🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 8113 de 2018

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 8113 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIN NUMERO 008113 DE 2018 ( 2 9 JUN 2010

Por Ia cual se prorroga el término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada mediante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 100 de 1993, el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015 que remite al articulo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificadd por el articulo 19 de la Ley 510 de 1999, el articulo 2.5.5.1.9, 2.1.10.5.2 del Decreto 780 de 2016, el Decreto 2462 de 2013, Decreto 265de2018y CONSIDERANDO Que de conformidad con to dispuesto en los articulos 48 y 49 de la Constituciôn PolItica, Ia Seguridad Social en su componente de atenciOn en salud se define como un servicio püblico de carácter obligatorio que se prestará bajo Ia direcciOn, coordinación y control del Estado, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que en virtud del articulo 154 de Ia Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio pUblico de seguridad social en salud con elfin de garantizar los principios consagrados en Ia Constituciôn Politica y en Ia ley.

Que en virtud del articulo 154 de Ia Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio pUblico de seguridad social en salud con elfin de garantizar los principios consagrados en Ia Constituciôn Politica y en Ia ley. Que el numeral 1° del articulo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, consagra Ia vigilancia especial como una medida encaminada a evitar que una entidad sometida at control y vigilancia de Ia Superintendencia incurra en causal de intervención forzosa administrativa o para subsanarla y dispone que en virtud de dicha medida Ia Superintendencia puede establecer requisitos para Ia vigilancia, que debe cumplir con elfin de enervar los hallazgos que dieron lugar a su imposición. Que el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015, dispone que el Superintendente Nacional de Salud podrá ordenar o autorizar a las entidades vigiladas, Ia adopciOn individual o conjunta de las medidas de que trata el articulo 113 del Estatuto Organico del Sistema Financiero, con elfin de salvaguardar Ia prestaciOn del servicio pUblico de salud y Ia adecuada gestión financiera de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Que el articulo 2.5.5.1.9 del Decreto 780 de 2016 dispone que las medidas cautelares y Ia toma de posesiôn de bienes, haberes y negocios se regirán por las disposiciones contempladas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y serán de aplicaciOn inmediata. En consecuencia, el recurso de reposiciOn que proceda contra las mismas no suspenderá Ia ejecución del acto administrativo.RESOLUCION NUMER 08113 DE 2018 HOJA No. 2

inmediata. En consecuencia, el recurso de reposiciOn que proceda contra las mismas no suspenderá Ia ejecución del acto administrativo.RESOLUCION NUMER 08113 DE 2018 HOJA No. 2 Por Ia cual se prorroga el término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIA C/ON DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR YLA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada mediante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. Que asi mismo, los artIculos 2.5.2.4.4 y 2.5.2.4.1.1 del Decreto 780 de 2016, establecieron el Capital Social y el Margen de Solvencia que deben acreditar las Entidades Promotoras de Salud Indigenas para operar el aseguramiento en salud. Que mediante el Decreto 1848 de 2017 se adicionO Ia Sección 2 al CapItulo 4 del TItulo 2 de Ia Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, relacionado con el Sistema de HabilitaciOn de las Entidades Promotoras de Salud Indigenas (EPSI), aplicable durante el periodo de transición al Sistema IndIgena de Salud Propia e Intercultural - SISPI, cuyo articulo 2 0 dispuso que las EPS indigenas que a Ia fecha de entrada en vigencia del referido Decreto, esto es, el 8 de noviembre de 2017, se encuentren operando, dispondrán de seis (6) meses para adecuarse a los requisitos en él previstos en materia de capacidad técnico-administrativa, financiera, tecnológica y cientifica, lo cual será objeto de verificacián por parte de Ia autoridad competente en los términos de Ia

de capacidad técnico-administrativa, financiera, tecnológica y cientifica, lo cual será objeto de verificacián por parte de Ia autoridad competente en los términos de Ia normativa vigente. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 0 del articulo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, que consagra las medidas diseñadas para prevenir Ia toma de posesiOn de las entidades sometidas a su inspeccion, vigilancia y control, adoptó mediante Resolución 002633 del 24 de agosto de 2012 medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, por el término de seis (6) meses prorrogables. Que mediante Resolución 002979 del 2 de octubre de 2012, Ia Superintendencia Nacional de Salud modificó el articulo primero de Ia ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012, en el sentido de ordenar al Representante Legal de Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI Ia presentación y cumplimiento de un plan de acción, Ia remoción del Revisor Fiscal de Ia vigilada y Ia designación de un Contralor para Ia medida adoptada. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud, mediante las Resoluciones 000289 del 28 de febrero de 2013, 000517 del 27 do marzo de 2013, 000585 del 31 de marzo de 2014, 002469 del 26 de noviembre de 2014, 000854 del 28 de mayo de 2015, 002437 del 30

