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SUPERSALUD - Resolución 3947de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 3947de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 003947 De 20:18 (21 MAR 2018 ) Por la cual se prórroga la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Fumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit, 8001798870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial tas que le confieren los artículos 230 y 233 de la Ley 100 de 1993, los artículos 114 y 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificados por los articulos 20 y 22 de la Ley 510 de 1999, el artículo 37 de la Ley 1122 de 2007, modificado con el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 9.1.1.1.1 del Decreta 2555 de 2010, el artículo 68 de la Ley 1753 de 2015, el Decreto 780 del 2016, el Decreto 2462 de 2013 y, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Constitución Política de Colombia, la Seguridad Social en su componente de atención en salud, es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y contral del Estado, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que en virtud del artículo 154 Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio público de Seguridad Social en Salud, con el fin de garantizar los principios consagrados en nuestra

con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que en virtud del artículo 154 Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio público de Seguridad Social en Salud, con el fin de garantizar los principios consagrados en nuestra Carta Política y en los artículos 2 y 153 de la citada ley, este último modificado por el artículo 3? de la Ley 1438 de 2011. Gue de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, aplicable al Sistema de Seguridad Social en Salud por remisión del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, la toma de posesión e Intervención Forzosa Administrativa es una medida especial que tiene por finalidad “(...), establecer si fa entidad vigilada debe ser objeto de liquidación; sí es posible colocarta en condiciones de cdesarrollar adecuadamente su objeto social, O sí se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones...f...)”. Que de conformidad con el articulo 68 de la Ley 1753 de 2015, "Las medidas especiales que se ordenen se regirán por lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, incluido el artículo 291 y siguientes de ese estatuto, en lo que resulte pertinente a las medidas especiales; el Decreto número 2555 de 2010; las disposiciones aplicables del Sector Salud y las normas que fos sustituyan, modifiquen o complementen.” Que de acuerdo con el artículo 2.5.5.1.1 del Decreto 780 de 2016 y el artículo 68 de la Ley 715 de 2015; la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra plenamente facultada para

Que de acuerdo con el artículo 2.5.5.1.1 del Decreto 780 de 2016 y el artículo 68 de la Ley 715 de 2015; la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra plenamente facultada para aplicar “(...) en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de explotación u operación de monopolios rentísticos cedidos al sector salud, Empresas Promotoras de Salud e instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como en los de intervención técnica yRESOLUCIÓN NÚMERO 003947 DE 2018 PAGINA No. 2 Por la cual se prórroga la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE. del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit. 800179870-2 y ordenada mediante Resotución 0005185 del 21 de marzo 2017 aciministrativa de las Direcciones Territoriales de Salud, las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto-ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, y demás disposiciones que to modifican y desarrollan. (...)” Que el artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, establece que la medida de toma de posesión “no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable por la Superintendencia Bancaria, por un plazo no mayor de un (1) año; sí en ese lapso no se subsanaren tas dificultades que dieron origen a la toma de posesión, fa Superintendencia Bancaria dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior, sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva

de posesión, fa Superintendencia Bancaria dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior, sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad”. Que la Superintendencia Nacional! de Salud mediante Resolución 000515 del 21 de marzo de 2017 ordenó “(...) fa toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco, departamento de Nariño, identificado con NIT. 800.179.870-2, ubicado en el Kilómetro 23 Inguapi del Carmen Tumaco - Nariño, con la finalidad «de garantizar la adecuada prestación del servicio de salud, de conformidad con las normas que rigen el Sistema General de Seguridad Social en Salud y la dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (...)”. por el término de un (1) año. Que, en el artículo quinto y octavo del citado acto administrativo, se designó como Agente Especial Interventor al doctor Bernardo Ocampo Martínez identificado con cédula de ciudadania No. 12.965.764 de Pasto (Nariño), posesionado según Ácta 003 del 22 de marzo de 2017 y a la firma Auditoria y Gestión Ltda., identificada con Nit. 830.008.673-4, representada legalmente por el doctor Julio Cesar Florián Londoño identificado con cédula de ciudadanía No. 79.102.029 de Bogotá, como Contralor; respectivamente. Que el numeral 8 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013 establece como función de la

