo 2 del Decreto 804 de 1998, el Estado aurantiza el aeceso a; los servicios de salud y ragula..el conjunto de beneficios a que fienen derecho!los afliades como servicio público esencial, con el propósito de mantener o recuperar su salud y evitor el menoscabo de su capacidad ecoriómica derivada de incapacidad temporal. par enfermedad general y matemidad. En esté sentido, y como lo reconoce la Sentencia 'T1-760 de 2008 de la Corte Constitucional: “4.1.6, El Sistema. General de Seguridad. Social en Salud, en su conjunto, es UN servicio público esencial, Es además un “servicio público obligatorio, cuya ditección, coordinación y control están a cargo del Estado" [art. 4%, Ley 100 de 1993). El Sistema. General de Seguridad Social en Solud. se basa en. los principios de universalidad, equidad, 'obligatoiedad protección integral, libre escogencia, autonomía de las instituciones, descentralización Gdministrativa, subsidiafedad, 'complementaiedod participación social, participación ciudadana: concertación calidad e inteyración funcional. La Ley de Seguridad Social. que reforma el Sisterna.de Salud en Colombia, tiene-entre otros propósitos resolver problemas de inequidad en el acesso a los servicios y mejorar la calidad en la prestación de los mismos: enfrentar la desarticulación entre las diferentes instituciones: (inadecuada coordinación y complementañedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa, Ampliar la coberlura: de alención en salud a los grupos de población más
las diferentes instituciones: (inadecuada coordinación y complementañedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa, Ampliar la coberlura: de alención en salud a los grupos de población más necesitados requiere de esfuerzos encaminados a modificar los múltiples factores que han incidido históricamente en su restricción; entre ellos sobresalen las dificultades de dgcceso geográfico, cultural y económico: aquellos propias del desarrollo del sistema de salud en el país, la inequidad en la distribución de recursos entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los: operadores primarios del servicio de sálud. La atención en salva se constituye en un servicio básico que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida acorde a la dignidad humena al punto que se le ha otorgado el rango de derecho fundamental, AlEstado' le: corresponde garantizar este conjunto de beneficios en forma directa o a lravés de terceros con el objeto de proteger de manera efectiva el derecho a la salud. Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se accede dependiendo de la forma de participación en-el Sisterno: Dicha: participación se cefeción en colidod de oñliodo cotzonte. como afllodo beneticiorño. como atliadoY A RESOLUCIÓN NÚMER DO 2620 bei ARO 2012. HOJA No. 5 Por medio de la cual se adopta MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA. ESPECIAL A LA
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A.
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ES subsidiado. o. como pobre no asegurado 6 como pobre en actividades no cubiertas por subsidios a la demanda.
EPS, COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DELA CONFIANZA PÚBLICA.
ES subsidiado. o. como pobre no asegurado 6 como pobre en actividades no cubiertas por subsidios a la demanda. Debe lenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del artículo 156 de la Ley 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistema General de Seguiidad Social en Salud, previo el pogo de la cotización reglamentaria o a través del subsidio que se financiará. con recursos fiscales. de solidaridad y los ingresos propios de los entes teritoriales. La'Ley 100 de 1993 en su arliculo 157 y el artículo. 25 del Decreto 804 de 1998, establece entonces, los tipos de participantes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud; manifestando que a. partir de la: sanción de la Ley 100'de 1993, todo colombiano' parliciparé en el servicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguñidad Social en Salud unos lo harán en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros lo harán en forma. temporal como participantes vinculados hoy boblación pobre ño asegurada. sl desarrollo de. los 'arfículos. 48 y. 49 de la Constitución Polílica proves las herramientas pora la ofertas y estáblece seguridad social eh saluda la población del terílorio nacional a través de la Ley 100 de 1.993, Bajo su división en dos regímenes el "Contributivo y el Subsidiado" Transformando el esquema tradicional en salud y generando como resultado el subsidio a la demanda y la transtormación del Subsidio. de la. oferta, que beneficiorá a la población pobre y vulnerable clasificada an los
"Contributivo y el Subsidiado" Transformando el esquema tradicional en salud y generando como resultado el subsidio a la demanda y la transtormación del Subsidio. de la. oferta, que beneficiorá a la población pobre y vulnerable clasificada an los Iistados censales y alla población pobre y vulnerable identificada en los niveles Uno 11). Dos (2) y Tres (3) dela Encuesta del Sisbén de coda municipio, El Sstema General de Segulidad Social en Sálvd se constituye en el nuevo paso de ¡organización en salud en el teritorio nacional baja la consigna del ii la afiliación y la etención de la, población del teritorio nacional en cumplimiento, de los principios de solidaridad, univenalidad, eficiencia y equidad en lá prestación de servicios de salud, el cual debe brindarse con oportunidad, calidad y accesibilidad y cubrimiento en el temitorio nacional a través: de: => El Régimen Contributivo, creado para la afiliación y aseguramiento:en salud de la población, con capacidad de pago póra pagar su salva, => El Régimen Subsidiado organizado para la afiliación y aseguramiento: de la población ROS y VUlnerable sin capacidad de pago para pagar su salud, >. Lo alención de la población pobre no asegurada! establecida pora atender a: la pobloción pobre y vulnerable sin capacidad de pago para pagar su salud no añada por ningún sistema de salud El sistema crea lo operación y gestión del proceso de aseguramiento y la prestación directa de servicios en los denominados Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente, crea dos instrumentos que determinan la canasta: de servicios a: ¡asegurar Y su costo. promedio ¡por persona año, el Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación.
