SUPERSALUD - Resolución 3308 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 3308 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 003308DE 2012 (2 5 0CT, 2012 > Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S, identificada con NIT 891856000-7, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR UN
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 22 del artículo 230 de la Ley 100 de 1993, Igualmente, el parágrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el capítulo XX del numeral 1 del artículo 113 "Instituciones de Salvamento y Protección de la Confianza Pública” "Medidas Preventivas de la Toma de Posesión - Vigilancia Especial - del Decreto Ley 663 de 1993, el artículo 19 de la Ley 510 de 1999, el numeral 5 del artículo 42, el inciso 1 del artículo 68 de la Ley 715 de 2001, los literales a, b y e del artículo 35, el artículo 36, los numerales 1, 2,3, 4 y 6 del artículo 37, los literales a, b, c, d, e, f, g y h del artículo 39, y los literales a, e, d, f y j del artículo 40 de la Ley 1122 de 2007, el numeral | del artículo
2,3, 4 y 6 del artículo 37, los literales a, b, c, d, e, f, g y h del artículo 39, y los literales a, e, d, f y j del artículo 40 de la Ley 1122 de 2007, el numeral | del artículo 121 de la Ley 1438 de 2011, los artículos 1,2,3 y 4 del Decreto 882 de 1998, los artículos 1, 4, 5, 6, 7,11,12,13,14 y 15 del Decreto 1804 de 1999, el Decreto 515 de 2004, los Decretos 506, 3010, 3880 de 2005, el inciso 1 del artículo 1, el inciso é del artículo 2, los artículos 3 y 4, el numeral 2 del artículo 5, los artículos 6, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 38 del Decreto 1011 de 2006, el artículo 1, los numerales 1, 2, 3,4, 5, 6, 7,8 y 9 del artículo 3, los numerales 1, 5, 6, 8 y el parágrafo del artículo 4, los numerales 1, 3, 4, 5, 8, 2, 10, 12, 13, 14, 19, 22, 23 24, 25, 27, 28, 30, 34, 36, 38, 39, 40 y 45 del artículo 6, y los numerales 7, 8, 11, 15, 22, 23, 24, 25 y 42 del artículo 8
del Decreto 1018 de 2007, el Decreto 3556 de 2008, el Decreto 2170 del 19 de octubre de 2012, las Resoluciones 581, 1189 de 2004 del Ministerio de la Protección Social hoy de Salud y Protección Social, el numeral 1.3. del capítulo | del Título Il y el numeral 3, capitulo Segundo, Titulo XI de la Circular Externa 047 de 2007 de la Superintendencia Nacional de Salud y
CONSIDERANDO
1.1.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE VIGILANCIA ESPECIAL A LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S.
La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 entre otros dispuso: “).
ARTICULO PRIMERO: REVOCAR la resolución No. 000528 del 7 de abril de 2010, por medio de la cual se revocaba el certificado de habilitación para la operación y administración del Régimen Subsidiado en Salud, otorgado a LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPS-S, con NIT891856000-7 y se ordenaba la MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE TOMA DE POSESIÓN INMEDIATA DE LOS BIENES, HABERES Y NEGOCIOS Y DE INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRAR LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMÉN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN Ya
resoLución número 003308 pe 2012. HOJA No. 2
DE INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRAR LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMÉN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN Ya
resoLución número 003308 pe 2012. HOJA No. 2 Por el cual sé levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 891856000-7, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
SEGURIDAD SOCIAL DE CASANARE — - CAPRESOCA EPS-S, COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCIÓN DE LA CONFIANZA PÚBLICA, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído y a lo definido por el inciso 3 del artículo 3 del artículo 21 de la Ley 510 de 1999, modificatorio del artículo 115 del Decreto 663 de 1993, teniendo en cuenta, que en desarrollo del proceso de Revocatoria de la Habilitación de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S, se ha encontrado que es posible colocar a la enfidad CONDICIONES DE DESARROLLAR SU OBJETO SOCIAL, Y DE REALIZAR ACTOS QUE PERMITAN A SUS AFILIADOS, MEJORES CONDICIONES PARA SU ATENCIÓN, Y A SUS ACREEDORES, MEJORES CONDICIONES PARA EL PAGO TOTAL O
PARCIAL DE SUS ACREENCIAS.
