SUPERSALUD - Resolución 3119 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 3119 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
PEPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL [ JE SALUD
RESOLUCIÓN NUMERONUZ14 9H De 2012
(12.061. 2012 Por la cual se resuelve un proceso administrativo revocaloria del certificado de habilitación para la o Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓ ) ancionalorio. se ordena la ración y administración del FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA, EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, EPS-S COMFENALCO TOLIMA identitica simultáneamente se adopta la toma de posesión ¡ inmed con NIT 890.700.148-4, y iota de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa" para kquidar dicho Programa, LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE; En ejercicio de sus asribuciones legales y reglamer parágrafos 1 y 2 det artículo 230 y el porágrafo' 2? del q 1993, el artículo 23, 25, 26 y 27 de la Ley 510 de' 1999, e tos incisos 1 y 5 del oriícuto 48 de lo Ley 715 de 2001, los 1, 4. y 5 del artículo 37, fteroales a, b, <, d, f y y del artícule y | del artículo 40 de la Ley 1122 de 2007, el artícuto 12 artículos 116 y 117 del Decreto Ley 463 de 1993,:el Decn 788 de 1998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el ar 2002, el Decreto 3023 de 2002, los artículos 5” y 6? del De
artículos 116 y 117 del Decreto Ley 463 de 1993,:el Decn 788 de 1998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000, el ar 2002, el Decreto 3023 de 2002, los artículos 5” y 6? del De 1? del Decrelo 736 de 2005 y en especial con el artículo artículo 3, los numerales l, 6 y B y el porágrafo del numerales 1, 3, 4, 5, 8, 14, HS, 22, 23, 24, 25, 26, 30. 34, 38 numerales 1,3, 7,8, 9, 13, 22, 23, 24, 25, y 42 del artícuia los artículos 4 y 5 del Decreto 35564 de 2008, los artícul 9.1:3.1.1, al 9,1.3,.10,4. del Decreto 2555 de 2010! el Dec de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso A concordantes y complementonas, y | + | |
CONSIDERANDO
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1, CONSIDERACIONES GENERALES Y COMPETENCIAS
NACIONAL DE SALUD | 1.1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA -El arfículo 48 de la Constitución Política dispone que ta s público. Esta coracteristica también es resallada re atención en solud y saneamiento ambiental (cr. : 149 ibide Aunque hoy quienes propugnan por lo eliminación de L ambiguo como el de servicio público, y de poso el q Este concepto atienda las racomencocionas de la Gili an maten ALUD (E) tarios que le confieren los articulo 233 de la Ley 100 de
ambiguo como el de servicio público, y de poso el q Este concepto atienda las racomencocionas de la Gili an maten ALUD (E) tarios que le confieren los articulo 233 de la Ley 100 de numeral 42.8 del artícuio 42, articulos 35, 38, los numerales 39, ylos literales a. cd, ef 4 de la Ley 1438 de 2011, los elo 1922 de 1994, el Decreto ículo 1? del Decreto 1015 de creto 504 de 2005, el artículo 1, los numerales !, 2, 4 y 8 del crliculo 4, el ortículo 5, los 39, 40 y 45 del articulo é, los 8 del Decreto 1018 de 2007, bs 9,1.1,4,1. al 9,1,1,3,3, y del reta 1560 de 2012, el Código dminisirotivo, demás normas DE LA SUPERINTENDENCIA eguñidad social es un servicio specio de los servicios de mj n concepto que consideron e servicio público esencial”, A laboral de dal torno que no se perviarta el derecho de huekgo, cercenada por to que se denomihó como la piel de zapo de ese derecho dentro del confíícto colectivo, ; | l ) |eN resoLución número 003 11 9 ne 4 ño 2072. HOJA No. 2 Por la cuol se resuelve un proceso cdministralivo sancionaloo, se :dena la revocatoria del certificado de hobillación para la operación y administración del Régimen
Por la cuol se resuelve un proceso cdministralivo sancionaloo, se :dena la revocatoria del certificado de hobillación para la operación y administración del Régimen Subsidiado de to CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FÉNALCO DEL TOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO.. EPS-$5
COMFENALCO TOLIMA idenilificada con NIT 890.709. 148-4, y simuliónaamente se adopla la tama de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención torosa administrativa para liquidor dicho Programa. nuestro ordenamiento uliliza estos locuciones proliicaomente con miras a destacar su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecio, la circunstancia de que un ordenamiento de esta trascendencia:se ocupe del temo obedece a la identidad, ya antigua. entre el Estado y lo prestación de servicios públicos. No se puede perder de vista que con el inicio del siglo pasado, la visión del Estado regulador sufrió una paulatina transformación hocia el Estado interventar (v.g. Estado benefactor u hoy en día, estado social - liberal, etc.J? y, encuanto tal, le resultó legítimo prestar ciertos servicios, establecer normas de calidad y cobertura, amparar a franjos de población desprovistos de los mismos, reglementar los mercados que ellos generan, entre otros aspectos. Con el poso del tiempo, los servicios públicos pasaron a ser un atributo del ciudadono, un criterio de identificoción del mismo y un propósito global de locios los Estados para garantizar su acceso. En lo décado del 70 fue común hallados
