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SUPERSALUD - Resolución 2632 de 2012

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2632 de 2012
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Y SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 001633 DE 2012 23 460, 20% | Por médio de la cual se adopta MEDIDA CAUTELAR: DE VIGILANCIA. ESPECIAL LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CAFAM EPSS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD

PROMOTORA DE SALUD ¡DEL REGIMEN SUBSIDIADO, (COMO INSTITUTO DE

SALVAMENTO Y PROTECCION DELA CONFIANZA PÚBLICA.

LA SUPERINTENDENTE. NACIONAL DE SALUD (E) En elercicio de sis ohibuciones legoles y reglamentos que le confieren el aniculo 230 dela. Ley 100 tie 1993 igualmente, el parágrafo 2 del ariículo 2393 de la Ley 100 de 1993, el copitulo XX del numeral 1 del articulo 113 "Instituciones de Salvamento y Protección dela Confianza Pública" "Medidas Preventivas dela Toma de Posesión - Vigllancia: jol = del Decreto Ley..663: de 1993, el artículo 19 de la Ley 510 de 1999, el: numeral 5 del ariículo 42, el inciso 1 del arlfículo $8 de la Ley 715. de 2001, los arlículos 35, lós numerales 1. 4. y 5 del articulo 37. las iterales a. b. e, dl, yt adel arficula 39. el Meral a del artículo 40 de la Ley 1122 de 2011. los artículos 5 y 6 del Decreto 506: de2005, los on

12, 13, 28, 29, y 34 del articulo 6, el numeral ? del arlículo 8 del Decreto) 1018 de 2007, el Decreto 1560 de 2012, el numeral 1,3. del capítulo | del Título 11 y el numeral 3, capitulo Segundo, Titulo XI de la Circular Exterra 047 de 2007 de la Superintendencia Nacional de Salud y el Código de Procedimiento Admitistralivo y de lo Conlencióso Administrativo. demás normas concordantes y complémentarias y

¡CONSIDERANDO

1. CONSIDERACIONES GENERALES Y COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE SALUD 1.1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA El erfículo 48 de la Constitución Polílico. dispone «e lo segundad social es un servicio público. Esta corocterstica también es resoltoda respecto de los servicios de atención en salud y saneamiento ambiental (ori, 49 Ibidem) Aunque hoy quienes propugnan por la eliminación de un concepto que consideran ambiguo, como el de semyviclo público, y de poso el de servicio público esencial, nuestro ordenamiento ulliiza estas locuciones prallicamente con miras a destacar su imporluncia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, le circunstancia de que un ordenamiento de esta tlascandencio se ocupe del tema obedece o lo identidad, ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicas. Nose puede perder de Visto, que con el inicio del siglo: pasado, la visión del Estado regulador sufrió una poblalina tanstórmación húcla el Estado Este conceplo allende las recomendaciones de 16 Oíff.en maleda laboral de tal forma que no se:

del Estado regulador sufrió una poblalina tanstórmación húcla el Estado Este conceplo allende las recomendaciones de 16 Oíff.en maleda laboral de tal forma que no se: perviend el derseho de huelga cescanatlo por lo que se denominó como Ja plel de zapa de ese - «derecho dentro del confilcio coleciivo.arsorución NúmroDDZ 652 DEVAÑO 2012. NOJA Ro. 2 Por medio de la cúal se Gdopla MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA CAJA