ARTICULO SEGUNDO: ADOPTAR MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE VIGILANCIA
ATENCIÓN, Y A SUS ACREEDORES, MEJORES CONDICIONES PARA EL PAGO TOTAL O
PARCIAL DE SUS ACREENCIAS.
ARTICULO SEGUNDO: ADOPTAR MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE VIGILANCIA ESPECIAL, por el término de seis (6) meses prorrogables, a LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPS-S, ¡identificada con el NIT 891856000-7, consistente en la designación de CONTRALOR de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S y en la presentación y cumplimiento de un Plan de Acción por parte de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCIÓN DE LA CONFIANZA PÚBLICA, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído y a lo establecido por el inciso 3 del artículo 21 de la Ley 510 de 1999, modificatorio del artículo 115 del Decreto 663 de 1993, QUE PERMITA COLOCAR A LA ENTIDAD EN CONDICIONES DE DESARROLAR SU OBJETO SOCIAL, Y DE REALIZAR ACTOS QUE PERMITAN A SUS AFILIADOS MEJORES CONDICIONES PARA SU ATENCIÓN, Y A SUS ACREEDORES, MEJORES CONDICIONES PARA El PAGO TOTAL O PARCIAL DE SUS
ACREENCIAS.
PARÁGRAFO: El plazo que se fija podrá ser prorrogado las veces que sea necesario, y
ACREEDORES, MEJORES CONDICIONES PARA El PAGO TOTAL O PARCIAL DE SUS
ACREENCIAS.
PARÁGRAFO: El plazo que se fija podrá ser prorrogado las veces que sea necesario, y sin perjuicio de que esta entidad, previo concepto del contralor aquí designado, y evaluación por parte de esta Superintendencia, disponga la revocatoria de LA habilitación de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S.
ARTÍCULO TERCERO: DESIGNAR, en cumplimiento de la MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE VIGILANCIA ESPECIAL aquí adoptada, como Contralor de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPS-5, a la firma INTERAUDIT S.A.S., con NIT 830.040.193-5, representada legalmente por el doctor MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ TRIANA, portador de la cédula de ciudadanía número 79.049.159, o a quien haga sus veces o a quien se designe para tal fin...” lim ARTICULO CUARTO: El señor gobermador de Casanare, o quién haga sus veces, o a quién se designe para tal fin, en cumplimiento de la MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE VIGILANCIA ESPECIAL que aquí se adopta , deberá presentar a la Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales de la Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, un PLAN DE ACCIÓN, mediante el cual se subsane y supere de forma definitiva las deficiencias de la entidad, que
Delegada Para Medidas Especiales de la Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, un PLAN DE ACCIÓN, mediante el cual se subsane y supere de forma definitiva las deficiencias de la entidad, que cuente con la suscripción y aval del contralor aquí designado, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo, el cual estará sujeto a la evaluación y aprobación por parte de la Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales, de la Superintendencia Necienal de Salud, y deberá cumplir como mínimo los siguientes aspectos: 2.rm resorución número 003308 pE2012. HOJA No. 3 Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 8918560007, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
Plan de Información a los afiliados, red de servicios, proveedores y otros organismos de control, a través del cual se convoque a todos los acreedores que tengan derecho a reclamarle a la entidad para que se registren y auditen todas las reclamaciones, y se informe sobre la medida cautelar adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud y de la no afectación de los derechos de aseguramiento y de atención en salud de los afiliados. Depuración Contable que permita establecer con claridad la realidad financiera de la enfidad y en particular la depuración de las deudas o pasivos de las cuentas por cobrar o por pagar.