de febrero de 2013, 000517 del 27 do marzo de 2013, 000585 del 31 de marzo de 2014, 002469 del 26 de noviembre de 2014, 000854 del 28 de mayo de 2015, 002437 del 30 de noviembre de 2015, 001443 del 27 de mayo de 2016 y 003584 del 29 de noviembre de 2016, 001595 del 24 de mayo de 2017 y 005854 del 30 de noviembre de 2017 prorrogó Ia medida preventiva de vigilancia especial adoptada a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI y IimitO Ia capacidad para realizar nuevas afiliacionos y para aceptar traslados. Que de conformidad con lo dispuesto en Ia ResoluciOn 0005854 del 30 de noviembre de 2017, el término de prOrroga de Ia medida preventiva de Vigilancia Especial a ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI es hasta el 30 dejunio de 2018. Que el Convenio C-169 do Ia Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Colombia mediante Ia Ley 21 de 1991 regulO temas sobre pueblos indigenas y tribales. Que Ia Ley 21 de 1991 en su articulo 7 0 dispone que el mojoramiento de las condiciones de vida y nivel de salud de los pueblos interesados deberá ser prioritario en los planes de desarrollo econOmico global de las regiones donde habitan. Adicional y en concordancia con lo expuesto, Ia parte V del Convenio, hace alusiôn a Ia Seguridad Social y Salud de los pueblos indigenas y en el articulo 25 numeral 4 establece que Ia

concordancia con lo expuesto, Ia parte V del Convenio, hace alusiôn a Ia Seguridad Social y Salud de los pueblos indigenas y en el articulo 25 numeral 4 establece que Ia prestación de los servicios de salud deberá estar coordinada con las demás medidas sociales, económicas y culturales que se tomen en el pals. Que el articulo 21 de Ia Ley 691 de 2001, manifiesta que los planes y programas do servicios de salud aplicables a los pueblos indigenas, tendrán en consideración el saber y las prácticas indigenas.RESOLUCION NCJMERcP °8113 DE 2018 HOJA No. 3 Por Ia cual so prorroga el término de Ia medida prevent/va de vigilancia especial a Ia ASOCIA C/ON DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada med/ante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. Que, de conformidad con lo expuesto, el numeral 3.6 del articulo 3 de Ia Ley 1438 de 2011 estableció que el Sistema General de Seguridad Social en Salud, entre sus principios, tiene un enfoque diferencial al reconocer que hay poblaciones con caracterIsticas particulares en razán de su edad, genera, raza, etnia, condiciOn de discapacidad y vIctimas de violencia. Que el Ministerio de Salud y ProtecciônSocial en el documento denominado Ia "Poiltica de atenciOn integral en salud - Un s/sterna de salud al servicio de Ia gente", publicado en enero del año 2016 y que puede consultarse en la página electránica

Que el Ministerio de Salud y ProtecciônSocial en el documento denominado Ia "Poiltica de atenciOn integral en salud - Un s/sterna de salud al servicio de Ia gente", publicado en enero del año 2016 y que puede consultarse en la página electránica https://www.minsalud.qov. co/sites/rid/Lists/BibliotecaDig ital/Rl DE/DE/modelo-pais2016.pdf, definió el enfoque diferencial como Ia "estrategia que perrnite a Ia po/ItiOa de atenciOn reconocer y organizarse frente a las diferencias de las personas y co/ectivos frente a los determinantes soc/ales. Estos determinan condic/ones de vulnerabiidad y potenc/a/idad asociadas a factores fIs/cos, psIquicos, soc/a/es, psicosociales, culturales (creencias y va/ores), econOrn/cos, amb/entales, entre otros. Es una dimensiOn relativa, pues cada persona tiene su prop/o n/yel y tipo de vulnerabiidad en func/On de situac/ones socioeconOmicas, cu/tura/es, poilticas, re/ig/osas, de genero y persona/es". Que Ia Superintendencia Delegada para Ia Supervision de Riesgos, presentó al Comité de Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en sesiOn de 28 de junio de 2018, concepto técnico de la ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: "Riesgo en Salud y Operativo Presenta alertas por def/c/encias en Ia gest/On integral del riesgo individual de sus afiliados, ev/denciada en 1)/a a/ta concentración de poblaciOn adu/ta y adulta mayor con Ia respect/va

