SUPERSALUD - Resolución 6173 de 2017
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 6173 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
REPÚBLICA DE COLOMBIA LS | ta ON
Libertad y Ordan SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 01017306 2017 (27 DIC 207) Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud de habilitación como Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MÍA EPS NIT. 900914254-1, y se oforga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para fa operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MÍA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias en especial las conferidas en el numeral 47 del artículo 6 y 15 del artículo 7 del Decreto 2462 de 2013, Decreto 1744 de 2017 y demás normas concordantes y complementarias y, teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES [_ Documento | Fecha - Asunto a Mediante oficio radicado con el NURC citado, la Dra. Gloria Isabe! Parra de Rey, en calidad de representante legal de la FUNDACION SALUD MIA EPS., solicita a la Superintendencia Nacional de Salud la habilitación de la entidad que representa, como 1-2016-019950 15/02/2018 | EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, adjuntando los documentos que considera suficientes para soportar el cumplimiento de cada uno de los estándares y criterios definidos dentro de las normas y requisitos de habilitación definidos para la | operación de EPS en los respectivos regimenes (19 tomos con 5264 folios y 20D. La Dirección de (Y para EAPB realiza revisión a la documentación radicada por la FUNDACIÓN SALUD MIA EPS, aplicando el formato denominado lista de Chequeo Régimen Contributivo Cód. SUFTO? V1; observándose que se adjunta la información tequerida para admitir la solicitud. al
La Dirección de inspección y Vigilancia para Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud; realiza revisión a la documentación radicada FUNDACION SALUD MÍA EPS, aplicando el formato denominado lista de Chequeo Régimen Subsidiado Cód. SUFTOS V1; observándose que se adjunta la información requerida para admitir la solicitud o La Dirección de Inspección y Vigilancia para Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional, solicita aa 3-2016-008274 05/04/2016 Dirección Para La Supervisión De Riesgos Económicos, de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos; el correspondiente análisis y concepto relativo a Nota Técnica y Cumplimiento de condiciones financieras según Decreto 2702 de 2014, | adjuntando la información correspondiente. a o La Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional, le informa a la 2-2016-040739 10/05/2016 FUNDACION SALUD MIA EPS que autoriza la publicación de un aviso sobre la intención MN de obtener la autorización de funcionamiento y da los lineamientos para tal publicación. Dando alcance al NURC 3-2016-006274, La Dirección de inspección y Vigilancia para Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de la Superintendencia Delegada 3-2016-010574 03/08/2016 para la Supervisión Institucional, remite a Directora Para La Supervisión De Riesgos Económicos, de la Superintendencia Delegada para
la Supervisión de Riesgos, copía de la información contenida en los 2 CD anexos al NURC 1-2016-019950. | La FUNDACION SALUD MÍA EPS, dando alcance al NURG 1-2016-019950, radica información financiera y de nota técnica. o ! o En respuesta al oficio radicado con NURC 2-2016040739, la FUNDACION SALUD MIA z EPS remite ejemplares de diario de amplia circulación nacional de los dias 23 y 29 de 1-2016-088853 01/07/2016 junio de 2016, en los cuales publicó su intención obtener la autorización de funcionamiento y da los lineamientos para tal publicación. Ñ a y La Superintendencia Delegada para la Supervisión de Rlesgos remite a lá FUNDACION SALUD MIA EPS observaciones relacionadas con los parámetros minimos de cómo 2-2016-055033 17/06/2016 deben enviarse las notas técnicas para la metodología de las reservas técnicas, concediendo Ln plazo de cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la comunicación para realizar los ajustes correspondientes.
SUFTO?- Lista De Chequeo Régimen 15/03/2016 Contributivo SUFTO?- Lista De Chequeo Régimen 01/04/2016 Subsidiado 1-2016-080095 13/06/2016
Y D go pRESOLUCIÓN NÚMERO 06173 _DEL AÑO 2017. HOJA No, 2
Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud de habilitación como Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contríbutivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se díctan otras disposiciones Documento Fecha Asunto 1-2016-095438 11/07/2016 La Fundación Salud Mia EPS realiza ajustes solicitados por la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos con NURC 2-2016-055033 2-2016-078325 01/09/2016 La Superintendencia Delegada Delegado para la Supervisión de Riesgos, remite a la entidad solicitante, observaciones frente al modelamiento financiero para verificar el cálculo de condiciones de permanencia según el Decreto 2702 de 2014, recopilado en el Decrelo 780 y la metodología de cálculo de las reservas técnicas definidas en el Artículo 7 del Decreto 2702 de 2014 y la Resolución 412 de 20. En tal sentido solicita se realicen los ajustes necesarios para lo cual se concede un plazo de cinco (5) dias hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la comunicación.