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PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, COMO INSTTUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DELACONFIANEA PUBLICA: interventor (v.a. Estado benefactor du hoy en dle, estado social - liberal, etc.J?. y, en cuento tal, le resultó legítimo prestar ciertos servicios, establecer normas de cofidad y coberlura, amparar a franjas de población desprovistos de las mismas, reglamentar los mercados que ellos generan, entre olros aspectos. Con el paso del llempo, los servicios públicas púsaron a ser Un afibulo del ciudadano, un criteño de identificación del mismo y un propósito global de todos los Estados bara garantizar su Vcceso, En la década del 70 fue común hollaros acompañados de la expresión “hecesidades básicas salisfechos", Los elementos de generalidad, igualdad, continuidad, obligatoñedad, propios de este concepto, se predican de todos los habitantes de la Nación. Según la Corte Constitucional, el derecho a la solud se ha definido como un

de generalidad, igualdad, continuidad, obligatoñedad, propios de este concepto, se predican de todos los habitantes de la Nación. Según la Corte Constitucional, el derecho a la solud se ha definido como un derecho Irenunciable, universal. inspirado en los principios constitucionales del Estado. Social de Derecho, solidaridad y dignidad humana, que persiguen el cumplimiento material y etectivo de los garantías constitucionales. En este sentido, lo seguridad socio! es un servicio público sujeto o lo dispuesto en el arlículo. 365-de la Constitución que los define coma inherentes dla finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a los habitantes del territorio nacional. El lema de la Seguiidad Social ha sido tomado par el arfículo 48 de la Conshtución Política. que establece que, es Un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, «en sujeción a los prinelplos de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los lérminos que establezca la ley. Asi las cosas, se ecrantia a todos llos habitantes del territorio el derecho irenunciable a la. Seguridad Social. 'El Estado, con la participación de los particulares, ampllará progresivamente la. cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. Le corresponde al Estado organizor, dirigir y realamantar la prestación de servicios de salud'a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer las políticas para. la prestación de servicios de solud por entidades privados, ejercer su vigilancia y contról. Ast mismo. establecer las competencias de la Nación, las: entidades

eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer las políticas para. la prestación de servicios de solud por entidades privados, ejercer su vigilancia y contról. Ast mismo. establecer las competencias de la Nación, las: entidades lenitoriales y los particulares y determinar los aportes asu cargo en los lérminos y condiciones señalados: en la ley. Los servicios de solud se organizarán en forma. descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. Toda persona: tiene el debar de brocurar el cuidado integral de 5u salva y la de su comunidad, En este sentido, la Ley 100.de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social en Salud para garantizar lá solua' con énfasis en lo promoción y lo prevención para que todos los habitantes del pols lengon ccceso 0'los servicios de sold, 2 Clr., Nelly CORREDOR y Edgar Goa. Senicios PURI , nlamención del Estado. sn ECONOMÍA COLOMBIANA, No. 174, ociubre de 1785, Sobre el purecoa lema, Francisco Ji Ochoa. SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN DEL ESTADO, PNUD. Sogolá: 1990, No ss puede pasar par dla 'qué lo tebiía del servicio público está. en da sae del Estado interventor, Cfr, Femando: Rojas y Jorge ión Gon, ECONOMÍA DE VICIOS PÚBLICOS, Lia visión Altemiariva, Cinep, Bogolá 1988, pág. BA,

mARESOLUCIÓN Número 002632 DELAÑO 2012, HOJA No. 3

Por medio de la cual 16 adopta MEDIDA CALTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL ALA CAJA

Bogolá 1988, pág. BA,

mARESOLUCIÓN Número 002632 DELAÑO 2012, HOJA No. 3

Por medio de la cual 16 adopta MEDIDA CALTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL ALA CAJA

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Y PROTECCION DE LA CONFIANZA PÚBLICA. 1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A. parlir de la expedición de la Ley 10 de 1996. con un claro enfoque de sisterno de salva, Jo Ley $0 de 1993 y la defiñición explicilas de competencios en los niveles terntoriales, y finalmente la Ley 100 de 1993, que creo el Sistema General de Seguridad 5ocial en Salva, la prestación de los servicios de salud se sustenta en un esquemo descentralizado, con la activa porticipación del sector pnvada. Ej competencia regulado: por el Estado. a fin de que los inelviduos reciban la atención en ssolvd, de acuerdo con los criterios establecidos en el arfículo 47 de la Constitución Pólílica de Colombia? Las Leyes 100 de 1993, 715 da 2001, 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de Competenciós, y los recursos, establece Una nuevo organización administrofivo y financiera de los servicios de salud en el país, otorga protagonismo y autonomía a las ovtorfídades locales y regionales de salud. al fiempo que establece los porcentajes de Inversión a estos Instancias, paro el desarrollo de la ¡atención a la población.

