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SUPERSALUD - Resolución 2743 de 2012

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2743 de 2012
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2012

REPUBLICA DE COLOMBIA: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN ra, 2012 ( UA SET 202 ¡Por medio de la cual se ordeno la: tóma de posesión inmediato de los bienes, haberes y negocios. y la nervención forzósa ddministrativa para iquidar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR 5.4. “EPS SALUD CONDOR 5S.A.", con NIT '814/000.408:0, y como consecuencia de lo anterior la Revocatoña del Cerlificado «de Habillación pora le operación y administración del Régimen Subsidiado.

El SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD E ¡En ejercicio de sus oííbuciones legales y reglamentarios que le confieren los parágrafos. 1 y 2 del arfículo 230 y el porágrafo 2” del articulo 233 dela Ley 100 de 11993, el arfículo 23, 25, 24 y 27. de la Ley 510 de 1999, el numeral 42.3 del articulo 42, los'incisas 1 y:5 del arliculo 68 de la Ley 715 de 2001, los orliculos 35, 34, los numerales: 1 y 5 del articulo 37. Meroles a, b, e. Fy gy del artículo 39, y los literales a. cd. e. fyj ¡del orfículo 40 de la Ley 1122 de 2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011. los 'Griculos 116 y 117 del Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto :788 de 11998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el orticulo 1 del Decreto 1015 de

'Griculos 116 y 117 del Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto :788 de 11998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el orticulo 1 del Decreto 1015 de 2002, el inciso | del arliculo 6% del Decreto 506 de 2004 y an especial con el orticulo 1, los numerales |. 2, 4 y 8 del artículo 3, los numerales 1.4 y 8 y el porágrato del arfículo 4. el articulo: 5. las. mumerales 1 3,4,:5, 8, 14, 15, 22, 23, 24, 25, 26, 30, 34, 38, 39, 40 y 45 del articulo 6, los numerales 1, 3, 7, 8, 9, 13,22, 23, 24, 25, y 42 del arfículo 8 | «del Decreto 1018 de 2007. y llos arficulos 9.1.1.1,1..al:2.1.1.3,3. y del 9.1.3.1). al. | 9.:1:3.104. del Decrelo 2555. de 2010, Decreto 1560. de 19. de junio.de 2012 y

CONSIDERANDO

¡CONSIDERACIONES GENERALES Y COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA

NINA DE SALUD: 1.1, LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA El orliculo 48 de la Constitución Política. dispone que la seguridad sacial es un servicio: ' público. Esta corocterística lambién es resolloda respecto de los serviciós de cfención en salud y sáñeomiento ambiental [ort. 49 ibídem)

El orliculo 48 de la Constitución Política. dispone que la seguridad sacial es un servicio: ' público. Esta corocterística lambién es resolloda respecto de los serviciós de cfención en salud y sáñeomiento ambiental [ort. 49 ibídem) Aunque bay quienes propugnon per la eliminación de Un concerto que considerán ambiguo como el de selvicio público, y de paso al de servicio público eséncial!, nuestro ordenamiento utiliza estos locuciones prolificamente con mitos a destacar su importancia dentro: de: Ur Estado social de derecho. En efecto. la creunstancia de que Un ordenamiento de esta trascendenció se oclpe del lema obedece ala identidad, ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicos; [No se puede perder de vista que con el Inició del siglo posado, la visión del Estado regulador suirió una paulatina transtormación hacia el Estado interventor ([v.g. Estado Esta: conreplo allende las recomendaciones de la 0 ey malena laboral de lol forma que no se ponerla el derecho de huelga, csrcenado por jo que se denominó como lo piel de zopa de ese dérecho dentro del conillelo coleciwo,RESOLUCIÓN NÚMERO 002743 DEL. ANO 2012, HOJA No. 2 Por medio. de la. cual se ordena la. toma. de posesión inmediota. de los bienes, hoberes y Negocios. y la mtervención foraosa administrativa para liquidar Ja ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR S.A. “EPS SALUD CONDOR S.A.”, con NIT '814.000.608:0. y como consecuancia de lo onterior la Revocatoria del Certificado de Habilitación para le operación y odministración del Régimen Subsidiado.

