SUPERSALUD - Resolución 3033 de 2012
Superintendencia de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 3033 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA Y SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD eesorución número DUZO33 De 2012 « D40€T, 2012 ) Por medio de la cual se actora el artículo primero de la Resolución No. 002831 dal 12 de Septiembre de 2012, LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarios que le confieren los parágrafos | y 2 del ortículo 230 y el parágrofo 2” del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, et artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el numerol 8 del articulo 42 y, los incisos 2,4, 3 y 6 dal orfículo 68 de la Ley 715 de 2001, los articulos 35, 36, los numerales 1, 2, 3, 4,5 y 6 del ortículo 37, literales a), b). €). d) y. f) del articulo 39, los literales q), D), e) y, HD del artículo 40 de la Ley 1122 de 2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto 788 de 1998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el articulo 1 del Decreto 1015 de 2002, el Decreto 1560 del 19 de Julio de 2012 y en especial con el artículo 1, el artículo 3. los numerales 1, ó y 8 y el porógraío del articulo d, el artículo 5, los numerales 1, 3, 4, 5, 8,
1560 del 19 de Julio de 2012 y en especial con el artículo 1, el artículo 3. los numerales 1, ó y 8 y el porógraío del articulo d, el artículo 5, los numerales 1, 3, 4, 5, 8, 10 12 13, 14, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 34, 5, 38, 40 y 42 del artículo 6, numerales 9, 13, 22, 23, 25 y 42 del orticulo 8 del Decreto 1018 de 2007. el Decreto 1560 del 19 de Julio de 2012 y los articulos 9,1.1,1,1 al 9,1.2,1.3 del Decreto 2555 de 2010, Resolución 000237 de 2010 modificada con la Resolución No, 002659 de 2011 y,
CONSIDERANDO
l. ANTECEDENTES 1.1. uelo mediante la Resolución No. 002831 del 12 de septiembre de 2012, Por la cual se designa contralor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, con el NiT 832.001.966-2. sujeto a intervención forzosa administrativa paro ocministrar”, la Superiniendente Nocional de Salud Encargado snire otros dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR como Contralor de lo EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, o le fima CONSULTANTO LIMITADA, con NIT 800.187.1683, rapresentoda legolmente por el doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR, portador de la cédula de ciudadania No. 1.001.833,
800.187.1683, rapresentoda legolmente por el doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR, portador de la cédula de ciudadania No. 1.001.833, 1,2, Que en comunicación radicada con el NURC 1-2012-087376 del 24 de septiembre de 2012, al doctor Julio Cesar Trejos, informó a la Superintendencia Nacional de Salud que en la parte resolutivo de ta Resolución No. 002831 del 12 de septiembre de 2012 s8 registro un error en el número de su céculo de ciudadanía siendo el nómero correcta 10,018,343, 2. — CONSIDERACIONES DEL DESPACHO En consideración o la comunicación suscrita por el Doctor JUUO CESAR TREJOS ESCOBAR, radicada con NURC 1-2012-087376 del 24 de septiembre de 2012 mediante la cual puso en conocimiento de este Despacho, que el número corsecto de su cédulo de ciudodonía es 10,018,333 expedida en Pereiro, este Despacho uno vez verificado el documento de identidad del citado doctor en su calidad de representanie legal de lo firma CONSULTANDO UMITADA, con NIT 800.187.168-3,RESOLUCIÓN NÚMERO 003033 DE 2012. HOJA No. 2 Por medio de la cual se Gclora el artículo primera de lo Resolución No, 002831 del 12 de Septlembre de 2012, considera necesario aclarar el ortículo primero de la Resolución No. DO2831 del 12 de septiembre de 2012, Ahora bien. este Despocho, procede a pronunciarse frente a la modificación de un acto administrativo, que es una vorlación que se produce sin ofector su identidad o
septiembre de 2012, Ahora bien. este Despocho, procede a pronunciarse frente a la modificación de un acto administrativo, que es una vorlación que se produce sin ofector su identidad o lo sustancial de su sentido o de su contenido, ol respecto encontramos vorlas formas de madificación del accio administrativo como son: - Corrección material del acto: Se presenta cuando el acto es modificado par erores matericles en su formación o transcripción, los cuoles pueden ser de escritura, de expresión, numéricos etc. y que no implican extinción nl modificación esencial del acta, Los errores que dan lugor a esta corrección son los que se presentan en la parte resolutiva del acia y se hará meciante otro acto administrativo. que se integra al que es objeto de la corrección. Sus efectos en