"Riesgo en Salud y Operativo Presenta alertas por def/c/encias en Ia gest/On integral del riesgo individual de sus afiliados, ev/denciada en 1)/a a/ta concentración de poblaciOn adu/ta y adulta mayor con Ia respect/va carga de enfermedades crón/cas no transm/siblos, ii) incump//mionto de acciones de protecc/On ospecIfica y detecciOn temprana, lli) dosviacionos de Ia tendencia esporada en los indicadores de cal/dad do fin/dos por Ia Roso/uc/On 1446 de 2006, iv) aumento de los roclamos /nterpuostos por los afiliados ante Ia Superintendencia Nac/onal de Salud y v) gest/On del riesgo lim/tada para Ia pro grosiOn de Ia enfermedad renal crónica y VIH, de acuerdo con los indicadores de Ia Cuenta de Alto Costo. El Reg/stro de PrestaciOn de Seniic/os de Salud (RIPS), no presonta los reportes de Ia Asociación de Cab//dos IndIgenas del Cosary Guaj/ra "DUSAKAWIARSI", corrospond/entes a los años 2016 y 2017, l/m/tando asI Ia comprons/On de Ia morbilidad en Ia población afiliada y el anal/s/s de esa informac/On para Ia planif/cac/On de los servicios con forme a las necesidades identificados. La razOn de mortal/dad materna y las tasas de mortal/dad: neonatal, infantil y de menoros de 5 años de Ia AsociaciOn de Cab/Idos lndIgenas del Cesar y Guajira "DUSAKA WI ARS/" Si b/en prosontaron una tendencia descendonte que so considera positiva, durante el per/ado

5 años de Ia AsociaciOn de Cab/Idos lndIgenas del Cesar y Guajira "DUSAKA WI ARS/" Si b/en prosontaron una tendencia descendonte que so considera positiva, durante el per/ado 2013 - 2017; sobrepasan los resultados nac/onales del regimen subsid/ado impactando negat/vamonte Ia media nacional, /0 que podrIa traducirso en Ia material/zaciOn de riesgos super/ores para Ia poblaciOn matorno infant/I af/liada. Los resultados en los indicadores de coborturas de actividades de protección especIfica y detecciOn tomprana durante el porIodo 2014 - 2017, adomás de presontan incump/im/ento respecto al 100% osporado, también han descend/do en las coborturas de los indicadoros de con dicionos materno-porinatales respecto a Ia asesorla, toma y rosultado de Elisa para VIH; el tamizajo para: VIH, Hepatitis B y sIfilis en gestantos. Lo que evidoncia oxposiciOn a riesgo en salud determinado por inadecuada gestiOn del riesgo individual para los afiliados. Si b/en los indicadores de experioncia de Ia atenc/On durante e/ porlodo comprondido entre el primer semostro de 2015 y segundo semestre de 2016, presontan una tendencia constante o descenso con forme a to esperado; se identifican incrementos negativos en los indicadores de efect/v/dad (proporciOn de bajo peso al nacer, tasa de morta/idad por IRA y EDA en monores de cinco años), asi como descenso en Ia ProporciOn de mujeres con citologla cérvico uterina anormal que cumplen el estándar de 30 dIas para Ia colposcopia