'814.000.608:0. y como consecuancia de lo onterior la Revocatoria del Certificado de Habilitación para le operación y odministración del Régimen Subsidiado. benefactor u hoy en día, estado social - IIberal. ete)? y. ¡en cuanto/tal.. le resultó legítimo preslar cierlos servicios, establecer inormos de calidad y cobertura, amparar a franjas de población desprovistos de los mismos, reglamentar los mercados que sellos generan, entre otros aspectos. Con el paso. del tiempo. los servicios públicos ¡pasaton a ser Un atributo. del ciudadano, un certero de identificación del mismo y un propósito global de todos los Estados para garantizar su acceso. En la: década del 70 fe común hallerlos acompañados de la expresión “necesidades básicos satisteshas". Los elementos de generalidad, igualdad, continuidad, obligatoriedad, propios de este concepto, se 'predicah de todos los habitantes de la Nación. Según la Corle Constitucional, el derecho a la salud se ha definido como un derecho irrenunciable, Universal, inspirado en los piinciplos constitucionalés del Estado Social de Derecho. solidaridad. y dignidad humana. que persiguen el cumplimiento material y efectivo de Jas garantias constitucionales, En este senfido, la seguridad sociales un: selvicio público sujelo a lo dispuesto en el arfículo 365 de lá Constitución que los define como inherentes a la finalidad social del Estado, Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente alos habltantes del leribrio nacional. 'BHtema de la Seguridad Social ha sido: tomado porel artículo 48 de la Constitución 'Polílica, que establece que, es Un servicio público de carácter obligatorio que se

su prestación eficiente alos habltantes del leribrio nacional. 'BHtema de la Seguridad Social ha sido: tomado porel artículo 48 de la Constitución 'Polílica, que establece que, es Un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, evordinación y control del Estado. en sujación a los pencips de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los lérminos que establezca lo ¿As los coses, se garentiza a lodos los hobllantes del teritoño el derecho irenunciable ¡alla Segundad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación «de Jos servidios en la forma que determine la Jey. Le coresponde'al Estado: organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de solud 4 los hablldhiles y de saneamiento ambiental conforme: a los principios de eficiencia, univeralldad y solidaridad. También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por enfidades privadas, ejercer su viglloncia y control. Así mismo, establecer las compelenciós de la Nación, las entidades tenitoriales y los particulares y determinar: los aportes a su cargo en los lármihos y condiciones señalados enla ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada. par niveles de ¡atención y con porficipación de lo comunidad. Toda perona llene: el deber de procurar el cuidado integral de su salva y la de sU comunidod. En este sentido, la Ley :100.de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social en Salud pora garantizar la salva con énfasis en la promoción y la prevención pora que lodos los habitantes del país

:100.de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social en Salud pora garantizar la salva con énfasis en la promoción y la prevención pora que lodos los habitantes del país tengan accéso a los servicios de salud. 3 Cfr. Nelly Comsevor y Efgar Gonza. Servicios Públicos Damisiallos e intervención del Estado, en ECONOMÍA COLOMBIANA, No. 174, oclubre de 1985, Sobre el mimo temo, Francisco). Ocba, SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN DEL ESTADO. PNUD) Bogalá 1490, No se puede pasar por alfa que la Isora del servicio público está en los pliegues mismas del Estado interventor, Cfr.. Fernando Rojas y Jorge Iván pa ECONOMÍA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, Uma veidn acera mia, Cine, 16 1988, Hóg, 8RESOLUCIÓN Número 002743 oe Año 2012. HOJA No. 3

Por medio: de la cual se ordena la loma: de posesión inmediata. de los bienes, haberes y hegocios. y la Ihlervención torzóse' aldminisiraliva para liquidar la ENTIDAD: PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR S.A. “EPS SALUD CONDOR 5.A., con NIF | 814.000.608-0, y como consecuencia de lo anterior la Revocatoría del Caniificado de Habitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado. 1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A partir de la. expedición de la Ley 10 dé 1990, can un claro entague de organización y descentralización dela prestación de servicios de solud en el sistema de salud, la