Con el poso del tiempo, los servicios públicos pasaron a ser un atributo del ciudadono, un criterio de identificoción del mismo y un propósito global de locios los Estados para garantizar su acceso. En lo décado del 70 fue común hallados acompañados de la expresión "necesidodes básicos satisfechos”. Los elementos de generalidad, igualdad, continuidad. obligatoriedad, propios de este concepto, se predican de todos tos habitantes de lo Nación, Según la Corte Constitucional, el derecho a lo salud se ha definido como un derecho irenunciable, universol, inspirado en los principios constitucionales del Estado Social de Derecho, solidaridad y dignidad humana, que persiguen el cumplimiento material y efectivo de las gorontias constitucionales. En este sentido. la seguridad social es un servicio público sujeto a lo dispuesto en el orticulo 365 de la Constitución que los define come inherentes a lo finalidad social del Estodo. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a los hobitantes del territorio nacional. El tema de la Seguridad Social ha sido tomado por el ortícuto 48 de la Constitución Polílica. que establece que, es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción «€ los páncipios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley. Así los cosos, se garantza a todos tos habitentes del teritorio el derecho irenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de dos particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que cormmprenderó la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. Le coresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de
progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que cormmprenderó la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. Le coresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneomiento ambientol conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Tombién establecer las polílicas para la prestación de servicios de salud por entidades privados. ejercer su vigilancia y control, Así mismo, establecer las competencias de la Nación, los entidades territoñales y los particulores y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. 1 2 Cfr, Ney Corernor y Edgor Gonzátel, Servicios Publicos Dornicitarios e inlerrención del Estado. en ECONOMÍA COLOMBIANA, No, 174, octubre de 1985, Sobra el mismo tema, Froncisca J. OcHOA, SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN DEL ESTADO, PNUD. ¡Bogotá 1990. No se puede pasar por allo que la teorle del servicio público está en los plegues mismos del Estado inlerventor. Cfr, Fernondo Rosas y Jorge iván GonzáLen ECONOMÍA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, UNA VISIÓN ALTERNATIVA, Cinep, Bogolá 1988, pág. 84. |RESOLUCIÓN NÚMERO 00311 IO DIELAÑO 2012. HOJA No. 3 l Por la cual se resuelve Un proceso administrativo sancionaforo, se ordena lo revocolória del certificado de habilitación para la operación y odministoción del Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA, EN SU
del certificado de habilitación para la operación y odministoción del Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIGAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, EPS5-5
COMFENALCO TOLIMA identificada con NI 890.700.148-4, y simullánecmente se adopta la loma de posesión inmediala de los bienes. haberes y negocios y la intervención forosa cdministrofiva para liquidar dicho Programa. Los servicios de salud se organizarán en formo descentralizada, por niveles de atención y con parlicipeción de la comunidad, Toda persona liene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad. En este sentido, la Ley 100 de 1992 creó el Sistema de Segundad Social en Salud para garaniizor la salud con énfasis en la promoción y la prevención para que todos los habitantes del pais tengan acceso e los servicios de salud. ! 1.2, DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | A partir de lo expedición de la Ley 10 de 1990, con un claro enfoque de organización y descentralización de la prestación de servicios de salud en el sisiema de salud, la Ley 50 de 1993 y la delinición explicitas de competencias en los niveles territoriales, y finalmente la Ley 100 de 12993, que crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud, la prestación de los servicios de salud se sustenia en un esquema descentralizado, con la activa participación del sector privado. El mismo se basó en un sistema de aseguramiento en un ombiente de competencia regulada por el Estado. a fin de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con los