ciudadanía No. 79.102.029 de Bogotá, como Contralor; respectivamente. Que el numeral 8 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013 establece como función de la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, recomendar al Superintendente Nacional de Salud tanto la adopción como la prórroga, modificación o levantamiento de las acciones y medidas especiales sobre los sujetos vigilados. Que mediante Nurc 1-2018-023660 del 15 de febrero de 2018 y correo electrónico del 02 de marzo de 2018 Nurc 1-2018-037976, el Agente Especial Interventor del HOSPITAL SAN ANDRES ESE de Tumaco Nariño, presenta “Informe Consolidado de Resultados...” sobre el proceso de intervención forzosa administrativa para administrar, en los cuales concluye lo siguiente: Y...) Con fundamento en el presente informe, respetuosamente se recomienda a la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, de la Superintendencia Nacional de Salud prorrogar la intervención forzosa administrativa ordenada mediante Resolución No. 515 del 21 de marzo de 2017 al Hospital San Andres ESE de Tumaco Nariño. La prórroga se solicita por término de un año contado a partir de la fecha de terminación del primer año de intervención y presupone continuar recibiendo el apoyo ce la Gobernación de Nariño, y el Ministerio de Salud y la Protección Social, El tiempo solicitado permitirá alcanzar la estabilización de procesos críticos que definen la estabilidad, sostenibilidad y continuidad de la prestación de servicios de salud de mediana complejidad en la Costa Pacífica Narifiense. (...)” “(.,) Dentro de fas actividades a ejecutar en el tiempo de prórroga del proceso de

la estabilidad, sostenibilidad y continuidad de la prestación de servicios de salud de mediana complejidad en la Costa Pacífica Narifiense. (...)” “(.,) Dentro de fas actividades a ejecutar en el tiempo de prórroga del proceso de intervención, orientadas ea prevenir la presentación de eventos adversos, derivados de fallas en la tecno vigilancia, se encuentran:RESOLUCIÓN NÚMERO 003947 DE 2018 PAGINA No. 3 Por la cual se prórroga la medida de iniervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño. identificado con el Ni. 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 0005185 del 21 de marzo 2017 a. Destinar los recursos que permitan fortalecer la ejectición del Plan de Mantenimiento Hospitatario. b. Adelantar la contratación para la Calibración de equipo biomédico del Hospital San Andres de Tumaco. (En curso). Cc. Avanzar en el diseño e implementación del Programa de Seguridad del Paciente y mantener la gestión de eventos adversos. cd. implementación del Programa de Farmacovigilancia, Tecnovigilancia y Hemovigilancia. e. Presentar el Proyecto de Reposición de la Dotación del Hospital San Andres ESE, estimado en $ 4.000.000. 000.

2. ACTIVIDADES PRIORIZADAS POR IMPACTO EN LA GESTIÓN DEL HOSPITAL Dentro de las actividades de mayor impacto en la gestión de la entidad, ejecutables en

el tiempo de prórroga se encuentran:

2.1. MANTENIMIENTO FIOSPITALARIO

A. Avanzar en la destinación y ejecución de recursos en procesos de mantenimiento

el tiempo de prórroga se encuentran:

2.1. MANTENIMIENTO FIOSPITALARIO

A. Avanzar en la destinación y ejecución de recursos en procesos de mantenimiento hospitalario, incluyendo el mantenimiento preventivo y correctiva, tanto a dotación como a infraestructura, a través de Jos cuales sea posible avanzar en la generación de condiciones y ambientes más seguros para los procesos de atención en salud. Los procesos adecuados de mantenimiento, deberán reflejarse en el comportamiento positivo de inclicactores como gestión de eventos adversos, morlalidad, cancelación de cirugía programada.

B. Gestionar la formulación, presentación y aprobación del proyecto orientado a la reposición de la dotación prioritaria del Hospital San Andrés ESE, cuya finalidad es el mejoramiento de los procesos de atención en salud, como nodo de referencia de mediana complejidad en fa costa pacífica nariñense.