1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A partir de la. expedición de la Ley 10 dé 1990, can un claro entague de organización y descentralización dela prestación de servicios de solud en el sistema de salud, la ley 60 de 1793 y la definición explicilas de competenciós en los niveles territoriales, y finalmente la. Ley 100 de 1993. que crea al Sistema General de Seguridad Social en Salud, la prestación: de los servicios de salud se sustenta en Un 'esquemno descentralizado, con l4:dctiva participación del sector privado. El miimo se basó en un sistema. de aseguramiento «en un ambiente de compelencio regulada porel Eslaido, a fin de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con los ciiterios establecidos en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, Los Leyes 100 de 1993, 715 de 2001. 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de competencias. y los recursos. establece na. nueva. organización odiministrativo y financiera de los servicios de salud en el pais; olorge protagonismo y aulanomia'a las aulondades letales y regionales le salud, al lNampo que establece los porcentajes de Inversión o estas instancias. para el desarrollo delo.atención a la población. La Ley 100.de 1993 Introdujo. cambios. en la: forma de financiamiento: de: los prestadores públicos y privados de los servicios de salva. Se pasó as Un sistema: de transferencia de recursos a Uno de financiación por media de la venta de servicios, profundizando: de esta manera, la competencia entre el sector público y el pivado con elEstodo cómo regulador.

transferencia de recursos a Uno de financiación por media de la venta de servicios, profundizando: de esta manera, la competencia entre el sector público y el pivado con elEstodo cómo regulador.

El Estado: Colombiano por intermedio del Ministerio de Salud, hoy, de la Protección Social y en desarrollo de los ariículos 48 y 49 de la Constitución Polifica provee las herramientas para lo. oferta y establece la: seguridad social en salud. a ta población del territorio nacional a través dela Ley 100 de 1993.

El sistema. de salud existente, previo a la vigencia della Ley 100 de 1993 se coracterizaba por lo fallo de universalidad, solidaridad y eficacia en sus distimics acalones, reflejada bósicamente lo insuficiente cóbertura de la población para la atención de su salud, -el centrallsmo y flaidez para la prestación: de sus servicios. la escosa: capacidad resolutiva de los servicios, y lo inexistencia del tubajo intersectorial, entre Otras factores, que levoron' a que el sistema en salud fuera profundamente inefectivo. (e esta; manera, la Conslilución 'Polífica de 179]| establece en su, contenido. el derecho o lo salud y la Seguridad Sociol en Salud como derecho irrenunciable de llos Colombianos y como servicios públicos obligatorios. garantzando' para elo a todas las personas los servicios. de promoción. protección y recuperación de su salUd, con uno organización descentralzada delos servicios, dada por los diferentes niveles:de 3Lo olención de salud y el 'soneamiento ambiental son servicios públicos a corgo dal Estado. 3e gorantiza alodas las persenas el acceso o los servicios de promoción: protección. y reeuperación de

3Lo olención de salud y el 'soneamiento ambiental son servicios públicos a corgo dal Estado. 3e gorantiza alodas las persenas el acceso o los servicios de promoción: protección. y reeuperación de Nasolud. Corespende-al Estado organizar, dirigir, y reglamentaria prestación de servicios de salud alos hablantes y de saneamiento ambiental: contorme a los principios. de eficiencia, univesalidad. y soldador, Tombién, establecer las polílleas pora la prestación de servicios de salud. por entidades piivadas. y ejercer su viglancio. y contral, Así mismo. establecer las competencias de 9 Nación, las enlidades lemitoricles y los. particulares. y determinor lbs oportes a su corgo en los Jérminos y cóntiiciones señolacdos en la Ley. los servicios dde salut ss organizarán en foma déscentrallcado, por niveles de piención y cóh paricipación de la comunidad. La Ley señalará las léeminos en los cuales la alengión bésica pora lodes las hobilanies será: gralulta y obligolora. Todo persona tíene el deber dé procurar el culdado inteqídl de lo solur y la de su comunidad" Arfículo 49 de la Constitución: 07aesoLución número 002743 pe año 2012. HOJA NO. 4 Pór medio de la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios. y la Intervención forzosa administrativa para hauidar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR S.A. “EPS SALUD CONDOR $:A.”. con NIT 814.000.408:0, y como consecuencia de lo anterior lo Revocaloño del Certificado

PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR S.A. “EPS SALUD CONDOR $:A.”. con NIT 814.000.408:0, y como consecuencia de lo anterior lo Revocaloño del Certificado de Habilitación pora la operoción y cdministración del Régimen Subsidiado, atención, con la porficipación. de jos agentes públicos y privados y “con la plena 3 dehicn A La Carta Consiitucional'de 1991, en el arlículo: 48 consagra Ja" creación del Sstemo de Segundad Social Integral, concediéndole lo Dirección, Coordinación y Contral a como del Estado Eolombiano. Con las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1176 de 2007, y 1438 de 201) se desarrolla el Sistema de Seguridad Social integral, entendido:como la totalidad de instituciones. normos y procedimientos, de que dispone la cómunidad pora gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de los planes y programas que el Estado: y: la: sociedad «desarrollen: para proporcionar la' cobertura integral de las flesgos, especialmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de los habitantes del leritata nacional. con al fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. Para estos efectos, se considera al sistema como un conjunto. armónico de enfidades públicas y privadas, mormas y procedimientos, | conformado porlos regimenes establecidos por al legislador. En términos de las articulos 48 y 49 de la Constitución Polltica y contarme al artículo 2 del Decreto /804:de 1998; el Estado: gorantza el occeso a los servicios de salud y teguia el conjunto de beneficios a. que llenen derecho jos afiliddós como servicio

del Decreto /804:de 1998; el Estado: gorantza el occeso a los servicios de salud y teguia el conjunto de beneficios a. que llenen derecho jos afiliddós como servicio público esencial, con el propósito de mantener o recuperar su solud y evitar el menoscabo de su capacidad económica delvada de incapacidad temporal por entermedad general y matemidad. En este sentido, y como lo reconoce la Sentencio T-780.de 2008 de la Corle Constitucional "4.1.6, El Sistema General de Seguridad Social en Salud, en su conjunto, es. un servicio público esencial. Es además un “servicio público obligatorio, cuya dirección, caprealinoción y control estón e cargo. del Estado" [art, 4%, Ley 100 de 1993). El Sistema General de Segufidad Social en Súlvd se basa en los principios de inivesalidod, equidad. obligatoriedad protección integral. libre escogencia, autonomía de Jas instiluciones, descentralización administrativa, subsidiariedad, complementanedad participación social, participación cludadana, concertación calidad e integración funcional: La Ley de Seguídod Social. que reforma el 'Sittema de Salve en Colombia, ene entre ofros propósitos tesalver problemas de inequidad en el acceso alos servicios y mejorar la calidad en la: prestación delos mismos: enfrentar/la desarficuloción entre las diferentes instifiiciones linadecuadá coordinación y complémentarledad) y la debifídad de la estructura institucional y administrativa. Ampliar lla (cobertura de atención en salvd a los grupos de población más necesitodos requiere de esfuerzos encaminadas. a modificar los múltiples factores:que

debifídad de la estructura institucional y administrativa. Ampliar lla (cobertura de atención en salvd a los grupos de población más necesitodos requiere de esfuerzos encaminadas. a modificar los múltiples factores:que han incidido históicomente en su resticción: ente ellos sobresalen las dlficullodes; de écceso geográfico, cullural y económico; aquellas propids del descrrollo del sistema de salud en el país, la inequidad:en la distribución de recursos.entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los operadores primarios del servicio de salud; La atención en salud se constituye en un-servicio básico que contribuye al mejoramiento de lá colldad de vida acorde'a la dignidad humana dal punto que se le ha'oforgado eltango de derecho fundamental. ORESOLUCIÓN NÚMERO 0 02 1d 3 pil AÑO 2012: HOJA No. 5 Por medio de. la cual se ordena. la toma. de posesión Inmediata de los bienes. haberes y negocios, y la intervención forzosa administrativa pora liquidar ia ENTIDAD PROMOTORA [DE SALUD SALUDCONDOR 5,A, “EPS SALUD CONDOR 5.A.”, con NIT 814:000.408-0, y como consecuencia de lo antañár la Revocatoria del Certificado de Habilitación para la operación y:administración del Régimen Subsidiado. AlEstado le coresponde garantizar este conjunto de benéficios en forma directa o a través de lerceros con el objeto de proteger de manera efectiva el derecho a la sold. Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se vccede dependiendo de la tora de ponicipación en el Sistema. Dicha participación: se