de los afiliados. Depuración Contable que permita establecer con claridad la realidad financiera de la enfidad y en particular la depuración de las deudas o pasivos de las cuentas por cobrar o por pagar. Plan de Recuperación y Sostenibilidad Financiera, que estará orientado a garantizar la liquidez de la entidad, y el cumplimiento de los estándares financieros que establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud para la EPS y EPSS, en particular lo que tenga que ver con la liquidez, el patrimonio, el capital y la rentabilidad, teniendo en cuenta que el plan de recuperación está encaminado con la capitalización a subsanar la insuficiencia financiera que presenta LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE CASANARECAPRESOCA EPS-S. El plan de Recuperación y sostenibilidad Financiera deberá incluir el siguiente programa de ajuste financiero, el cual fiene como objetivo central asegurar los recursos financieros y económicos que permitan la atención adecuada de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y debe comprender lo siguiente: L Acta de aprobación del programa de ajuste financiero por parte del máximo organismo decisorio de la entidad, cuyo plan de acción no puede tener un horizonte mayor a tres años. ll. Estados financieros certificados, corespondiente al mes base de inicio del programa de ajuste. ññi.. Discriminación de activos y pasivos con accionistas o vinculados económicos que posean directa o indirectamente el 5% o más del capital del PROGRAMA DE EPS o DEL PROGRAMA DE EPSS. Se debe precisar las condiciones financieras en que los mismos fueron adquiridos. iv, —Condonación de la posible reclamación de acreencias por parte de los
que posean directa o indirectamente el 5% o más del capital del PROGRAMA DE EPS o DEL PROGRAMA DE EPSS. Se debe precisar las condiciones financieras en que los mismos fueron adquiridos. iv, —Condonación de la posible reclamación de acreencias por parte de los asociados, o en su defecto, la aceptación de dichos accionistas del pago subordinado al resto del pasivo externo
- En un término máximo de 30 días contados a partir de la notificación de la presente resolución, CAPITALIZACION DE LA EPSS, en DIEZ MIL MILLONES DE . PESOS ($ 10.000.000.000.00), conforme lo definido en el Decreto 0067 de 2012 de la Gobernación de Casanare, los cuales deberán ser asignados de la siguiente
manera:
L CINCO MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS
(S5.800.000.000.00), para cumplimiento de margen de solvencia. + IL CUATRO MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 4.200.000.000.00), para deudas anteriores a la vigencia de 2010. vi. Garantizar, en un término máximo de 30 días, contados a partir de la notificación del presente acto administrativo, la entrega del cincuenta por ciento (50%) de la disponibilidad presupuestal faltante a la EPSS, para que ésta, pueda realizar la contratación de la prestación de servicios de salud para su población afiliada, (...). (Lo subrayado y negrilla fuera de texto)ly? . reso.ución Número 003308 pe 2012. HOJA No. 4 Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE
SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANAREreso.ución Número 003308 pe 2012. HOJA No. 4
Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 891856000-7, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
ER 1.3, 1.4. 1.5. 1.6. 1.7. ajo La citada Resolución fue notificada personalmente el día 26 de abril de 2012, tal como consta en el auto de Notificación. La firma INTERAUDIT S.A.S., identificada con NIT 830.040.193-5, representada legalmente por el doctor MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ TRIANA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.049.159, es designada como CONTRALOR de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S, la cual tomó posesión del cargo a través de su Representante Legal, tal como consta en Acta No. 114 del 10 de Mayo de 2012. Mediante comunicación radicada con NURC 1-2012-055170 del 22 de junio de 2012, el Representante Legal (E) de LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S, presentó el Plan de Acción, en cumplimiento de lo establecido en el artículo cuarto de la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012.
REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN DEL CASANARE - CAPRESOCA EPS-S, presentó el Plan de Acción, en cumplimiento de lo establecido en el artículo cuarto de la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012. La Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, remitió para la evaluación del contenido de los Planes de Acción a las Delegadas en Protección al usuario y Participación Ciudadana (NURC 3-2012-009055); Generación y Gestión de Recursos Económicos para la Salud (NURC 3-2012-009056); Atención en Salud [NURC 3-2012-009057) y Oficina de Tecnología de la información (NURC 3-2012009058). Las Superintendencias Delegadas de Generación y Gestión de los Recursos -Económicos para la Salud, Para la Protección al Usuario y Participación Ciudadana, Para la Atención en Salud y la Oficina de Tecnología de la Información, remitieron concepto sobre los aspectos evaluados de su competencia mediante memorandos radicados con los NURC 3-2012-009830, 3-2012-010108, 3-2012-009447 y 3-2012-009486 del 28 de junio, 6 y 12 de julio de 2012, respectivamente. La Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, mediante oficio radicado con NURC 2-2012-049309 del 16 de julio de 2012, remitió informe de las observaciones presentadas por las Superintendencias Delegadas de Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, Para la Protección al Usuario y Participación Ciudadana, Para la Atención en Salud y
las observaciones presentadas por las Superintendencias Delegadas de Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, Para la Protección al Usuario y Participación Ciudadana, Para la Atención en Salud y de la Oficina de Tecnología de la Información, a la entidad objeto de la medida cautelar como Instituto de Salvamento y Protección de la Confianza Pública, y aprobó el Plan de Acción condicionándolo a lo siguiente: “leo. En” consecuencia esta Delegada aprueba el Plan de Acción, condicionado al cumplimiento de: l. Los ajustes expuestos a LA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO, CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE CASANARECAPRESOCA EPSS, en la reunión celebrada con la Superintendencia Nacional de Salud el pasado 28 de Junio de 2.012, conforme a lo expuesto por las Superintendencias Delegadas de Atención en Salud, Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, Protección al Usuario y ParticipaciónRESOLUCIÓN NÚMERO 003308 DE 2012. HOJA No. 5 Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 8918560007, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
Ciudadana, Medidas Especiales y de la Oficina de Tecnología de la Información. y
2. Las observaciones realizadas anexas en la presente comunicación. mE
DELEGADA DE ATENCION EN SALUD
SANCIONATORIO.