Adicionalmente, crea dos instrumentos que determinan la canasta: de servicios a: ¡asegurar Y su costo. promedio ¡por persona año, el Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación. Lo ¡novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las funciones de dirección y control, afllación. gestión y aseguramiento y prestación direcia de servicios en entidades independientes con autonomia Ecminisirañiva y financieta que Independiente de su naturaleza pública o privada realizan sus funciones con criterios de eficiencia empresarial, colldad mi) los servicios, integración Funcional y rentabilidad económica:e RESOLUCIÓN NÚMERO 02620 DELAÑO 2012. HOJA No. 6 Por medio de la cual 58 adopia' MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA
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EPS, COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DE LA CONFIANZA PÚBLICA; E 56555 osegura Iinlemamente su equilibio «contraponiendo la. racionalidad económica de los aseguradores con la. de los! prestadores directos u operadores primaños de los servicios de salud, en el sentido de que los primeros obtienen su rentabilidad en relación inversa con el número de casos atendidos, vale decir an el espiritu de la Ley en el númera de casos prevenidos y llos segundos. los prestadores obtienen su rentabilidad a medida que crecen los casos atendidos; Conforme lo consagrado en la Ley 100 de 1993. sobre la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud, éste se compone de aseguradoras; administradoras y prestadores de servicios de salud; la Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de
General de Seguridad Social en Salud, éste se compone de aseguradoras; administradoras y prestadores de servicios de salud; la Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de «seguridad social en salud, al cual le otorga como propósito fundamental garantizar el acceso unbveral a los servicios de salud, al tiempo: que le establece un diseño institucional que asigna :al Estado las labores propias de la regulación e introduce nuevós. mecanismos de financiamiento y provisión de servicios. Es así como la estuctura del sistema queda deñihido en ocho núcleos funcionales interdependiéntes: Il. La Dirección y Rectoría, en cabeza del Gobierno Nacional, el Ministeño de Salud y. Protección Social y la: Comisión de Regulación en salud CRES, quienes dictan los reglas básicas para garantizar la-operación del sistema; IL Elfinanciamiento a través de: El Fondo de Solidaridad y: Garantia -Fosyga que reúne los recursos provenientes de las contribuciones y algunos recursos fiscales; y de los Fondos Locales, Distritales y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de las tronsterencias temitoriales, recursos: del orden nacional y recursos de cofinanciación y los recursos del orden tenitorial: Cubren la prima del seguro y ofros gastos de salud para la población afilada; IL El Aseguramiento en salud, que opera en un mercado de competenció regulada. a través. de las Entidades ¡Promotoras de salud — EPS ». Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Reolmenes Especiales o ExXcepcionales en Salud, Las Entidades que 'Ofrecen Planes Adicionales de salud.
Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Reolmenes Especiales o ExXcepcionales en Salud, Las Entidades que 'Ofrecen Planes Adicionales de salud.
IV. La Administración de la Salud, organizada a través de las Direcciónes Territoriales de Solud, en función de la garantío:en la atención de los servicios de salud.
Y. — La Prestación: de Servicios de Salud, mediante los Prestadores de Servicios de
Salud -PSS.
- La Inspección, Vigilancia y Control «en cobeza de la Supefintendencio Nacional de Salud, el Instituto ¡Nacional de Salud INS e Instiliito Nociónal de iaillancia de medicamentos y allmentos INVIMA.
VI La Jurisdicción de la Salud, esto es, los jueces de la salud, en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud. VIL — La Coneillación extrajudicial en Salud, que podrá ser adelantada ante la Superintendencia Nacional de Salud. El sistema estijctura dos modalidades de afiliación a la seguridad social en salud; el régimen coniíibutivo y elirégimen subsidiado y crea un'sistema de financiamiento, | Má |o RESOLUCIÓN NÚMEROA DOGO DEL AÑO 2012. HOJA No, 7 Por medio de la cual se adopta MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA;
ENTIDAD' PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO: SURAMERICANA S.A.
