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SUPERSALUD - Resolución 3866 de 2011

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 3866 de 2011
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2011

REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD annie RESOLUCIÓN numero I 0366, 2011 (20010. 20H ) Por la Cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO: DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 870.780.083-7 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confieren el parágrato | del artículo 230 y parágrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el numeral 8 del artículo 42, los incisos 1, 3, 5 y 6 del artículo 68 de la Ley 715'de 2001. los artículos 35, 36, los numerales 1, 3, 4, 3, 6 del artículo 37, los literales a, b, <. a y f del artículo 39 y los literales a, e, e. f, y h del artículo 40. de la Ley 1122 de 2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, el ortícula 116 del Decreto Ley £63 de 1993, el Decreto 1922 de 1994, el Decreto 788 de 2000. el articulo 4 del Decreto 783 de 2000, el artículo 1 del Decreto 1015 de 2002, y en especial con el artículo 1. mumerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6:del artículo 3, los

de 2000. el articulo 4 del Decreto 783 de 2000, el artículo 1 del Decreto 1015 de 2002, y en especial con el artículo 1. mumerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6:del artículo 3, los numerales 1,7 y Bel artículo 4, el artículo 5, los numerales |, 3, 4,5, 10,12, 13, 14, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 34, 36, 38, 40 y 42 del artículo £, numerales 7, 8, 22, 23. 25, y 42 del artículo 8 del Decreto 1018. de 2007. y los artículos 9.1.1.1.1 al 9.1.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010'y,

CONSIDERANDO

E

1, CONSIDERACIONES GENERALES Y COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE SALUD. . 1.1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CARTA POLÍTICA BS El artículo 48 de la Constitución Política dispone que la seguridad social es un servicio público, Esta característico también es resaltada respecto de los servicios de atención en salud y saneamiento ambiental (art. 49 Ibidem) Aunque hay quienes propugnan por la eliminación de un concepto que consideran ambiguo como el de servcio público, y de paso el de servicio público esencial!, nuestro ordenamienta utiliza estas locuciones prolíficamente con mios o destacor su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la circunstancia de que un ordenamiento de esta. trascendencia se ocupe del tema obedece y la identidad, ya antigua, entre el Estado y la

con mios o destacor su importancia dentro de un Estado social de derecho. En efecto, la circunstancia de que un ordenamiento de esta. trascendencia se ocupe del tema obedece y la identidad, ya antigua, entre el Estado y la prestación de servicios públicos, No se puede perder de vista que con el inicio del siglo pasado. la visión: del Estado regulador sufrió una paulatino transformación hacia el Estado interventor [v.g. Estado benefactor u hoy en día, estado Social - liberal, etc.)? y, en cuanto tal, le resultó legítimo prestar ciertos Este concepto atiende las recomendaciones de la ON en materia laboral de tal forma que no se pervierto el derecho de huelga, cercenado por la que se denominá como la piel de zapa de ese derecho dentro del conflicto colectivo. Cf. Nelly CORREDOR y Edgor Gonzarez, Servicios Públicos Domiciliorios e intervención del Estado, en ECONOMÍA COLOMBIANA, No. 174, aclubre de 1925. Sobre el mismo tema, Fraricisco J, DcHoa. SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENCIÓN DEL ESTADO. PNUD. Bogotá 1990. No se puede pasar por alto que la teoria del selvicio público está en los pliegues mismos del Estade Interventor. Cfr, FernandoRESOLUCIÓN NÚMERO 003866 DE 2011. HOJA No. 2 N ] Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890,780.063-7