Ciudadana, Medidas Especiales y de la Oficina de Tecnología de la Información. y
2. Las observaciones realizadas anexas en la presente comunicación. mE DELEGADA DE ATENCION EN SALUD Que la Superintendencia Delegada para la atención en salud mediante NURC 3-2012-009447, remitió concepto en matriz de Consolidado cumplimiento plan de acción EPS medida cautelar sobre los aspectos evaluados de su competencia en los siguientes términos: CRITERIO. | EVALUACIÓN DE LA ACCION | CALIFICA CSL UACIÓN o DE MEJORAMIENTO. CIÓNDE | OBSERVACIONES AE A CUMPLIM SDAS il MEJORA NORMATIVO z (SNS) ASPECTOS MINIMOS DE IENTO ABRIL 18 AL 20 DE 2012
VERIFICACION (QUE ) e) Evidencia del proceso interno de validación de la Base de Datos de Afiliados, en el que se incluyan las Noelia cestos á GESTION DE LA | novedades de fallecidos, fenta a las bútos de dios BASE DE nacimientos, traslados -movilidad en de afiliados DATOS UNICA | el SGSSS, multiafiliación ; ; : DE AFILIADOS - | duplicidad de registros y de la aa E o con nen aos la poa ) E solución oporte de Actualización y Contro : , , Registro 3221/2011 - del Número de Afiliados Activos VS a aeeridcicn val peón i a Un A e la relación entre número | Decreto 806 de Capacidad de Afiliación geográfica de afiliados V. id , E . 3 e afiliados Vs capacidad de 1998 - Resolución | (por Mcpio y Dpto. ) y poblacional, afiliación
581 de 2004. autorizadas por la SNS ] Validación del Proceso de cargue de No se evidenció este La base de datos en BDUA - aspecto en el plan de mejora Validación de la compensación presentado. Evidencia de la pirámide poblacional actualizada y del perfil epidemiológico ajustado por riesgo es decir la Población afiliada por grupo etáreo, ficha o registro de Dentro del plan de acción atención personal y familiar, no se aporto evidencia Diagnóstico de Salud: Perfil alguna de haberse | morbilidad y mortalidad, considerado este aspecto | GESTION DEL Condiciones sociodemográficas, Monitoreo y MODELO DE culturales, geográficas Y económicas Evaluación enla | ATENCION Y como fundamento del modelo de Atención en Salud | DE GESTION DE | atención definido. y cumplimiento RIESGOS EN Si bien es cierto la del SOGC - SALUD CON asegurado aporta un modelo Sistema De HS TEo Evidencia del modelo de atención de atención en salud, PS El PERFIL S - E difícil de establecer si se Gestión de EPIDEMIOLOGT e eids e0n el pon plas olénica ajustado al riesgo en salud indicadores - COYLA ajustada por niésgo, que le permita de su población afiliada, Seguimiento y SUFICIENCIA dd dk nessidades en red de toda vez, que no se apórto Control a los DELAREDDE | "998 Pee e fodas las dentro del plan el perfil de Servicios de Salud | PRESTADORES | 'énciones del POS. morbimortalidad de su Prestados al Decreto 4747 de población , ni la pirámide Afiliado. 2007Resolución _poblacional entre otros
Servicios de Salud | PRESTADORES | 'énciones del POS. morbimortalidad de su Prestados al Decreto 4747 de población , ni la pirámide Afiliado. 2007Resolución _poblacional entre otros | 10000, Evidencia de la Validación, cargue Se extienda auención de | y análisis de RIPS VS facturación de e a | los Servicios y recobros PAS BO pS | frente a RIPS. | Soporte de la suficiencia de la de capacidad instalada para prestar los Dentro del plan de acción l servicios por contratar, estimada ño se aporto evidencia | frente a las condiciones demográficas. alguna. | y epidemiológicas de la poblaciónRESOLUCIÓN NÚMERO 003308 DE 2012. HOJA No. 6 Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 891856000-7, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. que va a ser atendida y su seguimiento periódico. GESTIÓN DE RETA, 2 Llama la atención que por lo Evidencia del reporte de indicadores INDICADORES | 9 Calidad, acceso oportuno y acción. la EPSS llevaria DEGALIDAD DE e rete la lación. Evidencia du cabo los correspondicates LA ATENCIÓN | 4el ecciones adoptadas acorde al reportes decile mies Decreto 1011 de enana de e? 4 mos: cuando este aspecto es. É eguimiento mensual al Al po Es o:
Única - Decreto | Cumplimiento delo parámetros del ro e Ley Anti trámites eo Lena 01d | tenido en cuenta el Decreto 019/2012, ñ ley 019 de 2012. Evidencia del funcionamiento de un Sistema de atención e información al Usuario, para dar respuesta a la gestión de las manifestaciones de los GESTION DEL usuarios (Peticiones — Quejas — Se evidencia que los Registrar los MODELO DEL Reclamos PQR), implica que se aspectos contemplados en motivos y el SISTEMA DE recepción en, tipifiquen las este estándar están z A INFORMACION. | principales causas, se consoliden, contenidos en el plan. copo emiénto y tramiten y se establezcan acciones de de las POR delos | ATENCION mejora coordinados y articulados Afiliados enla | AL USUARIO, — | con el resultados de los Indicadores EPS y en al SNS. | SIAU Decreto | de calidad e la Atención. 1757 de 1994, Evidencia de la Existencia de una Asociación de Usuarios debidamente | conformada de acuerdo con lo establecido en la circular única y normativa vigente. Dentro del plan de acción no sé aporto evidencia
alguna.RESOLUCIÓN NÚMERO 003308 DeE2012. HOJA No. 7
Por el cual se | evanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 891856000-7, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
Reorganizar y disponer de una Red de Servicios
001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO
SANCIONATORIO.
Reorganizar y disponer de una Red de Servicios para El POS Soportes de la contratación vigente ' con toda la red de prestadores, discriminada por nivel de complejidad de los servicios de salud, habilitados por el prestador Il Dentro del plan de acción primario, por municipio y no se aporto evidencia departamento, y que tenga en cuenta alguna. la ubicación geográfica del usuario (urbana y rural) de manera que se garantice la accesibilidad de los usuarios (contratos Vigentes). Evidencia de la ejecución del contrato de la red de servicios de baja complejidad en cada Mcpio con Afiliados Activos. Verificación modalidad de contrato y autorización al mecanismo de giro directo ante el No se evidencia en el plan de Acción de CAPRESOCA acciones que propendan por garantizar la puerta de entrada de atención para la Red: ¡[Mecanismos de Referencia y acorde. con el SES DEA MSPS. - Evidencia del giro de los cada uno de los municipios SOGC '-Sistema | REDDE : ciónd 1 : : . E PRESTADORES. |Fcursos anticipados en caso que la donde tiene afiliados de información de DE ACUERDO contratación sea por capitación. (primer nivel). Red Prestadora. CON LOS Evidencia de la ejecución de lós
de información de DE ACUERDO contratación sea por capitación. (primer nivel). Red Prestadora. CON LOS Evidencia de la ejecución de lós LINEAMIENTOS || ¿ettatos de la red de servicios, de | | Noseevidenció mediana y alta complejidad en cada | l l Es os del Decreto 4747 - : | AE explícitamente gestión | dpto. con Afiliados Activos. ! : | DE 2007 y el . e : frente al segundo nivel de | == Verificación modalidad de contrato y | in | Decreto 1011 de TON E : atención. | 2006 autorización al mecanismo de giro | : directo ante el MSPS, Evidencia de la contratación de red de prestadores específica para la atención de los eventos de alto costo , z A z Se evidenció. relacionados con las patologías da catastróficas. Evidencia de la Ejecución. IA Evidencia de la operación efectiva de il los mecanismos del sistema de ii Evaluar y soportar referencia y contrareferencia, que la Contratación de Contrareferencia. garantice oportunidad y continuidad de la Atención en Salud: verificar sistema de autorizaciones, contratos | del componente de traslado (medicalizado, Básico, Aéreo), contratos con CRUE, indicadores y seguimiento. Este aspecto es tenido en cuenta explícitamente en el plan de acción de
CAPRESOCA.
