SUPERSALUD - Resolución 8675 de 2018
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 8675 de 2018
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2018
REPI.IJBLICA DE COLOMBIA ' , 1
Uberiod y Ojden SUPERINTENDENCA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 008675 DE 2018 18 JUL 2010 "Por Ia cual se actualiza Ia AutorizaciOn de Funcionarniento otorgada mediante Ia ResoluciOn 0166 de 1995 al programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT 860066942-7, para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y se dictan otras disposicibnes" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En usa de sus facultades legales y reglamentarias en especial lasconferidas en el numeral 17 del articulo 6 y 15 del articulo 7 del Decreto 2462 de 2013,61 articulo 2 5 2 3 2 7 del Decreto 780 de 2016, . el Decreto 265 de 2018 y demásnormas concordantes y cornplernentarias y, CONSIDERANDO Que de conformidad con los articulos 48 y 49 de a Constitución Politica, la Seguridad Social en su componente de atenciOn de la salud, es un servicio püblico de carácter obligatoria, que se prestará bajo Ia direcciOn, coordinaciOn y control dei Estado, con sujeciOn a los princpics de eficiencia, universalldad y solidaridad. Que el CapItulo VII de Ia Ley 1122 de 2007 establece las disposiciones quo se ocupan del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entendiendo par este al conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre Si. el cui
Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entendiendo par este al conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre Si. el cui está en cabeza de Ia Superintendencia Nacional de Salud; en este mismo CapItulo se hen establecido las definiciones de los elementos que integran el Sistema (art. 35'). ios ejes del mismo (art. 37) y los objetivos misionales de ia Superintendencia (art. 39). Que mediante Resolucián 0166 de 1995 Ia Superintendencia Nacional de Salud autorizO el funcionamiento coma Entidad Promotora de Salud del Regimen Contributivo al Programa "COMPENSAR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD"; de Ia Caja de CompensaciOn Familiar
COMPENSAR.
Que mediante Resoluciôn 0997 de 2014 Ia Superintendencia Nacional de Salud asighó a COMPENSAR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD los cOdigos EPS008 y EPSS08, para el Regimen Contributivo y movilidad en el Regimen Subsidiado, respectivamente, con elfin de identificarla para fines del reporte de inforrnaciOn a la Superintendencia Nacional de Salud, a Ministeria de Salud y ProtecciOn Social, a! FOSYGA, y demás entidades que hagan parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Que mediante ResoluciOn 4160 de 2014. la Suner,ntendonca Decz.a para a Supervision lnstitucional, autorizO si programa de Entidad Promoora de ud d&; (".ala do CompensaciOn Familiar COMPENSAR una modificaciOn a a caoocidad de of!iacon, y mednte su articulo primero fijO su capacidad en 2.301.100 cupos distribuidos en los 97 municipios de 4
Familiar COMPENSAR una modificaciOn a a caoocidad de of!iacon, y mednte su articulo primero fijO su capacidad en 2.301.100 cupos distribuidos en los 97 municipios de 4 departamentos y el Distrito Cacital. Que teniendo en cuenta lo indicado en el inciso 3 del2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016RESOLUCIONNLJMERO DE 2018 HOJANo.2 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, PorIa ct,al se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Prornotora de Salud de Ia Caja de Compensacion Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" (sustituido par el Decreta 682 de 2018) Ia DirecciOn de Inspecciôn y Vigilancia para Entidades Administradaras de Planes de Beneficias, pracediO a verificar en el ültima carte de la Base de Datas Unica de Afiliadas BDUA (maya de 2018), los municipios dande el pragrama de Entidad Promatora de Salud de Ia Caja de Campensaciôn Familiar COMPENSAR contaba con afiliados en el Regimen Contributivo, encantranda que en su códiga EPS008, reporta afiliados en 15 municipios diferentes a los autarizadas mediante Resalución 4180 de 2014. Que mediante camunicación radicada baja el Numera Unica de Radicación y Carrespandencia NURC 2-2018-053963 del 10 de julia de 2018, tenienda en cuenta Ia evidenciada en Ia cansulta