el tiempo son retroactivos. - — Aclaración: Ocurre cuando se explica mediante acto adicional una porte del acto definitivo que en su parte resolutiva ofrece cierto grado de oscuridad, de menera que genera dudas en su interpretación, o equívocos que pueden orlginar interpretaciones divergentes. Sus efectos son igualmente retroactivos, mientras no afecten derechos adquiridos y dejondo a salvo los efectos favorables al interesado que se hubiesen producido bajo una de las interprejaciones posibles. - — Relorma: 58 presenta cuando a lo decisión se te introciucen variaciones de fando pero sin extinguido, por razones de conveniencio, oportunidad o mérito. - Invalidación Parcial del Acto: Puede resultar de la revocación o anulación de uña parte de la decisión. - La Conversión: Se da cuondo una parte del acto que s6 estimo afectada de
- Invalidación Parcial del Acto: Puede resultar de la revocación o anulación de uña parte de la decisión. - La Conversión: Se da cuondo una parte del acto que s6 estimo afectada de vicio de nulidad es sustituida por una nuevo que se supone válido. Es una tronstormación del acto, en la que se toman los elementos o ospectos del primer octo que en su forma original resultobo inválido y se los incorpora a un acto distinio en cuyo contexto adquiere validez, es una reutilización del acto inválido.!
Ahoro bien, frente ol caso en concreto tenemos que en el ARTÍCULO PRIMERO qe la Resotución N DO02831 del 12 de septiembre de 2012, por error de digliación se identificó con Cedula de Ciudadania No. 1.001.833 al doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR, siendo el número de Cedula de Ciudadania correcto el 10.108.333, razón por la cual se debe realizar la correspondiente ocloración del caso, Con bose en lo expuesto, esta instancia $e encuentra en la obligación de aclarar el número de Cedula de Ciudodanía paro dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución N, 002831 del 12 de septiembre de 2012. Como quiera que, dicho error no constituye cousal de iregulañdad de carácter procedimental, ni substancial que afecte el contenido de lo decisión adoptado, esto instancia considera pertinente e indispensable en este proveldo, aclorar el número de la cedula de ciudedaría del Representante Legol de la firmo Contralore designoda a la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE. mediante Resolución No. 002831 del 12 de Septiembre de 2012,
de la cedula de ciudedaría del Representante Legol de la firmo Contralore designoda a la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE. mediante Resolución No. 002831 del 12 de Septiembre de 2012, Berrocal Guerrero Luis Enrique, Manual del Acto Administrativo, Tercera Edición, Ediciones Profesional Ltda.RESOLUCIÓN NÚMERO 00303 3 DE 2012. HOJA No. 3 Por medlo de la cual se aclora el artículo primera de la Resolución No. 002831 del 12 de Septiembre de 2012. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR el orfículo primero de la Resolución No, 00283! del 12 de septiembre de 2012, en al sentido colocar el número corecto de lo cédula ce ciudadania del doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR el cual quedará así: "“ARTCULO PRIMERO: DESIGNAR como Contralor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE. a la fimo CONSULTANDO LIMITADA, con NIT 800.187.168-3, Representada Legolmente por el Doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR portador de lo Céculo de Ciudodonia No. 10.018.333 Expedido en Parelra. ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al doctor JULIO CESAR TREJOS ESCOBAR Representante tegal de la firma CONSULTANDO LIDA, en lo Correra 8 A Na. 20 - $7 Oficina 405 de Pereiro en al Departamento de Risaralda, o al sitio que se incique para tal fin y/o ol email: consultando cpaB8 hotmail.com.
en lo Correra 8 A Na. 20 - $7 Oficina 405 de Pereiro en al Departamento de Risaralda, o al sitio que se incique para tal fin y/o ol email: consultando cpaB8 hotmail.com.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución, a la doctora ERIKA JANNETH AHUMADA Agente Especial - Interventor de la EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, en la Calle 7 número 23 - 5] en Son José del Guaviare, Deportamento de Guaviare, a o la dirección que se indique para tal efecto.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido de la presenta Resolución Superintendente Delegado Para Medidas Especiales para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige o parir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá a los 1] E 19 202 A o] - lar Acre > O MY CITA Jets Otra Armoro Juicio - ios Sctcrrabr TDICI PANIC Superman Delsgo0b pora ly Mecioios Elbe ri