7 del Decreto 2702 de 2014 y la Resolución 412 de 20. En tal sentido solicita se realicen los ajustes necesarios para lo cual se concede un plazo de cinco (5) dias hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la comunicación. 1-2016-123058 05/09/2016 La Fundación Salud Mía EPS solicita prorroga de diez (10) dias hábiles para dar respuesta al requerimiento realizado por la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos con NURC 2-2016-078525 1-2016-135260 27/09/2016 La Fundación Salud Mía EPS, responde al requerimiento realizado por la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos con NURC 2-2016-078525. 1-2016-144876 1211012016 La Fundación Salud Mía EPS informa que la autorización de funcionamiento se adelantará en primera instancia únicamente para el régimen contributivo, y en consecuencia solicita tener en cuenta solamente la información financiera y de nota técnica radicada para este régimen bajo el NURC 1-2016-135260 de fecha 27/09/2016. 3-2016-019744 2610/2016 la Supervisión de Riesgos remite a Ta 2-2016-127837 30/12/2016 1-2016-187723 3012/2016 metodológica de reservas técnicas, 3-2017-000707 19/01/2017 La Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional, informa la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos que la FUNDACIÓN SALUD MIA EPS manifiesta que la autorización de funcionamiento se adelantará en primera instancia únicamente para el régimen contributivo, y en consecuencia solicita tener en
Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos que la FUNDACIÓN SALUD MIA EPS manifiesta que la autorización de funcionamiento se adelantará en primera instancia únicamente para el régimen contributivo, y en consecuencia solicita tener en cuenta solamente la información financiera y de nota técnica radicada para este régimen bajo el NURC 1-2016-135260 de fecha 27/09/2016. Así mismo, se remite la información radicada con NURC 1-2016-187725, y respetuosamente solicito su correspondiente análisis para el régimen contributivo y la emisión del respectivo conceplo que incluya el análisis de la información radicada por la entidad con el NURC 1-2016-135260, el cual se adjuntará textualmente en el Concepto Final emitido por la Dirección de IV para EAPB, 2-2017-004537 20/01/2017 La Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, remile a la FUNDACIÓN SALUDMIA EPS, observaciones frente a la información financiera y Nota técnica radicada por la entidad y la requiere para que, dentro de los ocho días (8) habiles siguientes contados a partir de la recepción de esta comunicación remita la información según las observaciones realizadas. 1-2017-033870 28/02/2017 La FUNDACION SALUD MIA EPS, en respuesta a las observaciones realizadas por ta Superintendencia Nacional de Salud en los comunicados del 30 de diciembre de 2016 NURC 2-2016-127837 y del 20 de enero de 2017 NURC 2-2017-004537, referente al componente de reservas tecnicas. 3-2017-009063 03/06/2017
NURC 2-2016-127837 y del 20 de enero de 2017 NURC 2-2017-004537, referente al componente de reservas tecnicas. 3-2017-009063 03/06/2017 La Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, remite a la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional, Concepto Financiero y de Nota Técnica frente a la solicitud de autorización como EPS del régimen Contributivo presentada por la FUNDACION SALUDNIA EPS. 3-2017-009085 09/06/2017 ta Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, remite a la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional, alcance al concepto técnico sobre el trámile de habilitación de la FUNDACIÓN SALUD MÍA realizado desde la óptica de Supervisión Basada en Riesgos y enviado a su Delegada, mediante oficio identificado con NURC 3-2017-009063 del 08 de junio de 2017. 2-2017-050894 08/06/2017 La Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, remite a la FUNDACION SALUD MIA EPS, observaciones frente al trámite de habilitación régimen contributivo 1-2017-089075 02/06/2017 La FUNDACION SALUD MA EPS informa que realizó cambio de domicilio de correspondencia relacionada con su solicitud de autorización de funcionamiento como EPS del régimen contúbutivo; a la carrera 5 + 6-33 Centro Tecnológico empresarial cTE Floridablanca -Santander. 1-2017-107942 10/07/2017 La FUNDACION SALUD MIA EPS, da respuesta al NURC 2-2017-050894.