la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890,780.063-7 servicios, establecer normas de calidad y cobertura, amparar a franjas de población desprovistas de los mismos, reglamentar los mercados que ellos generan, entre otros aspectos. Con el poso del fiempo, los servicios públicos pasaron a ser un atributo del ciudadano, un criterio de identificación del mismo y un propósito global de todos los Estados para garantizar su acceso. En la década del 70 fue común hallarlos acompañados. de la expresión "necesidades básicas satisfechas". Los elementos de generalidad. igualdad, continuidad, obligatoriedad, propios de este concepto. se predican de tados los habitantes de la Nación. Según la Corte Constitucional, el derecho a la salud se ha definido como un derecho irenunciable, universal, inspirado en los principios constitucionales del Estado Social de Derecho, solidaridad y dignidad. humana, que persiguen. el cumplimiento material y efectivo de las garantias constitucionales. En este sentido, la seguridad social es un servicio público sujeto a lo dispuesto en el artículo 365 de la Constitución que los define como inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a los habitantes del territorio nacional. El tema de la Seguridad Social ha sido tomado por el articulo 48 de la Constitución Política, que establece que, es un servicio público de «carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección. coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los

Constitución Política, que establece que, es un servicio público de «carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección. coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley. Así las cosas, se garantizo a todos los habitantes del territorio el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la ley. le corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas. ejercer su vigilancia y control, Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los terminos y cendiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. Toda persona fiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la:de su comunidad. En este sentido, la: Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social 'en Salud pora garantizar la salva con enfasis en la promoción y la prevención pora que todos los hobitantes del país tengan acceso a los servicios de salud. 1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A partir de la expedición de la Ley 10 de 1990, con un claro enfoque de /organización y descentralización de la prestación de servicios de salud en el

del país tengan acceso a los servicios de salud. 1.2. DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL A partir de la expedición de la Ley 10 de 1990, con un claro enfoque de /organización y descentralización de la prestación de servicios de salud en el sistema de salua, la Ley 60 de 1993 y la definición explícitas de competencias en los niveles territoriales, y finólmente la Ley 100 de 1993, que crea el Sistema Rojas y Jorge lvón Conta, ECONOMÍA DE LOS. SERVICIOS PÚBLICOS, uNa VISIÓN ALTERNATIVA, Cinep,

Bogota 1988, pág. 84.RESOLUCIÓN NÚMERO 0 Ú 3 36 6 DE 2011. HOJA No. 3

Por la cual se orciena la toma de posesión inmediato de los bienes, haberes y negocios y la intervención torzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890.980.063-7 General de Seguridad Social en Salua, la prestación de los servicios de salud se sustenta en un esquema descentralizado, cen la activa participación del sector privado, El mismo se basó en un sistema de aseguramiento en una ambiente de competencia regulada por el Estado, a fin de que los individuos reciban la atención en salud, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombias. Las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001,812 de 2003, 1122 de 2007 y 1151 de 2007, mediante el régimen de competencias, y los recursos, establece una nueva organización administrativa y financiera de los servicios de salud en el país

mediante el régimen de competencias, y los recursos, establece una nueva organización administrativa y financiera de los servicios de salud en el país otorga protagonismo y autonomía a las autoridades locales y regionales de salud al tiempo que establece los porcentajes de inversión a estas instancias, para el desarrollo de la atención a la población. la Ley 100 de 1293 introdujo cambios en la forma de financiamiento de los prestadores públicos y privados de los servicios de salud. Se pasó de un sistema de transterencia de recursos a uno de financiación por medio de la venta de servicios, profundizando de esta manera, la competencia entre el sector público y el privado con el Estado como regulador. El Estado Colombiano por intermedio del Ministerio de Salud, hoy. de la Protección Social y en desarrollo de los articulos 48 y 49 de la Constitución Política provee las herramientas para la oferta y establece la seguridad social en salud a la población del territorio nacional a través de la Ley 100 de 1293. El sistema de salud existente, previo a la vigencia de la Ley 100 de 1993 se caracterizaba par la falta de universalidad, solidaridad y eficacia ¡en sus distintas acciones, reflejada básicamente la insuficiente cobertura de la población para la atención de su salud, el centralismo y rigidez para la prestación de sus servicios, la escasa capacidad resolutiva de los servicios, y la inexistencia «del trobajo intersectorial, entre otros factores, que llevaron a que el sistema en salud fuera profundamente inefectiva, De esta manera, la Constitución Política de 1991 establece en su contenido el derecho a la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irrenunciable de los Colombianos y como servicios públicos obligatorios, garantizando para ello a todas las personas los servicios de promoción, protección y recuperación