Que mediante camunicación radicada baja el Numera Unica de Radicación y Carrespandencia NURC 2-2018-053963 del 10 de julia de 2018, tenienda en cuenta Ia evidenciada en Ia cansulta de Ia Base de Datas Ljnica de Afiliadas BDUA (maya de 2018), Ia DirecciOn de InspecciOn y Vigilancià para Entidades Administradaras de Planes de Beneficias, salicitó a Ia Caja de Campensación Familiar COMPENSAR informar, ".. si efectivamente los afiliados reportados en los 2 municipios antes indicados, correspon den a usuarios en usa del derecho de portabilidad 0 Si por el contrario corresponden a usuarios donde Ia EPS tiene y con tinuara con una operación permanente en el Regimen Contributivo". Que la Caja de Campensación Familiar COMPENSAR mediante carrea electrónica del 11 de julia de 2018 radicada baja el Numera Unica de Radicaciôn y Carrespandencia NURC 1-2018108411 del 12 de julia de 2018, dia respuesta ala camunicaciOn 2-2018-053963 del 10 dejulia de 2018, infarmanda Ia siguiente: "1. Una vez realizada Ia verificaciOn de los municipios solicitados, se identificaron afiliados para los siguientes municipios: No MUNICIPIO No USUARIOS I 05001 - MEDELLIN I_____ 2 05002 - ABEJORRAL I 3 05615RIONEGRO 1 4 13001 - CARTAGENA 1 5 15572-PUERTO BOYACA 2 6 18592PUERTO RICO 1 7 25328GUAYABAL DE SIQUIMA I_____ 8 25718-SASAIMA 1 9 50001 - VILLA VICENCIO 5
5 15572-PUERTO BOYACA 2 6 18592PUERTO RICO 1 7 25328GUAYABAL DE SIQUIMA I_____ 8 25718-SASAIMA 1 9 50001 - VILLA VICENCIO 5 10 54001 - CUCUTA 2 11 54003-ABREGO I_____ 12 66001 - PEREIRA I______ 13 68077 - BARBOSA I_____ 14 73349 - HONDA 1 Si bien Ia mayoria de los afiliados relacionados corresponden a usuarios que ejercieron su derecho de portabilidad, a Ia fecha se encuentran en estado retirado en Ia BDUA. En todo caso, para algunas ciudades y municipios de los citados anteriormente, COMPENSAR EPS manifiesta su intención de continuar con Ia operaciOn permanente del regimen contributivo, adicional a Ia autorización ya otorgada para Bogota D.C., Boyacá y Cundinarnarca, a saber: CIUDAD7MUNICIPIO 05001 - MEDELLIN
05615RIONEGRO
05615BELLO 13001 - CARTAGENA 17001 - MANIZALES 0800 - BARRANQUILLA 68001 - BUCARAMANGA 50001 - VILLA \/ICENCIO 66001 - PEREIRA 73001 - IBAGUE 41001 - NE! VA 52001-PASTO 47001 - SANTA MARTA 05059 - ARMENIA
54001 - CUCUTARESOLUCION NLJMERO OO& 7Ph% 2018 HOJA No. 3
ContinuaciOn de Ia resoluciôn, "Porla cualse actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operacion del Regimen Contnbutivo,del SAsteafeneràTle Segundad Social en Salud al Pro grama
ContinuaciOn de Ia resoluciôn, "Porla cualse actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operacion del Regimen Contnbutivo,del SAsteafeneràTle Segundad Social en Salud al Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensackn F.rniiar cOMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" 73449 - MELGAR 23001 - MONTERIA
2. Asi mismo se informa que COMPENSAR EPS considera no pertinente continuar con operacion permanente del regimen contributivo en las siguientes ciudades o municipios:
(...)" Que de acuerdo con Ia indicado por Ia Caja de Compensacion Familiar COMPENSAR en el numeral 1 de Ia respuesta radicada mediante el NURC 1-2018-1 08411 del 12 dejulio de 2018, y teniendo Ia consulta realizada en Ia Base de Datos Unica de Afiliados del mes de mayo de 2018 y que el inciso tercero del artIculo 2.5.2.3.2.7. del Decreto 780 de 2016 introducido por el articulo 1 del Decreto 682 de 2018 establece que "Pam efectos del ámbito territorial de Ia autorizaciOn, se tendrá en cuenta los departamentos y municipios donde Ia' EPS disponga de afiliados y se encuentre operando de acuerdo con Ia Base de Datos Unica de Afiliados -BDUA en el corte del mes inmediatamente anteriora Ia fecha de actualizaciOn delcertificado.", se evidencia que de los municipios en los que Ia entidad manifiesta Ia intención de continuar operando, solo presenta afiliados en los municipios (
DEPARTAMENTO COD
DEPTO/MUN Municipio
VALLE 76036 ANDALUCIA
entidad manifiesta Ia intención de continuar operando, solo presenta afiliados en los municipios (
DEPARTAMENTO COD
DEPTO/MUN Municipio
VALLE 76036 ANDALUCIA
VALLE 76041 ANSERMANUEVO
VALLE 76109 BUENA VENTURA
VALLE 76113. BUGALAGRANDE
VALLE 76126 CALIMA
VALLE 76130 ANDELARIA
VALLE 76147 CARTAGO
VALLE 76233 DAGUA
VALLE 76248 EL CERRITO
VALLE 76275 FLORIDA
VALLE 76306 GINEBRA
VALLE 76318 GUA CAR!