Floridablanca -Santander. 1-2017-107942 10/07/2017 La FUNDACION SALUD MIA EPS, da respuesta al NURC 2-2017-050894. 3-2017-011695 27/07/2017 Se radica Concepto Técnico y Recomendaciones frente a las solicitudes de habilitación para el régimen subsidiado y autorización de funcionamiento de EPS del régimen contributivo, presentada por la FUNDACION SALUD MÍA EPS identificada mediante NT 900914254-1, radicada bajo el Numero Único de Radicación y Correspondencia NURC 12015-019950. 1-2017-135565 25/08/2017 La FUNDACION SALUD MÍA EPS, da respuesta al NURSE 2-2017-050894, remitiendo copia del acta de junta directiva de la Sociedad Fundación Cardiovascular de Colombia realizada el 23/08/2017. 1-2017-135602 2508/2017 La FUNDACION SALUD MIA EPS, remite documento "convocatoria Asamblea de la Fundación Salud Mía EPS, convocada por el presidente de la junta directiva” 1-2017-136505 28/08/2017 La FUNDACION SALUD MÍA EPS, da respuesta al NURC 2-2017-050894, remitiendo copía del acta de junta directiva de la Sociedad Fundación Cardiovascular de Colombia realizada el 23/08/2017. y)NESULULION NUMERO. Ut:OAL (4 DEL AÑO 2017. HOJANO. 3
copía del acta de junta directiva de la Sociedad Fundación Cardiovascular de Colombia realizada el 23/08/2017. y)NESULULION NUMERO. Ut:OAL (4 DEL AÑO 2017. HOJANO. 3 Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud dé habilitación como Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MÍA EPS NIT. 900914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MÍA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones Hoc E Le Documento Fecha Asunto La FUNDACION SALUD MIA EPS remite modela financiera ajustado y acta de asamblea 1-2017-138810 1108/2047 | edraordinaria de la fundación SaludMia. EPS. A La Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos, remite a la FUNDACIÓN LLANA | OUOYROM7 | SALUDMIA EPS observaciones frente altre. O 1-2017-148479 15/09/2017 | ta FUNDACION SALUD MÍA EPS da respuesta al NURC 2-2017-087836, A 2-2017-108075 13/10/2017 De eden a la FUNDACION SALUD MIA EPS observaciones frente al trámite de
1-2017-166827 17/10/2017 La FUNDACION SALUD MIA EPS da respuesta al NuURC 2-2017-108075. o A La Superintendencia Delegada para fa Supervisión de Riesgos, remito a la FUNDACIÓN ¡a 22017 16550 99/11/2017 SALUDMIA EPS respuesta a los planteamientos radicados con NURC 1-2017-166827. La Directora para la supervisión de riesgos económicos de la Superintendencia Delegada 3-2017-018612 24/11/2017 para la Supervisión de Riesgos, radica Concepto Financiero y de Nota Técnica - Solicitud de autorización como EPS régimen Contributivo - FUNDACIÓN SALUDMIA EPS $-2017-199388 1341212017 La FUNDACION SALUD MIA EPS, remite información adicional sobre el trámite. o la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional remitió al Despacho del Superintendente Nacional de Salud (E) concepto técnico relacionado con la solicitud de 3-2017-021059 20/12/2017 : autorización de funcionamiento de EPS del régimen contributivo, elevada por la FUNDACION SALUD MIA EPS. Za a A] La Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional solicitó a la Oficina 3-2017-021084 2712/2017 Asesora Jurídica la revisión del proyecto de resolución. a a] 3-2017-021114 2711212017 | La Oficina Asesora Jurídica emitió observaciones, las cuales fueron acogidas, o Fuente: Expediente Solicitud de habilitación FUNDACION SALUD MIA EPS.
1. Que el numeral 2 del artículo 22 del Decreto 2462 de 2013 asignó a la DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA PARA ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS, de la Superintendencia Nacional de Salud, la competencia para verificar los requisitos y recomendar al Delegado, la autorización, revocatoria o suspensión del certificado de funcionamiento o habilitación de las EAPB cualquiera que sea su naturaleza o Régimen, de acuerdo con los establecido en la normatividad vigente.
2. Que el numeral 2 del artículo 21 Decreto 2462 de 2013, asigno a la SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA SUPERVISIÓN INSTITUCIONAL, la función de recomendar al Superintendente Naciona! de Salud la autorización, revocatoria o suspensión del certificado de funcionamiento o habilitación de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB o las que hagan sus veces, cualquiera que sea su naturaleza o régimen, de conformidad con: lo establecido en la normativa vigente y recomendar al Superintendente Nacional de Salud la autorización, revocatoria 6 suspensión del certificado de funcionamiento o habilitación, en el marco de competencias previstas en la ley.