descentralizado, con la activa participación del sector privado. El mismo se basó en un sistema de aseguramiento en un ombiente de competencia regulada por el Estado. a fin de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, ¡ Las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1174 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de competencios, y los recursos, establece una nueva organización adminisirativa y financiera de los servicios de salud en el país, otorgo protagonismo y autonomia a las autoridodes locales y regionales de salud, al lliempo que establece los porcentajes de inversión a esias instencias, para el desarrollo de la ctención a la población. la Ley 100 de 1993 introdujo cambios en la formo de financiamiento de los prestadores públicos y privodos de los servicios Ide salud. Se posó de un sistema de transterencia de recursos a uno de financiación por medio de la venta de servicios. profundizando de esta manera. la competenció entre el sector público y el privado con el Estado como regulador. | | El Estado Colombiano por intermedio del Ministerio de Salue, hoy, de la Protección Social y en desarrollo de los articulos 48 y 42 de la Constitución Polííica provee los herramientas poro la oferto y establece la seguridad social en salud a la población del territorio nacional « irovés de la Ley 100 de 1993, I El sistema de solud existente, previo a la vigencia de la Ley 100 de 19293 se caracterizaba por la falta de universalidad, solidaridad y eficacia en sus distintas occiones, reflejado básicamente lo insuficiente cobertura de la población para la
El sistema de solud existente, previo a la vigencia de la Ley 100 de 19293 se caracterizaba por la falta de universalidad, solidaridad y eficacia en sus distintas occiones, reflejado básicamente lo insuficiente cobertura de la población para la atención de su salud, el centralismo y rigidez para la prestación de sus servicios, la 3 "La alonción de salva y el saneamiento ambiental son servicios públicos a corgo del Estodo. Se gorantia a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, prolección, y tecuperoción de la salud. Corresponde al Estado organizar, diigi, y reglementor la prestación de servicias de salud alos hobltantes y de saneamiento ombiental contorme o los principios de aficierncia, univenoldad y sofdoridod. Tembión, establacer kms políticos para la prestación os servicios de sold por entidades privodeas, y ejercer su vigilancia y coniral, AS; mismo, evoblecer las competencias de la Nación, los entidodes teritorales y los porliculores, y delerminor los úportes 6 $4 comgo en los términos y condiciones señalados en la Ley. Los servicios de salud se brganizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con porticipoción de la comunidad. La Ley señoloró los términos en los cuales la otención básica para ledos los habitantes será groluila y obfgatoda. Toda panñona tiene el deber de procurar el evidado integral de ka salud y la de su comunidód." Articulo 49 de ta Conslitución. Y Ñ —
SaRESOLUCIÓN NÚMERO 003119 DELARO 2012. HOJA No, 4
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SaRESOLUCIÓN NÚMERO 003119 DELARO 2012. HOJA No, 4
! Por la cuol se resuelve un proceso administrativo sancionatorio, $e ordeno la revocatorio del certificado de hobiitación para la operación y administración det Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FEMALCO DEL TOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, EPS5-5
COMFENALCO TOLIMA identificada con NIT 890.700.149-4, y simuliáneamente se adopto la tomo de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención torzosa administrativa pora liquidar dicho Programa. , i escasa capacidad resolutiva de los servicios. y la inexistencia del trabajo intersectoríal, entre otros factores, que llevaron a que el sistema en salud fuera protundomente inefeclivo. | De esta manera, la Constitución Polílica de 1991 establece en su contenido el derecho a la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irenunciable de los Colombianos y como servicios públicos obligatorios. garantizando pora ello a todas las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su salud, con una organización descentralizado de los servicios, dada por los diferentes niveles de atención, con la participación de los agentes públicos y privados y 'con ta plena rtic! . 1 ” | La Carta Constitucional de 1291, en el artículo 48 consagro ta creación del Sistema de Seguíidad Social Integral, concediéndole lalDirección, Coordinación y Conirol a cargo del Estado Colombiano. |
