SUPERSALUD - Resolución 5950 de 2019
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 5950 de 2019
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2019
REPUBLICA DE COLOMBIA r
Ubertodyurden SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 005950 DE 2019 12 JUN 2019 "Por Ia cual se adopta Ia PolItica de PrevenciOn del Daño AntijurIdico de Ia Superintendencia Nacional de Salud para el año 2019" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legates y reglamentarias en especial las conferidas por el Decreto 2462 de 2013, numerales 1 y 2 del articulo 2.2.4.3.1.2.5. del Decreto 1069 de 2015 y el Decreto 1542 de 2018 y CONSIDERANDO Que el artIculo 1 0 del Decreto 2462 de 2013, "Por medio del cual se modifica Ia estructura de Ia Superintendencia Nacional de Salud", dispone que 'La Superintendencia Nacional de Salud, como cabeza del Sistema de InspecciOn, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, es una entidad de carácter tOcnico, adscrita al Mm/steno de Salud y ProtecciOn Social, con personerIa jurIdica, autonomla administrativa y patrimonio independiente." Que el artIculo el artIculo 2.2.4.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, "Pormedio del cual se expide el Decreto (in/co Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho" establece que las normas relacionadas con los comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades püblicas de cualquier orden. Que el artIculo 2.2.4.3.1.2.2 del mismo decreto dispone que el comité de conciliación "es una
relacionadas con los comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades püblicas de cualquier orden. Que el artIculo 2.2.4.3.1.2.2 del mismo decreto dispone que el comité de conciliación "es una instancia administrativa, que actüa como sede de estudio, análisis y formulaciOn de polIticas para Ia prevenciOn del daño antijurIdico, yla defensa de los intereses de Ia entidad." Que los nurnerales I y 2 del artIculo 2.2.4.3.1.2.5 del decreto en mención establecen que son funciones del comité de conciliación "Formular y ejecutar polIticas de prevenciOn del daño antUurIdico", y Diseñar las polIticas genera/es que orientarán Ia defensa de los intereses de Ia entidac!', respectivamente. Que el numeral I del artIculo 6° de Ia Resoluciôn 003472 de 2018, "Pormedio de Ia cual se modifica el Comité de ConciliaciOn de Ia Superintendencia Nacional de Salud", establece que es una de las funciones del Comité de Conciliación de Ia Superintendencia Nacional de Salud, "Formular y ejecutar polIticas de prevención del daño ant/urIdico". Que con base en to anterior, Ia Superintendencia Nacional de Salud ha venido adoptando y actualizando Ia PolItica de Prevención del Daño AntijurIdico siguiendo las directrices de Ia Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante oficio 2-2018-128322 del 20 de diciembre de 2012, remitió a Ia Agencia Nacional dta Defensa Juridica del Estado Ia Poiltica de PrevenciOn
Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante oficio 2-2018-128322 del 20 de diciembre de 2012, remitió a Ia Agencia Nacional dta Defensa Juridica del Estado Ia Poiltica de PrevenciOn del Daño Antijuridico conforme a Ia metckiologIa diseñada mediante Circular Externa 06 de 2016 de dicha Agencia. Que mediante comunicación 20193010019591-SA de fecha 28 de marzo de 2019 suscrito por el Subdirector de Acompanamiento a los Servicios JurIdicos de Ia Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado, radicado en Ia Superintendencia con el NURC 1-2019-1 69637 del 28 de marzoSOLUCION NUMERO 005950 DE 2019 HOJAN0. 2 Continuación de Ia resolución, "Por Ia cual se adopta Ia Poiltica de PrevenciOn del Daño AntijurIdico de Ia Superintendencia Nacional de Salud para el año 2019" de 2019, le ANDJE reconoció el esfuerzo realizado, indicando que Ia polItica formulada por el Comité de 9onciliaci6n de Ia Superintendencia Nacional de Salud, se encuentra ajustada a los lineamientos y metodologias élaborados por dicha entidad. Que el Corrité de ConciliaciOn de Ia Superintendencia 1'acional de Salud, en sesión de fecha 23 te abril de 2019 conforme consta en Acta 305 de Ia mismafecha, revisó las observaciones planteadas por Ia Agenda Nacional de Defensa Juridica del Estadó, estudió para su aprobaciOn Ia PolItica de PrevenciOndel Daño Antijuridico para el año 2019 yformulô ajustes a su contenido sobre las medidas a àdoptar por parte de las diferentes dependericias.
PrevenciOndel Daño Antijuridico para el año 2019 yformulô ajustes a su contenido sobre las medidas a àdoptar por parte de las diferentes dependericias. Que en sesOn de fecha mayo 30 de 2019, segün obra en Acta 308, el Comité de Conciliación aprobó Ia PolItica cje PrevenciOn del Daño AnturIdico para el año 2019. Que de cohformidad con Ic antes señalado, es necesario adoptar e implementar Ia Politica de Prevención del Daño AntijurIdico de Ia Superintendencia Nacional de Salud para el año 2019, de acuerdo con el documento aprobado por Ia Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado mediante comunicaciOn 2019301 0019591-SA, asI coma a los ajustes realizados por el Comité de Conciliaciôr. Que, en virud de Ic expuesto, este despacho, RESU ELVE ARTICULØ PRIMERO. Adoptar Ia PolItica de PrevenciOn del Dana AntijurIdico de Ia Superintendencia Nacional de Salud para el año 2019, de conformidad con Ic expuesto en Ia parte motiva de l a , presente resoluciOn. ARTiCULÔ SEGUNDO. Publicar Ia presente resoluciOn en Ia página web de Ia Superintendencia Nacional de Salud. ARTICULd TERCERO. La presente resoluciOn rige a partir de Ia fecha de su publicaciôn. Dada en Bogota
PUBLIQUESE Y CUMPLASE 12 JUN 2019
ABlO ARISTIZABAL ANGEL SUPERIENDENTE NACIONAL DE SALUD ProyectO: Nan y Roclo Valenzuela Torres, Coordinadora Grupo Defensa Judicial 0 AJl1.c
PUBLIQUESE Y CUMPLASE 12 JUN 2019
ABlO ARISTIZABAL ANGEL SUPERIENDENTE NACIONAL DE SALUD ProyectO: Nan y Roclo Valenzuela Torres, Coordinadora Grupo Defensa Judicial 0 AJl1.c RevisO: ClaudiaMaritza GOmez Prada, Asesora Superintendencia Nacional de SaIud(i
AprobO: Maria Andrea Godoy Casadiego, Jefe Oficina Asesora Juridica.
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