COMPETENCIA Que el numeral 15 del artículo 7 del Decreto 2462 de 2013, asigno al SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, la función de garantizar la idoneidad de los actores del Sistema de seguridad Social en Salud a través, entre otras, de ta autorización o revocatoria para el funcionamiento y habilitación de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud EAPB, o las que hagan sus veces, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, cualquiera que sea su naturaleza o régimen, empresas de medicina prepagada o ambulancia pre-pagada.
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO Que de conformidad con los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, la Seguridad Social en su componente de atención de la salud, es un servicio público de carácter obligatorio, que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que el Capítulo VII de la Ley 1122 de 2007 establece las disposiciones que enmarcan el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social enRESOLUCIÓN NÚMERO (| (6173 DELAÑO 2017. HOJA No. 4 Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud de habilitación como Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MÍA EPS NIT. 900914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones Salud, como el conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre sí, el cual está en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con su competencia constitucional y legal. Que el artículo 2.5.1.3.1.1. del Decreto 780 de 2016 define el Sistema Unico de habilitación como “... el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verífica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los
tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios.” Que el Capitulo 1 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 establece las normas generales sobre operación y funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud EPS. Que el Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 establece las condiciones de habilitación y revocatoria de la habilitación de las Entidades Promotoras de Salud EPS del Régimen Subsidiado. Que el Capítulo 3 del Titulo 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 establece las condiciones de habilitación financiera de las Entidades Promotoras de Salua EPS. Que la Directora para la Supervisión de Riesgos Económicos mediante memorando radicado con el NURC 3-2017-018612 de 24 de noviembre de 2017, remitió el concepto técnico financiero y de nota técnica emitido por el Superintendente Delegado para la Supervisión de Riesgos, en alcance a los conceptos técnicos emitidos mediante los NURC 3-2016-019744 del 26 de octubre de 2016, 3-2017-0090863 del 08 de junio de 2017 y 3-2017-009086 del 09 de junio de 2017, frente a la solicitud de autorización como Entidad Promotora de Salud del
del 26 de octubre de 2016, 3-2017-0090863 del 08 de junio de 2017 y 3-2017-009086 del 09 de junio de 2017, frente a la solicitud de autorización como Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo presentada por la FUNDACION SALUD MIA EPS con NIT. 9090914254-1. “L ANTECEDENTES Mediante comunicación identificada con NURC 1-2016-135260, la Fundación SALUD MÍA EPS presentó a la Superintendencia Nacional de Salud el Modelo Financiero bajo el cual la sustentó la solicitud de habilitación de Régimen subsidiado y contributivo en el departamento de Santander. Con base en la información remitida se emitió comunicación mediante NURC 22016-127837. Posteriormente, la Fundación SALUD MÍA EPS modificó su requerimiento de habilitación, acotándolo exclusivamente el Régimen Contributivo y radicó ante la Superintendencia Nacional de Salud el NURC 2-2017:004537, acompañado del Modelo Financiero bajo el cual sustentaba el cambio en su solicitud y la información soporte. Dicha radicación se respondió, aclarando a la entidad, mediante el NURC 2-2017-004537, que la documentación anexada no cumplía con las exigencias establecidas por la Superintendencia Nacional de Salud. Dado lo anterior, la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS radicó documentación ajustada, en comunicación identificada con NURC 1-2017-033870, bajo la cual la Delegada para la Supervisión de Riesgos emitió concepto técnico que fue remitido a la Delegada para la Supervisión Institucional mediante comunicación radicada con NURC 3-2017-009063 y alcance
