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SUPERSALUD - Resolución 4270 de 2016

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 4270 de 2016
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RE SOLUC IÓN NÚMERO 004270 1 2 7 DIC 2016

DE 2016 Por medio de la cual se aceptan renuncias y se designan Agentes Especiales Interventor y Contralor para la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO del departamento de La Guajira, identificada con el NIT. 892.120.115fi 1, en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, ordenada por la Superintendencla Nacional de Salud, mediante la Resolución No. 001615 del 14 de junio de 2016 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias que le confieren el parégrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, el Decreto 780 de 2016, la Resolución 2599 de 2016, y, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 5.5.1 1, del Decreto 780 de 2016, "la Superintendencia Nacional de Salucl aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar (. .) Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, (. . .) las normas ele procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto­ Ley 663 de 1993, fa Ley 510 de 1999 y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan". Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución 001615 del 14 de junio del

Ley 663 de 1993, fa Ley 510 de 1999 y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan". Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución 001615 del 14 de junio del 2016, ordenó "'(. . .) la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO, departamento de La Guajira, iclentificacla con Nit. 892. 120.115-1, la cual se encuentrn ubicada en fa Calle 16 No. 39A Bis 31 Troncal del Caribe y Calle 11 No. 20-45, con la finalidad de garantizar la adecuada prestación del servicio de salud, de conformidad con las normas que rigen el Sistema General de Seguridad Social en Salud y Jo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, por las razones expuestas en la parte motivé.! de la presente Resolución < r Que el mencionado acto administrativo, designó para la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO como Agente Especial Interventor al doctor OSCAR ALBERTO PERNIA MALDONADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.499.872 de Bogotá y como Contralora a la doctora BEATRIZ EUGENÍA CORTÉS GAITÁN identificada con cédula de ciudadanía No 29.675.827 de Pa!mira, departamento del Valle del Cauca. Que el doctor OSCAR ALBERTO PERNÍA MALOONADO, mediante comunicación radicada con el Nurc 1-2016-181107 del 19 de diciembre de 2016, presentó renuncia al cargo de Agente Especial Interventor de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO.

con el Nurc 1-2016-181107 del 19 de diciembre de 2016, presentó renuncia al cargo de Agente Especial Interventor de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO. Que del mismo modo, la doctora BEATRIZ EUGENIA CORTÉS GAJTÁN, mediante comunicación radicada con el Nurc 1-2016-185211 del 26 de diciembre de 2016, presentó renuncia al cargo como Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO. :,, '\ f .· 'RESOLUCIÓN NÚMERO -- --fiºfiºfi4=2_7_0_ DE 2016 PAGINA No. 6 "Por medio de la cual se acep/a11 remmcias y se designan Agentes Especiales /11/erventor y Con/ra/or para fo ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO del depa1tamenlo de La Guajira, identificada con el NIT 892 120 115-1. en Intervención Forzosa Adminislrat1va para Adrmmstrar. ordenada por la Supe1inlenclencia Nacional de Salud. 111edian/e la Resol11ción No 00/615 del 14 de ¡unio rle 2016" Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5° del articulo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 24 de la Ley 510 de 1999 y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2462 de 2013 y ta Resolución 2599 de 2016, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud designar el agente especial interventor, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables

la Superintendencia Nacional de Salud designar el agente especial interventor, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables Que de acuerdo con lo anterior, dada la naturaleza jurídica de las funciones tanto de! agente especial interventor como del liquidador, el numeral 4° del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por e! artículo 28 de la Ley 51 O de 1999 establece que podrá designarse al liquidador y al contralor, !os cuales pueden ser personas naturales o jurídicas y quienes podrán ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del competente deban ser reemplazados_ Que la Superintendencia Nacional de Salud expldló !a Resolución 002599 del 06 de septiembre de 2016 "Por medio de la cual se dictan disposiciones relacionadas con la inscripción, designación, fijación de honorarios, posesión, funciones, obligaciones, seguimiento, sanciones, reemplazo y otros asuntos de los agentes interventores, liquidadores y contralores de las entidades objeto. por parte de fa Superintendencia Nacional de Salud, de las medidas especiales ele toma de posesión e intervención forzosa administrativa y las medidas especiales previstas en el aJtícufo 68 de la Ley 1753 ele 2015" y derogó la Resolución 1947 de 2003. Que el artículo 15 de la mencionada Resolución establece que la escogencia de los agentes interventores, liquidadores y contralores se hará exclusivamente por parte del Superintendente Nacional de Salud, previa presentación de tres (3) candidatos escogidos a juicio del Comité de