EDA en monores de cinco años), asi como descenso en Ia ProporciOn de mujeres con citologla cérvico uterina anormal que cumplen el estándar de 30 dIas para Ia colposcopia como parte de Ia gost/On del riesgo.RESOLUCION NUMER9 08113 DE 2018 HOJA No. 4 Por Ia cual se prorroga ci término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada mediante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. Teniendo en cuenta que Ia AsociaciOn de Cabildos IndIgenas del Cesar y Guajira "DUSAKAWI ARSI" presenta Ia exposición at riesgo en salud por incremento de: el bajo peso at nacer, mortalidad por infecciOn respirator/a aguda y mortalidad por enfermedad diarreica aguda, en menores de cinco años durante elperIodo 2016— 2017, además de las barreras culturales, inherentes a Ia poblaciOn indIgena, para acceder a los servicios de salud medica occidental; se considera necesario que Ia entidad evalué y formule acciones de mejora en Ia prestaciOn de servicios del grupo materno - per/natal e infanti!, para fortalecer ci control prenatal y las estrategias de prevencion y control de enfermedades prevalentes en Ia infancia, y demés actividades concebidas en Ia medicina ancestral incluidas dentro del porta folio de servicios de Ia entidad. Dc igual man era, Ia EPSI se está exponiendo a un riesgo de salud dado por tamizaje inoportuno e inadecuado seguimiento de las enfermedades susceptibles de transmisiOn

porta folio de servicios de Ia entidad. Dc igual man era, Ia EPSI se está exponiendo a un riesgo de salud dado por tamizaje inoportuno e inadecuado seguimiento de las enfermedades susceptibles de transmisiOn vertical, teniendo en cuenta Ia tendencia decreciente que presentaron los indicadores de cobertura en: asesorla, toma y resultado de Elisa para VIH, tamizaje para VIH, tamizaje para Hepatitis 5y tamizaje para sIfilis, de gestantes durante elperIodo 2014 - 2017. Presenta inadecuada gestiOn del riesgo de Ia enfermedad renal crOnica, dada por el deterioro del porcentaje de personas estudiadas para ERC de Ia entidad y Ia incapacidad para alcanzar los resultados Optimos o superar los resultados nacionales alcanzados en Ia captac/On de los principales precursores de enfermedad renal crOnica, durante el perlodo 2014— 2016. Los resultados de indicadores de gest/On del riesgo en VIH/Sida, evidencian coberturas no optimas en ci indicador de porcentaje de menores de 6 meses descartados para VIH, ci Porcentaje de realizaciOn CD4 en personas con VIH sin TAR en el periodo, Porcentaje de personas en TAR con carga viral indetectable y porcentaje de detecciOn temprana VIH en incidentes. Lo que representa exposiciOn a riesgos en salud teniendo en cuenta que Ia carga viral es uno de los parámetros utilizados para monitorizar Ia efectividad del tratamiento y por to tanto evitar Ia pro gresiOn de Ia patoiogIa. La detecciOn de nuevos casos de VIH en estadios tempranos no muestra resultados Optimos para los años 2015 y 2016, cuando se espera que se real/ce esta detecciOn a Ia total/dad de usuarios incidentes de VIH o por to

estadios tempranos no muestra resultados Optimos para los años 2015 y 2016, cuando se espera que se real/ce esta detecciOn a Ia total/dad de usuarios incidentes de VIH o por to menos at 95% de ellas. Riesgo Financiero Dc acuerdo con los resultados preliminares de los cálcuios realizados en Ia vigencia 2017y 2018 DUSAKAWI EPSI muestra a 30 de abril de 2018 una recuperacion financiera teniendo en cuenta que los pasivos d/sminuyeron en 29% y ci patrimonio, aunque sigue siendo negativo, mejorO en un 91% respecto a abril de 2017. . DUSAKAWI EPSI del total de las cuentas por cobrar reportadas a 30 de abril de 2018, ci 52%presentan una mora de 30dias por vaiorde $9.Ol5 millones yeI38% una mora mayor a 360 dias por va/or de $6. 586 millones, este CiItimo deteriorado at 100%, to que alerta un riesgo alto de pérdida de recursos por los $6. 586 millones debido a que probablemente no se recupera ran. Los ingresos a 30 de abril de 2018 aumentaron por valorde $6. 140 millones (129 1o) respecto a abril de 2017, as! mismo, los gastos aumentaron $4.358 millones (99 1o), to que conileva a que ci resultado del ejercicio sea posit/vo en 7.227 millones a abril de 2018, reflejando una mejora de $1. 782 millones respecto at resultado del ejercicio de abril de 2017. DUSAKAWI EPSI presenta debilidades en Ia cal/dad y consistencia de Ia informac/On, toda vez que ci total de cuentas por cobrar reportado a 30 de abril de 2018 en el arch/vo FT003