Supervisión de Riesgos emitió concepto técnico que fue remitido a la Delegada para la Supervisión Institucional mediante comunicación radicada con NURC 3-2017-009063 y alcance dado en NURC 3-2017-009086 del 09 de junio de 2017. De forma simultánea, fueron comunicadas las observaciones, contenidas en el concepto técnico, a la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS, mediante oficio identificado con NURC 2-2017-050894 del 09 de junio de 2017. Por su parte, la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS radicó nueva documentación mediante NURC 1-2017-107942, que se tuvo en cuenta para las observaciones radicadas a la entidad con NURC 2-2017-087836 del 01 de septiembre de 2017.RESOLUCIÓN NUMERO UVU1 (3 _ DELAÑO 2017. HOJANO. 5 del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicifud de Fabilitación como Entidad Promotora de Salud MIA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones
Finalmente, la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS a través de comunicación identificada con NURC 1-2017-183593 del 16 de noviembre de 2017, remitió información adicional que se tuvo en cuenta para el presente concepto. En ese orden de ideas y, en ejercicio de sus atribuciones legales, la Superintendencia Nacional de Salud —-SNS-, en particular las de la delegada para la Supervisión de Riesgos, elabora el presente concepto técnico, con la óptica de la Supervisión Basada En Riesgos (SBR) frente a las proyecciones entregadas por la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS, a la Superintendencia Nacional de Salud a través del NURC 1-2017-183593. En el marco del presente concepto se realiza, de forma adicional, la validación de cada persona jurídica y natural relacionada con la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS y la FUNDACIÓN CARDIOVASCULAR DE COLOMBIA, entidad que ha liderado la solicitud de habilitación objeto del presente concepto, procediendo a identificar los sujetos involucrados y validar su información con el aplicativo COMPLIANCE, Sístema de información de consulta online de la empresa RISKS INTERNATIONAL S.A.S, con más de 1817 fuentes de información pública de riesgo, cumplimiento, listas vinculantes, listas restrictivas y sancionatorias a nivel internacional y nacional.
. ELEMENTOS DE ANÁLISIS
1. GENERALIDADES La Fundación Salud Mia EPS, que se prevé habilitar, es una entidad sin ánimo de lucro que solicita operar en el régimen contributivo, en el Departamento de Santander en los Municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta. El socio fundador de la entidad solicitante, es la Fundación Cardiovascular de Colombia (FO, quien tiene relación con otras personas jurídicas, como se presenta a continuación (imagen 1).
Imagen 1. Relación personas jurídicas y naturales con FOV, : PIAR NPDRERFO UANAOTO E NRCIORRARLLASTILIRANTILA Fundadores : . to. o o, | C FOY HARINAS AL. . HINA CIÓN O UNOACANSALCO MIA MF. yi00a 7 : CARDICUALCULARDE EPS y A COLOMAZIA ZA : : ¿IT F008 14 ¿Es | O: ERarecasas. o NTRA 0110441576
2. RIESGO LA/FT 2.1. Búsqueda en Listas Restrictivas Se realizó búsqueda en listas restrictivas relacionadas con riesgo de LA/FT tanto para la FUNDACIÓN SALUD MIA EPS (ANEXO 1) como para la FUNDACIÓN CARDIOVASCULAR DE COLOMBIA (ANEXO 2) y otras personas jurídicas relacionadas directamente con ella [ANEXO 3), revisando los socios o sus equivalentes según el tipo societario, Representantes Legales, Miembros de Junta Directiva y Revisores Fiscales. Dicha búsqueda no generó ninguna alería.
Una primera búsqueda se realizó con corte al 24 de agosto de 2017 y una segunda, en el marco del presente concepto, con fecha de corte al 24 de no viembre, ratificando que no se evidencia riesgo relacionado con LA/FT de las personas naturales o jurídicas relacionadas con FUNDACIÓN SALUDMÍA EPS. COMPLIANCE permite cumplirlas especificaciones en materia de Prevención de Riesgos. 'RISKS INTERNATIONAL S.A.S, es una empresa con amplio reconocimiento a nivel nacional e internacional en el cámpo de d administración especializada del riesgo y prevención de fraude a las compañías de seguros, quien a través de la herramienta ES)” A>
RESOLUCIÓN NÚMERO Ú L 61 03 _DEL AÑO 2017, HOJA No. 6
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RESOLUCIÓN NÚMERO Ú L 61 03 _DEL AÑO 2017, HOJA No. 6
Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud de habilitación como Entidad Promotora de Saltid del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 200914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones La búsqueda se realizó con bese en el Registro de Proponentes emitido por la Cámara de Comercio de Bucaramanga de la Fundación Cardiovascular de Colombia (controflante) y los Certificados de Existencia y Representación Legal de las dos sociedades comerciales subordinadas FCV PHARMA SAS y FUNDACIÓN CARDIOVASCULAR DE COLOMBIA ZONA FRANCA SAS, así mismo, el acta de creación de la Fundación Salud Mia EPS. 2.2. SARLAFT Mediante la Circular Externa 009 de 2016 la Superintendencia Nacional de Salud, impartió las directrices a los sujetos vigilados, para la implementación de SARLAFT. Visto ello, es necesario acotar que la FUNDACIÓN SALUD MIA EPS, en caso de ser habilitada deberá ejecutar todos los actos que den cuenta de la debida diligencia, para evitar la materialización del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, independiente del-objeto social que pretenden desempeñar actualmente. Sobre el particular debe tenerse en cuenta el diligenciamiento de conocimiento del cliente de aquellos terceros que capitalicen sí se llegara a dar dicha figura, compren acciones o en el