derecho a la salud y la Seguridad Social en Salud como derecho irrenunciable de los Colombianos y como servicios públicos obligatorios, garantizando para ello a todas las personas los servicios de promoción, protección y recuperación de su salud, con una organización descentralizada de los servicios, dada por los diferentes niveles de atención, con la participación de los agentes públicos y privados y "con la plena participación de la:comunidad". la Carta Constitucional de 1991, en el artículo: 48 dispone, la creación del Sistema de Seguridad Sacial Integral. concediéndole la Dirección, Coordinación y Control a cargo del Estado Colombiano. "Lo atención de salud y el saneenyente ambierital son servicios públicos a cargo del Estado. Se Jarantiza atodos las personas el ceceso a los servicios de promoción, protección. y recuperación “de la saluda. Corresponde al Estado organizar, dligir, y reglomentaor lo prestación de servicios de salva" O los hobitentes y de soneamiento: ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y sohdaridad. Temién, establecer los políticos para la prestación de servicios de salud” por entidodes privodas, y ejercer su Mglancia y control Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulores, y determinor los aportes a su cargo en los términos y condiciones señólades en lo Ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada. por niveles Ge atención y con porticipación de la comunidad. Lo Ley señolaro jos ferminos en los cuales la atención básica para tedos los habitantes será gratuita y l obligatoria. Toda persona lene el deber de procurar el cuidado integral de la salva y la de su

señolaro jos ferminos en los cuales la atención básica para tedos los habitantes será gratuita y l obligatoria. Toda persona lene el deber de procurar el cuidado integral de la salva y la de su comuniciod, Artículo 49 de la Consiitución.RESOLUCIÓN NÚMERO 00 3 3 66 DE 2011. HOJA No. 4 Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención lorzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificado con el NIT 890,980,063-7 El legislador a través de las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 y 1176 de 2007 y 1438 de 2011 desarralla el Sistema de Seguridad Social Integrel entendido como la: totalidad de instituciones, normos y procedimientos, de que dispone la comunidad pora gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento de los planes y progremas que el Estado y la sociedad «desarrollen para proporcionar la cobertura integral de los riesgos, 'especiolmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. Para estos efectos, se considera al sistema como un conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, conformado por los regímenes establecidos por el legislador. En desarrollo de los artículos 48 y 42 de la Constitución Política y conforme al ortículo 2 del Decreto 806 de 1298, el Estado garantiza el orceso a los servicios de salud y regula el conjunto de beneficios a que tienen derecho los afiliados

En desarrollo de los artículos 48 y 42 de la Constitución Política y conforme al ortículo 2 del Decreto 806 de 1298, el Estado garantiza el orceso a los servicios de salud y regula el conjunto de beneficios a que tienen derecho los afiliados como servicio público esencial, con el propósito de mantener o recuperar su salud y evitar el menoscabo de su capacidad económica derivada de incapacidad temporal por entermedad general y maternidad. En este sentido, y como lo reconoce la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional: “4.1.6, El Sistema General de Seguridad Social en Salva, en su conjunto. es un servicio público esencial Es Gdemás un “servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control están a cargo del Estado” lart. 49, Ley 100 de 1993). El Sistema General de Seguridad Social en Salud se basa en los principios de universalidad, equidad, obligatoriedad protección integral, libre escogencia, cutonemia de los. instituciones, descentralización administrativa, subsidiariedad, complementarnedoad participación social, participación ciudadana. concertación colidad e integración funcional. Lo Ley de Seguridod Social, que reforma el Sistema de Salud en Colombia, tiene entre otros propósitos resolver problemas de inequidad en el acceso a los servicios y mejorar la colldad en la prestación de los mismos: enfrentar la desarticulación entre las diferentes instituciones [inadecuada coordinación y complementonedad) y la debilidad de la estructura institucional y administrativa. Ampliar la cobertura de atención en salud a los arupos de población más necesitados requiere de esfuerzos encaminados.a modificar los múltiples factores que han incidido históicamente en su restricción: entre ellos sobresalen laos