y autonomía a las ovtorfídades locales y regionales de salud. al fiempo que establece los porcentajes de Inversión a estos Instancias, paro el desarrollo de la ¡atención a la población. La Ley 100 de 1993 introdujo cambios en la totma de financiamiento de los prestadores públicos y privados de los servicios de salva. $e pasé de un sistema de Iransfetencia' de recursos la: Uno de financiación por: medio. de la venta de servicios, profundizando de esta mañera, la competencia entra el sector público y el privado con el Estado como regulador. El Estado por intermedio del Ministerio de Salvd, hoy, de la Protección Social y en desarrollo de los arlículos 48 y 49 de la Constitución. Política provae las herramientas para la oferta y establece la seguridad social en salud a la población del teritorio nacional a través de la Ley 100 de 1993, El sistema de salud existente, previo a la vigéncio de la Ley 100 de 1793 se caracterizaba por la folla de universalidad. solidaridad y eficacia en sus distintas acciones, reflejado básicamente la Insuficiente cobertura: de la población pora la atención de su salva, el centralismo y igldez pará la prestación de sus servicios, la escosa copocidad resolutiva de los servicios. y la Inexistancia del Irábalo intersectorial, entre otros factores, que llevaron a que el sstemo en salud fuera prefundamente inefectivo. De eslá manera, la Consfitución Polílica de 1991 establece en su contenido el -derecho a la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irenunciable de los Colombianos y como servicios públicos obligatorios, garantizando para ello a lodús las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su

-derecho a la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irenunciable de los Colombianos y como servicios públicos obligatorios, garantizando para ello a lodús las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su solve. con une orgonización descentralizado de Jos servicios, dede por los cuidado integral de la salba y la de su comunidad.” artículo 47 de la Corufilución: organización y descentrollzación de la prestación de servicios de salud en el mismo se basó én un sistema. (de oseguramiento. en un ambiente de A La atención de salud: y. el sansamiento, ambiental son ¿erdélos públicos a cargo del Estodo, 5e garantiza a todas las personas el peneso a los servicios de promoción, proleoción. y recuperación de la sala. Comesponde ql Estado erganizar. diria... y reglamentar la prestación de servicios dé solud'a los hobitontes y de sonsomienio. ambiental conforme a los principios de sficiancio, univenalidad y soliaridod. También, establecer los. pollicas pero lo preslorión de servicios de sold por entíjocias privadas, y ejercer su vigllancio: y control. As] mismo, estoblécur las compelerncias de lá Noción, las entidades lentofales y /0s porliculores, y determinar los aportes a su. Cárgo en los Términos y condiciones señalados en la Lay, Los servicios de solvd se orpontisrán en forma descentralizada, por. niveles de atención Y con porlicipoción de la comunidad, La Ley señblorá! los lérminds en les cuales la añanción:

señalados en la Lay, Los servicios de solvd se orpontisrán en forma descentralizada, por. niveles de atención Y con porlicipoción de la comunidad, La Ley señblorá! los lérminds en les cuales la añanción: básica pora lados los habilontes será gratulía y obiigatolla. Toga persona tiens el dsper da precuraralRESOLUCIÓN NÚMEXOLVZC IZ DELAÑO2012 HOJA No: 4 Por medio de la cual'se adopla MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL. A LA 'GAJA