desempeñar actualmente. Sobre el particular debe tenerse en cuenta el diligenciamiento de conocimiento del cliente de aquellos terceros que capitalicen sí se llegara a dar dicha figura, compren acciones o en el evento de ingreso de recursos nuevos como donaciones, así mismo conociendo de sts asociados y/o miembros de órganos de la entidad. En todo caso cualquier operación o registro en libros sea o ho de conocimiento de esta esta Superintendencia, deberá ajustarse a la Circular expedida, esto es la Circular 009 de 2016, cuya aplicación, es de obligatorio cumplimiento, Por lo cual se solicita que a nivel Directivo de la Entidad se introduzca la adopción de las previsiones contenidas en la citada Circular. Es importante mencionar que, por la condición de organización sín ánimo de fucro, la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS carece de composición accionaria y solo cuenta con órganos ínternos de administración O decisión y miembros fundadores. Por lo anterior. sería recomendable que, en virtud de lo dispuesto en la citada Circular, la entidad debe demostrar la debida diligencia al momento de recibir aportes o donaciones.
3. MODELAMIENTO FINANCIERO 3.1. Proyección Población Afiliada Respecto a la proyección de población a afiliar fueron comunicadas observaciones a ta FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS mediante oficios identificados con NURC 2-2017-050894 del 09 de junio de 2017 y 2-2017-087836 del 01 de septiembre de 2017. En general, las observaciones se enfocaron en verificar que la estimación de la proyección a afiliar, presentada por la entidad, tuviera como base un estudio técnico que permitiera evidenciar: l) la totalidad de
observaciones se enfocaron en verificar que la estimación de la proyección a afiliar, presentada por la entidad, tuviera como base un estudio técnico que permitiera evidenciar: l) la totalidad de variables tomadas en cuenta para la estimación, ii) el modelo de análisis y estimación empleado, iii) los resultados obtenidos y iv) el margen de error de los mismos. En respuesta a las observaciones realizadas la FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS expresó en comunicación identificada con NURC 1-2017-107942:KESULUCION NUMERO UVULfY DELAÑO 2017. HOJANO. 7 E a Por la cual se Decreta el Desistimiento de la solicitud de habilitación como Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado presentada por la FUNDACION SALUD MÍA EPS Ni 1. 900914254-1, y se otorga el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para la operación del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la FUNDACION SALUD MIA EPS NIT. 900914254-1, y se dictan otras disposiciones Las proyecciones sobre población que sustentan ej modelo financiero contenido en el Anexo 1 adjunto, responden a los resultados del Estudio de Mercados realizado por la Firma Mantilla, Santarelli y Asociados, dirigida a afiliados del Régimen Contributivo radicados en la ciudad de Bucaramanga y su Área Metropolitana, realizada entre hinio 26 y Julio 4 de 2017.
El abjetivo del estudio fue medir la intención de trastado a una EPS nueva, respaldada por la FUNDACIÓN CARDIOVASCULAR DE COLOMBIA Y proyectar la demanda de afiliados. £l estudio midió entre otras variables, a que EPS está afiliado el encuestado y el grado de satisfacción a esta misma, se midió si la persona ha tenido intención de trastadarse, el conocimiento e imagen de la FCV, la aceptación del mádelo de prestación de servicios de la EPS en proceso de autorización, y con base en esto, la intención de traslado. En el Anexo 2 “Estudio de Mercado” se adjunta fa información correspondiente al Estudio mencionado, como; encuesta, ficha técnica, resultados obtenidos y proyecciones.
Fuente: Oficio NURC 1-2017-107942
La población encuestada correspondió a 928 personas, según la ficha técnica presentada en el ANEXO 2 aportado por la entidad: Imagen 2, Ficha Técnica Estudio de Mercado OS Hintta fostarell: t : FICHA TECNICA : : - Eobizantes y benef
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