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SUPERSALUD - Resolución 3642 de 2011

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 3642 de 2011
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2011

REPUBLICA ME COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESO IN NÚMERODOSBAZ pe, 2011 IT Por la cual se Ordena la tEvecatota parcial del certificado de hobilitación para la Operación y acninisiración dal Regimen Subsidiodo er Salva de la ENTIDAD PROMOTORA DESALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO "CONVIDA EPS-S'" pr 899:999.107:9, El SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD «M Supeimntar oc Mariona ae Salud, Usa de las: funciones de Inspección, Mallancia y contro! Y COnfolme a losestauble sida en el paragrafo 2 el arfculo. 230 OS UY ley "100 az 1293, les incisos 1 Y 2 del articulo 68 de la Ley 715 de 2001, los As 2 e 0% MUS Zy Edie Orficulo 37. hlerales ac. e fl, jael artículo 40 | Ge 5 ley 11 22 da 2007 8 amculo 18 del Decreto 515 Je 2004, el artículo 8 gel Decreto 50% de 2005, en Especial con los numerales 2.3 y 4 del orfículo 3 , 103 MUMIEICES 1,6 y 8 y =l patágrafo del ariicule 47, el orfículo se los numerales 1.3.4, 5, SO 2 13 ls 22.23,.24, 28: 34.38.40, y 40 del ortículo:4, los numerales 1,3,7, 8,9,

22, 23.25 y 40 del afticula 8 del Deciele 1018 de 2007. el artículo 4 del Decreto 3556 de 2008, el amiculo 4 del Decreto 1024 de 2009. los Aiículos 49 y 50 del Acuerdo 415 de 2009. y:

CONSIDERANDO

1. CONSIDERACIONES SENERALES y COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 11 LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA Elorrio 48 ¿qe la naitación Politica aispone que la Seguridad social es un servicio ¡ile ESTO acta “a también es 'Ssaltada respecto de los servicios de atención ie || cl y sanednienta Oinbiesntal lar, 49 ibidern) Aunque hay Quienes pPropbugNan por la eliminación:de un concepto que consideran ambiguo como el de servicio pública, y de POSO el de servicio Público esencial”, nuestro ordenamiento utiliza estas locuciones Drolficamente ¿en miras a destacar sy Importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la cireunstancia de Gus un Ordenamiento de esto ascendencia se GcUupe del terna obedece a lo dentidard, ye amigue, entre el Estado y la prestación de servicios públicos, No se Puede perder de via que cón El inicio del sigío pasado, la visión del Estado ¿Ada A Pee anstormación hacio el Estado interventor va.

Sado bete la; “Oy Enclia, Estuco socia). liberal, elec y, en Cuanto tal, fe Este Dime PS Me ais, Janes de dei enmatera lateral de tal farma QUe no se | 1 tar! le Sal PESO nl rr E AÉMDMINÓ Om (a piel de 2apa de es | ! L Er .

| 1 tar! le Sal PESO nl rr E AÉMDMINÓ Om (a piel de 2apa de es | ! L Er . p In Sis E es Domieliatios s inte tención de) Estódo, en ll [q A ph RSS, Sobrs 3l mismo termo Framojsco 1. Echa,

223RESOLUCION NÚMERO 003642 DEL 2011. HOJA No.2

Porla 2unl se ordena larevacatone nacio! del certificado de hubilitación de la ENTIDAD PROMOTORA LIE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO “CONVIDAEPS-S” NIT 899,999.]07-9. resultó leaifimo prestar ciertos servicios, establecer normas de calidad y cobertura, ámparar a franjas dde pobloción desprovistas de los mismos, reglamentar les mercados que ellos generan, entre otros aspectos, Con el paso del tiempo, los servicios públicos pasaron a ser un atributo del alucdadano, un:crúterio de identificación del mismo y un propósito alobal de tados los Estados para darantizar su acceso. En la década del 70 fue común hallarios acompañados de la =xoresión “necesidades básicas satisfechas”. Los elementos de generolidad, ieveldad. contnuiaad. nbligoloriedad, proplos de este concepto, se predican ae todos los habitantes de la Nacion. egin da Tote Constiru lonal, el derecho 0 la solud se ha definidó. como un derecho inenunciable, universal. Insplrade en los principios constitucionales del Estade Social de Derecho. solidaridad y dignidad humana, que persiguen el cumplimiento material y efectivo de las gorantlas constitucionales. En este señtido, la