interventores, liquidadores y contralores se hará exclusivamente por parte del Superintendente Nacional de Salud, previa presentación de tres (3) candidatos escogidos a juicio del Comité de Medidas Especiales regulado por la Resolución 461 de 2015 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud. Que e! inciso segundo del articulo antes citado señala que el Comité de Medidas Especiales deberá sugerir a quienes considere como los tres (3) candldatos de las personas que, estando inscritos en la categoría aplicable a la entidad objeto de la medida de toma de posesión, intervención forzosa administrativa o medida especial de las previstas en el artículo 68 de la Ley 1753 de 2015, cumplan los requisitos que el caso exige segl1n la aplicación de los criterios de escogencia. Que el artículo 22 de la Resoluclón 2599 de! 2016, establece el procedimiento que se debe adoptar al momento en que sea presentada la renuncia del Agente Especial Interventor, Liquidador o Contralor, designado por la Superintendencia Nacional de Salud. Que el artículo 48 de la Resolución 2599 de 2016 resalta que "/a lista existente en desarrollo de lo dispuesto por la Resolución 1947 de 2003 de fa Superintendencia Nacional efe Salucf sólo estará vigente por un término máximo de seis (6) meses después ele la pu/Jlicación de fa presente Resolución en el Diario Oficial, momento en el cual deberá estar conformado un nuevo registro en los términos de esta Resolución.·· Que el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales en sesión del Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud realizado el 26 de diciembre de

registro en los términos de esta Resolución.·· Que el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales en sesión del Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud realizado el 26 de diciembre de 2016, según consta en Acta Nº 176 de la misma fecha, sometió a consideración del cuerpo colegiado la designación de los Agentes Especiales Interventor y Contralor para la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar como consecuencia de la renuncia presentada por los doctores OSCAR ALBERTO PERNÍA MALDONADO y BEATRIZ EUGENIA CORTÉS GAITÁN Que el Comité de Medidas Especiales, en ejercicio de las funciones que te corresponden según Resolución W 000461 de 2015, en concordancia con lo reglado en el artículo 15 de laRESOLUCIÓN NÚMERO ____ Q_0_4_2_7_0_ DE 2016 PAGINA No.;! "Poi mee/Jo d_e la cual se aceptan ,emmr,ias y se c/es1gnan Agentes Especiales /n/e1ventor y Contralor para /a ESE HOSPITAL SAN JOSE DE MAICAO del cleparlamento ele La Guapra, 1c/enlifIcacla con el NIT 892 120. 1l5-1, en /n/ervenc1ón Forzosa Administrativa para Admmis/1ar. orclimacla por la Supenntendencia Nacional de Salucl, mediante la Resolución No. 001615 del 14 de ¡unio ele 20"!6" Resolución 2599 de 2016 adelantó la revisión de tres (3) hojas de vida inscritas en e! registro de interventores y contralores vigente.

de ¡unio ele 20"!6" Resolución 2599 de 2016 adelantó la revisión de tres (3) hojas de vida inscritas en e! registro de interventores y contralores vigente. Que en virtud de lo anterior y una vez revisados los requisitos de experiencia e idoneidad requeridos para desempeñar el cargo, el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales, recomendó designar a la doctora ALEXANDRA MILDRET LÓPEZ PÉREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 49. 771.651 de Valledupar, para ejercer las funciones de Agente Especial Interventora y a la doctora YADIRA MAYERL Y BLANCO HERNÁNDEZ identificada con la cédula de ciudadanía número 52.824.482 de Bogotá, para ejercer las funciones de Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO. Que en consecuencia, el Comité de Medidas Especiales en ejercicio de !as funciones que le corresponden según Resolución Nº 000461 de 2015, recomendó al Superintendente Nacional de Salud designar a la doctora ALEXANDRA M!LDRET LÓPEZ PÉREZ identificada con cédula de ciudadanía No. 49.771.651 de Valledupar como Agente Especial Interventora y a !a doctora YADIRA MAYERLY BLANCO HERNÁNDEZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.824.482 de Bogotá, para ejercer las funciones de Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSE DE MAlCAO, departamento de La Guajira, identificada con NIT. 892.120.115-1. Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE

JOSE DE MAlCAO, departamento de La Guajira, identificada con NIT. 892.120.115-1. Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ACEPTAR la renuncia presentada por el doctor OSCAR ALBERTO PERNÍA MALDONADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.499.872 de Bogotá, en calidad de Agente Especial Interventor de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO, departamento de la Guajira, en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, la cual se hará efectiva una vez, la agente especia! designada en el presente acto administrativo tome posesión del cargo. PARÁGRAFO PRIMERO. De conformidad con el numeral 1.4 capítulo segundo del título noveno de la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud, el doctor OSCAR ALBERTO PERNÍA MALDONADO deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas a la fecha de su retiro, para lo cual se le concede un término de cinco (5) días calendario siguientes a la comunicación de la presente Resolución. PARÁGRAFO SEGUNDO. El doctor PERNÍA MALDONADO, deberá entregar a su reemplazo los activos, libros de contabilidad, los registros y demás elementos relacionados con la administración de bienes y asuntos de la entidad objeto de !a medida, que se encuentren en su posesión PARÁGRAFO TERCERO. De igual forma, dentro de los diez (10) días siguientes al conocimiento de la presente resolución, deberá entregar a la Superintendencia Nacional de Salud y a su reemplazo, una rendición de cuentas, en !as que se informe de su labor como administrador de las propiedades y asuntos de la entidad objeto de la medida, así como, el

conocimiento de la presente resolución, deberá entregar a la Superintendencia Nacional de Salud y a su reemplazo, una rendición de cuentas, en !as que se informe de su labor como administrador de las propiedades y asuntos de la entidad objeto de la medida, así como, el estado detallado del proceso de intervención forzosa administrativa para administrar. En el evento en que no exista colaboración por parte del Interventor saliente con su reemplazo y/o no proceda con la entrega de la información requerida, se dará. aplicación a lo establecido en el quinto inciso del artículo 25 de la Resolución 002599 del 2016. ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al doctor OSCAR ALBERTO PERNÍA MALDONADO en la Calle 16 No. 39A Bis 31 Troncal del Caribe y Calle 11 No. 20-45, del departamento de La Guajira o al sitio que se indique para tal fin por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. IRESOLUCIÓN NÚMERO ____ --=Q_:Q:..._4=-2_7_Qfi DE 2016 PAGINA No. 4 'Por medio de la cual se aceptan remmcias y se designan Agentes Especiales lnte1ve11/oi y Contralor para la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO del depart8/nenlo de La Guajira. idenfificacla con el NIT. 892.120 / 15·1. en /11te1vención Forzosa Admimstwliva para Administrar, ordenada por la S11pem1/ell(/encia Nacional de Salud. medianre la Reso/11c1ó11 No. 001615 del 14

de junio de 2016'- ARTÍCULO TERCERO. ACEPTAR la renuncia presentada por la doctora BEATRIZ EUGENIA CORTÉS GAITÁN, identificada con cédula de ciudadanía No. 29.675 827 de Palmira - Valle del Cauca, en calidad de Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO, departamento de La Guajira, en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, la cual se hará efectiva una vez, la Contralora designada en el presente acto administrativo tome posesión del cargo. PARÁGRAFO PRIMERO. De conformidad con el numeral 3 capítulo segundo del título noveno de la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud, la doctora BEATRIZ EUGENÍA CORTÉS GAITÁN, deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas a la fecha de su retiro, para lo cual se le concede un término de cinco (5) días calendario siguientes a la comunicación de la presente Resolución. PARÁGRAFO SEGUNDO. La doctora CORTÉS GAlTÁN, deberá entregar a su reemplazo !os activos, libros de contabilidad, los registros y demás elementos relacionados con la administración de bienes y asuntos de la entidad objeto de la medida, que se encuentren en su posesión. PARÁGRAFO TERCERO. De igual forma, dentro de los diez (10) días siguientes al conocimiento de la presente resolución, deberá entregar a la Superintendencia Nacional de Salud y a su reemplazo, una rendición de cuentas, en las que se informe de su labor como administrador de las propiedades y asuntos de la entidad objeto de la medida y el estado detallado del proceso. En el evento en que no exista colaboración por parte de la Contralora saliente con su reemplazo