rtic! . 1 ” | La Carta Constitucional de 1291, en el artículo 48 consagro ta creación del Sistema de Seguíidad Social Integral, concediéndole lalDirección, Coordinación y Conirol a cargo del Estado Colombiano. | Con las Leyes 100 de 1993. 715 de 2001, 1122,y 1176 de 2007, y 1438 de 201| se desorrollo el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido como la totalidad de instituciones, normas y procedimientos, de que dispone la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de los planes y programas que el Estado y la sociedad descrrollen para proporcioner la coberturo miegral de tos fesgos, especialmente las que afectan ta salud y la capacidad económica, de los habilantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integroción de la comunidad. Para estos efectos, se considera al sistema como un conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, conformado por los regímenes establecidos por el legislador. En términos de los orticulos 48 y 49 de la Constitución Política y conforme al articulo 2 del Decreto 804 de 1998, el Estado garantiza el acceso a los servicios de salud y regula el conjunto de beneficios a que tienen derecho los afiliados como servicio público esencial, con el propósito de mantener o recuperar su salud y eviiar el menoscabo de su capacidad económica derivada de incapacidad temporal por enfermedod general y maternidad, : I En este sentido, y como lo reconoce la Sentencio 1-750 de 2008 de la Corte Constitucional: “4.1.6. El Sistema General de ¡Segundad Social en Salud, en su
enfermedod general y maternidad, : I En este sentido, y como lo reconoce la Sentencio 1-750 de 2008 de la Corte Constitucional: “4.1.6. El Sistema General de ¡Segundad Social en Salud, en su conjunto, es un servicio público esencial, Es además un “servicio público obligaloro, cuya dirección. coordinación y control están a corgo del Estado” (ari. 4%, Ley 100 de 1993). El Sistema General de Seguiidad Social en Solud se base en los principios de universalidad. equidad, obligatofedod protección integrol, libre escogencia, autonomía de las instituciones. descentralización cdministrativa, subsidiariedad, complementariedad participación social, participación ciudadana, concertoción calidad e integración funcional. La Ley de Seguridad Social, que reforma el Sistema de Salud en Colombia. tiene entre otros propósitos resolver problemas de inequidad en el occeso a los servicios y mejorar la calidad en la presiación de los mismos: enfrentar la desorliculación entre los diferentes instituciones (inadecuada coordinación y complemenitariedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa, ' /RESOLUCIÓN número 03119 DELAÑO 2012. HOJA No. 5 ed se Pos la cual se resuelve un proceso administrativo sencionalorio, se ordena la revocatorio del caorfificodo de habilitación para ta operación Y administración del Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, EPS-5
COMPFENALCO TOLIMA identificada con AT 890.700. 148-4, y simultáneamente se adopta
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, EPS-5
COMPFENALCO TOLIMA identificada con AT 890.700. 148-4, y simultáneamente se adopta la loma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención lorzosa administrativa para kquidar dliicho Programa. Amplior la cobertua de atención en satudl a los grupos de población más necesitados requiere de esfuerzos encaminados a moclificar los múltiples factores que hen incidido históricamente en su resiricción: entre ellos sobresalen las dificultodes de acceso geográfico, cultural y económico: aquelas propias del desarrollo del sistema de salud en el pais, la inequidad en la distibución de recursos entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los operadores primarios del servicio de salud, La atención en salud se constituye en un servicio básico que contribuye al mejoramiento de ta celidad de vido ocorde a le dignidad humona al punto que se le ha otorgado el rango de derecho fundamental, , Al Estadio le corresponde garantizar este conjunto de beneficios en forma directa o a través de lerceros con el objeto de proteger de manera efectiva el derecho oO la salud, Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se occede dependiendo de la forma de participación en el Sistemo. Dicha porticipación se efectúa en calidad de afilado cotizante, como afiliado beneficiaño, como afitado subsidiado, o como pobre no asegurado a como pobre en aciividades no cubiertas por subsidios a lo demanda. ; Debe tenene en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del artícula
