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SUPERSALUD - Resolución 5090 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 5090 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 005090 DE 2018 ( 17 MAY2018

Por la cual se designa Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892.200.015-5, mediante Resoluci6n 002253 del 4 de agosto de 2016 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el articulo 68 de la Ley 1753 de 2015, el articulo 113 del Estatuto Organico del Sistem41 Financiero, modificado por el articulo 19 de la Ley 510 de 1999, el articulo 26 de la Ley 1797 de 2016, el numeral 4° del articulo 295 del Estatuto Organico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, la Resoluci6n 2876 de 2012, la Resoluci6n 2599 de 2016, la Resoluci6n 5257 de 2017 y, CONSIDERANDO Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resoluci6n 002253 del 4 de agosto de 2016, adopt6 medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n al Programa de Salud de la Caja de Compensaci6n Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT

892.200.015-5, por el termino de un (1) ano. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resoluci6n 2574 del 4 de agosto de 2017, prorrog6 la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n ordenada al Programa de Salud de la Caja de Compensaci6n Familiar de Sucre "COMFASUCRE", hasta el 31 de marzo de 2018. Que el Comite de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, en cumplimiento de 10previsto en el articulo 3° de la Resoluci6n 461 de abril de 2015, en sesi6n del 23 de marzo de 2018 recomend6 al Superintendente Nacional de Salud prorrogar el termino de la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada al Programa de Salud de la Caja de Compensaci6n Familiar de Sucre "COMFASUCRE", por un termino de seis (6) meses y designar Contralor. Que, en virtud de 10 anterior, mediante la Resoluci6n 004083 del 27 de marzo de 2018, la Superintendencia Nacional de Salud prorrog6 la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada al Programa de Salud de la Caja de Compensaci6n Familiar de Sucre "COMFASUCRE", por un termino de seis (6) meses. Que el articulo 26 de la Ley 1797 de 2016 dispone que en las medidas establecidas en los articulos 113 y 115 del Decreto Ley 663 de 1993 se podra designar un Contra lor, quien estara

sujeto a 10dispuesto en los numerales 4° y 6° del articulo 295 del citado Decreto. Que en virtud de 10dispuesto en los numerales 6° y 10° del articulo 295 del Decreto Ley 663 de 1993, el Contralor actua como auxiliar de la justicia y, por tanto, para ningun efecto podraRESOLUCION NUMERO 005090 DE 2018 HOJA No. 2----=--- Por la cual se designa Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892.200.015-5, mediante Resoluci6n 002253 del 4 de agosto de 2016 reputarse trabajador 0 empleado de la entidad objeto de la medida preventiva 0 de la Superintendencia Nacional de Salud. Que la Superintendencia Nacional de Salud expidio la Resolucion 2599 del 6 de septiembre de 2016, por medio de la cual se dictaron disposiciones relacionadas con la inscripcion, designacion, fijacion de honorarios, posesion, funciones, obligaciones, seguimiento, sanciones, reemplazo y otros asuntos de los agentes interventores, liquidadores y contralores de las entidades objeto de medidas especiales de toma de posesion e intervencion forzosa administrativa y de medidas especiales previstas en el articulo 68 de la Ley 1753 de 2015 por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Que mediante Resolucion 5257 del 31 de octubre de 2017, la Superintendencia Nacional de

Salud publico el listado definitivo de inscritos en el Registro de Interventores, Liquidadores y Contralores (RILCO) de la Convocatoria realizada mediante Resolucion 1577 del 19 de mayo de 2017. Que el Comite de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, en cumplimiento de 10previsto en el articulo 3° de la Resolucion 461 de abril de 2015 y el articulo 15 de la Resolucion 2599 de 2016, en sesion del 07 de mayo de 2018, previa revision, presento al Superintendente Nacional de Salud tres (3) hojas de vida inscritas en el Registro de Interventores, Liquidadores y Contralores (RILCO), y Ie recomendo designar como Contralor al doctor Gildardo Tijaro Galindo, identificado con cedula de ciudadania numero 19.092.858 para la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion adoptada al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE". Que la recomendacion del Comite de Medidas Especiales de designar Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE" se fundamenta en el concepto tecnico elaborado por la Delegada para las Medidas Especiales, concepto en el cual se consigno, entre otras, que a 31 de diciembre de 2017 incumple con las condiciones financieras y de solvencia; la metodologia de reservas no se encuentra verificada por la

