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SUPERSALUD - Resolución 7778 de 2019

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 7778 de 2019
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2019

REPCJBLICA DE COLOMBIA

Ubertod y Orden SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUM 00777 8 ERO DE 2019 14 AGO 2019 "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones" LA SECRETARIA GENERAL DEL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artIclo 2 1' de Ia Resoluciôn 150 de 2014, ArtIculo 115 de Ia Ley 489 de 1998, el articulo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015, el numeral 17 de Ia Resoluciôn 3460 de 2019, Ia Resolución 9505 de 2018, y CONSIDEINDO Que el Decreto 2462 de 2013, modificO Ia estructura Ia Superintendencia Nacional de Salud y determinO las funciones que ejercerán las dependencias. Que el artIculo 8 0 del Decreto 2489 de 2006 "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos püblicos de las institucionës pertenecientes a Ia Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades pUblicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones", dispone que Ia integraciOn de los grupos de trabajo no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creaciOn las cuales estarán relacionadas con el area de Ia cual dependen jerárquicamente. Que los incisos 2 0 y 3 0 del artIculo 115 de Ia Ley 489 de 1998, establecen que el representante

estarán relacionadas con el area de Ia cual dependen jerárquicamente. Que los incisos 2 0 y 3 0 del artIculo 115 de Ia Ley 489 de 1998, establecen que el representante legal de Ia entidad podrá crear y organizar, con carâcter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo con elfin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, polIticas y programas, determinando en su acto de conformaciOn, las tareas que deberán cumplir, las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. Que el artIculo 15 del Decreto 1011 de 2019, establece que: "Los empleados de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos PUblicos, Corporaciones AutOnomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las Empresas Soda/es del Estado y las Unidades Administrativas Especiales que tengan planta global y que tengan a su cargo Ia coordinación o supeivisiOn de grupos internos de trabajo, creados mediante resoluciOn del jefe del organismo respectivo, percibirán monsualmente un veinte por ciento (209/6) adicional al valor de Ia asignaciOn básica mensual del empleo que estén desempeñando, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningán efecto legal. " Y el inciso tercero de este mismo artIculo preceptUa: "Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo o Asesor." (Subrayado por fuera del texto). Que el Decreto 2462 de noviembre de 2013 en su artIculo 35 0 estableciô que el Superintendente Nacional de Salud podrá establecer grupos internos de trabajo en el territorio

(Subrayado por fuera del texto). Que el Decreto 2462 de noviembre de 2013 en su artIculo 35 0 estableciô que el Superintendente Nacional de Salud podrá establecer grupos internos de trabajo en el territorio Nacional, para el desarrollo de planes, programas y proyectos institucionales, atendiendo las necesidades del servicio, en el marco de Ia normativa vigente. Que el numeral 17 de Ia Resoluciôn 3460 del 20 de marzo de 2019, "Por Ia cual se adiciona el artIculo 2 1 de la ResoluciOn No. 000150 de 2014", estableciô que Ia expediciOn de los actos administrativos de creaciOn de grupos internos de trabajo, conformaciOn y designaciôn de.. coordinadores, se encuentra delegada en el Secretario General de Ia Superintendencia, Nacional de Salud. rdRESOLUCION NUMERO .001778 DE 2019 HOJA No. 2 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en ía OrganizaciOn en el Territorio, se reubican uno empleos y se dictan otras disposiciofles" Que mediante Resolución 5626 del 5 de jun10 de 2019 se crearon las regionales de Ia Superintendencia Nacional de Salud en el Territorio Nacional, estableciendo Ia creación de grupos internos de trabajo para el desarrollo de sus funciones. Que, en consideración a lo anterior, por necesidades del servicio y con el propásito de desarrollar las funciones en forma más eficiente y eficaz, se hace necesario crear un grupo interno de trabajo adscrito al Despacho del Superintendente Nacional de Salud, correspondiente a Ia OrganizaciOn en el Territorio.

