SUPERSALUD - Resolución 3961 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 3961 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 0039: RESOLUCIÓN aL. 2012 ( JADIC. 2012 ) Por la cual se aprueba el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal del año 2013. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En desarrollo de lo previsto en los Decretos 1018 de 2007 y 775 de 2005, y CONSIDERANDO Que el Decreto 775 de 2005 en el artículo 36, numeral 36.2, establece que “Con fundamento en el marco constitucional y legal, cada Superintendente deberá aprobar para cada vigencia fiscal, a más tardar el 15 de diciembre de cada año, el Plan Anual de Gestión para el año siguiente, “el cual para su elaboración y consolidación definirá mecanismos de participación de todos los servidores públicos de la entidad respectiva”. Que en cumplimiento de lo anterior, se elaboró el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2013, con la participación de servidores públicos del Despacho del Señor Superintendente, la Secretaría General, las Superintendencias Delegadas, las Oficinas Asesoras y Oficinas, el cual, fue consolidado por la Oficina Asesora de Planeación, a fin de obtener un instrumento de planeación, que incluya los objetivos, metas, actividades e indicadores de la entidad, que permita hacer seguimiento y evaluación a la gestión misional y administrativa de la entidad. Que el Plan Anual de Gestión 2013, deberá ser cumplido por los servidores públicos de la entidad, con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, con el fin de contribuir
la entidad. Que el Plan Anual de Gestión 2013, deberá ser cumplido por los servidores públicos de la entidad, con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, con el fin de contribuir al logro de la misión y objetivos que la ley, y los reglamentos le señalan a la Superintendencia Nacional de Salud. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia 2013, contenido en el documento anexo a la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- El Plan Anual de Gestión que se aprueba en el presente acto administrativo, fue avalado por el comité de alta gerencia celebrado el día 13 de diciembre de 2012.RESOLUCIÓN nome 03961 De 2012 HOJA No. _ -2Por la cual se aprueba el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal del año 2013. ARTÍCULO TERCERO.- La Oficina Asesora de Planeación mantendrá un ejemplar del Plan Anual de Gestión 2013, en copia dura y entregará al Despacho del Señor Superintendente, a la Secretaría General, las Superintendencias Delegadas, las Oficinas Asesoras y Oficinas, una copia del contenido en medio magnético para su conocimiento y cumplimiento. Igualmente, la Oficina de Tecnología de la Información publicará en la Intranet y en el sitio Web, de la entidad, un icono del Plan Anual de Gestión 2013, para que pueda ser consultado y conocido por cada uno de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de Salud y la Ciudadanía.
sitio Web, de la entidad, un icono del Plan Anual de Gestión 2013, para que pueda ser consultado y conocido por cada uno de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de Salud y la Ciudadanía. ARTÍCULO CUARTO.- Corresponde al (la) Secretario(a) General, a los(as) Superintendentes Delegados, los(as) Jefes de Oficinas Asesoras y los(as) Jefes de Oficina impartir de forma oportuna la orientación e instrucciones necesarias para la ejecución y cumplimiento por parte de los servidores públicos a su cargo, del Plan Anual de Gestión 2013, de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO QUINTO.- Las modificaciones a cualquier componente del Plan Anual de Gestión 2013, obedecerán a cambios de política institucional o sectorial, no disponibilidad presupuestal comprobada, acciones externas a la gobernabilidad de la entidad y tendrán que ser debidamente justificadas y direccionadas únicamente por la(el) Secretaria(o) General, los (las) Superintendentes Delgados(as), Jefe de Oficina Asesora, Jefe de Oficina, o quien haga sus veces, a través de memorando interno dirigido a la Oficina Asesora de Planeación, con 30 días de anticipación al inicio del periodo modificado para presentarlos al Comité directivo.
PARAGRAPFO: Las modificaciones al Plan Anual de Gestión se presentarán como actualización del anexo que trata esta resolución en el artículo primero y serán aprobadas en el Comité Directivo y por el Superintendente Nacional de Salud.
ARTÍCULO SEXTO.- El seguimiento al Plan Anual de Gestión se hará mensualmente, para lo cual, cada área de la entidad, deberá hacer el registro de la
aprobadas en el Comité Directivo y por el Superintendente Nacional de Salud. ARTÍCULO SEXTO.- El seguimiento al Plan Anual de Gestión se hará mensualmente, para lo cual, cada área de la entidad, deberá hacer el registro de la ejecución correspondiente a cada periodo, en el aplicativo implementado para tal fin, durante los primeros siete (7) días hábiles de cada mes. ARTÍCULO SEPTIMO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C. a los, 14D£. 2012 , / Y)
GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Elaboró: Olga Mireya momo
Jefe Oficina Asesora de Planeación