subsidiado, o como pobre no asegurado a como pobre en aciividades no cubiertas por subsidios a lo demanda. ; Debe tenene en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del artícula 156 de la Ley 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberón estar afiliados al Sistema General de Seguiidad Social en Salud, previo el pago de la cotización reglamentaria o a través del subsidio que se financiará con recursos fiscales, de solidaridad y los ingresos propios de los entes Jeritoriales, La Ley 100 de 1923 en su + artículo 157 y el articulo 25 del Decreto 806 de 1998, establece entonces, los tipos de participantes en el Sistemo General de Seguridad Social en Salud, manifestando que a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993, todo colombiano porlicipará en el servicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud unos lo harán en su condición de afiliados al régimen contibutivo o subsidiodo y otros lo horán en forma temporal como porlicipontes vinculados hoy población pobre no asegurada. El Estado Colombiano a trovés del Ministerio de Salud, hoy de la Protección Social y en desarrollo de los articulos 48 y 4% de la Constitución Polílica provee las herramientas pora la ofertas y establece seguridad social en salud a la población del temtorio nacional a irovés de la Ley 100 de 1 773. Bajo su división en dos regimenes el “Contributivo y el Subsidiado” Transtormando el esquema tradicional en salud y generondo como resultacio el subsidio a la demonda y la transformación del Subsidio de la oterta, que beneficiará a la población pobre y vuinerable clasificada en los
“Contributivo y el Subsidiado” Transtormando el esquema tradicional en salud y generondo como resultacio el subsidio a la demonda y la transformación del Subsidio de la oterta, que beneficiará a la población pobre y vuinerable clasificada en los listados censales y a la población pobre y vulnerable identificada en los niveles Uno (1), Dos (2) y Tres (3) de la Encuesta del Sisbén de cada municipio. El Sistema General de Seguridad Social en Salud se constiluye en el nuevo poso de organización en salud en el tenitorio nacional bajo la consigna del aseguramiento. la afilación y lo atención de la población del territorio nacional en cumplimiento. de los principios de solidaridad, universalidad, eficiencia y equidad en la prestación de servicios de salud, el cual debe biindaorse con oporiunidad, calidad y accesibilidad y cubrimiento en el territorio nacional a rovés de: > El Régimen Contributivo, creado para la afiliación y aseguramiento en solud de la población con capacidad de pago para pagar su salud,AN RESOLUCIÓN número 4 09119 DEL ÁÑO 2012, HOJA No. £ - Por la cual +e resuelve un proceso administrotivo sencionalorio, se ordena lo revocatoria del certificado de habilitación pora la operación y administración del Régimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO. EPS-5
COMFENALCO TOLIMA idenfíficada con NIT 870.700.148-4, y simbliánecamente $e adopta la loma de posesión inmediala de los bienes, haberes Y negocios y la intervención
COMFENALCO TOLIMA idenfíficada con NIT 870.700.148-4, y simbliánecamente $e adopta la loma de posesión inmediala de los bienes, haberes Y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar dicho Programa. => El Régimen Subsidiodo organizado para'la afiliación y aseguramiento de la población pobre y vulnerable sin capocidad de pago pora pagar su salud, => ta atención de la población pobre no oségurado. establecida para atender a la población pobre y vulnerable sin capacidod de pago pora pagar su salud no afliada por ningún sistema de salud ' £l sistemo crea lo operación y gestión del procesa de aseguramiento y ta prestación direcia de servicios en los denominados Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente, crea dos instumentos que determinan la canasta de servicios a asegurar y su coslo promedio por persona año, el Plan Obligatoño de Salud y la Unidad de Pago por Copiteción. Lo novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las funciones de dirección y control, afillación, gestión y aseguramiento y prestación directa de servicios en entidades independientes con auloñormía administrativa y financiera que independiente de su naluraleza pública o privado reolizan sus funciones con criterios de eficiencia empresorial, calidod de los iservicios, integración funcional y rentabilidad económica. : | El 56555 asegura intemamente su equiibio contraponiendo la racionalidad económica de los aseguradores con la de los prestadores direcios u operadores primarios de los servicios de salud, en el sentido de que los primeros obtienen su rentabilidad en relación inversa con el número de casos atendidos, vale decir en el
económica de los aseguradores con la de los prestadores direcios u operadores primarios de los servicios de salud, en el sentido de que los primeros obtienen su rentabilidad en relación inversa con el número de casos atendidos, vale decir en el espiñtu de la Ley en el número de casos prevenidos y los segundos. los prestodores obtienen su rentabilidad a medida que crecen los casos atendidos. Conforme lo consagrado en la Ley 100 de 1993, sobre la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud, éste se compone de aseguradoros, administrodoros y prestadores de servicios de salud. La Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de seguñdad social en salud, al cual! le otorga como propósito fundamental garantizar el acceso universal a los servicios de salud, al tiempo que le esioblece un diseño