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SUPERSALUD - Resolución 3657 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 3657 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Usen SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 00365 pe 2018 0.2 MAR 2018

Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia Nacional de Salud para el año 2018. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias en especial las conferidas por el Decreto 2462 de 2013, y CONSIDERANDO Que el artículo 1? del Decreto 2462 de 2013, “Por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud”, dispone que "La Superintendencia Nacional de Salud, como cabeza del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, es una entidad de carácter técnico adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.” Que el artículo 2.2.4.3.1,2.1 del Decreto 1069 de 2015, "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”, establece que las normas relacionadas con los comités de conciliación son obligatorias para las entidades públicas de cualquier orden. Que el artículo 2.2.4.3.1.2,2 del mismo Decreto, dispone que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa, que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas para la prevención del daño antijurídico, y la defensa de los intereses de la entidad. Que los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto en mención establecen que son

la prevención del daño antijurídico, y la defensa de los intereses de la entidad. Que los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto en mención establecen que son funciones del Comité de Conciliación “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico”, y “Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad", respectivamente. Que el numeral 1 del artículo 6” de la Resolución No. 003472 de 2018, “Por medio de la cual se modifica el Comité de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud”, establece que es una de las funciones del Comité de Conciliación de la Superintendencia Naciona! de Salud, “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico”. Que el numeral 5 del artículo 8” de la Resolución No. 003472 de 2018, establece entre otras, como función del Secretario Técnico del Comité de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, proyectar y someter a consideración de ese organismo, la información que se requiera para la formutación y diseño de la política de prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Que con base en lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud ha venido adoptando y actualizando la Política de Prevención del Daño Antijurídico siguiendo las directrices de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Que el Comité de Conciliación de ta Entidad, en sesión de fecha 13 de diciembre de 2017 Acta No. 264, estudió y aprobó la Política de Prevención dei Daño Antijurídico para el año 2018, y

Que el Comité de Conciliación de ta Entidad, en sesión de fecha 13 de diciembre de 2017 Acta No. 264, estudió y aprobó la Política de Prevención dei Daño Antijurídico para el año 2018, y fue remitida a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado — ANDJE para su revisión.RESOLUCIÓN NÚMERO (03657 DE_2018 HOJANo._2 O Continuación de la resolución, “Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Superintendencia Nacional de Salud para el año 2018”, Que mediante comunicación No. 20173000087301 — DPE del 22 de diciembre de 2017, fa ANDJE reconoció el esfuerzo realizado, indicando que la política formulada por el Comité de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, se encuentra ajustada a los lineamientos y metodologias elaborados por dicha entidad. Que en virtud de lo anterior, es necesario adoptar ta Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia Nacional de Salud para el año 2018, de acuerdo al documento que fue aprobado por la ANDJE mediante comunicación No. 20173000087301 — DPE del 22 de diciembre de 2017, arriba señalado. Que en virtud a lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la Política de Prevención dei Daño Antijurídico de ¿a Superintendencia Nacional de Salud para el año 2018, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente Resolución en la página web de la entidad.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente Resolución en la página web de la entidad.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá D.C., Ú 2 MAR 2018

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

AS UIS FERNANDO CRUZ ARAUJO Superintendente Nacional De Salud evisó: — Nancy Rocio Valenzuela Torres — Coordinadora Grupo Defensa Judicial OA o Piedad Cristina Correa 8. — Grupo de Defensa Judicial CA Aprobó: — José Manuel Suárez Delgado — Jefe Oficina Asesora Jurídica (E) | y

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