🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 2857 de 2016

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 2857 de 2016
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

REPU BLIÓ?•t0E 'é©L!OMBIA I 'fi fi,. ..,,.... ,, \..1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

RES OLUCIÓN NÚMERO QQ2857 2 3 SEP 2016

DE 2016 Por la cual se fijan los honorarios mensuales a la Contralora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS EN LIQUIDACIÓN designada mediante la Resolución 1862 de 2016. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 100 de 1993, el articulo 291 y subsiguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 2462 de 2013, la Resolución 000237 de 2010 modificada por la Resolución 002659 del 12 de octubre de 2011 expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud y, CONSIDERANDO Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 001862 del 05 de julio de 2016, ordenó levantar la Medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar y ordenó la Toma de Posesión Inmediata de los Bienes, Haberes y Negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS - departamento del Chocó, identificada con el NIT. 891.680.047-5. Que el artículo Décimo Segundo de la mencionada resolución desi9nó como contralora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS a la doctora YADIRA MA YERL Y BLANCO HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.824.482 de

ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS a la doctora YADIRA MA YERL Y BLANCO HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.824.482 de Bogotá, quien tomó posesión del cargo el día 12 de julio del 2016, tal como consta en el Acta S.D.M.E. 015 de la misma fecha. Que mediante Resolución 000237 de 2010 modificada por la Resolución 002659 del 12 de octubre de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud estableció el procedimiento para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios definitivos a los Liquidadores, Agentes Especiales y Contralores de las entidades objeto de toma de posesión por parte de esta Superintendencia. Que el artículo 3º de la Resolución No. 000237 de 201 O, modificado por el artículo 1 º de la Resolución No. 002659 de 2011, establece que los honorarios de los contralores equivaldrán al ochenta por ciento (80%) del monto de los honorarios fijados al interventor o al liquidador. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución No. 002595 del 02 de septiembre de 2016, fijó los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS del municipio de Quibdó - Chocó en DIECISIETE (17) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, es decir ONCE _MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($11.720.718). ,r Que de conformidad con lo previsto en el artículo 6º de la Resolución No. 000237 de 2010, se

SETECIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($11.720.718). ,r Que de conformidad con lo previsto en el artículo 6º de la Resolución No. 000237 de 2010, se fijarán en el presente acto administrativo, los honorarios mensuales a la Contralora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS del municipio de Quibdó- Chocó, en intervención forzosa administrativa para Liquidar. Que en mérito de lo expuesto este Despacho,RESOLUCIÓN NÚMERO 002857 DE 2016 PAGINA No. 2 ----------- Por la cual se fijan los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL

DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE AS/S EN LIQUIDACIÓN.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. FIJAR los,honorarios mensuales a la Contralora de la ESE HOSPITAL ... . ,◄ _.,, •fi ' , , l , DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO1 DE ASIS del municipio de Quibdó - Chocó en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, _designada mediante Resolución 001862 del 05 de julio de 2016, en la suma equivalente al ochenta por ciento (80%) del monto de los honorarios fijados al Agente Especial Liquidador, es decir en TRECE COMA SEÍS (13,6) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes,· que corresponden a la suma de NUEVE

MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO

PESOS ($9.376.574).

PARÁGRAFO: Los honorarios fijados en el artículo primero de la presente Resolución a la Contralora de la ESE HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS del municipio de Quibdó -

PESOS ($9.376.574).

PARÁGRAFO: Los honorarios fijados en el artículo primero de la presente Resolución a la Contralora de la ESE HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS del municipio de Quibdó - Chocó, serán reconocidos dese la fecha de su posesión, es decir desde el 12 de julio de 2016, de conformidad con lo mencionado en la parte considerativa del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución a la doctora YADIRA MA YERL Y BLANCO HERNÁNDEZ, en su domicilio ubicado en la Calle 42 Sur No. 72H - 80 Barrio Kennedy de la ciudad de Bogotá o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del articulo 67 de la Ley 1437 de 2011. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al doctor JOSE OMAR NIÑO CARREÑO, identificado con cédula de ciudadanía 7.211.492 de Duitama (Boyacá), Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASÍS DE QUIBDÓ - CHOCÓ, en la Carrera 1 Nº 31-25 Barrio Kennedy del Municipio de Quibdó, departamento del Chocó, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud.

Municipio de Quibdó, departamento del Chocó, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO CUARTO. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (1 O) días siguientes a su notificación, ante el despacho del Superintendente Nacional de Salud y en aplicación de los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.

ARTÍCULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá a los 2 3 SEP 2016

NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

NORMAWQZ.-MUÑOZ

SUPERINTENDENTfiAL DE SALUD Elaboró: Allan Leonar Torres Mahecha - Profesional Especializad fi Revisó: Francisco Morales Falla (Jefe Oficina Asesora Jurídica (E V Aprobó: Javier A. Villarreal Villaquiran Superintendente Delegado ara las Medidas Especialefi

Consultar sobre este documento ...