desarrollar las funciones en forma más eficiente y eficaz, se hace necesario crear un grupo interno de trabajo adscrito al Despacho del Superintendente Nacional de Salud, correspondiente a Ia OrganizaciOn en el Territorio. Que el articulo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015, señala que Ia reubicación consiste en el cambio de ubicación de un empleo, en otra dependencia de Ia misma planta global, teniendo en cuenta Ia naturaleza de las funciones del ernpleo, Ia cual debe responder a necesidades del servicio y se efectuará mediante acto administrativo proferido por el jefe del organismo nomiriador, o por quien este haya delegado. Que Ia existencia de una planta global de empleos permite Ia movilidad de los empleos, con el objeto de dinamizar los distintos procesos y procedimientos que se desarrollan en Ia Entidad facilitando Ia gestián de esta Superintendencia. Que Ia Comisián Nacional del Servicio Civil mediante convocatoria No. 430 de 2016, inició coricurso de méritos perteneciente al Sistema EspecIfico de Carrera Administrativa de las Superintendencias de Ia Administración Püblica Nacional, y "mediante Auto emitido el 27 de octubre de 2017 por ía SecciOn Segunda, SubsecciOn A de Ia Sala de /0 Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, notificado en Ia CNSC el 01 de noviembre de 2017, dicha CorporaciOn decretO corno medida cautelar de urgencia Ia suspensiOn provisional de los efectos del Acuerdo No. CNSC-20161000001336 del 10 agosto de 2016 - Convocatoria No. 430 de 201 Que en mérito de lo expuesto.

RESUELVE

del Acuerdo No. CNSC-20161000001336 del 10 agosto de 2016 - Convocatoria No. 430 de 201 Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Creación de Grupos Internos de Trabajo. Crear en el Despacho del Superintendente Nacional de Salud los siguiente Grupos internos de trabajo de Ia Organización en el Territorio. Grupo de Trabajo Regional Norte, cuya ciudad sede es Barranquilla - Distrito Especial, Industrial y Portuarlo. Grupo de Trabajo Regional Caribe, cuya ciudad sede es Cartagena de Indias - Distrito Turistico y Cultural. Grupo de Trabajo Regional Andina, cuya ciudad sede es Medellin. Grupo de Trabajo Regional Nororiental, cuya ciudad sede es Bucararnanga. Grupo de Trabajo Regional Sur, cuya ciudad sede es Neiva. Grupo de Trabajo Regional Occidental, cuya ciudad sede es Santiago de Call - bistrito Especial, Deportivo, Cultural, TuristiOO, Empresarial y de Servicios. Grupo de Trabajo Regional Orinoqula, cuya ciudad sede es Yopal. Grupo de Trabajo Regional Ceritro, cuya ciudad sede es Bogota Distrito Capital.

  1. Grupo de Trabajo Regional Chocó, cuya ciudad sede es Quibdó.

PARAGRAFO PRIMERO. Cada uno de los grupos creados en el presente articulo, tendrá un cOordinador, quien será el responsable de dirigir, proponer, controlar, organizar, ejecutar, supervisar, avalar y efectuar el seguimiento de las funciones asignadas a cada uno en los Departamentos y Distritos que corresponda segün Ia agrupacián por regiones establecida en Ia Resolución 5626 del 5 de junio de 2019. PARAGRAFO SEGUNDO. Los grupos internos de trabajo creados en el presente articulo,

Departamentos y Distritos que corresponda segün Ia agrupacián por regiones establecida en Ia Resolución 5626 del 5 de junio de 2019. PARAGRAFO SEGUNDO. Los grupos internos de trabajo creados en el presente articulo, desarrollaran las funciones establecidas en el articulo 40 de Ia Resolución 5626 del 5 de jun10 de 2019. 1 https://www.cns.gov.co/index.phP/43O-de-2O I 6superintendenciasdela-administraCiOfl-PUbIiCa-flaCi0nal.RESOLUCION NLJMERO 007778 DE 2019 HOJA No. 3 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en ía OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones" ARTICULO SEGUNDO. Reubicación de empleos. Reubicar los empleos que se encuentran vacantes relacionados a continuaciOn, para conformar grupos internos de trabajo requeridos para Ia OrganizaciOn en el Territorio y funcionamiento de las Regionales creadas mediante Ia Resoluciôn 5626 del 5 de junio de 2019:

DENOMINACION CODIGO GRADO DEPENDENCIA ACTUAL CODIGO DE LA OPEC REGIONAL

EN LA QUE DEL EMPLEO VACANTE TEMPORAL SE REUBICA

Grupo Administraciôn y Profesional Seguridad de Ia Informaciôn Regional Especializado 2028 24 adscrita a Ia Oficina de 62506 Centro Tecnologias de Ia Informaciôn Direcciôn de lnspecciOn y Vacancia TemporalProfesional 2028 22 Vigilancia para Entidades Titular del empleo Regional Especializado Administradoras de Planes YULIETH PAOLA Caribe de Beneficios - EAPB VALDES PERPUJAN

Direcciôn de lnspecciOn y Vacancia TemporalProfesional 2028 22 Vigilancia para Entidades Titular del empleo Regional Especializado Administradoras de Planes YULIETH PAOLA Caribe de Beneficios - EAPB VALDES PERPUJAN Profesional Grupo de Talento Humano Regional Especializado 2028 22 adscrito a Ia Secretaria 62850 Orinoquia General Grupo de Riesgos Profesional Financieros adscrito a Ia Regional Especializado 2028 20 Direcciôn para Ia 62824 Centro Supervision de Riesgos EconOmicos Profesional 2028 19 Superintendencia Delegada Vacancia TemporalTitular del empleo OLGA Regional Especializado para las Medidas Especiales LUCIA ACUA MUOZ Caribe Grupo de ConciliaciOn adscrito a Ia Profesional 2028 17 Superintendencia Delegada 62991 Regional Especializado para Ia FunciOn Orinoqula Jurisdiccional y de ConciliaciOn Profesional Dirección para Ia Regional Especializado 2028 17 SupervisiOn de Riesgos 62808 Centro EconOmicos Grupo de Conceptos, Profesional 2028 17 Derechos de PeticiOn y 62480 Regional Especializado Apoyo Legislativo adscrito a Centro Ia Oficina Asesora Juridica Grupo de Seguimiento a Profesional 2028 16 Providencias Judiciales 62743 Regional Especializado adscrito a Ia DirecciOn de Centro Atención_al_Usuarlo Profesional Grupo de Gestión Regional Universitario 2044 11 Documental adscrito a Ia 63037 Orinoqula SubdirecciOn Administrativa Grupo de lnspecciOn y Vigilancia al Aseguramiento

Atención_al_Usuarlo Profesional Grupo de Gestión Regional Universitario 2044 11 Documental adscrito a Ia 63037 Orinoqula SubdirecciOn Administrativa Grupo de lnspecciOn y Vigilancia al Aseguramiento Profesional en Entidades Territoriales Regional Universitario 2044 11 adscrito a Ia DirecciOn de 63094 Caribe InspecciOn y Vigilancia para Entidades del Orden Territorial Grupo de Secretaria de Vacancia TemporalAuxiliar Procesos Administrativos Titular del empleo Regional Administrativo 4044 15 adscrito a Ia Superintendencia Delegada MARTHA CECILIA Caribe RAMIREZ RIOS de Procesos Administrativos Direcciôn de Atención al Vacancia TemporalSecretario 4210 15 Usuarlo - Grupo de Titular del empleo Regional Ejecutivo Seguimiento a Providencias MIRYAM PILAR Orinoqula Judiciales GUAUQUE SANTOS PARAGRAFO. La reubicación de los empleos ordenada en el presente articulo, será transitoria hasta que culminen todas las etapas del proceso de selecciOn o concurso de Ia convocatoria No. 430 de 2016. Una vez culminada Ia misma, regresarán a Ia ubicaciOn de Ia cual fueron reubicados los mencionados empleos, en las condiciones con las cuales fueron convocados.RESOLUCION NUMERO 0077.78 DE 2019 HOJA No.4 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorlo, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones" ARTICULO TERCERO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Norte, cuya ciudad sede es

unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorlo, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones" ARTICULO TERCERO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Norte, cuya ciudad sede es Barranquilla - Distrito Especial, Industrial y Portuario, con los empleados püblicos que se relacionan a continuaciOn:

EMPLEADOS PCJBLICOS DENOMINACIÔN DEL EMPLEO CODIGO GRADO

ARUJO BRITTO GISZELA PASTORA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20

HERNANDEZ HERNANDEZ MERLYN SOFIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

LARA VILLAMIL JAIME RICARDO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

DOM1NGUEZ BOLl VAR WALBERTO ENRIQUE PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

PERTUZ HERNANDEZ GIOVANNA MARIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 17

GONZALEZ MANJARRES DALSY DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

DAZA DIAZ OLGA LUCIA PROFESIONAL 2028 14 ESPECIALIZADO

GOMEZ ORTIZ BLADIMIR PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

ROMERO COGOLLO YAMILE DEL CARMEN SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15

ARTICULO CUARTO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional Caribe, cuya ciudad sede es Barranquilla - Distrito Especial, Industrial y Portuario, a Ia Señora GISZELLA ARINO BRITTO identificada con Ia cédula de ciudadanIa 27.004.815, quien

Caribe, cuya ciudad sede es Barranquilla - Distrito Especial, Industrial y Portuario, a Ia Señora GISZELLA ARINO BRITTO identificada con Ia cédula de ciudadanIa 27.004.815, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, Codigo 2028, Grado 20 de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO QUINTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Caribe, cuya ciudad sede es Cartagena de Indias - Distrito Turistico y Cultural, con los empleos püblicos vacantes que se relacionan a continuaciôn: DENOMINACIÔN DEL EMPLEO CODIGO GRADO CODIGO DE LA OPEC I VACANTE TEMPORAL PROFESIONAL 2028 22 Vacancia Temporal - Titular del empleo ESPECIALIZADO YULIEIH cAOLA VALDES PEPIFIAN PROFESIONAL . 2028 Vacancia Temporal - Titular del empleo

ESPECIALIZADO 19 OLGA LUCIA ACUtJA MUF10Z PROFESIONAL 2044 11 63094

UN IVERSITARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 15 Vacancia Temporal - Titular del empleo MARTHA CECILIA RAMIREZ_RIOS ARTICULO SEXTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Andina, cuya ciudad sede es Medellin, con los empleados pUblicos que se relacionan a continuación:

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CÔDIGO GRADO

RINCON CASTAtJO JHON JAIRO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 24

SANCHEZ SALAZAR YADIRA PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 26

AYALA SALAZAR MARIA ALEXANDRA PROFESIONAL

ESPECIALIZADO 2028 24

SANCHEZ SALAZAR YADIRA PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 26

AYALA SALAZAR MARIA ALEXANDRA PROFESIONAL ESPECIALIZADO.. 2028 19

HENAO ARANGO EDINSON ALONSO PROFESIONAL ESPECIALIZAIDO 2028 19

FIGUEROA CUARTAS NUBIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

NltJO MENDEZ LESLY TATIANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

PECHENE PAZ EIDER GUSTAVO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

JIMENEZZCJ1JIGA MARIA ANGELICA SECRETARIO EJECUTIVO . 4210 15RESOLUCION NUMERO r ' t

-' ' 9 778 DE 2019 HOJA No. 5

ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Por ía cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones" ARTICULO SEPTIMO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional Andina, cuya ciudad sede es MedellIn, a la Señora YADIRA PATRICIA SANCHEZ SALAZAR identificada con Ia cédula de ciudadania 43.606.166, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 20, de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO OCTAVO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Nororiental, cuya ciudad sede es Bucaramanga, con los empleados pUblicos que se relacionan a continuaciôn:

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO

ARTICULO OCTAVO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Nororiental, cuya ciudad sede es Bucaramanga, con los empleados pUblicos que se relacionan a continuaciôn:

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO

CUETO BARRAGAN OCIRIS PROFESIONAL 2028 24 ESPECIALIZADO

BALLESTEROS ARROYO MAYERLINE PROFESIONAL 2028 23 ESPECIALIZADO

OROSTEGUI GOMEZ EULINE PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

DELGADILLO OVALLE DURLEY PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

BOHORQUEZ VILLAMIZAR LIBIA PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

QUIROGA LANDAZABAL DELCY JANETH PROFESIONAL 2028 17 ESPECIALIZADO

MARTINEZ GOMEZ DIANA MARCELA PROFESIONAL 2028 14 ESPECIALIZADO

ACUJA JAIMES JENNIFFER TATIANA PROFESIONAL 2028 14 ESPECIALIZADO

JAIMES MARI110 LEIDY MARCELA PROFESIONAL 2028 14 ESPECIALIZADO

ORTIZ QUINTERO ZULI NATALI SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15

ARTICULO NOVENO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional Nororiental, cuya ciudad sede es Bucaramanga, a Ia Señora OCIRIS GUETO BARRAGAN identificada con Ia cédula de ciudadania 63.326.509, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, COdigo 2028, Grado 24 (E) de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO DECIMO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Sur, cuya ciudad sede es Neiva, con los empleados püblicos que se relacionan a continuaciOn:

ARTICULO DECIMO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Sur, cuya ciudad sede es Neiva, con los empleados püblicos que se relacionan a continuaciOn:

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO

RAM 1REZ UESSELER ELLEN PROFESIONAL 2028 20 ESPECIALIZADO

CARDENAS FLOREZ MONICA PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

ARDILA IBAGON CLAUDIA MERCEDES PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

LOPEZ ARIAS HENRY GEOVANNI PROFESIONAL 2028 14 ESPECIALIZADO

PARRA RIZO MARISOL MALARET PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

LOZANO OBANDO GINNA DEL MAR SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15

ARTICULO DECIMO PRIMERO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional Sur, cuya ciudad sede es Neiva, a Ia Señora CLAUDIA MERCEDES ARDILA IBAGON, identificada con cédula de ciudadania nUmero 52.967.416, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, Codigo 2028, Grado 19 de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO DECIMO SEGUNDO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Occidental, cuya ciudad sede es Santiago de Cali - Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turistico, Empresarial y de Servicios, con los empleados püblicos que se relacionan a continuaciOn:RESOLUCION NUMERO 007778 DE 2O19 HOJA No. 6 ContinuaciOn de ía resoluciOn, "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos

ContinuaciOn de ía resoluciOn, "Por Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones"

EMPLEADOS PCJBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO

BANGUERA INGRID PATRICIA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20

FALLA LOPEZ LUZ STELLA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 19

GARCIA USMAN MYRIAM PROFESIONAL 2028 17 ESPECIALIZADO

VELA CABRERA CARMEN JOHANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

ROJAS LIBREROS ROBERT STEVEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

PECHENE PAZ EIDER GUSTAVO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14

JARAMILLO CAMACHO PAOLA ANDREA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 11

GOIOY GARZON DALILA SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15

ARTICULO DECIMO TERCERO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional Occidental, cuya ciudad sede es Neiva, a Ia Señora INGRID PATRICIA BANGUERA identificada con Ia cédula de ciudadania 66.850.367, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 20 de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO DECIMO CUARTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional OrinoquIa, cuya ciudad sede es Yopal, con los empleos püblicos vacantes que se relacionan a continuación:

Entidad. ARTICULO DECIMO CUARTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional OrinoquIa, cuya ciudad sede es Yopal, con los empleos püblicos vacantes que se relacionan a continuación: DENOMINACION DEL EMPLEO cÔDIGO GRADO CODIGO DE LA OPEC I VACANTE TEMPORAL PROFESIONAL 2028 22 62850 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2028 17 62991 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2044 11 63037 UNIVERSITARIO Vacancia Temporal - Titular del SECRETARIO EJECUTIVO 4210 15 empleo MIRYAM PILAR GUAUQUE SANTOS ARTICULO DECIMO QUINTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional Centro, cuya ciudad sede es Bogota Distrito Capital, con los empleos püblicos vacantes que se relacionan a continuación: DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO CODIGO DE LA OPEC I VACANTE TEMPORAL PROFESIONAL 2028 24 62506 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2028 20 62824 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2028 17 62808 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2028 17 62480 ESPECIALIZADO PROFESIONAL 2028 16 62743 ESPECIALIZADO ARTICULO DECIMO SEXTO. Conformar el Grupo de Trabajo Regional ChocO, cuya ciudad sede es Quibdó, con los empleados püblicos que se relacionan a continuación:

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CÔDIGO GRADO

MAYO CASTRO NIDIA DEL SOCORRO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20

PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CÔDIGO GRADO

MAYO CASTRO NIDIA DEL SOCORRO PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 20

PROFESIONAL 2028 19 ESPECIALIZADO CUESTA VALENCIA KELLY DEL CARMEN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14RESOLUCION NUMERO 007778 DE 2019 HOJA No. Z ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Per Ia cual se crean y con forman unos grupos internos de trabajo en Ia OrganizaciOn en el Territorio, se reubican unos empleos y se dictan otras disposiciones"

EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION DEL EMPLEO CÔDIGO GRADO

BUZON AREVALO PAOLA GRACIELA PROFESIONAL 2028 14 ESPEC IALIZADO PEREA SANCHEZ KARYNA PROFESIONAL 2028 12 ESPECIALIZADO ARTICULO DECIMO SEPTIMO. Asignar las funciones de Coordinador del Grupo de Trabajo Regional ChocO, cuya ciudad sede es Quibdô, a Ia Señora NIDIA DEL SOCORRO MAYO CASTRO identificada con Ia cédula de ciudadania 26.258.256, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, COdigo 2028, Grado 20 de Ia planta global de Ia Entidad. ARTICULO DECIMO OCTAVO. Reconocer al Coordinador el veinte por ciento (20%) adicional al valor de Ia asignaciôn básica mensual de conformidad con Ia parte motiva de Ia presente resolución y durante el tiempo que ejerza las funciones como Coordinador del Grupo de Trabajo creado, sin que dicho valor se constituya factor salarial. ARTICULO DECIMO NOVENO. Comunicar el contenido de Ia presente Resoluciôn al Grupo de

resolución y durante el tiempo que ejerza las funciones como Coordinador del Grupo de Trabajo creado, sin que dicho valor se constituya factor salarial. ARTICULO DECIMO NOVENO. Comunicar el contenido de Ia presente Resoluciôn al Grupo de Talento Humano de Ia Superintendencia Nacional de Salud para que adelante los trámites de su competencia. ARTICULO VIGECIMO. Vigencia. La presente resoluciôn rige a partir de Ia fecha de su expediciôn y deroga las dispósiciones que le sean contrarias, especialmente Ia ResoluciOn 000825 del 19 de mayo de 2015. Igualmente modifica en 10 pertinente las resoluciones conformaciôn de los grupos internos de trabajo indicados en el articulo 2 0 de Ia presente resoluciOn. Dada en Bogota D.C., j 4 AGO 2019

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

1NANDA ROJAS PUER Secretaria General ProyectO: Juan Gabriel Jiménez Mojica - Contratista Grupo de Talento Humano Laura Babativa Mayorga - Profesional Grupo de Talento Humano Revisb: César Augusto Moreno Castro - Coordinador Grupo de Ta/ento Humano

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