institucional que osigna al Estacio clas labores propios de la reguloción e introduce nuevos mecanismos de financiomiento y provisión de servicios. Es así corno la estuctura del sistema queda definida ; en ocho nucleos funcionales interdependientes: La Dirección y Rectoría, en cabeza del¡Gobierno Nacional, el Ministerio de Solud y Protección Social y la Comisión de Regulación en satud CRES, quienes dictan las reglas básicos para garantizar la operación del sistema: Il. El Financiamiento a través de: El Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga que reúne tos recursos provenientes de los, contribuciones y olgumos recursos fiscoles-: y de los Fondos Locales, Distritales y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de las transferencias territoriales, recursos del orden naciona! y recursos de cofinanciación y los recursos del orden lemiorial:
fiscoles-: y de los Fondos Locales, Distritales y Departamentales de Salud que reúnen los recursos provenientes de las transferencias territoriales, recursos del orden naciona! y recursos de cofinanciación y los recursos del orden lemiorial: Cubren la prima del seguro y otros gastos de salud pora la población afiliada; l | 1 1 3 1risotución Número 00311 9D or Añ0 2012. HOJA NO. Z +. Par la cual se resuelve un proceso administrativo soncionatorio, se ordena la revocatoria del cerllficado de habilitación para la operación y administración del Réqimen Subsidiado de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL FOLIMA, EN SU
PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIHIADO, £PS-5
COMFENALCO TOLIMA identificada con NIT 890, 209. 148-4, y simuliánecomente se adopta la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar dicho Programa. Il. El Aseguramiento en salud, que opera, en un mercado de competencia regulada a irovés de las Entidades Promotoras de salud - EPS -, Entidades Promotoras de Solud del Régimen Subsidiado, los Regímenes Especiales o Excepcionales en Salud, Las Entidades que Ofrecen Planes Adicionales de Salud. NW. La Administración .de la Salud, organizado a través de das Direcciones Teritoriales de Salud, en función de la garantía en lo atención de los servicios de soltud.
Y. La Prestación de Servicios de Salud, medionte los Prestadores de Servicios de Salud - PSS. y
Teritoriales de Salud, en función de la garantía en lo atención de los servicios de soltud.
Y. La Prestación de Servicios de Salud, medionte los Prestadores de Servicios de Salud - PSS. y vL La Inspección, Yigilancia y Control, en cobeza de la Superintendencia Nacional de Salud, el Instiiuto Nocional de Salud INS e Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA. vi La Jurisdicción de la Salud, esto es. los jueces de la salud. en cabeza de la
Superintendencia Nacional de Salud, ' '
VI. La Conciliación extrajudicial en Salud, que podrá ser adelaniada ante la
Superintendencia Nacional de Salud. 0 El sistema estructura dos modalidades de afil liación o la seguridod social en satud; el régimen contributivo y el régimen subsidiado y, "creo un sistema de financiamiento, nacional orgenizodo alededor del Fonda de Solidaridad y garantía y de los Fondos Termtorioles de Salud. um sistema de operación y gestión del proceso de aseguramiento y prestación de servicios denominado. Entidades Promotoras de Salud y un sistema de prestación direcia de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud. Así mismo, crea dos insiumentos que determinan ta canasta de servicios a osegurar y su costo promedio por persona año. El Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación. , El propósito fundamental del sistema, el oséguramiento constiluye la principal herramienta de acceso universal de la población a los servicios de sotud. delegondo en las EPS la administración del riesgo de salud de los afiliados: la EPS hace el papel de orfticulodor entre la población y Jos prestadores, y enire el financiamienio y la
herramienta de acceso universal de la población a los servicios de sotud. delegondo en las EPS la administración del riesgo de salud de los afiliados: la EPS hace el papel de orfticulodor entre la población y Jos prestadores, y enire el financiamienio y la prestación, ya que es el conducto de conalización de los recursos hacia la órbita de la prestación de servicios de solud, | Este diseño institucional plantea un sistema de salud que separa el oseguramiento de la prestación de servicios, con medidas de regulación pora que cada función se realice en condiciones de competencia y para que el flujo de recursos desde el aseguramiento hacia la prestación se conalice medionte mecanismos de negocicción. la Ley 100 de 1993 estableció la liberiad de elección por parte de los usuarios O afiliados del seguro, quienes pueden decidir a qué EPS se afillan y cambiar de asegurador en los términos previstos en la norma; además. también
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