derecho inenunciable, universal. Insplrade en los principios constitucionales del Estade Social de Derecho. solidaridad y dignidad humana, que persiguen el cumplimiento material y efectivo de las gorantlas constitucionales. En este señtido, la seguridad socio! es un servicio público suieta e lo dispuesto en el artículo 365 de la Constitución que los define como inherentes o la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar suprestación eficiente a los habitantes del territorio nacional. El tema de la Seguiaaa Social ha sido tomado por el arfículo 48 de la Constitución Política ave establece que, es un servicio público de carácter obligatoria que se prestará pao la direrción. coordinación y control del Estado, en sujeción «a los princlolos deseficien cia. universalidad y soliaarídod. en los términos que establezca la (EY. Así las wosem, se oaranfiza a todos los habitantes del territorio el derecho inermunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprender la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. Le corresponde e) Estado orgonizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios ce saluo a los habilitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencio. Lniversalidad y solidaridad. También establecer las políticos para la prestación de servicios de salud por entidades privados, ejercer su vigilancia y control, Asi mismo. establecer las competencios de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su corgo en los términos. y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de

territoriales y los particulares y determinar los aportes a su corgo en los términos. y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de lo comunidad. Toda persona fiene el deber de procurar el cuidado integra! de su salud y la de su.comunidad. En este sentido, la Ley 100 de 1793 cleó el Sistema de Seguridad Social en Salud para garantizar la salud con énfasis enla promoción y la prevención para que todos los habitantes del país tengan acceso las servicios de salud, 1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A partir de la expedición de la Ley 10 de 1920,.con un claro enfoque de organización Ly descentralización de la prestación de servicios de salud en el sistemo de salud, la SERVICIOS PLC OS EEE CON DEL ESTADIO (PIN. Bogotá 1990. No 58 puede pasár por allo ue ta letra 0) 2 cio aan Esa En plegues mismos del Estado infarvenlor, Cf, Femando Rojas Y Joa yaa Esn ECONOMÍA DE LOS SERVICIOS. PÚBLICOS, Uria: VisiDid aLtepmativa, Cineép En ot 1258 proa As 229RESOLUCION NÚMERO 003642 pe 2011. Hoja No.3 ) Perla veual se ordena la tevocatoña parcial del certificado de habilitación de la: ENTIDAD

PROMIOTO a DESALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO "CONNIDA EPS-S" NIT 899/999.107-9.

Ly 50 ba 223 y la cietinición explicitas de competencias en los niveles territoñiales, y finalmente la Ley 100 de 1993, que cregre! Sistemo General de Seguridad Social en

Ly 50 ba 223 y la cietinición explicitas de competencias en los niveles territoñiales, y finalmente la Ley 100 de 1993, que cregre! Sistemo General de Seguridad Social en Salud. la prestacion ee los servicios de salud se sustenta en un esquema descentralizado, con la acivo peaniclpación del sector privado. El mismo se basó en am) sistema de aseguraniento en un ambiente de competencia regulada por el Estado. a En de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con. los eñtenos estublecidos en el artículo 49 de la: Constitución Política de Colombiar. Las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 mediante el régimen de competencias. y los recursos, establece una hueva organización administrafiva y financiera de los servicios de salud en el país, otorga protagonismo y awtonomiavo las autoridades locales y regionales de salud. al fiempo Gue establece los porce: ntajes de inversión a estas instancias. para el desarrollo de la atención a la pobldael IÓ: la Ley 100 ae 1993 introdujo cambias en la forma de financiamiento de los prestaciores públicos y prvados de Jos servicios de salud, Se pasó de Un sistemo de iransterencia de recursos a uno de financiación or medio de la venta de servicios. profundizancio de esta manera, la competencia entre el sector pública y el privado con el Estado como reguiador. En E stado Colemblano por intermedio del Ministerio de Salud. hoy, de la Protección social y en desarrollo de los arliculos 48 y 49 de la Constitución Politica provee las earanmientas de ma le oftettel Y estalle ci la seguridad social en salud a la población:

social y en desarrollo de los arliculos 48 y 49 de la Constitución Politica provee las earanmientas de ma le oftettel Y estalle ci la seguridad social en salud a la población: del teritenio acionalla trawés de la Ley IDO de 1993. o sien y de sols edstecnte, previo a la: vigencia: de la Ley 100 de 1993 se caracterizaba por lu falta de + universalidad, solidaridad y eficacia en sus distintas ecciones, reflejada básicamente la AUICiónte cobertura de la población para la atención de su salud, el centralismo y rigidez para la prestación de sus servicios, la escasa capacidad resolutiva de los servicios. y ld inexistencia del trabajo intersectorial, ente otros factores, que llevaron a que el sistema en salud fuera profundamente insfectivo. De esta manera. la Constitución Política de 1991 establece en su: contenido el derecho ala salud y la Seguriidad Social en Salud como derecho irenunciable de los Colombjenas y como servicios públicos abligatoros. garantizando para ello a todas las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su salud, con una organización: descentralizada de los servicios, dado por los diferentes niveles de atención, con la parlicipución de los agentes públicos y privados y “con la plena participación de la comunidad”. slicoeamente amoiental son servicios públicos a cargo oel Estado. Se dooraahea an locicas 1 naa! ucreso a ly IaniciOs de promación. hraleección: y recuperación de la avd. Conespuhdle sl Estació Gracnizca, diia y veeglamnmentar lo prestoción de servicios de solud. a Jos balaltanies y de saneamiento ambiental conforme a los. frincipios de «eficienció, universalidad: y

avd. Conespuhdle sl Estació Gracnizca, diia y veeglamnmentar lo prestoción de servicios de solud. a Jos balaltanies y de saneamiento ambiental conforme a los. frincipios de «eficienció, universalidad: y eliceridad. También establecer las pollicas para la prestación de servicios de salud. por entidades pévodas y etelcer su violencia y comal AS mismo, establecer fas competencias de la Nación, ¡las entidades Tenitonmales y los namiédlares, y eleminar les aportes asu cargo en los términos y condlciones eñalados en tar ley. Los servicios de salve 52 etganizarán en forma descentralizada, par niveles de tención y conopanticipación de Ja. comunida, La ley señolara.las féminas en los Cuales la atencion busca paa traia des Maltes será araruita y obligataría. Toga persona Nene el deber de procurar el endado nterrol de lasalue yla dle 56 comunidad. Articulo 49 de la Constitución.

236RESOLUCION NÚMERO 003642 DEL 2011. HOJA No.4

For lancua se opcietaar ly reacciona POr ai del cenificado de habilitación de la ENTIDAD PROMOTORA ME SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO “CONVIDA EPS-5" NIT .899.999.107-2, lo Carta Constilucional de 1991..en el artículo 48 dispone, la creación del Sistema de Seguridad Social Integral, concediéndole la Dirección, Coordinación y Control a cargo del Estado Colombiano. Ellegisladar a través de las leyes 100 de 1993, 715. de 2001, 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 desaralla: el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido, ¡como la