DUSAKAWI EPSI presenta debilidades en Ia cal/dad y consistencia de Ia informac/On, toda vez que ci total de cuentas por cobrar reportado a 30 de abril de 2018 en el arch/vo FT003 "Cuentas por Cobrar" es de $17388 millones y en ci archivo FTOO1 "Catalogo de lnforrnaciOn Financ/era" es de $1 1.510 millones, encontrando una diferencia de $5. 878 millones. Respecto a Ia informaciOn reportada en virtud del proceso de con vergenc/a de los nuevos marcos tOcnicos norm ativos, aipresentarse faita de consistencia en Ia informaciOn financiera en ci Estado de SituaciOn Financ/era y falta de consistencia en las polIticas contables dado que no aplica ci marco que Ic corresponde, no es posibie tener certeza de Ia integridad y razonabiidad de Ia /nforrnación financiera en Ia impiernentaciOn Ia Resolución 414 de 2014RESOLUCION NUMERc 008113

DE 2018 HOJA No. 5

Por Ia cual se prorroga el término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIA C/ON DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR YLA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada mediante Resolución 002633 del 24 de agosto de 2012. y por consiguiente los saldos reportados en el perlodo de aplicación año 2017." Que Ia Superintendencia Delegada para Ia Supervision Institucional, presentó al Corn ité de Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en sesiOn del 28 de junio de 2018, concepto técnico de seguimiento a la medida de vigilancia especial

de Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en sesiOn del 28 de junio de 2018, concepto técnico de seguimiento a la medida de vigilancia especial ordenada a ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, donde señalO: "1. Verificado el reporte de informaciOn en Ia Base de Datos Onica de Afiliados - BDUA a corte 30 de abril de 2018; se observa que Ia EAPB DUSAKAWI E.P.S.I., opera en veintidós (22) municipios distribuidos en tres (3) Departarnentos; contando con una poblaciOn afiliada de 202.675 usuarios en el regimen subsidiado. DUSAKAWI E.P.S.I incumple con en el desarrollo de Ia totalidad de las acciones planteadas por Ia aseguradora en el Plan de Mejoramiento como consecuencia de Ia auditoria a Ia sentencia T760 de 2008, realizada en el año 2017, para Ia vigencia 2016. Al verificar las prácticas con tern pladas en los capItulos 4 y 8 de Ia Sentencia T760 y los autos 044 y26O de 2012, pro feridos por Ia Corte Constitucional, en el marco de las funciones y competencias de Ia Superintendencia Nacional de Salud, para Ia vigencia 2016, se .evidencio que DUSAKAWI E.P.S.I EPS, presenta inoportunidad en el proceso autorizacfor de servicios de salud incluidos en el PEBS, servicios NO POS, pacientes de alto costo y pacientes de especial protecciOn constitucional. Al verificar las practicas con templadas en los capItulos 4 y 8 de Ia Sentencia T760 y los

de servicios de salud incluidos en el PEBS, servicios NO POS, pacientes de alto costo y pacientes de especial protecciOn constitucional. Al verificar las practicas con templadas en los capItulos 4 y 8 de Ia Sentencia T760 y los autos 044 y 260 de 2012, proferidos porla Corte Constitucional, en el marco de las funciones y competencias de Ia Superintendencia Nacional de Salud, para Ia vigencia 2016, se evidencio que DUSAKAWI E.P. S.l EPS, presenta tiempos prolongados en Ia prestaciOn de servicios de salud incluidos en el PEBS, servicios NO POS, servicios de salud a pacientes de alto costo y pacientes de especial protecciOn constitucional. Al verificar Ia informaciOn suministrada por Ia aseguradora con corte a diciembre de 2017 POT auto reporte de red de prestadores de servicios de salud, se puede concluir que DUSAKAWI E.P. S.I no garantiza Ia prestación de los servicios de salud de baja, mediana y alta complejidad en Ia totalidad de los municipios donde tiene afiliados; incumpliendo con los indicadores de red de prestacion de servicios de salud para Ia totalidad de los servicios trazadores; lo cual deja en alto riesgo a toda su población afiliada. Para el servicio de laboratorio cilnico de baja complejidad, se destaca una cobertura de tan solo el 14%, es decir no cuenta con este servicio sino en 3 municipios de los 22 donde tiene afiliados. Respecto a patologlas especIficas de alto costo, se observa que, para Ia atención de afiiados con diagnOstico de cancer, IRC, VIH y Hemofilia, presenta baja coben'ura de servicios con tratados para Ia garantla de Ia prestación de los servicios de radiotera p/a, e