EPS, COMO INSIMUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DELA CONFIANZA PÚBLICA. nacional organizado alrededor del Fanda de Solidaridad: y garantia y de los Fondos Temitoriales de Salud. un sistema de operación y ¡gestión del proceso de
nacional organizado alrededor del Fanda de Solidaridad: y garantia y de los Fondos Temitoriales de Salud. un sistema de operación y ¡gestión del proceso de aseguramiento y prestación de servicios denominado, Entidades Promotoras de Salud y un sistema de prestación directa de servicios denomihado Prestadores de Servicios «de Salud. Así mismo, crea. dos instrumentos que determinan la canasta de servicios a 'ásegurar y su costo ¡promedio por persona año, El Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación, El propósito fundamental del sistemo, el aseguramiento constituye la. principal herramienta de acceso universal dela población a los sepvicios de salud. delegando en los EPS la administración del iesgo de salud delos afiliados; la EPS hace el papel de articulador entre la población y los prestadores, y entre. el financiamiento y la prestación, ya que es el conducto de canalización de los recursos hacia lo órbita de laprestación de servicios de salud, Este diseño institucional planteo un sistema de salud que separa el aseguramiento de: Já prestación de servicios, con medidas de regulación para que cada función se realice en condiciones de competencia y para. que el flujo de recursos desde el «aseguramiento hacia la: ¡prestación se canalice mediante mecanismos de: negociación. La: Ley 100 de 1973 estableció lo Mbertad de elección por parte de los usuarios o afilados del seguro, quienes pueden decidir a qué EFS se afillan y cambiar de asegurador en los términos previstos en la lnormo; además, también tienen la facultad para elegir, ente las opciones que al asegurador le presente, el prestador de servicios al cual quiere acudir al momento de hacer uso del seguro.
asegurador en los términos previstos en la lnormo; además, también tienen la facultad para elegir, ente las opciones que al asegurador le presente, el prestador de servicios al cual quiere acudir al momento de hacer uso del seguro. 1.2,1, INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 56555 bisten entonces dos lipos de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud; > Los afiliddos al Sistema: mediante el Régimen Contributivo. «Son. los personas vinculadas a través de contratos de trabajo, Jos pensionados, los servidores públicos, los jubilados, los asociados a Cooperalivas de Trabajo Asociado, y los "trabajadores independientes informales Y formales Jestos últimos llamados contratistas). >. Los afiliados ol Sistema mediante el Régimen Subsidiado. Son lás personas. sin capacidad de pago pora cubrr el monto total de la. cofización. Será subsidiado en el Sistema Genero! de Seguridad Social en Salve la población más pobre y vulnerable del país en las áreas rurales y Urbanas del país. Y uno tansitoledad enel sistema, => La prestación de los servicios de solud alo población pobre no asegurada
2. SISTEMA DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL la Ley 1122 de 2007, crea el Sistema de Inspección, Wiallancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud como un conjunto de normas, agentes, y: brocesos articulados entre sí el cual estará en cabeza de la Superintendencia Nacional. de Salud de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, sin
General de Seguridad Social en Salud como un conjunto de normas, agentes, y: brocesos articulados entre sí el cual estará en cabeza de la Superintendencia Nacional. de Salud de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, sin “Arfículo 34, Ley 1122 de 2007,RESOLUCIÓN NÚMERO? 02626 DEL AÑO:2012.. HOJA No. 8 p_ 2 Por medio de lá cual'se adopta MEDIBA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL ALA.
"ENTIDAD PROMOTORA. DE SALUD DEL REGIMEN. CONTRIBUTIVO SURAMERICANA S.A.
EPS, COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DE LA.CONFIANZA PÚBLICA, penvicio de las facullades asignadas al Instituto, Nacional de Salud, INS, y al Instituto Nocional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos; INVIMA, Dentro del proceso normativo. se ha pasado de un proceso de descentralización feritorial definido por la Ley 10:de 1990, la Ley:50 de 1993 y la Ley 100 de, 1773, a un proceso de departamentalización de la Salud con Ley 715 de 2001y por último; con Ley 1122 de 2007 y la Ley 1438 de 2011, a un proceso de Nacionalización — Centralzación de la salúd de vigilancia y 'control del SGS55 en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud SNS. 2,1. INSPECCIÓN: Es'el conjunto de actividades y acciones encaminados al seguimiento, monitoreo y evaluación del Sistema General de Seguridad Sociol en Salud y que sien para solicitar, confirmar y analizar de manera puntual la información que se requiera sobre la situación de los servicios de salud y sus recursos, sobre la situación jurídica,
evaluación del Sistema General de Seguridad Sociol en Salud y que sien para solicitar, confirmar y analizar de manera puntual la información que se requiera sobre la situación de los servicios de salud y sus recursos, sobre la situación jurídica, financiera, lécnica-cientifica, administrativa y económica de las entidades sometidas a vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud dentro del ámbito de su competencia. Son funcion
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