cargo del Estado Colombiano. Ellegisladar a través de las leyes 100 de 1993, 715. de 2001, 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 desaralla: el Sistema de Seguridad Social Integral, entendido, ¡como la totalidad de instituciones, nOrÉmas y procedimientos, de que dispone la comunidad pora: gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de los tlesgos, especialmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de los habitantes del temitorio maciónal. don el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad, Pata estos efectos, se considera: dl sistema: como un conjunto. armónico. de entidades públicas y privadas. MOImas y procedimientos. contomeado par los regimenes establecidos por el legislador. En desarrollo de los arficulos.48 y 49 de la Constitución Política y conforme al artículo 2 del Decieto 806 de 1978. el Estado garantiza «el acceso a los servicios de salud y regula el coniunto «de beneficios a que fienen derecho los afilados como servicio público esencial con el propósito de montener o recupera! SU salud y evitar el menoscubo 6= su copacidud económica: derivada de incapocidad temporal por entermedod aeneral y inafermiaad, En este sentido, y como. lo reconoce la Sentencia T-760. de 2008 de la Corte conjunto, es un servicio público esencial. Es ademós un “servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control están á corgo del Estado" (art. 4, Ley 100 de 1993). El Sistema General de Seguridad Social en Salud se basa en los principios de

cuya dirección, coordinación y control están á corgo del Estado" (art. 4, Ley 100 de 1993). El Sistema General de Seguridad Social en Salud se basa en los principios de universalidas, ¿quidad. obligatoriedad protección integral, libre escogencia. autonomía de las instituciones, descentralización administrativa, subsidiariedad. complementariedod participación social. participación ciudadana. concertación calidad e integración funcional. Lo Ley de Seguridad Social, que reforma el Sistema de Salud en Colombia, tiene entre otros propósitos resolver problemas de inequidad en el acceso a los servicios y mejorar la calidad én la: prestación de los mismos; enfrentar la desarticulación entre las alterentes instituciones [inodecuada coordinación y complementariedad) y la debilidad de lo estructura institucionel y administrativa. Amoliar la cobertura de atención en solud a los grupos de población más necestados requiers de esfuerzos encominodos a madificar los múltiples factores que hon incidido históricamente en su restricción: entre ellos sobresalen las dificultades de geceso geográfico. cultural y económico; aquellás propias del desarrollo del sistema de salud:en el pais, la/inequidad en la distribución de recursos entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los operadores primarios del servicio de salud, La atención en salud se consfiluye en un servicio básico que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida ucarde ala dignidad humana al punto que se le ha otorgado Vd rango de derecho fundamental, Aj Estado le corresponde garantizar este conjunto de beneficios en forma directa 'o a través de terceros con el objeto de proteger de manero efectiva el derecho a la solud. Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se accede

Aj Estado le corresponde garantizar este conjunto de beneficios en forma directa 'o a través de terceros con el objeto de proteger de manero efectiva el derecho a la solud. Estos se agrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se accede dependiendo de la tofma de participación en el Sistema. Dicha participación se Constitucional: "4.1.6. El Sistema General de Seguridad Social en Salva, en su

23RESOLUCION NÚMERO 003642 DEL 2011, HOJA No.5

Porta cual se ercena la pevovatoría parcial del certificado de habilitación de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO “CONVIDA/EPS-S" NIT 899.999.107-9, efectúa en colidad de afiliado cotizante. como afiliado beneficiario, como afiliado cubsidinde. e como pobre no asegurado o como pobre en actividades no cubiertas vor subsidios Ola demanda. Debe lenerse encuenta, que de ocuerdo con lo definido por el literol b) del artículo 156 de la Lev 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistemo General de Seguridad Sacial en Sala, previo el pago de la cotización reglamentaria o a través del subsidio que se financiará con recursos fiscales. de solidaridad y los ingresos ¡propias de los entes territoriales. La Ley 100 de 1993 en su artículo 157 y el artículo 25 de: Decreto 806 de 1998. establece entonces, los tipos de participantes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, manifestando que a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993, todo colombiano participará en el sorvicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en