Superintendencia Nacional de Salud; las acciones realizadas por el Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre - Comfasucre para la recuperacion de cartera no han side Efectivas; el flujo de recursos en Comfasucre refleja una situacion financiera critica en 10referente al pago de obligaciones contraidas con las Entidades Beneficiarias de Pago (red prestadora de servicios); Comfasucre a diciembre de 2017, presenta falencias en el seguimiento y monitoreo al proceso de autorizaciones. Que la Direccion de rviedidas Especiales para Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, efectuo la evaluacion y calculo de los honorarios del Contralor a designar para la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE". Que la evaluacion y calculo de los honorarios del Contralor a designar arrojo un puntaje total de treinta y siete (37) puntos, ubicandose en la categoria 2, correspondiendole un monto maximo de 37 Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes. Los honorarios de los Contralores designados equivaldran al 80% del valor obtenido en SMLMV, que para el presente caso equivalen a veintinueve coma seis (29,6) SMLMV. Que, de conformidad con 10 anterior, el Superintendente Nacional de Salud acoge la

recomendaci6n del Comite de Medidas Especiales de designar como Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion adoptada al Programa de Salud de la ~aja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE" y fijar sus honorarios. Que en merito de 10expuesto, este Despacho,RESOLUCION NUMERO 00509O'DE 2018 HOJA No. 3----=---- Por la cual se designa Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892.200015-5, mediante Resoluci6n 002253 del 4 de agosto de 2016 RESUElVE ARTicULO PRIMERO. DESIGNAR al doctor GllDARDO TIJARO GALINDO, identificado con la cedula de ciudadanfa numero 19.092.858, como Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892.200.015-5, quien ejercera las funciones propias de su cargo, de acuerdo con 10 previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Estatuto Organico del Sistema Financiero y demas normas que Ie sean aplicables. AI Contralor Ie correspondera, realizar el seguimiento al desarrollo y ejecucion de las

actividades y estrategias planteadas por la entidad vigilada, asf como el aval a los indicadores establecidos por esta Superintendencia en salvaguarda de la medida preventiva de vigilancia especial adoptada al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", y suministrar a la Superintendencia Nacional de Salud informacion que Ie sea solicitada en ejercicio de su funcion de inspeccion, vigilancia y control. EI Contralor debera constituir y presentar ante la Superintendencia Nacional de Salud una poliza de seguros con el fin de asegurar su responsabilidad y amparar el cumplimiento de sus obligaciones, por el monto de sesenta y nueve millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos noventa pesos ($69.374.290), dentro de los tres (3) dfas siguientes a la posesion, de conformidad con 10dispuesto en el artfculo 46 de la Resolucion 2599 de 2016. EI Contralor debera presentar ante la Superintendencia Nacional de Salud, los siguientes informes:

1. Preliminar: Una vez posesionado Ie correspondera presentar documentos de propuesta de: a) plan de trabajo y b) cronograma de actividades, asf mismo debera contener la evaluacion, observaciones y recomendaciones sobre aspectos relacionados con la situacion administrativa, financiera, jurfdica, laboral y tecnico-cientffica de la entidad vigilada, dentro de los treinta (30) dfas calendario siguientes a su posesion.

2. Mensual: Debera presentar durante el termino de la medida, un informe de gestion en

el cual incluya el avance y la evaluacion de la situacion administrativa, financiera, jurfdica, laboral y tecnico-cientffica, asf como la evaluacion a los indicadores establecidos por esta Superintendencia, en salvaguarda de la medida preventiva denominada Programa de Recuperacion adoptada al Programade Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", dentro de los diez (10) dfas calendario siguientes a la entrega del informe de gestion mensual e informacion financiera presentada por el Representante Legal del Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE".

3. Final: A mas tardar dentro de los diez (10) dfas siguientes al momento en que sea informado de la decision de designacion de un nuevo contralor 0 a la fecha de vencimiento de la medida debera hacer entrega de un informe en el que se consoliden las actividades realizadas durante su ejercicio como Contralor e indique el final de la medida adoptada, de conformidad con los parametros establecidos en la Ley 43 de

1990. PARAGRAFO. EI cargo de Contralor es de obligatoria aceptacion, en consecuencia, el designado tendra un plazo de cinco (5) dfas habiles, contados a partir de la fecha en que sea notificado, para aceptar el cargo y posesionarse del mismo, de conformidad con 10dispuesto en inciso segundo del artfculo decimo sexto de la Resolucion 2599 de 2016. ARTicULO SEGUNDO. FIJAR los honorarios~ mensuales al doctor GllDARDO TlJARO