administrador de las propiedades y asuntos de la entidad objeto de la medida y el estado detallado del proceso. En el evento en que no exista colaboración por parte de la Contralora saliente con su reemplazo y/o no proceda con la entrega de la información requerida, se dará aplicación a lo establecido en el quinto inclso de! artículo 25 de la Resoluclón 002599 del 2016. ARTÍCULO CUARTO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a la doctora BEATRIZ EUGENÍA CORTES GAITÁN en la Carrera 19 A No. 45 - 19 de la ciudad de Palmira - Valle del Cauca o al sitio que se indique para tal fin por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud ARTÍCULO QUINTO. DESIGNAR como Agente Especial Interventora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO. departamento de La Guajira en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, a la doctora ALEXANDRA MILDRET LÓPEZ PÉREZ, Identificada con cédula de ciudadanía No. 49.771.651 de Valledupar, quíen ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General del Seguridad Social en Salud, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. PARÁGRAFO PRIMERO. La Agente Especial Interventora designada ejercerá las funciones propias de su cargo, previa posesíón de la misma y tendrá la guarda y administración de los bienes que se encuentren en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultades que le asigne la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo previsto en e! numeral 8 del articulo 291 del

bienes que se encuentren en poder de la entidad, junto con los demás deberes y facultades que le asigne la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo previsto en e! numeral 8 del articulo 291 del Estatuto Orgánico del Sístema Financiero, la Agente Especial Interventora ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, sin perjuicio de la aplícabilidad, cuando sea el caso, de las reglas del derecho privado a los actos que ejecute en nombre de la entidad objeto de la toma de poseslón. En virtud de lo anterior, no se constituye relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud.RESOLUCIÓN NÚMERO ____ O_O_4_2_7_O_D E 2016 PAGINA No. § "'Por mee/to cíe la cual se ace¡Jtan renunc,as y se ,lesig11a1J Agenles EspecIalr:,s /u/e1ventor y Con/r¡¡/or para fa ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO del clepartamen/o de La Guajira. 1dentiflcada con el NIT. 892. 120. 115· 1, en /nle1Vención Forzosa AdmI111s/ra/1va para Ac/mi111s/1a1, ordenacla por la Supe,infendencra Nacional de Salud, mecliante /a Resolución No. 001615 cíe/ 14 de jonio e/e 2016". PARÁGRAFO TERCERO. El cargo de Agente Especial Interventor, es de obligatoria aceptación y la designada tendrá un plazo de cinco {5) días hábiles, contados a partir de la fecha en que sea notificada, para aceptar el cargo y posesionarse de! mismo de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del articulo décimo sexto de la Resolución 2599 de

fecha en que sea notificada, para aceptar el cargo y posesionarse de! mismo de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del articulo décimo sexto de la Resolución 2599 de 2016 PARÁGRAFO CUARTO. En el evento que la Agente Especial Interventora rechace el nombramiento o que no se posesione dentro de los términos indicados anteriormente, será excluida del registro a menos que, en cumplimiento de su deber de información, lo rechace al indicar que está incursa en una situación de conflicto de interés o que acredite la ocurrencía de una circunstancia de fuerza mayor que le impida llevar a cabo el encargo·. En este evento, el Superintendente Nacional de Salud designará una nueva persona de los candidatos restantes que le haya presentado el Comité de Medidas Especiales. ARTÍCULO SEXTO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a la Agente Especial Interventora doctora ALEXANDRA MILDRET LÓPEZ PÉREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 49.771.651 de Valledupar, en la Carrera 16 No. 22 A - 04 de! municipio de Sabanalarga departamento de Atlántico o al sitio que se indique para tal fin, para que se presente ante la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de tos cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente acto administrativo. PARÁGRAFO PRIMERO. En caso de no poderse hacer la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO SÉPTIMO. DESIGNAR como Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SÉPTIMO. DESIGNAR como Contralora de la ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO, departamento de La Guajira en proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar a la doctora YADIRA MAYERLY BLANCO HERNÁNDEZ identificada con la cédula de ciudadanía número 52.824.482 de Bogotá, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. PARÁGRAFO PRIMERO. La Contralora, acorde con lo dispuesto en el inciso primero, numeral tercero, Capítulo Segundo, Título IX de la Circular Única expedida por esta Superintendencia, ejercerá las funciones propias de un revisor fisca!, conforme al Código de Comercio y demás normas aplicables a la revisoria fiscal y responderá de acuerdo con ellas. PARÁGRAFO SEGUNDO. Conforme a lo establecido en la Circular Única Título !X, Medidas Especiales, !a Contralora deberá remitir un informe preliminar en medio físico a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la posesión. PARÁGRAFO TERCERO. La Superintendencia Nacional de Salud a través de la Delegada para las Medidas Especiales, evaluará, discutirá y aprobará el plan de trabajo presentado y lo hará público, de conformidad con lo establecido en la Resolución 2599 de 2016. PARÁGRAFO CUARTO. El cargo de Contralora, es de obligatoria aceptación, y la designada