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Y PROTECCION DE LA CONFIANZA PÚBLICA, diferentes niveles ds JSNCÓN con 1la plas de los agentes públicas y La Carta Consitucional de 1991..4n el artículo 48 consagra la creación del Sistema de Seguridad Social Integral, concediándole la Dirección, Coordinación y Cohirol a'cargo del Estado Colombiano. Can las Leyes 100 de 1973, 715 de 2001, 1122 y 1176 de 2007, y 1438 de 201] se desatralla el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido corno la totalidad de instituciones, normas y procedimientos, de que dispone la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de los planes y programas que el Estado y la sociedod desarrollen para proporcionar la cobertura integral de los nesgos, especialmente las que afectón la salud y lo capacidad económica, de los habitantes del leritoño nocional, con:el fin. ce logror el bienestar individuo! y lo

el Estado y la sociedod desarrollen para proporcionar la cobertura integral de los nesgos, especialmente las que afectón la salud y lo capacidad económica, de los habitantes del leritoño nocional, con:el fin. ce logror el bienestar individuo! y lo integración de la comunidad. Para estos efectos, sé considera ol sistema como un conjunto armónico. de entidades públicas y privadas. normas y procedimientos, conformado por lós regímenes establecidos por el legistador. En lérminos de los artículos 48 y 49 de la Constitución Palílica y conforme al articulo 2 del Decréto 906 de 1978, el Estado gorontizo el ucceso alos servicios de salud y regula el conjunto de beneficios a que llenen derecho los ofilados coro servicio público esencial, con el propósito de mantener o recuperar su salud y evitar el menoscabo de su capacidad económica derivada de incapacidad lemporal por enfermedad general y matemidad. ¡En este. sentido, y como lo reconoce la Sentencia T-760: de 2008 de la: Corte Constitucional: “4.1.6. El Sistema General de Seguidod: Social en Salve, en su conjunto, es Un servicio público 'esenciol. Es además un “servicio. público obligatorio. euya dirección, coordinación y control están u corgo del Estado" (art. 4%, ley 100 de 1998). El Sisterno General de Seguñded Social en Solud se basa en. los principios de Universalidad, equidad, obligatoriedad protección integral. libre escogencia, autonomía de las instituciones, descentralización administrativa, subsidiariedad, complementanedod participación social, participación clidadana, concertación calidad e integración funcional. La Ley de Seguridad Social. que.raforma el Sistema de Salud en Colombia, tiene

autonomía de las instituciones, descentralización administrativa, subsidiariedad, complementanedod participación social, participación clidadana, concertación calidad e integración funcional. La Ley de Seguridad Social. que.raforma el Sistema de Salud en Colombia, tiene entre otros propósitos resolver problernos de inequidod en el occeso a los servicios y mejorar la cólidad en lá prestación de los mimos; enfrentar la desarficulación entre los diferentes instituciones [inadecuada coordinación y complamentatiedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa, Ampliar la cobertura de atención en salud a los grupos de población más necesitados requiere de estuerzos encaminados a.modificar los múltiples factores que hen incidido. históncamente en su resiicción; entre ellos sobresalen las dificultades de acceso geográfico, cultural y económico; aquellas propias del desarrollo del sistema de salud en el poís, la inequidad en la distribución. de recursos entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los 'operadores primarios del servicio de salud. La atención en salud se constituye en un servicio bósico que contribuye al mejoramiénto de-la calídad de vida acorde a la dignidad humano ol punto que se le ha oforgadó el rango de derecho tundamental.152 AE

RESOLUCIÓN NÚMERO (09 G3á DEL AÑO 2012. HOJA No. 5

Por medio de la cual se odopla MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA CAJA.