participantes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, manifestando que a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993, todo colombiano participará en el sorvicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud unos lo harán en su condición: de afiliados al régimen contributivo o subsidiado viotros lo harán en donna: temporal como participantes vinculados hoy población noz nanegurada, El Estado Colombiano a través del Ministerio de Salva, hoy de lo Protección Social y en desarollo de los articulos 48 y 49 de la Constitución Polílica provee las herramientas para la ofertas y establece seguridad social en salud a la población del tenitorio nacional a través de la Ley 100 de 1.993. Bajo su división en dos regímenes el "Contribulvo y el Subsidiado” Transtomanda el esquema tradicional en salud y generando como resultado el subsidio ala demanda y la thansformación del Subsidio de la oferia. que beneficiará o la población pobre y vulnerable clasificado en los istados censales y ara población pable y vulnerable identificada «en los niveles Uno (1), Dos 12] y Tres (3) de laEncuesta del Sisbén de cada municipio. El Sistema Seneral de Seguñidad Social en Salud se constiluye:en el nuevo paso de organización en salud en el territorio nacional bajo la. consigna del aseguramiento, la afiliación y la Atención de la: población del termitorio nacional en cumplimiento, de los principios de solidaridad, universalidad, eficiencia y equidad en lo prestación de servicios de salva, el cual debe brindorse cen oportunidad, calidad y accesibilidad y cubrimiento enel tertolo nacional a través de: > El Régimen Contributivo creado para la afillación y aseguramiento en salud de

servicios de salva, el cual debe brindorse cen oportunidad, calidad y accesibilidad y cubrimiento enel tertolo nacional a través de: > El Régimen Contributivo creado para la afillación y aseguramiento en salud de la población con copacidod de pago para pagar su salud, El Régimen Subsidiado organizado para la afiliación: y aseguramiento de la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para pagar su salud, if La atención de la población pobre no asegurada, establecida para atender a la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para pagar su salud no afiliada por ningún sistema de salud El sistema crea la operación y gestión del proceso de aseguramiento y la prestación erecta. de servicios en los denominados Prestadores de Servicios de Salud, Adicionalmeme crea dos instumentos que determinan la: canasta de servicios a aseaurar y su costa pramecdio pOr persona: año, el Plan Obligatorio. de Salud y la Unidlarhde Pagayper apltación, SS Lo hovedoso del Sistema consiste en la «división y especialización de las funciones de ditección y conto, afiliación. gestión y aseguramiento y prestación directa de selviciós en entidades maependientes con autonomía administrativa y financiera que independiente de su naturaleza pública"o privada realizan sus funciones con criterios nm e E meeRESOLUCION NÚMERO 00 36 42 DEL 2011. HOJA No.é Por la cual se encdlena la revocatoria partial del certificado de habllitación de la ENTIDAD: PROMOTORA DE SALUD DEL RESIMEN SUBSIDIADO “CONVIDA EPS-5" NIT 899.999.107-9. de eficiencia empresonal, calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad SCOnúmica,

PROMOTORA DE SALUD DEL RESIMEN SUBSIDIADO “CONVIDA EPS-5" NIT 899.999.107-9. de eficiencia empresonal, calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad SCOnúmica, E $6S$5 aseguia Internmamente su equilibio «contraponiendo la racionalidad económico de los aseouradores con la de los prestadores directos y operadores piimanos de los servicios de salda, en el sentido de que los primeros obtienen su rentabilidad en relación inversa con el número de casos atendidos. vole decir en el espiiiu de lá Ley en el púmero de cosos prevenidos y los segundos, los prestadores oblienensu rentabilidad aomedido ae crecen los casos atendidos. Confane 10 consegrado +1 la Ley 100 de 1993, sobre la organización del Sistema General de Seguridoo Social en Saluda, éste se compone de «aseguradoras, administradoras y prestadores de servicios. de salud. Lo Ley 100 de 19923 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de sequtidad social en solva al eval le otorga como propósito fundamental garantizar el acceso universal a loz servicios de salud, val fiempo que le establece un diseño institucional que astenia: al Estadio las lqbores fpropids de la regulación e introduce nuevos ruecanismos de financiamiento y provisión de servicios. Es así como la estructura. del sistema queda definida sn ocho núcleos funcionales merdeperdalentes: Ll La Dirección y Rectora, «en cábeza del Gobierno Nacional. el Ministerio de la Protección Social y la Comisión de Regulación en salud CRES, quienes dictan las reolas púsicas paro garantizar la operación del sistema;