hará público, de conformidad con lo establecido en la Resolución 2599 de 2016. PARÁGRAFO CUARTO. El cargo de Contralora, es de obligatoria aceptación, y la designada tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha que sea notificada, para aceptar el cargo y posesionarse de! mismo, de conformidad con lo establecldo en el inciso segundo del articulo décimo sexto de la Resolución 2599 de 2016. PARÁGRAFO QUINTO. En el evento que la Contralora rechace el nombramiento o que no se posesione dentro de los términos indicados anteriormente, será excluida del registro a menos que, en cumplimiento de su deber de información, lo rechace al indicar que está incursa en unaRESOLUCIÓN NÚMERO --- ----"º'-º=----=4-=2c..:7c..:0:_ DE 2016 PAGINA No. § "Por meclio ele la cual se aceptan renuncias y se designan Agentes Especiales /11/e,ven/or y Contralor µara l;;i ESE HOSPITAL SAN JOSÉ DE MAICAO del Ueµartame11(0 de La Guajira, ide11/i{Jcada con el NIT 892 120 115-1, en ln/e1venc16n Fo1zosa Adminislra/1va µara A(}minisüat. ordenada µorla S11perinlendencie Nacional de Salud. mediante la Resolución No 001615 del 14 de junio ele 2016" situación de conflicto de interés o que acredite la ocurrencia de una circunstancia de fuerza mayor que le impida llevar a cabo el encargo. En este evento, el Superintendente Nacional de Salud designará una nueva persona de los candidatos restantes que le haya presentado el Comité de Medidas Especiales

mayor que le impida llevar a cabo el encargo. En este evento, el Superintendente Nacional de Salud designará una nueva persona de los candidatos restantes que le haya presentado el Comité de Medidas Especiales ARTÍCULO OCTAVO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a la doctora YADIRA MAYERLY BLANCO HERNÁNDEZ, mediante citación dirigida al domicilio ubicado en fa Calle 42 Sur No. 72H - 80 Barrio Kennedy de la ciudad de Bogotá o al sitio que se indique para tal fin, para que se presente ante la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente acto administrativo. PARÁGRAFO PRIMERO. En caso de no poderse hacer la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Admínistrativo. ARTÍCULO NOVENO. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia Nacional de Sa!ud y mediante AVISO en las Oficinas de la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales. ARTÍCULO DÉCIMO. La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno. Dada en Bogotá a los ·2 7 DIC 2016

Proyectó: Revisó·

Aprobó:

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUE-- •• -• ÍQUESE Y CÚMPLASE u

NORMÁN JULIO Mt¿!J_I Z MUÑOZ

SUPERINTEN fiIONAL DE-SALUD

Allan Leonar Torres Mahecha - Profesional Especializado SDMfi

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NORMÁN JULIO Mt¿!J_I Z MUÑOZ

SUPERINTEN fiIONAL DE-SALUD

Allan Leonar Torres Mahecha - Profesional Especializado SDMfi Emilia Vargas Aldana -Asesora 13 - Superintendencia Dele fi para las Medidas Especiales. Francisco Morales Falla - Jefe de Oficina Asesora Juriclica ( ·• . Javier Antonio Villarreal Villaquirán -Superintendente Delega o para las Medidas Especiales.

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