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Al Estado le coresponde garantizat este conjunto de beneficios. en forma directa o oltrovés de terceros con el objeto de proteger de manera efectiva el derecho a la salud. Estos se agrupan en cinco lipos de planes diferentes a los cuales se accede dependiendo de la forma de participación en el Sitema, Dicha ponicipación se efectúa en colidad de añllado colizante, como afiliado beneficiario, como añiliadi subsidiado. + como pobre no asegurado o como' pobre en actividades no cubiertas por subsidios a la demaándo. Debe lenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del artículo 156 de lo Ley 100 de 1993, tados los hobitentes en Colombia deberón estar afiliados: al Sistema General de Seguridad Social en Salud, previo el pago. de la cotización reglamentaria o a través del subsidlo que se financiará con recursos fiscoles, de solidaridad y los ingresos propios de los entés tenitoriales. La Ley 100 de 1993 en su arlículo 157 y el arlículo 25 del Decrelo 806 de 1998, establece entaness, los lipos de participantes enel Sistema General de Seguridad Social en Salva, manifestando que a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993. todo colombiano participará en el: servicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salva unos lo harán en su condición de afiladas al régimen contributivo o subsidiodo y otros lo: harán en forma. temporal comp

colombiano participará en el: servicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salva unos lo harán en su condición de afiladas al régimen contributivo o subsidiodo y otros lo: harán en forma. temporal comp participantes vinculados hoy población pobre no asegurada, El Estado Colombiano a través del Ministerio de Salud, hoy de la Protección Social y en desarrollo de los arficiulos 48 y 49 de la Constitución Pelílica provee las abel: para la ofertas y establece seguridad social en salud a la pablación del lenitorio nacional a través de la Ley 100 de 1.993. Bojo' su división en dos regimenes el "Contributivo y el Subsidiado" Transtormando el esquema tradicional en salud y generando como resullado «el subsidio a la demanda y la transtormación del Subsidio de la oferta, aque beneficiará a la población pobre y vulnerable clasificada an los listados censales y ala. población pobre y vulnerable identificada en los niveles Uno [1], Dos [2) y Tres (3] de la Encuesta del Sisbén de cada municipio. al Sistema General de Seguidad Socio! sn Sold se constituye en el nuevo paso de organización en salud en el leríiloro nacional bajb' ld consigna del aseguramiento, la afilación y la atención de lo población del tenitario noclonal en cumplimiento, de los principios de solidaridad, universalidad, :sticiencia, y equidod: en la prestación de servicios de salud. el cual debe bándarse con oportunidad, calidad y accesiblidad y cubimiento'en al leritoro nacional a través de; => El Régimen Contributivo, ereado para la afiliación y oseguramiento eh salud de la población con capacidad de pago para pagar su salud,

y accesiblidad y cubimiento'en al leritoro nacional a través de; => El Régimen Contributivo, ereado para la afiliación y oseguramiento eh salud de la población con capacidad de pago para pagar su salud, => El Régimen Subsidiado organizado para la afiliación y aseguromilento de la población pobre y vulnerable sin. capacidad de pago pora pogar su sala, => La atención de la población pobre no asegurada, establecida paré atender ala población pobre: y vulnerable sin. copacidad de pogo para pagor su salud no afiliada por ningún sistema de salud El sislema crea la operación y gestión «del ¡proceso de aseguramiento: y la prestación directa de servicios en los denominados Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente. crea. dos instrumentos: que delerminan la .conasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, el Plan Obligatorio de Salve y la Unidad de Pogo por Caopitación.RESCLUCIÓN HÚMERE y 0-6 39— DEL AÑO 2012, HOJA No. $ | Por madío de la cual se adopla MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA CAJA

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PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO. COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCION DE LA CONFIABIZA PÚBLICA: Lo novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las tunciónes de dirección y conirol, afiliación. gestión y aseguramiento y prestación directa: de servicios en entidades independientes con aultonamía administrativa y inanciera que independiente de su noturaleza pública o privada realizan, sus funciones. con