través de lerceros con el objeto de proteger de manera efectiva el derecho a la sold. Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se vccede dependiendo de la tora de ponicipación en el Sistema. Dicha participación: se efectúa en calidad de ofilado cotizante, como afiliado beneficiario, como afiliado subsitiado, o.como pobre ho asegurado o como pobre en actividades no cublertas por subsidios a la demanda. Debe fenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por e litertl'b) del artículo 158 dela Ley 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistema General de Segundod Social'er Salud, previo el pago de la colización reglamentarño o 4 través del subsidlo que se financiará con recursos fiscales. de solidaridad y los ingresos propios de los entes: tenitoriales. la Ley 100.de1993 en su artículo 157 y el arfículo 25 del Decreto 804 de 1998, establece entonces, los tipos de participantes. en el Sstemo General de seguridad Social en Salud, manifestando que a partir de la sanción de lo Ley 100 de 1993, lodo: colombiano participará enel servicio esencial de salad. que permite el Sistema Geretol.de Seguridad Social en Salud unos lo harán en su condición de ofiliados al régimen contíbulivo o subsidiado y olros lo harán en forma temporol como parñicipantes vinculados Roy población poble no asegurada. El Estado Colombiano a Iravés del Ministerio de Salud, hoy de la Prolección Social y en desarrollo de los articulos 48 y 42 de Ja Constilución Pólílica provee las heromientas para la ofertas y establece seguridad social en salud a la población del

El Estado Colombiano a Iravés del Ministerio de Salud, hoy de la Prolección Social y en desarrollo de los articulos 48 y 42 de Ja Constilución Pólílica provee las heromientas para la ofertas y establece seguridad social en salud a la población del lemiario naciónal a través de la Ley 100 de 1.993. Bajo su división en dos regímenes el “Contributivo y el Subsidiado" Tronstórmando el esquema. tradicional en salud y generando como resultado el subsidio:a la demanda y la transtormación del Subsidio de lo oferta, que beneficioró a la población pobre y Vulnetable clasificada en Jos iistados censales y a la población pobre y vulnerable identificada en los niveles Uno 11), Dos (2) y Tres (3) de la Encuesta del Sisbén de cada municipio. El Sisterna General de Seguridad Social en Salud se constituye en. el nuevo paso de | organización en salva en el temiorño nacional bajo la consigna del aseguramiento, lo alllación y la atención de lá población del terifoo nagioñal en cumplimiento, de los: principios de solidaridad, universolldad, eficiencia. y equidad en la. prestación de servicios de salud, el cual debe brindarte con oportunidad, calidad y accesibilidad y cubrAmiento.enel tenitorio nacional a fravés de: => El Régimen Contributivo, creado para la afiliación y aseguramiento en salud delo población ¡con capacidad de pogo para pagar su salud, == El Régimen Subsidiado organizado: pará la afiliación y aseguramiento de lo población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para paga su salud, >» La atención de la población pobre no asegurado, establecida para atender a