afiiados con diagnOstico de cancer, IRC, VIH y Hemofilia, presenta baja coben'ura de servicios con tratados para Ia garantla de Ia prestación de los servicios de radiotera p/a, e inmunologia, situac/On que demuestra alta vulnerabilidad de Ia poblaciOn afiliada a DUSAKAWI E.P.S.I S.A. AsI misrno no cuenta con el servicio de reumatologla en ninguno de los municipios donde opera Ia EPS. La aseguradora no da respuosta oportuna a los requerim/entos solicitados por Ia Superintendencia Nacional de Salud. La EPSI DUSAKAWI, con medida especial, en los moses de marzo y abril de 2018, no habrIa autorizado el giro directo a las IPS (mm/mo 80%), incumpliendo lo previsto en el artIculo 10 de Ia Ley 1608 de 2013. La EPSI DUSAKAWI registra rnora en el pago de las obligaciones contra idas con su red prestadora, superando los tiempos legalmente establecidos para tal fin, generándose el incumplimiento de lo establecido en el literal d) del artIculo 13 de Ia Ley 1122 de 2007. La EPSI DUSAKAWI no ha adelantado acciones tendientes a aclaraciOn de Ia cartera, en virtud de lo ostablecido en el artIculo 9 de Ia Ley 1797 de 2016, en lo relacionado con el sanearniento con table responsabi/dad de las IPS y EPS.RESOLUCION NUMERc9 0811 3 DE 2018 HOJA No. 6 Por Ia cual se prorroga el término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS /NDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPS!,

Por Ia cual se prorroga el término de Ia medida preventiva de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS /NDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPS!, identificada con NIT 824.001.398-I, ordenada mediante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. La EPSI DUSA KA WI, no reportO Ia información financiera con corte a diciembre de 2017, de acuerdo con lo dispuesto en/a Circular0l6 de 2016 ye! artIculo 130.7y 130.11 de Ia Ley 1438 de 2011. Todos los hallazgos e irregularidades identificados en los diferentes Items analizados en el presente concepto técnico serán remitidos a Ia Delegada de Procesos Administrativos de Ia Superintendencia Nacional de Salud, con el objeto de que evalUe Ia procedencia de iniciar investigaciOn administrativa, y si es del caso, proceda a Ia apertura de una investigaciOn preliminaro al inicio de un proceso administrativo sancionatorio, ya que se advirtiO que existe Ia posibilidad de que DUSAKAWI E.P.S.I haya incurrido en infracciOn a las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud." Que Ia Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales presentó al Comité de Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en sesiOn del 28 dejunio de 2018, concepto técnico de seguimiento a Ia medida preventiva de vigilancia especial ordenada a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, el cual informaba lo siguiente: "( ... ) a. Componente Financiero

I. DUSAKAWI EPSI con corte abril de 2018 presenta un patrimonio negativo y pérdidas

DUSAKAWI EPSI, el cual informaba lo siguiente: "( ... ) a. Componente Financiero

I. DUSAKAWI EPSI con corte abril de 2018 presenta un patrimonio negativo y pérdidas acumuladas, situaciOn que demuestra que Ia gestiOn administrativa ejecutada por Ia entidad no ha sido suficiente, para contrarrestar el defecto financiero negativo hAl 30 de abril de 2018, Ia entidad cierra con una siniestralidad de 101%, esta se encuentra 9% por encima del máximo permitido, para el Regimen Subsidiado iii.AI 30 de abril de 2018, Ia entidad presenta un nivel de endeudamiento critico de casi el 107%, dicha situaciOn sumada a que Ia concentraciOn de Ia deuda que tiene Ia entidad en un 71% es con prestadores de servicio de salud y que casi el 85% es cafe gorizada como no corriente, no solo limita financieramente a Ia entidad, si no que pone en riesgo inminente, Ia prestaciOn del servicio de salud a los usuarios. iv.Dusakawi EPSI presenta un promedio de giro de Ia UPC inferior al 80%, contra viniendo to establecido por Articulo 10 de Ia Ley 1608 de 2013. v.A 31 de marzo de 2018 las actividades desarrolladas por Ia EPSI Dusakawi arrojaron resultados positivos en saneamiento contable e identificaciOn de partidas antiguas depuraciOn de recobros, conchliaciOn de glosas de vigencias anteriores a 2015 y liquidaciOn de con tratos con Ia red prestadora de servicios de salud, buscando mejorar ía razonabilidad de los estados financieros y el flujo de efectivo.