Ampliar la cobertura de atención en salud a los arupos de población más necesitados requiere de esfuerzos encaminados.a modificar los múltiples factores que han incidido históicamente en su restricción: entre ellos sobresalen laos dificultades de acceso geegráfico, cultural y económico; aquellas propias del desorrollo del sistema de salud en el país, la inequidad en la distribución de recursos entre las regiones y la intermediación entre aseguradores y los operadores primarios del servicio de salud. La atención en salud se constituye en un servicio básico que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida acorde a la dignidad humana al punto que se le ha otorgado el rango de derecho fundamental. / Pón Estado le corresponde garantizar este conjunte de beneficios en forma directa / o0Utravés de terceros can el objeto de proteger de manera efectiva el derecho a la solvd. Estos se cgrupan en cinco tipos de planes diferentes a los cuales se accede dependiendo de la forma de participación en el Sistema. Dicha participación se efectúa en calidad de afiliado cotizante, como afiliado beneficiario, come afiliado subsidiado, e como pobre no asegurado O como pobre en actividades no cubiertas por subsidios a la demanda,RESOLUCIÓN NÚMERO 003866 DE 2011. HOJA No. 5 Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890.980.063-7 Debe tenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del

DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890.980.063-7 Debe tenerse en cuenta, que de acuerdo con lo definido por el literal b) del artículo 156 de la Ley 100 de 1993, todos los habitantes en Colombia deberán estar 'afillados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, previo el pago de la cotización reglamentaria o a través del subsidio que se financiorá con recursos fiscales, de solidaridad y los ingresos propios de los entes territoriales. La Ley 100 de 1993 en su artículo 157 y el artículo 25 del Decreto 806 de 1998, establece entonces, los tipos de participantes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, manifestando que:a partir de la sanción de la Ley 100 de 1993, todo colombiano porticipará en el servicio esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud unos lo harán en su condición de afillados al régimen contributivo o subsidiade y otros lo harán en forma temporal como porticipantes vinculados hoy población pobre no asegurada. El Estado Colombiano a través del Ministerio de Salud, hoy de la Protección Social y en desarrollo de los artículos 48 y 49 de la Constitución Política provee las herramientas para la ofertas y establece seguridad social en salud a la población del territorio nacional a través de la Ley 100 de 1.993. Bajo su división en dos regimenes el “Contributivo y el Subsidiado" Transtormando el esquema tradicional en salud y generando como resultado el subsidio a la demanda y la transformación del Subsidio de la oferta, que beneficiorá ala población pobre y vulnerable clasificada en los listados censales y a la población pobre y

tradicional en salud y generando como resultado el subsidio a la demanda y la transformación del Subsidio de la oferta, que beneficiorá ala población pobre y vulnerable clasificada en los listados censales y a la población pobre y vulnerable identificada en los niveles Uno (1). Dos (2) y Tres (3) de la Encuesta del Sisben de cado municipio. El Sistema General de Seguridad Social en Salud se constituye en el nuevo paso de organización en salud en el territorio nacional bajo la consigna del aseguramiento, la afillación y la atención de la población del territorio nacional en cumplimiento, de los principios de solidaridad, universalidad, eficiencia y equidad en la. prestación de servicios de salva, el cual debe brindarse con oportunidad, colidad y accesibilidad y cubrimiento en el territorio nacional a traves de: => El Régimen Contributivo, creado para la afilioción y aseguramiento en salud de la población con capacidad de page para pagar su salud, => ElRégimen Subsidiado organizado para la afiliación y aseguramiento de lapoblación pobre y vulnerable sinccapacidad de pago para pagar su salud, > La atención de la población pobre no asegurada, establecida para atender a la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago para pagar su salva no afiada por ningún sisterna de salud El sistemo creo la operación y gestión del proceso de aseguramiento y la prestación directa de servicios en los denominados Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente crea dos instrumentos que determinan la canasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, El Plan Obligatorio de salud y la Unidad de Pago por Capitación. eN novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las funciones

servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, El Plan Obligatorio de salud y la Unidad de Pago por Capitación. eN novedoso del Sistema consiste en la división y especialización de las funciones de dirección y contral, afillación, gestión y aseguramiento y prestación directa de servicios en entidades independientes con autonomía administrativa y financiera que independiente de su naturaleza pública o privada. realizan sus funciones con criterios de eficiencia empresarial, calidad de los servicios, integración funcional y rentabilidad económica.RESOLUCIÓN NÚMERO 003866 DE 2011. HOJA No. 6 Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUÍA, identificada con el NIT 890.980.063-7 El SGSSS asegura internamente su equilibrio contraponiendo la racionalidad económica de los aseguradores con la de los prestadores directos u operadores primarios de los servicios de salud, en el sentido de que los primeros obtienen su rentobilidad en reloción inversa con el número de casos atendidos, vale decir en el espiritu de la Ley en el número de casos prevenidos y los segundos, los prestadores obtienen su rentabilidad a medida que crecen los casos atendidos, Conforme lo consagrado en la Ley 100 de 1993, sobre le organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud, éste se compone de aseguradoras, daministradoras y prestadores de servicios de salud. La Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de seguridad social en salud, al cual le otoraa como propósito fundamental

aseguradoras, daministradoras y prestadores de servicios de salud. La Ley 100 de 1993 delimita la estructura y el funcionamiento del sistema general de seguridad social en salud, al cual le otoraa como propósito fundamental garantizar el occeso universal a los servicios de salud. al tiempe que le establece un diseño institucional que asigna al Estado las labores propias de la regulación e introduce nuevos mecanismos de financiamiento y provisión de servicios. Es así como. la estructura del sistema queda definida en ocho núcleos funcionales interdependientes: l. La Dirección y Rectoría, en cobeza del Gobierno Nacional, el Ministerio de la Protección Social y la Comisión de Regulación en salud (CRES, quienes dictan las reglas básicas para garantizar la operoción del sistema; ll. El Financiamiento a través de: El Fondo de Solidaridad y GarantíaFosyga que reúne los recursos provenientes de las contribuciones y algunos recursos. fiscales = y de los Fondos locales, Distritales y Departamentales de Salva que reúnen los recursos provenientes de las transferencias territoriales, recursos del orden nacional y recursos de cofinanciación y los recursos del orden territorial: Cubren la prima del seguro y otros gastos de salud para la población afiliada;

II. El Aseguramiento en salud, que opera en un mercado de competencia regulada a traves de las Entidades Promotoras de salud — EPS -, Entidades

Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, los Regimenes Especiales o Eicepcionales en Salva, Las Enfídades que Ofrecen Planes Adicionales de Saluda,

Y. La Administración de lo Salud, organizada a través de las Direcciones Territoriales de Salud, en función de la garantia en la atención de los servicios de salud.

Saluda,

Y. La Administración de lo Salud, organizada a través de las Direcciones Territoriales de Salud, en función de la garantia en la atención de los servicios de salud.

Y, La Prestación de Servicios de Salud, mediante los Prestadores de Servicios de Saluda - PSS.

VI. La Inspección, Vigilancia y Control, en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Solud INS e Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA. vil La Jurisdicción de la Salud, esto es, los jueces de la salud, en cabeza de

la Superintendencia Nacional de Salud. Will, La Conciliación extrajudicial en Salud, que podrá ser adelantada ante la Superintendencio Nacional de Salud. el sisterma estructura dos modalidades de afillación a la seguridad social en salud: el régimen contributivo y el régimen subsidiado y crea un sistema dereso.ución NÚMERO 003868 pE2011. HOJA No. 7 Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890,980.063-7 financiamiento, nacional organizado alrededor del Fondo de Solidaridad y garantía y de los Fondos Territoriales de Salua, un sistema de operación y gestión del proceso de aseguramiento y prestación de servicios denominado, Entidades Promotoras de Salud y un sistema de prestación directa de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente crea dos instrumentos que determinan la canasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona

Promotoras de Salud y un sistema de prestación directa de servicios denominado Prestadores de Servicios de Salud. Adicionalmente crea dos instrumentos que determinan la canasta de servicios a asegurar y su costo promedio por persona año, El Plan Obligatorio de Salud y la Unidad de Pago por Capitación. El propósito fundamental del sistema, el aseguramiento constituye la principal herramienta: de acceso universal de la población a los servicios de salud, delegando en las EPS lo administración del riesgo de salud de los afiliados; la EPS hace el papel de articulador entre la población y los prestadores, y entre el financiamiento y la prestación, ya que es el conducto de canalización de los recursos hacia la órbita de la prestación de servicios de salud, Este dalseño institucional plentea un sistema de salud que separa el aseguramiento de la prestación de servicios, con medidas de regulación para que cada función se realice en condiciones de competencia y para que el flujo de recursos desde el aseguramiento hacia la prestación se canalice mediante mecanismos de negociación, La Ley 100 de 1993 estableció la libertad de elección por parte de los usuarios o afiliados del seguro, quienes pueden decidir a qué EPS se afilian y cambiar de asegurador en los términos previstos en la norma; además, también tienen la facultad pora elegir, entre los opciones que el asegurador le presente, el prestador de servicios al cual quiere acudiral momento de hacer uso del seguro. 1.3. SISTEMA DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL La Ley 1122 de 2007, crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud como un conjunto de normas, agentes. y procesos articulados entre sí, el cual estará en cabeza de la

La Ley 1122 de 2007, crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud como un conjunto de normas, agentes. y procesos articulados entre sí, el cual estará en cabeza de la Superintendencio Nacional de Salud de acuerdo con sus competencias constitucionales y legoles, sin perjuicio de Jas focultades asignados al Instituto Nacional de Salva, INS, y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, Denfro del proceso normativo, se ha pasado de un proceso de descentralización territorial definido par lá Ley 10 de 1990, la Ley 60 de 1293 y la Ley 100 de 1993, a Un proceso de departamentalización de la Salva con Ley 715 de 2001y por último con Ley 1122 de 2007 y la Ley 1438 de 201]. a un proceso de Nacionalización — Centralización de la salva de vigilancia y control del SGSSS en cabeza de la SNS.

1.3.1. INSPECCIÓN?

Es el conjunto de actividades y acciones encaminados al seguimiento, monitoreo y evaluación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y que Sven para solicitar, confirmar y analizar de manera puntual la información que [e requiero sobre la situación de los servicios de salud y sus recursos, sobre la "situación jurídica, financiera, téenica-cientifica, administrativa y económica de las entidades sometidas a vigiloncia de la Superintendencia Nacional de Salud dentro del ámbito de su competencia. - Ádticulo 36% Lay 1122 de 2007, Literol a, Artículo 35%, Ley 1122 de 2007.RESOLUCIÓN NÚMERO 003866 DE 2011. HOJA No. 8

dentro del ámbito de su competencia. - Ádticulo 36% Lay 1122 de 2007, Literol a, Artículo 35%, Ley 1122 de 2007.RESOLUCIÓN NÚMERO 003866 DE 2011. HOJA No. 8 Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE PUERTO BERRIO - ANTIOQUIA, identificada con el NIT 890.980.063-7 Son funciones de inspección entre otras los visitas, la revisión de documentos, el seguimiento de peticiones de interés general o particular y la práctica de investigaciones administrativas.

1.3.2, VIGILANCIA?

Consiste en la atribución de lo Superintendencia Nacional de Salud para advertir, prevenir, orientar, asistir y propender porque las entidades encargadas del financiamiento, aseguramiento, prestación del servicio de salud, atención al usuario, participación social y «demás sujetos de vigilancia de la Superntendencia Naciona

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