2.2, AVANCE MEJORAMIENTO FINANCIERO

A. Avanzar en el saneamiento financiero del Hospital San Andrés ESE, dentro de lo cual se prevé la necesidad de avanzar en la depuración de información que cada vez permita mejorar la calidad de los datos e informes financieros. Adicionalmente [,] se asume el compromiso de fortalecer los procesos como facturación de servicios, auditoría de cuentas médicas y estructuración de información que apalanque la recuperación de cantera. Estos procesos son críticos, debido a que su desempeño eficiente impactará de manera positiva indicadores de balance presupuestal, cartera, rotación de cartera, mejoramiento por análisis de causales de glosa, y liquidez entre otros.

B. Es necesario garantizar la ejecución de los recursos asignados por FONSAET al

manera positiva indicadores de balance presupuestal, cartera, rotación de cartera, mejoramiento por análisis de causales de glosa, y liquidez entre otros.

B. Es necesario garantizar la ejecución de los recursos asignados por FONSAET al Hospital San Andrés ESE, con lo cual se cubrirán obligaciones por deudas laborales a trabajadores y contratistas de vigencias anteriores. Como efecto, se tendrá un acercamiento y cumplimiento en las metas de indicadores relacionados a saneamiento de deudas laborales incluyendo aportes patronales, que a su vez impactan el monto acumulado de la deuda.

2.3. SISTEMA DE INFORMACION

A. Avanzar en la parametrización y ajustes del Sistema de Información SIHOS, de conformidad con las necesidades del Hospital, para lo cual se prevé contar con el

soporte técnico permanente por parte del proveedor, que permita trabajar bajoRESOLUCIÓN NÚMERO 003947 peo PAGINA No. 4 Por la cual se prórroga la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017 metodología de generación. validación y ajustes, es decir a través de un ciclo PAVA, hasta alcanzar un funcionamiento óptimo en los diferentes módulos. Sí bien, como Empresa Social del Estado se debe dar cumplimiento a una serie de requerimientos, se relacionan por prioridad aquellos que impactan de manera directa sobre las causales que dieron origen al proceso de intervención. (...)” Que la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante concepto técnico de seguimiento a la medida de Intervención

sobre las causales que dieron origen al proceso de intervención. (...)” Que la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante concepto técnico de seguimiento a la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, de fecha 15 de marzo de 2018, concluyó lo siguiente: “(...) Es pertinente señalar que previo al inicio de la medida de intervención, se evidenció en todos los componentes un alto grado de informalidad, inconsistencias en la información, desconocimiento de los parámetros del sistema de información y ausencia de capacitación del mismo; en general falta de confiabilidad, lo cual no permitía tener certeza de la realidad de la Institución. Adicionalmente, la contabilidad se encontró desactualizada para las vigencias 2016 y lo corrido de la vigencia 2017, por lo tanto, los estados financieros y en general los datos del sistema de información se encontraban sujetos a la parametrización y a la actualización de todos los registros, con el fin de generar información confiable. De acuerdo con lo anterior, durante el proceso de intervención la Entidad implementó el Sistema Integrado de Información, formuló e inició la ejecución del plan de saneamiento contable, actualizó la contabilidad de las vigencias 2016 y 2017, lo que ha permitido obtener una fuente de información más confiable para la medición de los diferentes indicadores, principalmente en los componentes administrativo y financiero. Es así, que durante la medida de intervención se destacan los siguientes avances: + La ESE cuenta con la autoevaluación de los requisitos de habilitación y el respectivo plan de mejoramiento para enervar los hallazgos encontrados, no obstante, se requiere de recursos para el cumplimiento de los estándares refacionados con dotación e infraestructura, los cuales pueden ser gestionados por el Agente Especial Interventor O