OFICINA DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION.
Que el Jefe de Oficina de Tecnología de la Información mediante NURC 3-2012009486 remitió concepto sobre los aspectos evaluados de su competencia en los siguientes términos: De acuerdo con lo establecido en la Resolución 1035 de 25 de abril de 2012, el
009486 remitió concepto sobre los aspectos evaluados de su competencia en los siguientes términos: De acuerdo con lo establecido en la Resolución 1035 de 25 de abril de 2012, el Plan de Acción de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado CAPESOCA EPS-S, debe garantizar el adecuado cumplimiento y fortalecimiento del Sistema de Información acorde con los requisitos de habilitación establecidos para las entidades que administren régimen subsidiado, y como mínimo debe incluir lo siguiente: 1). Sistema de Afiliación y Registro 2). Sistema de Red Prestadorasf
RESOLUCIÓN NÚMERO 003308 DE 2012. HOJA No. 8
Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 8918560007, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIÓ. 3). Sistema de Gestión de Indicadores 4). Seguimiento y control a los servicios de salud prestados al afiliado 5). Sistema Administrativo y financiero 6). Sistema de Atención al Usuario A la vez se establece en la citada resolución que los sistemas de información deberán incluir políticas de seguridad de acceso a la información, oportunidad y calidad de la información que permita la interrelación entre los diferentes componentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Al respecto, esta Oficina revisará y emitirá concepto de las acciones correspondiente a temas técnicos informáticos, como son: 1) Desarrollo y mantenimiento del software que soporte el sistemas de información.
componentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Al respecto, esta Oficina revisará y emitirá concepto de las acciones correspondiente a temas técnicos informáticos, como son: 1) Desarrollo y mantenimiento del software que soporte el sistemas de información. 2) Renovación y/o actualización de hardware y equipos de redes locales y acceso a redes públicas de comunicación de datos, 3) Mantenimiento, depuración y consolidación de bases de datos. 4) Procesos y procedimientos de informática. 5) Seguridad de la Información, como son plan de backups, migración de datos, plan de contingencia y continuidad de la operación del sistema de información. En punto, al documento de Plan de Acción de CAPRESOCA EPS-S, denominado "Programa de Recuperación y Sostenibilidad Operativa y Financiera”, en el numeral 6 "6. PLAN DE FORTALECIMIENTO DE SISTEMA DE INFORMACION" se describe la plataforma tecnológica informática -hardware y softwareque soporta la operación del sistema de información de la EPS-S. Así mismo, el documento "TABLERO DE CONTROL”, se establecen acciones de mejoramiento de la plataforma tecnológica informática, que tiene como fin: ]. Asegurar la interoperabilidad de los diversos sistemas de información con el fin de mejorar las decisiones tomadas en materia de administración de riesgos + en salud por medio del análisis le información estratégica”. a) Definir la normativa tecnológica para la interrelación de las bases de datos de afiliación y registro, red prestadora, gestión de indicadores, seguimiento y control y uso de los Sistemas, administrativo y financiero y de atención al usuario. b] Integrar la red de comunicación en los diferentes niveles organizacionales de la EPSS. c) Generar bases de datos relacionales y de estándares asociados a las mejores prácticas.
usuario. b] Integrar la red de comunicación en los diferentes niveles organizacionales de la EPSS. c) Generar bases de datos relacionales y de estándares asociados a las mejores prácticas. d) Establecimiento del diccionario de datos comunes. e) Facilitar herramientas «amigables que permitan la creación de cubos de información para que el usuario pueda utilizarlas según sus requerimientos. f) Impulsar la utilización de las herramientas de soporte g) Uso de tecnologías de comunicación que permitan transportar datos en tiempo real a través del Internet. e) Mejorar la capacidad de uso de la tecnología informática por parte de los administradores y Usuarios.ns
RESOLUCIÓN NÚMERO 003308 DE 2012. HOJA No. 9
Por el cual se levanta la medida cautelar de vigilancia especial a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CASANARECAPRESOCA EPSS, identificada con NIT 8218560007, adoptada mediante la Resolución No. 001035 del 25 de abril de 2012 y se ORDENA INICIAR El PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. f) Evaluar y propiciar el mejoramiento de los procesos de información y comunicación implementados
2. Actualizar el
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