merdeperdalentes: Ll La Dirección y Rectora, «en cábeza del Gobierno Nacional. el Ministerio de la Protección Social y la Comisión de Regulación en salud CRES, quienes dictan las reolas púsicas paro garantizar la operación del sistema; EN Financiamianto a tmavés de: El honda de Solldaridad y Garantía -Fosyga que reUme lus recursos plavententes de lus contíbuciones y algunos recursos fiscales" y de los Fanaos Locales, Distritales y Departamentales de Salud que =únen los recursos provenientes de las transferencias territoriales, recursos del oides nacional y recursos de cofinanciación y los recursos del orden terntorial: Cubren la prima del seguro y otros. gastos de salud para la, población afilioda; lil. El Aseguramiento en salud, que opera en un mercado de competencia regulada a lovés de los Entidades Promotoras de salud — EPS -. Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Regímenes Especiales o Excepolopoles en Salud, Los Entidades que Oftecen Planes Adicionales de Sah ¡1 WM. Le Adminisiación de la Salud, organizada «a través de las Direcciones tenitaricales de Salud, en función de lá garántia.en la atención de los servicios ae solo. Y La Prestación de Servicios de Salua. mediante los Prestadores de Servicios. de Salud - SS, YI La Inspección Viailaricia y Control en cobeza de la Superintendencia Nacional de Salud, el instituto Maclonal de Salue INS e Instituto Naciónal de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA. VIL— La Julscieción de la, Salva. esto. es, los jueces de la salud, en cobeza de la

Nacional de Salud, el instituto Maclonal de Salue INS e Instituto Naciónal de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA. VIL— La Julscieción de la, Salva. esto. es, los jueces de la salud, en cobeza de la tuselntendencia Nutlenal de Salud, YI. La Conciliación extrajudiciaol en Salva, que podrá ser adelantada ante la Superintendencia Naciona! de Salud.

2232RESOLUCION número 003642 DEL 2011. HOJA No.7

Por la=cual s= ordena lá revocaloda parcial del certificado de habilitación de la ENTIDAD PROMOTOR A DEFSAJLUDY DEL REGIMAEN SUBSIDIADO “CONVIDA EPS-S" NIT 899:999.107-9: Estena estuetóra aos modaldades de afifioción a la: seguridad social en salud; el tésgimen conmibulivo y el régimen subsidiado y crea un sistema de financiamiento. nacional organizacio alrededor del Fondo ce Solidaridad y garantia y de los Fondos lamitonélss de Selvd. Ln sistema de operación y gestión del proceso de aseguramiento y prestación de servicios denominado, Entidades Promotoras de Salud y un sistema de prestación airecla de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente crea dos instumentos que determinan la conasta de servicios o asegurar y su costo promedio por persona año, El Plan Obligatoria de Salud yla'Unidod: de Pago por Capitación: El propéódto tindamental del sistema, el asegbramiento constituye la principal hairarmienta de aucese universo! de la población a los serricios dle salud, delegando | em las EPS la adminstración del mesgo de salud de los afiliados; la: EPS hace el papel

El propéódto tindamental del sistema, el asegbramiento constituye la principal hairarmienta de aucese universo! de la población a los serricios dle salud, delegando | em las EPS la adminstración del mesgo de salud de los afiliados; la: EPS hace el papel de arficulemdor entre la población y los prestadores. y entre el financiamiento y lo prestación, ya que es el conducto de conallzación de los recursos hacia la órbita de la.prestación de servicios de salva, Este ¿onal plantea Un sistenja, de salud que separa el aseguramiento de la prestación e serdcios, con meoldos de regulación para que cada funcion se realice en condíclones de competencia y pora que el flujo de recursos desde el aseguramiento hocia la: prestación se conallce mediante mecanismos de MeEgociecin, la Lev 109 de 1993 estableció. la herfad. de elección por parte de los usuarias o afillaaos del seguro. «ablenes pueden decidir a qué EPS se afillan y combiar de asegurador en los terminos previstos en la norma; además, también tienen la facultad paro elegir. entre las opciones que el asegurador le presente, el prestador de servicios alcval quiere acudir ol momento.de hacer uso del segura. 1.2.1. INGRESO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SGSS5 Existen entonces dos lipos de afilados al Sistema General de Seguridad Social en Saluel: Los afilados al Sistema mediante el Régimen Contributivo. Son las personas vinculados a havés de contratos de trabajo, los pensionados, los servidores públicos. los jubllacios, los asociados a Cooperativas de Trabajo Asociado, y los habajadores independientes informales y formales [estos vlfimos llamados