GALINDO, identificado con la cedula de ciudadanfa numero 19.092.858, como Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por laRESOLUCION NUMERO 00 ,O~ODE 2018 HOJA NO,__ -,4 _ Por la cual se designa Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892.200 015-5, mediante Resoluci6n 002253 del4 de agosto de 2016 Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", en la suma de veintinueve coma seis (29,6) SMLMV, PARAGRAFO. Los honorarios fijados en la presente Resolucion se causaran a partir de la fecha de posesion y con cargo al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE". ARTicULO TERCERO. Lo ordenado en la presente Resolucion sera de ejecucion inmediata. En consecuencia, el recurso de reposicion que proceda contra la misma no suspendera la ejecutoriedad del acto administrativ~, en los terminos del articulo 2.5.5.1.9 del Decreto 780 de 2016. ARTicULO CUARTO. NOTIFICAR PERSONAlMENTE el contenido del presente acto administrativo al doctor GllDARDO TIJARO GALINDO, identificado con la cedula de

ciudadania numero 19.092.858, en la Carrera 62 No. 64-75 Manzana E Casa 9 de la ciudad de Bogota, 0 en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, en los terminos del articulo 67 de la Ley 1437 de 2011. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificacion personal, esta debera surtirse mediante aviso, en los terminos y para los efectos de los articulos 68 y 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de 10Contencioso Administrativo. ARTICULO QUINTO. NOTIFICAR ElECTRONICAMENTE el contenido del presente acto administrativ~ al Representante Legal del PROGRAMA DE SAlUD DE lA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE SUCRE "COMFASUCRE, doctora Erika Janneth Ahumada Rodriguez, identificada con cedula de ciudadania No. 52.154.192, 0 quien haga sus veces 0 a quien se designe para tal efecto; en los terminos del articulo 56 de la Ley 1437 de 2011, a la cuenta de correo electronico: mercedes.ricardo@comfasucre.com 0 a la direcci6n que para tal fin indique el grupo de notificaciones de la Superintendencia. Teniendo en cuenta que, segun listado suministrado por la Oficina de Tecnologias. de la Informacion, la entidad vigilada autorizo a traves del sistema RVCC la notificacion electr6nica de los actos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud.

PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificaci6n electr6nica, se debera NOTIFICAR PERSONAlMENTE el contenido del presente acto administrativ~ al Representante Legal del PROGRAMA DE SALUD DE LA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE SUCRE "COMFASUCRE, doctora Erika Janneth Ahumada Rodriguez, identificada con la cedula de ciudadania No. 52.154.192, 0 quien haga sus veces 0 a quien se designe para tal efecto para tal efecto, en la Calle 28 No 2513-50 Sincelejo - Sucre 0 en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, en los terminos del articulo 67 de la Ley 1437 de 2011. Si no pudiere practicarse la notificaci6n personal en los terminos previstos en el anterior paragrafo, esta debera surtirse mediante aviso, en los terminos y para los efectos de los articulos 68 y 69 del C6digo de Procedimiento Administrativo y de 10 Contencioso Administrativo. ARTICULO SEXTO. COMUNICAR el contenido del presente acto administrativ~ al Ministerio de Salud y Proteccion Social, al Director General de la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-ADRES y al Gobernador del departamento de Sucre. ARTICULO SEPTIMO. Contra la presente Resoluci6n procede el recurso de reposici6n, el cual podra interponerse dentro de los diez (10) dfas siguientes a su notificaci6n, dentro del

termino y con los requisitos establecidos en los articulos 76, 77 Y siguientes del C6digo de Procedimiento Administrativo y de 10Contencioso Administrativo. ARTicULO OCTAVO. PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la pagina web de la Superintendencia Nacional de Salud.RESOLUCION NUMERO 005090 DE 2018 HOJA No. 5------ Por la cual se designa Contralor para la medida preventiva denominada Programa de Recuperaci6n adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud al Programa de Salud de la Caja de Compensacion Familiar de Sucre "COMFASUCRE", identificada con NIT 892 200.015-5, mediante Resoluci6n 002253 del 4 de agosto de 2016 ARTicULO NOVENO. La presente Resoluci6n rige a partir de su expedici6n. Dada en Bogota a los 11 MAY2018

PUBLiaUESE, NOTIFiaUESE, COMUNiaUESE, Y CUMPLASE

SUPER~TENDENTE NACIONAl DE SAlUD Proyect6: Emilio Forero, Direccion de Medidas Especiales para EAPB Revis6: Felipe Andres Hernandez Ruiz, Oirector de Medidas Especi e pa.ra EAtB (E) 1/1.t1itl. Jose Manuel Suarez Delgado· Jefe Oncina Asesora Juridlca (L'T71 ~ W )Aprob6: Maria Isabel Canon Ospina, Superintendente Oelegado para Mefi«iSsEspeciales (E) "W"·...

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