SUPERSALUD - Resolución 5482 de 2017
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 5482 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 005482 DE 2017 (10 Nov 2017 ) Por la cual se fijan los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y Contralora de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación del municipio de Puerto Carreño, departamento del Vichada y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación del municipio de Inírida, departamento de Guainía. El SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el parágrafo segundo del articulo 233 de la Ley 100 de 1993, el numeral cuarto del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, la Resolución 000237 de 2010 modificada por la Resolución 002659 del 12 de octubre de 2011, Decreto 1744 del 25 de octubre de 2017 y, CONSIDERANDO Que la Superintendencia Naciona! de Salud mediante Resolución 1201 del 26 de abril de 2016 ordenó el levantamiento de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar y dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO, con NIT 843.000.009-4 designándose como Agente Especial Liquidador al Ingeniero German Darío Gallo Rojas identificado con cédula de ciudadania No.
MANUEL ELKIN PATARROYO, con NIT 843.000.009-4 designándose como Agente Especial Liquidador al Ingeniero German Darío Gallo Rojas identificado con cédula de ciudadania No. 74.302.198 de Santa Rosa de Viterbo (Boyacá) tomando posesión mediante Acta SDME 005 del 30 de abril de 2016 y como Contralor a la firma SAC CONSULTING SAS identificada con NIT. 819002575-3 representada legalmente por el señor Never Enrique Mejía Matute identificado con C.C. 15.681.157 de Purisima Córdoba, posesionado según Acta SOME 006 del 30 de abril de 2016. Que mediante la Resolución 002111 del 18 de julio de 2016, ta Superintendencia Nacional de Salud, fijó los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y al Contralor de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación, en la suma de CATORCE (14) y ONCE PUNTO DOS (11.2) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes, respectivamente. Que posteriormente la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 3632 del 06 de diciembre de 2016, removió a la firma SAC CONSULTING SAS., y en su lugar designó como Contralora a la doctora Beatriz Eugenia Cortés Gaitán identificada con cédula de ciudadania No. 29675827 de Palmira (Valle del Cauca) quien tomó posesión según Acta SDME 001 del 26 de enero de 2017. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 003330 del 15 de noviembre de 2016 ordenó el levantamiento de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar y dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes,
Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 003330 del 15 de noviembre de 2016 ordenó el levantamiento de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar y dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para Liquidar, la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE -— departamento de Vichada, con NIT 842.000.144-7 designándose como Agente Especial Liquidador al Ingeniero German Darío Gallo Rojas quien se posesionó mediante Acta SDME 029 del 15 de noviembre de 2016 y designándose como Contralor a la Doctora Beatriz Eugenia Cortes Gaitán con Acta de Posesión SOME 030 del 15 de noviembre de 2016.RESOLUCIÓN NÚMERO 0 03 482 DE 2017. HOJA No. 2 "Por la cual se fijan los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y Contralora de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación del municipio de Puerto Carreño, departamento de! Vichada y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación del municipio de Inirida. departamento de Guainía”. Que mediante la Resolución No. 000237 de 2010 modificada por la Resolución 002659 del 12 de octubre de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud estableció el procedimiento para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios definitivos a los liquidadores, agentes especiales y contralores de las entidades objeto de toma de posesión por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Que el artículo séptimo de la Resolución No. 000237 de 2010, dispuso que en el evento en
especiales y contralores de las entidades objeto de toma de posesión por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Que el artículo séptimo de la Resolución No. 000237 de 2010, dispuso que en el evento en que la Superintendencia Nacional de Salud designe a un mismo liquidador o interventor, sea una persona natural o juridica para adelantar dos o mas intervenciones forzosas administrativas para administrar o liquidar. los honorarios totales que percibirá por las diferentes mtervenciones que se le encomiendan, no podrán superar 1.5 veces el tope de honorarios para la categoria correspondiente, conforme a la tabla de asignación salarial a que hace referencia el artículo segundo de la citada Resolución. Que en virtud de lo previsto en el numeral 6 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013, corresponde a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales proponer al Superintendente Nacional de Salud, los honorarios que percibirán los Agentes Especiales Interventores, Liquidadores y Contralores. de conformidad con lo establecido en las disposiciones normativas que regulan la materia. Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario derogar la Resolución 002111 del 18 de julio de 2016, a partir de la expedición del presente acto administrativo, a efectos de determinar. los honorarios para el Agente Especial Liquidador de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en liquidación y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación, por cuanto dichas cifras surtirán modificaciones. dada la circunstancia especial por estar designado en estas dos intervenciones.
DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación, por cuanto dichas cifras surtirán modificaciones. dada la circunstancia especial por estar designado en estas dos intervenciones. Que no obstante lo expuesto, se hace necesario igualmente aplicar la tasación de honorarios a la doctora Beatriz Eugenia Cortes Gattán - Contralora quien funge como tal en ambas entidades intervenidas, es decir, teniendo en cuenta el (80%) del monto de los honorarios fijados al interventor o al liquidador según fuere el caso. Que la proyección de los honorarios para Agente Especial Liquidador de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en liquidación equivale a CATORCE (14) SMLMV y para la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación es de CATORCE (14) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes. Que conforme a lo previsto en los artículos antes mencionados de la Resolución No. 000237 de 2010 y del Decreto 2462 de 2013, al Ingeniero German Dario Gallo Rojas como Agente Especial Liquidador de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO le corresponde percibir en total por las dos intervenciones para las cuales fue designado por la Superintendencia Nacional de Salud, la suma de VEINTIUN (21) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, según memorando de la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales radicado con el Nurc 3-2017-006017 del 26 de abril de 2017. Que efectuadas las proporciones a reconocer por parte de cada entidad, al ingeniero German
Especiales radicado con el Nurc 3-2017-006017 del 26 de abril de 2017. Que efectuadas las proporciones a reconocer por parte de cada entidad, al ingeniero German Dario Gallo Rojas le corresponde la suma de (10.5) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes por concepto de honorarios como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación a partir de ta fecha en que tomó posesión en la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación. Que adicionalmente, al ingeniero German Darío Gallo Rojas le corresponde la suma de y (10.5) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes por su función como Agente Especial Liquidador de la UNIDAD BASICA DE ATENCION NUESTRA SENORA DEL CARMEN ESE en Liquidación a partir de la fecha de su posesión.RESOLUCIÓN NÚMERO _ 605482 DE 2017. HOJA No. 3 “Por la cual se fijan los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y Contralora de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación de! municipio de Puerto Carreño, departamento del Vichada y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación del municipio de Inirida, departamento de Guainía”. Que igualmente a la doctora Beatriz Eugenia Cortés Gaitán, Contralora designada para las dos entidades antes mencionadas le corresponde el 80% de los honorarios fijados al Liquidador, es decir de los 10.5 SMLMV, le corresponden 8.4 SMLMVW, en cada entidad mientras se mantenga en esa condición el Liquidador.
dos entidades antes mencionadas le corresponde el 80% de los honorarios fijados al Liquidador, es decir de los 10.5 SMLMV, le corresponden 8.4 SMLMVW, en cada entidad mientras se mantenga en esa condición el Liquidador. Que a partir de la fecha en que culmine cualquiera de estos procesos liquidatorios, el Agente Especial Liquidador percibirá la suma de CATORCE (14) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes, respecto de la entidad cuyo proceso liquidatorio continúe en curso. e igual efecto se materializará respecto de los honorarios de la Contralora. Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. DEROGAR la Resolución No. 002111 del 18 de julio de 2016 que fijó los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y al Contralor de ta ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación a partir de la expedición del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. RECONOCER los honorarios mensuales al ingeniero German Dario Gallo Rojas como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación y de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en liquidación, en la suma de VEINTIUN (21) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes. ARTÍCULO TERCERO. FIJAR en la suma de DIEZ PUNTOS CINCO (10.5) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes, los honorarios mensuales que percibirá el ingeniero German Dario Gallo Rojas como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación desde la fecha de su
Legales Mensuales Vigentes, los honorarios mensuales que percibirá el ingeniero German Dario Gallo Rojas como Agente Especial Liquidador de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación desde la fecha de su posesión en la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en liquidación. ARTICULO CUARTO. FIJAR en la suma de DIEZ PUNTOS CINCO (10.5) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, los honorarios del ingeniero German Darío Gallo Rojas como Agente Especial Liquidador de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación a partir de ta fecha de su posesión.
ARTICULO QUINTO: A partir de la fecha en que culmine cualquiera de estos procesos liquidatorios el Agente Especial Liquidador, percibirá la suma de CATORCE (14) Salarios Minimos Legales Mensuales Vigentes, respecto de la entidad cuyo proceso liquidatorio continúe en curso, lo cual tendrá efectos para la fijación de honorarios de la Contralora.
ARTÍCULO SEXTO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución al ingeniero German Dario Gallo Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.302.198 de Santa Rosa de Viterbo (Boyacá). en la carrera 39 calie 3229 de la ciudad de Bucaramanga, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, esta deberá' surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, esta deberá' surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO SEPTIMO. FIJAR en la suma de OCHO PUNTO CUATRO (8.4) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, los honorarios mensuales que percibirá la doctora Beatriz Eugenia Cortes Gaitán como Contralora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en Liquidación desde la fecha de su posesión es decir desde el 26 de enero de 2017. aRESOLUCIÓN NÚMERO 6 05482 DE 2017. HOJA No. 4 "Por la cual se fijan los honorarios mensuales al Agente Especial Liquidador y Contralora de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación del municipio de Puerto Carreño, departamento del Vichada y de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO en liquidación cel municipio de Inírida. departamento de Guainía”. ARTICULO OCTAVO. FIJAR en la suma de OCHO PUNTO CUATRO (8.4) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, los honorarios mensuales que percibirá la doctora Beatriz Eugenia Cortes Gaitán Contralora de la UNIDAD BASICA DE ATENCIÓN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación desde la fecha de su posesión. ARTICULO NOVENO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución a la doctora Beatriz Eugenia Cortes Gaitán, identificada con cédula de ciudadanía
SEÑORA DEL CARMEN ESE en Liquidación desde la fecha de su posesión. ARTICULO NOVENO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución a la doctora Beatriz Eugenia Cortes Gaitán, identificada con cédula de ciudadanía No. 29.675.827 de Palmiravalle. en la Carrera 19 A No. 45 — 19 Palmiravalle, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTICULO DECIMO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, esta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO DECIMO PRIMERO. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación ante el despacho del Superintendente Naciona! de Salud y en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO. PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO DECIMO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá a 1 l NOV 2017
NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
UIS NANDO Z ARAUJO SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) a Proyecto Diana Azucena Cuervo cruMBpntratista) Jorman Ardila esfera Especializado) Reviso , Erulia Vargas Aldana (Directora de la Dirección de PT lales para los Prestadores de Servicios de Salud)
a Proyecto Diana Azucena Cuervo cruMBpntratista) Jorman Ardila esfera Especializado) Reviso , Erulia Vargas Aldana (Directora de la Dirección de PT lales para los Prestadores de Servicios de Salud) A rancisco Morales Falla (Jefe Oficina Asesora Juridica (E. : arcela Gómez Martinez. Asesor. A Aprobá] Javier Antonio Villarreal Villaquirán (Superintendente Delegado para las Medidas especies