Sin embargo, continuan presentando bajo nivel de avance actividades tales como el

de con tratos con Ia red prestadora de servicios de salud, buscando mejorar ía razonabilidad de los estados financieros y el flujo de efectivo. Sin embargo, continuan presentando bajo nivel de avance actividades tales como el inventario de los bienes que se encuentran en poder de terceros, debilidades en Ia funcionalidad integral del sistema de informaciOn afectando procesos tales como contrataciOn, presupuesto, manejo de cartera, autorizaciones; subestimaciOn de las provisiones para deudores, cobros coactivos de cartera a Entes Territoriales, presunto incumplimiento del giro directo a los prestadores de servicios de salud toda vez que los recursos se encuentran en cuentas bancarias. vi.AsI las cosas, Ia gestion adelantada por Ia entidad hasta Ia fecha, no es suficiente para mitigar los riesgos operacionales identificados, ni en el mejoramiento de Ia calidad y consistencia de Ia informaciOn, persisten debilidades de control inferno especialmente en Ia contenciOn de gastos y costos de prestaciOn de servicios de salud, en los flujos de efectivo, Iiquidez, nivel de endeudamiento y patrimonio minimo requerido que continuan siendo deficitarios. vii.A marzo de 2018 Ia EPSI Dusakawi regisfrO utilidades por $7. 169 millones, producto del saneamiento con table impactando las cuentas confab/es de ingresos extraordinarios y ajustes de ejercicios anteriores, to que no garantiza Ia recuperaciOn operacional en el corto plazo de Ia entidad, toda vez que operacionalmente Ia EPSI presenta pérdidas por $416

millones.008113 RESOLUCION NUMERO DE 2018 HOJA No. 7

Por Ia cual se prorroga ci término de Ia medida prevent/va de vigilancia especial a Ia

millones.008113 RESOLUCION NUMERO DE 2018 HOJA No. 7

Por Ia cual se prorroga ci término de Ia medida prevent/va de vigilancia especial a Ia ASOCIACION DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAKAWI EPSI, identificada con NIT 824.001.398-1, ordenada med/ante ResoluciOn 002633 del 24 de agosto de 2012. indicadores negativos de Margen de Soivencia ($3. 677 mi//ones) y Patrimonio mInimo ($13247 mi//ones) con disminuciOn de Ia tendencia negativa desde el inicio de Ia medida de vigilancia. Los indicadores de permanencia cont/nuan siendo deficitarios. (cifrs prei/minares sujetas a revisiOn con base en Ia metodologia implementada con forme /0 estab/ece ci Decreto 1848 de 2017). Se requiere ce/er/dad en las actividades que representan flujo de recursos relacionados con: Control en los costos de Ia prestac/On de seni/cios, aun quo se observan avances en contrataciOn de tarifas, debe fortalecorse los procesos relacionados con Ia auditorla concurrente, descuentos a Ia capita, recobros y conc/liaciones de glosas. x.Gestionar Ia negoc/ac/On de las acreencias que han dado origen a los embargos inmovil/zando recursos de las cuentas bancar/as, optimizar los procesos de fon'aiecimiento administrativo para mejorar los indicadores de recaudo cartera, definir po/it/cas claras en ci manejo de los bienes que se encuontran en poder de terceros, mantener actualizado el inventario y Ia propiedad planta y equipo. x/.Aunque se presenta avance en c/Plan de AcciOn a marzo de 2018 en aspectos relacionados

manejo de los bienes que se encuontran en poder de terceros, mantener actualizado el inventario y Ia propiedad planta y equipo. x/.Aunque se presenta avance en c/Plan de AcciOn a marzo de 2018 en aspectos relacionados con ci saneamiento contabie e ident/ficaciOn de partidas antiguas, se observó que presenta debilidades en ci proceso de auditor/a med/ca y registro contable de las cuent

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...