plan de mejoramiento para enervar los hallazgos encontrados, no obstante, se requiere de recursos para el cumplimiento de los estándares refacionados con dotación e infraestructura, los cuales pueden ser gestionados por el Agente Especial Interventor O por el Gerente en caso de que la Entidad no se encuentre sujeta a un proceso de intervención. » Respecto al indicador de porcentaje de estancia mayor a 24 horas en urgencias, se observa una variación positiva frente a la línea de base al pasar del 53% al 7.19% en diciembre de 2017 acercándose al estándar esperado que es de cero (0). Para diciembre de 2017 se alcanza un porcentaje del 86.8% en la adherencia al Manual de Buenas Prácticas de Esterilización, la cual no era objeto de medición antes de la adopción de la medida de intervención. En junio de 2017 se dío apertura al servicio de traumatología y ortopedia, con el cual no se contaba al inicio ce fa medida, aumentando así la resolutividad de la ESE. Prestación del servicio de Consulta Externa Espectalizada con la oportunidad esperada y con fa programación de citas médicas con fas agendas abiertas, dado que la ESE ha contado con el recurso humano especializado suficiente para atender la demanda de este servicio. Las tasas de mortalidad se han mantenido dentro de fos estándares esperados. Fortalecimiento de ta Política de Seguridad del Paciente, gestionándose la totalidad de fos eventos adversos reportados. .reso.ución omero 003947 pe 208 PAGINA No 5 Por la cual se prórroga fa medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con

Por la cual se prórroga fa medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017 + Se ha garantizado el stock de medicamentos, dispositivos e insumos necesarios para la prestación del servicio de salud, reflejando la efectividad del plan de choque adoptado para superar el desabastecimiento de los mismos observado al inicio de la medida. Normalización del servicio de recolección de residuos hospitalarios y suministro de combustible para las ambulancias y planta eléctrica. + Avance en la implementación del sistema de información y la actualización de la contabilidad de las vigencias 2016 y 2017. Pago de salarios, seguridad social y pago a contratistas de obligaciones generadas durante la intervención. Cumplimiento de tas metas de balance presupuestal con recaudo y reconocimiento, alcanzando el equilibrio de la operación y garantizando el pago de las obligaciones corrientes, evitando acumulación de pasivos. - Avance en la consolidación de información de procesos jurídicos y títulos judiciales, con el fin de llevar a cabo la depuración con el área de contabilidad. No obstante los avances alcanzados, aún se encuentran actividades pendientes por realizar principalmente las relacionadas con la culminación del saneamiento contable, la ejecución de los rectirsos FONSAET, optimización del Sistema Integrado de información, así como la ejecución de las actividades de mantenimiento hospitalario. (JP Que a partir de la recomendación emitida en el citado concepto de la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, el Comité de Medidas Especiales en sesión virtual del

información, así como la ejecución de las actividades de mantenimiento hospitalario. (JP Que a partir de la recomendación emitida en el citado concepto de la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, el Comité de Medidas Especiales en sesión virtual del 21 de marzo de 2018, según consta en el Acta No. 199 de la misma fecha, recomendó al Superintendente Nacional de Salud prorrogar por el término de seis (6) meses la medida de intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño a efectos de darle continuidad a las acciones propuestas en el Plan de Acción (Sistema de Gestión y Control de las Medidas EspecialesFénid, con miras a lograr estabilidad financiera y administrativa para la vigilada y una adecuada prestación del servicio de salud para los usuarios. Que como consecuencia de la prórroga que se ordena en el presente acto administrativo, el Agente Especial interventor y el Contralor, deberán acatar las órdenes que sean impartidas por la Superintendencia Nacional de Salud a efectos de lograr la estabilización de la ESE, así come dar cumplimiento al cronograma presentado respecto a la depuración de los estados financieros así: Fecha Fecha Concepto Actividad a desarrollar Responsable inicial Final Tesorería, contabilidad

1. Identificación de las partidas | y subgerencia conciliatorias vigencias anteriores | administrativa y financiera 22/03/2018 | 30/04/2018

Tesorería, contabilidad Bancos — |2 Registro de las partidas y subgerencia 22/03/2018 | 30/04/2018 conciliatorias identificadas. administrativa y financiera Tesorería, contabilidad

Tesorería, contabilidad Bancos — |2 Registro de las partidas y subgerencia 22/03/2018 | 30/04/2018 conciliatorias identificadas. administrativa y financiera Tesorería, contabilidad 3. realización mensual de y subgerencia 22/03/2018 | 31/08/2018 conciliaciones bancarias. administrativa y financieraRESOLUCIÓN NÚMERO 003947 pe 2018 PAGINA No. 6 Por la cual se prórroga la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado can el Nit 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017

4. Identificación de la totalidad de las cuentas bancarias registradas en los estados financieros, así como las no registradas.