de dirección y conirol, afiliación. gestión y aseguramiento y prestación directa: de servicios en entidades independientes con aultonamía administrativa y inanciera que independiente de su noturaleza pública o privada realizan, sus funciones. con enteros de eficiencia empresarial, calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad económico. El SG355 asegura intemamente sy equilbio contraponiéndo la racionalidad económica de los aseguradores can la de los prestadores directos u operadores primarios de los serviciós de salud, en el sentido de que los primeros oblienen su sentobilidod en relación inverso con-.al número de cesos atendidos, vale decir en el espiritu de la Ley en el número de casos prevenidos y los segundos, los prestadores oblienen su rentablidod:a medida que crecen los coros olendidos. Conforme lo consagrado en la Ley 100:de 1993, sobre la organización del Sistema Genera! de Segúñidod Social eh Sola, 'éste se compone de osegurodoras, administradoras y prestadores de servicios de salud. La Ley 100 de 1993 dellmita la estructura y el lUncionamiento del sislermo general de seguridad social en salud. al cual le otorga como propósito fundamental ¡gárantizar el acceso Universal a los servicios de salud, al Vermpo que le establece un diseño Instilucional que asigna al Estado: los labates proplús de la! regulación e Introduce nuevos mecanismos de finonciamiento y provisión de servicios. Es asi como la estructura del sistema queda definida en ocho núcleos funcionales interdependientes: l.La Dirección y Reciaría, en cabeza del Gobisrmo Nocional, :el Ministerio de Salud y Protección Social y la Comisión de Regulación en sáldd ERES, quienes

interdependientes: l.La Dirección y Reciaría, en cabeza del Gobisrmo Nocional, :el Ministerio de Salud y Protección Social y la Comisión de Regulación en sáldd ERES, quienes dictan las reglas bósicas para 'gurantizar la:operación del sistema: ((. El Finonciamiente a frovés de: El Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosya que reúne los recunos provenientes de las contribuciones y algunos recursos fiscales: y de los Fondos'Locales, Distilalés y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de las transierencios tenitorjales, recursos del orden nációnal y recursos de cofinanciación y los recursos del orden temitoral: Cubren la prima del seguro y otros gastos de salud para la población afiado: IM. El Aseguramiento en salud, que opero en un mercado de competencia regulada a través de las Enlidades Promotoras de salva — EPS -, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado. los: Regímenes Especiales. la Excepcionales en Salud, Las Enfidades que Ofrecen Planes Adicionales de Salud. W, La: Administración: de lo Salud, organizada a través de las Direcciones Termtoñales de Salva, en función de la garantía en la' atención de los servicios de salud,

  1. La Prestación de Servicios de Salud. mediante los Preslodares de Servicios de

Salud - PSS. Vi La Inspección, Vigllancia y Control. en: cabeza de lla Superintendencia Nacional de Salud, 'el Insituto Nocional de Salud INS-e Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA.RESOLUCIÓN NÚMERCNOZGGZ DELAÑO 2012. HOJA No. 7

Nacional de Salud, 'el Insituto Nocional de Salud INS-e Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA.RESOLUCIÓN NÚMERCNOZGGZ DELAÑO 2012. HOJA No. 7 Por medio de la cual se adoptó MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA CAJA

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PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO; COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO

Y PROJECCION DELA CONFIANZA PÚBLICA.

Vil. La: Jurisdicción de la Salud, esto es, los jueces: de la solud, en cabeza de la Superintendencia Nacional de salud. vill. La, Conciliación extrajudicial en Salud, que podrá ser adelantada ante la

Superñntendencia Nacional de Salud. Elsisterna estructura dos modalidages de afiliación a la: seguridad social en salud; el régimen contributivo y el régimen subsidiado y crea un sistemó de finoncianmiento, nacional orgentado olrededor del Fondo de Solidaridad y garantía y de los. Fondos Teritorales de Salud, Un sistema de operación y. gestión del proceso de aseguramiento y prestación de serviciós denominado, Enfidades Promotoras de Salvd y un sisiema de prestación directa de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud, Así mismo, crea dos instrumentos que delerminan' la conasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, El Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Fago por Capilación. El propósito fundormentol del sistema, el aseguramiento. constituye la principal heramienta de acceso Universal de la población a los servicios de salud,