vinculados a havés de contratos de trabajo, los pensionados, los servidores públicos. los jubllacios, los asociados a Cooperativas de Trabajo Asociado, y los habajadores independientes informales y formales [estos vlfimos llamados comiratistars). => Los ofillados al Sistema mediante el Régimen Subsidiado. Son las personas sin capacidad de pago para cubrir el manto total de la cotización. Será subaldiocdia en el Sistema General de Seguridad Social en Salud la población más pobre y vulnerable del paislen Jas óreos rurales y urbanas del país. Y una transitonedad en el sistema, > La prestación de los servicios de salud 4 la población pobre 'no asegurada 1,2.1.1. El Régimen Contributivo Son afiliedos obligaterios al régimen contributivo: del sistema general de seguridad social en solodh Todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo. los LL Y

224RESOLUCION NÚMERO 00 3642 DEL 2011. HOJA No.8

Por lao cur se ordenar la tevocelota porcial del certificado de habilitación de la ENTIDAD PRIOOMONTORA IDE SADUOL DEL REGIMEN SUBSIDIO MO “CONVIDA EFS-S" NIT 899,959.107-9, servidores publicos, los pensionados y jubilados y les trabajadores independientes con capacidad de pago, Uno de los principios constitucionales y legales que reglan el servicio de la seguridad social es la solidaridad, la Cual. es entendida:como la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, los regiones y los comunidudes bajo el Dúntciplo demás ueñte hacia el más débil, leniendo en cuenta lo anterior, se han expedido con respecto al régimen contributivo

entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, los regiones y los comunidudes bajo el Dúntciplo demás ueñte hacia el más débil, leniendo en cuenta lo anterior, se han expedido con respecto al régimen contributivo nomas que reajomentan su funcionamiento, las cuales. consagran el ingreso base de cotización por el cual sus afiliados obligatorios deben aportar al sistema general de segulidad social ep salud: para el efecto, en estas normas no se permite la posibilidad de cotizar sabe una base Inferior al salero minimo legal, porque se ho considerado que ésto ess do suma pimbáa con lo cual los aportantes con capacidad de pago entraña financiar los servicios de salud de la población pobre, en cumplimienta del prrejalo Beira soldada d antes señoleciea. 12.01.2, El Subsidio de la Salud ss cenjundo de normo: que figen el ingreso o la atención de los personas sin capacidad de pago y su núcleo familiar al Sistemo General de Seguridad Social en Salva. Se encuentra conformado por dos tipos de Subsidios, a través los cuales se busca o la afiliación de la ipeblación pobre y vulnerable al $G5SS5 (Subsidio a la demanda), y/o la atención directa de servicios de salud a la población pobre y vuineratle no afiliada a ningún sistersa de salud, enmel SGSSS (Subsidio a la Oferta). 1.2.1.2,1. El Régimen Subsidiado en Salud, también llamado el Régimen del Subsidio a la Demanda en Salud. Es un coniunto de hormas que igen el inareso de las personas sín capacidad de/pago su núcleo familiar al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En este orden de ideas, son beneficiarlos del régimen subsidiado loda la población

la Demanda en Salud. Es un coniunto de hormas que igen el inareso de las personas sín capacidad de/pago su núcleo familiar al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En este orden de ideas, son beneficiarlos del régimen subsidiado loda la población pobre y vulterable, que ho tiene capacidad de pago pare cotizar al regimen contributivo y en consecuencio recibe subsidio total o parcial para completar el valor dela Unidad de Pago por Cagitación Subsidiadea, de conformidad con los enterios de identificac

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