Tesorería, contabilidad y subgerencia administrativa y financiera 01/04/2018 30/04/2018 Cartera

1. Radicación de facturación de vigencia anteriores

2. Registro de Glosas definitivas de acuerdo a actas de conciliación suscritas con las entidades responsables de pago pendientes por identificar, a cada una de las facturas de servicios de salud del sector público

4. Conciliación entre las áreas de contabilidad y cartera deterioro de cartera conforme a la potítica que vaya a instaurar el hospital en el momento de aplicación de las normas internacionales de contabilidad

6. Conciliación y saneamiento por concepto de arrendamientos y otros servicios diferentes a la prestación de servicios de salud 5, Revisión y registro del Cartera Contabilidad y cartera

aplicación de las normas internacionales de contabilidad

6. Conciliación y saneamiento por concepto de arrendamientos y otros servicios diferentes a la prestación de servicios de salud 5, Revisión y registro del Cartera Contabilidad y cartera

3. Registro de los pagos Cartera Contabilidad y cartera Contabilidad Contabilidad y cartera

22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 01/08/2018 22/03/2018 30/09/2018 30/06/2018 31/08/2018 31/08/2018 31/08/2018 31/03/2018 Inventarios

1. Conciliación entre los saldos registrados entre contabilidad, almacén y farmacia Contabilidad, almacén y farmacia

2. Realización de toma fisica en las instalaciones del hospital de medicamentos, insumos, repuestos y demás elementos registrados en el inventario.

Almacén 22/03/2018 01/08/2018 31/08/2018 31/08/2018 Activos Fijos

1. Realización de toma física en

2. Implementación del modulo entre las áreas de Mantenimiento y Contabilidad las instalaciones del hospital. _ |

3. Ajuste según conciliación Mantenimiento 22/03/2018 31/08/2018

Contabilidad y Mantenimiento Contabilidad 22/03/2018 22/03/2018 31/08/2018 31/08/2018 Cuentas por pagar de Proveedores,

4. Identificación de las deudas exigibles por estos conceptos con sus correspondientes

22/03/2018 22/03/2018 31/08/2018 31/08/2018 Cuentas por pagar de Proveedores,

4. Identificación de las deudas exigibles por estos conceptos con sus correspondientes soportes Tesorería y

contabilidad 22/03/2018 30/08/2018RESOLUCIÓN NÚMERO 003947 be 2018 PAGINA No. 7 Por la cual se prórroga la medida de intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el NL 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017 honorarios y servicios 2. Circularización a terceros según saldos registrados en los estados financieros. pagar identificadas y no registradas y documentos soportes para tramite de pago con recursos de fonsaet asignados. 3, Contabilización de cuentas por Contabilidad Contabilidad Contabilidad, tesorería 22/03/2018 01/06/2018 01/04/2018 30/05/2018 30/06/2018 30/06/2018 Obligaciones laborales

1. Depuración de las obligaciones por concepto de sueldos por pagar, luego de conciliación de las áreas de talento humano y contabilidad

2. Depuración de las obligaciones por concepto de seguridad social luego de conciliación de las áreas de talento humano y contabilidad

3. Depuración de las obligaciones por concepto de descuentos de nómina, tuego de conciliación de las áreas de

4. Depuración de las

seguridad social luego de conciliación de las áreas de talento humano y contabilidad

3. Depuración de las obligaciones por concepto de descuentos de nómina, tuego de conciliación de las áreas de

4. Depuración de las obligaciones por concepto de parafiscales, luego de conciliación de las áreas de

5. Depuración de las obligaciones por concepto de prestaciones sociales, luego de conciliación de las áreas de talento humano y contabilidad y documentos soportes para tramite de pago con recursos de Fonsaet asignados.

6. Presentación de bases de giro Contabilidad, talento humano y tesorería Contabilidad, talento humano y tesorería Contabilidad, talento humano y tesoreria talento humano y contabilidad Contabilidad, talento humano y tesorería talento humano y conlabilidad Contabilidad, talento humano y tesoreria Contabilidad, talento humano y tesorería

22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 22/03/2018 30/04/2018 31/08/2018 30/04/2018 31/08/2018 31/05/2018 31/05/2018 Pasivos tributarios

1. Depuración de impuestos registrados en el balance pendientes por pagar.

Contabilidad 22/03/2018 30/06/2018 Procesos Jurídicos

1. Reconocimiento de la provisión correspondiente en tos procesos jurídicos en contra del Hospital según probabilidad de fallo emitida por el área juridica.