== El Régimen Subsidiado organizado: pará la afiliación y aseguramiento de lo población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para paga su salud, >» La atención de la población pobre no asegurado, establecida para atender a lo población pobre y vulnerable sin.capacidad de pago para pagar sil salva no afiliada por ningún sistema. de salud Elsistemo crea la operación y gestión del proceso de aseguramiento y la prestación directa de servicios ven los denominados Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente, crea dos instrumentos que determinen le canasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, el Plan Obligatorio de Salud. y la Unidad de Pago por Copilación.RESOLUCIÓN Númsio 00274 Gor Año 2012: HOJA No. 4 Pot medio de la cual se ordena la toma de posesión Inmediata delos bienes, haberes y negocios, y la inlervención forzoso administrativa para liguidar la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR S.A. "EPS SALUD CONDOR 5.A.", con NIT 814.000.608-0, y como consecuencia de lo anterior la Revocatotía del Certificada, de Habilitación pora la operación y administración del Régimen Subsidiado. ¡Lo novedoso del Sistemo;consiste-en la división y especialzación de las funciones de dirección y control afiliación, gestión y aseguramiento y prestación directa de servicios en entidades independientes con autentmia Gamiristraliva y financiera que Independiente de su naturaleza púbilca:o privada realizan sus funclanes con criterios de 'eficiencia empresario), calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad ecoñámico. El 'SGSS$ asegura intemamente su equilibrio: contraponiendo: la racionalidad

de 'eficiencia empresario), calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad ecoñámico. El 'SGSS$ asegura intemamente su equilibrio: contraponiendo: la racionalidad ¡económica de los aseguradores con la de los prestadores directos u operadores primarios de los servicios de salud, enel sentida de que los primeros obtienen su rentabiidad en relación Inversa con el húmero de casos atendidas, vale decir. en el espiritu. de la Ley en el número de cosos prevenidos y los segundos, los prestadores 'oblienen su rentabilidad a medida que crecen los cosos atendidos. ¡Conforme lo consagrado en la Ley 100 de 1923, sobre la organización «del Sistema General de Seguridad ¡Social en Sold, éste se compone de aseguradoras, administradoras y prestadores de servicios de salud. La Ley 100 de 1993 delimita la esttuclura y el funcionamiento del sistema genero! de: seguridad social en salve, al cual le otorga como propósito fundamental garantizar el acceso universal o los servicios de solud, al fiempo que le establece un diseño institcional que ásigno al Estado las idlbores propias de la regulación e mtroduce nuevos mecanismos de financiamiento y provisión de servicios, Es asi como la estuctura: del sistemo queda definida. en ocho núcleos funcionales interdependientes; lL. 'La Dirección y Rectora, en cabeza del Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Comisión de Regulación en salld CRES, quieñas ¿dictan las reglas básicas para garantizar la operación del sistema: Ml. ¡El Financiamiento a lravés de: El Fando de Solldaraad y Sarantia -Fosyga que reúne los recursos provenientes de las conlribuciones y algunos recursos

¿dictan las reglas básicas para garantizar la operación del sistema: Ml. ¡El Financiamiento a lravés de: El Fando de Solldaraad y Sarantia -Fosyga que reúne los recursos provenientes de las conlribuciones y algunos recursos fiscales y de los Fondos Locales, Disirilales y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de las iransterencios temitoriales, recursos del “orden nacional y recursos de cofinanciación y los recuros del orden heritoñal: ¡Cubre ld prima del seguro y otros gastos desalvd para la población amada: MH Aseguromiento en salud, que opero 'en un mercado: de: compelencia regulada a' traves de los Enfidades Promolorás de salud = EPS -, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Regíménes Especiales o. Excepcionales en Salud, Los Enfidades que Ofrecen Plones Adicionales de Salta; WM. La Administración de la Salud, organizado a través de las Direcciones: Terrilotiales de Salud, en función de la garantia en la atención de los servicios de salud.