año, El Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Fago por Capilación. El propósito fundormentol del sistema, el aseguramiento. constituye la principal heramienta de acceso Universal de la población a los servicios de salud, delegando en las EPS la administración del riesgo de selvd de los afilados; la ERS hácé el papel de arficulador: entre la: pobloción y los prestadores, y entre el financiamiento y la' prestación, ya que es el conducto de conalización de: los recursos hocia la órbita de la prestación de servicios de salva. Este diseño instilucional plantea un sistema de salud que separa el aseguramiento de lo prestación de servicios, con medidas de regulación para que cada función se eolice en condiciones de competencia y para que el Hlujo de recursos desde el aseguramiento hacia la prestación se canalice mediante mecanismos de negociación. La Ley 100 de 1993 estableció la libertad de elección por parte de los Usuarios o afliados del seguro. quienes pueden decidir. o qué EPS: se afillon y comblar de aseguradar en las. lérmiños previstas ey la nono; además, lombién Henen la facullad para alegír, entre les opciones que al asegurador le. presente, el prestador dle servicios al cual quiere acudir dl momento'de hocerwso del seguro. 1.2, 1.INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 56555 Existen; entonces dos fipos de afillados.al Sistema General de Seguridad Social en Salud: => Los aliados al Sistema mediante el Régimen Contributivo, Son los personas vinculadas a través de: contratos de trabajo, (os pensionados. los servidores públicos, los jubllodos, los asociados a Cooperalivas de Trabajo Asociado, y

Salud: => Los aliados al Sistema mediante el Régimen Contributivo, Son los personas vinculadas a través de: contratos de trabajo, (os pensionados. los servidores públicos, los jubllodos, los asociados a Cooperalivas de Trabajo Asociado, y

(os frabojadores independientes informales y formales festos Últimos llamados contralistas). = Los afiliados al Sistema mediante el Régimen Subsidiado. Solas personas sin copocidad de pogo pora cubrir el monto total de la cotización. Será subsidiada en el Sistema General de Seguridad Social en Salud la población mós pobre y Vulnerable del país. en las áreas rurales y Urbanas del país. Y uno transitoedad en el sistemo,aesorución número 002652 os Año 2012. HOJA No. 4 Por medio de la cual se adopla MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA CAJA

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PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, COMO INSTITUTO DESALVAMENTO: 'Y PROTECCION DE LA CONFIANZA PUBLICA. = La prestación de los servicios de salud a la población pobre no asegurada: 2.:SISTEMA DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL la ley 1122 de 2007, crea el Sistema de Inspección. Vigllancia y Contral del Sistema General de Seguridad Social en Salud como un conjunta de normás, agentes. y procesos arliculados entre sí el cual estará en cobeza de la Superintendencia Nacional de: Salud de «acuerdo con 3us compelencios conshiucionales y legales, sin peruicio de las facultades asignadas al Instituto Nacional de Salud, INS, y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Superintendencia Nacional de: Salud de «acuerdo con 3us compelencios conshiucionales y legales, sin peruicio de las facultades asignadas al Instituto Nacional de Salud, INS, y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos, INVIMA. Dentro del proceso normafivo, se ha pasado de un proceso de desceniralización lertitorial definido por la Ley 10 de 1990, la Ley 40'de 1993 y la Ley 100 de 1993, a Un proceso de departamentalización de la Salud con Ley 715 de 2001 y por último con Ley 1122 de: 2007 y la Ley 1438 de 2011, a un proceso de Nacionalización — Centrallzación de la solud de vigllancia y control del SGS55 en cabeza, de la Superntendencia Naciona! de Salud - SS,

21. INSPECCIÓNS Es el conjunto de aclividades y acciones encaminadas al seguimiento, monitarao y evalueción del Sistema General de Seguridad Social'en Salud. y que siven para solicitar, confirmar y

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