Procesos Jurídicos

1. Reconocimiento de la provisión correspondiente en tos procesos jurídicos en contra del Hospital según probabilidad de fallo emitida por el área juridica.

Jurídica y Contabilidad 22/03/2018 31/08/2018RESOLUCIÓN NÚMERO 003947 DE 2018 PAGINA No. 8 Por la cual se prórroga la medida de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar el HOSPITAL. SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el NiE 800172870-2 y ordenada mediante Resolución 000515 del 21 de marzo 2017

2. Depuración y posterior registro de los procesos judiciales Jurídica y Contabilidad | 22/03/2018 | 31/08/2018 fallados en contra de la entidad, como un pasivo exigible.

1. Conciliación y verificación contable de la relación de títulos LR judiciales entregados por el Juridica y Contabilidad | 22/03/2018 | 31/08/2018 banco agrario por las áreas de Jurídica y contabilidad.

1. Avanzar en la implementación de lo establecido en la 2” , NIF Resolución No. 414/2014 de la Contabilidad 22/03/2018 | 22/09/2018

Contaduria General de la Nación En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. PRORROGAR la medida de intervención Forzosa Administrativa para Administrar, el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit. 800179870-2, por el término de seis (6) meses, es decir del 21

Administrar, el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit. 800179870-2, por el término de seis (6) meses, es decir del 21 de marzo de 2018 hasta el 20 de septiembre de 2018, según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución al HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, representado legalmente por el doctor Bernardo Ocampo Martínez identificado con cédula de ciudadanía No. 12.965.764 de Pasto (Nariño), en calidad de Agente Especial Interventor o quien haga sus veces o se designe para tal fin en el Kilómetro 23 Inguap; del Carmen vía Tumaco — Pasto. PARÁGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR al Agente Especial interventor que dentro del término dispuesto para la prórroga de la medida de intervención forzosa administrativa para aclministrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE se ejecuten las siguientes acciones: a) Avanzar en el mantenimiento y puesta en marcha de la totalidad de los ascensores, ejecutar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de imagenalogía (arco en C, equipo básico y portátil de rayos X), garantizar la metrología de los equipos biomédicos necesarios para la monitorización y feanimación del paciente (máquinas

ejecutar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de imagenalogía (arco en C, equipo básico y portátil de rayos X), garantizar la metrología de los equipos biomédicos necesarios para la monitorización y feanimación del paciente (máquinas de anestesia, bombas de infusión, desfibritadores y monitores de signos vitales), así como el continúo mantenimiento preventivo de estos equipos. b) Culminar el proceso de depuración de los estados financieros, de acuerdo con las observaciones realizadas por el Contralor designado en dictamen emitido a los estados financieros con corte a diciembre 31 de 2017. c) Priorizar la organización y entrega de las bases de giro y documentos soportes para la ejecución de la totalidad de los recursos FONSAET asignados mediante Resolución 3132

de 2017.RESOLUCIÓN NÚMERO 003947 DE 2018 PAGINA No. 9

Por la cual se prórroga la mecdtida de intervención Forzosa Administrativa para Acministrar el HOSPITAL SAN ANDRES ESE, del municipio de Tumaco - departamento de Nariño, identificado con el Nit 800179870-2 y ordenada mediante Resolución 000518 del 21 de marzo 2017 d) Optimizar el Sistema Integrado de Información implementado en la Institución, con el fin de garantizar la confiabilidad de la información y la operatividad de la totalidad de médutos implementados. e) Culminar la actualización de la base de datos de procesos judiciales y títulos judiciales Hevando a cabo a su vez la conciliación de información con el área de contabilidad. f) Dar cumplimiento al cronograma presentado por la ESE conforme a la parte considerativa de la presente Resolución.

Hevando a cabo a su vez la conciliación de información con el área de contabilidad. f) Dar cumplimiento al cronograma presentado por la ESE conforme a la parte considerativa de la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO. Contra la presente Resolución procede

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