Y. ¡La Prestación de Servicios de Salud. mediante las Prestadores de Servicios de Solud - PSS, Vi La Inspección. Vigilancia: y Control. en cabeza de la. Superintendencia ¡Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Solud INS e Insituto Nacional de viallanciode medicamenteas y alimentos INVIMA.resomwción número 00274 306 Año 2012. HOJA Ho. 7

Par medio. de la cual se ordena la toma. de posesión inmediata de los bienes, hoberes y negocios, y la intervención forzosa administrativa para quidar la ENTIDAD;

Par medio. de la cual se ordena la toma. de posesión inmediata de los bienes, hoberes y negocios, y la intervención forzosa administrativa para quidar la ENTIDAD; PROMOTORA DE SALUD SALUDCONDOR 5,A. "EPS SALUD CONDOR S.A.”, con NIT -814,000.608-0, y como consecuencia de lo anterior la Revocatoria del Certificado de Hobiitación pora la-operación y administración del Régimen Subsidiado, Vil. Lo Jurisdicción de la. Salud, esto es, los jueces dela salud; en cabeza de la superinfendencio Nocional de Salud, MIL ¿Lo Conelliación. extrajudicial en Salud. que podrá ser adelantada ante. la: Superintendencia Nacional de Salud. E sistema estructura dos modalidades de-añliación: o la seguridad social en salva; el téglmen contribulivo y el régimen subsidiado y crea Un sistema de finandlamiento, nacional puoenos alrededor del Fondo de Solidaridad y garantia y de los Fondos Territoñoles de Salud, un sisiemo de operoción y: gestión del proceso de drmiento y prestoción de servicios denominado, Entidades Promotoras de Salud Y un sistema de prestación directa de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salva. Así mismo, crea dos instrumentos que determinan lo: conasta de servicios a asegúror y su costo promedio por persona año. El Plan Obligatorio de Salyd: y la Unidad de Pago por Capitación. El propósito fundamental del sistema. el aseguramiento constituye la principal heramiento de acceso universal de la:población a los servicios de salvd, delegando en los EPS lá administración del Hesgo de salva de los afillacios; la EPS hace el papel

El propósito fundamental del sistema. el aseguramiento constituye la principal heramiento de acceso universal de la:población a los servicios de salvd, delegando en los EPS lá administración del Hesgo de salva de los afillacios; la EPS hace el papel de articulador entre la población y los prestadores. y entre el financiamiento yla prestación, ya que es el conducto de canalización de los recursos hacia la órbila de la prestoción de servicios de salud. Este diseño institucional plantea Un sistema de salud 'que separa al aseguramiento de la prestación de servicios, con medidas de regulación para. que cada: función se realice en condiciones de competencia y pora que el flujo de. recuros desde el aseguramiento hacia la prestación se canúlice hediaptie mecaniimos de negociación. La Ley 100 de 1973 estableció la' bertad de elección por parle de los Usuarios o afilados del seguro, auienes pueden decidir a qué EPS se afillan y. cambiar de osegurador en los lérminos previstos en la norma; además, también lenen lo facultad para elegí. entre ls opciones que el asegurador le presente, el prestador de servicios al cual quiere acudir al momento de hacer uso del seguro. 1.2.1, INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SG5S5 Existen entonces dos tipos de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud: = Los afilados al Sistema mediante el Régimen Contíbulivo. Son los personas vinculados. o través de confratos de trabaja. los pensionados, los servidores públicos; los jubilados, los asociados a Cooperalivas de Trabajo Asociado, y los hhabajadores Independientes Informales y formales [estas Últimos lamados contratistas).

públicos; los jubilados, los asociados a Cooperalivas de Trabajo Asociado, y los hhabajadores Independientes Informales y formales [estas Últimos lamados contratistas). => Los ofllodos al Sisterna mediante el Régiren Subsidiado. Són las personas sin cópocidad de pogo para cubrir el. monta lolal de la cotización. Será subsidiada: en el Sistema General de Segundad Social en Salud la: población mós pobre y vulnerable del país en las áreas rurales y Libanas del país, Yuna lranstodedad en el sisiema.resorución Húmero 002'743 pe AÑO 2012, HOJA No. 8 'Perimedio. de la cual se ordena la toma. de posesión inmediata de: los bienes, haberes y negocios, y la intervención forzosa administrativa pora liquidar la ENTIDAD" PROMOTORA 'DE SALUD SALUDCONDOR S.A. “EPS SALUD CONDOR S.A.”, con MIT 814.000.608-D, y como consecuencia de lo anteñor la Revocatora del Certificado: de Habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado.

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