VALLE 76111 GUADALAJARA DE BUGA
VALLE 76377 LA CUMBRE
VALLE 76400 LA UNION
VALLE 76403 LA VICTORIA
VALLE 76497 OBANDO
VALLE 76520 PALMIRA
VALLE 76563 PRADERA
VALLE 76606 RESTREPO
VALLE 76616 RIOFRIO
VALLE 76622 ROLDANILLO
VALLE 70717 SAN PEDRO
VALLE 76736 SEVILLA
VALLE 76823 TORO
VALLE 76828 TRUJILLO
VALLE 76834 TULUA
VALLE 76863 VERSALLES
VALLE 76869 VIJES
VALLE 76890 YOTOCO
VALLE 76895 ZARZAL CAUCA 19075 BALBOA CAUCA 19130 ,.CAJIBIO
CAUCA 19137 CALDONO
CAUCA 19142 CALOTO
CAUCA 19256 ELTAMBO
CAUCA 19532 PATIA
CAUCA 19548 PIENDAMO
CAUCA 19001 POPAYAN
CAUCA 19573 PUERTO TEJADA
CAUCA 19622 ROSA S
CAUCA 19256 ELTAMBO
CAUCA 19532 PATIA
CAUCA 19548 PIENDAMO
CAUCA 19001 POPAYAN
CAUCA 19573 PUERTO TEJADA
CAUCA 19622 ROSA S
CAUCA 19698 SANTANDER DE QUILICHAO
CAUCA 19743 SIL VIA
CAUCA 19807 TIMBIO
CAUCA 19845 VILLA RICA
kRESOLUCION NUMERO OO8ff7.5E' 2018 HOJA No. 4
ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "For/a cual se actualiza ci Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Pro,notora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" de Medellin, Rionegro, Cartagena, Villavicencio, Pereira y Cücuta. Que para los demás municipios indicados en el numeral uno de la respuesta radicada mediante el NURC 1 -201 8-108411 del 12 de julio de 2018 y en los que no se reflejan afiliados en Ia consulta realizada en la Base de Datos Unica de Afiliados del mes de mayo de 2018, Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR debe dar cumplimiento a Ia dispuesto en el articulo 2.1.13.8. del decreto 780 de 2016. Que para los municipios indicados en el numeral dos de Ia respuesta radicada mediante NURC 1-2018-108411 del 12 de julio de 2018, debe elevarse solicitud en tal sentido por Ia Caja de
Que para los municipios indicados en el numeral dos de Ia respuesta radicada mediante NURC 1-2018-108411 del 12 de julio de 2018, debe elevarse solicitud en tal sentido por Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR, acorde con lo dispuesto en el Titulo 11 de Ia Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016. Que el numeral 15 del articulo 7 del Decreto 2462 de 2013, confiriO al SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, Ia funciOn de garantizar Ia idoneidad de los actores del Sistema de Seguridad Social en Salud a través, entre otras, de Ia autorizaciOn a revocatoria para el funcionamiento y habilitaciOn de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud EAPB, o las que hagan sus veces, de conformidad con Ia establecido en Ia normativa vigente, cualquiera que sea su naturaleza oré.gimen, empresas de medicina prepagada a ambulancia prepagada. Que el numeral 2 del articulo 21 Decreto 2462 de 2013, otorgO a Ia SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA SUPERVISION 1NSTITUCIONAL, Ia facultad de recomendar al Superintendente Nacional de Salud Ia autorización, revocatoria o suspension del certificado de funcionamiento o habilitaciOn de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB a las que hagan sus veces, cualquiera que sea su naturaleza o regimen, de conformidad con Ia establecido en Ia normativa vigente. Que el numeral 2 del articulo 22 del Decreto 2462 de 2013 asignó a Ia DIRECCION DE
INSPECCION Y VIGILANCIA PARA ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE
con Ia establecido en Ia normativa vigente. Que el numeral 2 del articulo 22 del Decreto 2462 de 2013 asignó a Ia DIRECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA PARA ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS, de la Superintendencia Nacional de Salud, Ia competencia para verificar los requisitos y recomendar al Superintendente Delegado para Ia SupervisiOn Institucional,, Ia autorizaciOn, revocatoria a suspensiOn del certificado de funcionamiento a habilitaciOn de las EAPB cualquiera que sea su naturaleza o Regimen, de acuerdo con Io establecido en Ia normatividad vigente. Que el articulo 2.5.1.3.1.1 del Decreto 780 de 2016 definiO el Sistema Unico de habilitaciOn como "... ci conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y con trola ci cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnoiOgica y cientIfica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para Ia entrada y permanencia en el Sistema, los cuales btiscan dar soguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a Ia prestaciOn de seivicios y son de obligatorio cumplimiento par parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios." Que mediante Decreto 682 de 2018, el Gobierno Nacional sustituyO el CapItulo 3 del Titulo 2 de Ia Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relaciOn con las condiciones para Ia autorizaciOn de funcionamiento, habilitaciOn y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud.
de Ia Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relaciOn con las condiciones para Ia autorizaciOn de funcionamiento, habilitaciOn y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud. Que el articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016 introducido parel articulo 1 del Decreto 682 de 2018,fij6 Ia competencia y condiciones para Ia actualizaciOn del funcionamiento de las EPS indicanda que: "Jl]a Superintendencia Nacional de Salud actualizará el acto administrativo que autoriza ci funcionamiento de las EPS que se encuentren autorizadas o habilitadas para funcionar"; adicionalmente, en el inciso segundo de esta norma se fijaran los requisitos adicionales que habria de contener el acta administrativo de actualizaciOn , a saber: "I) ci cOdigo para efoctos de identificación, ii) ci ámbito territorial donde se autoriza a Ia entidad para Ia oporaciOn del aseguramiento en salud y iii) los regInienes de afiiaciOn en los que se encuontra autorizada para operar".RESOLUCION NLJMERO 008675 .DE 2018 HOJA No. 5 ContinuaciOn de la resoluciOn, "Porla cual so actualiza el Certificado de Funcionarniento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema'Genorahde Seguridad Social en Salud a! Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y so dictan otras disposiciones" Que el inciso 4 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, determinô que: "La vigencia de
otras disposiciones" Que el inciso 4 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, determinô que: "La vigencia de Ia autorizaciOn de funcionamiento para estas EPS será renovada porperiodos de cinco (5) años contados a partir de Ia fecha de oxpediciOn de Ia autorizaciOn de funcionamiento porparte de Ia Superintendencia Nacional de Salud, previo seguimiento de las condiciones de habilitaciOn y permanencia". Que de igual manera el inciso 5 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, con el propósito de asegurar laimplementación de las medidas sobre funcionamiento, habilitación y permanencia estableciO que: "Las EPS con autorizaciOn actualizada tendrán un plazo de un (1) año con tado a partir de Ia oxpediciOn, por parto del Ministerio de Salud y ProtocciOn Social, de Ia reglamentaciOn sobre habilitación y permanencia, para adaptar y ajustar su capacidad a las condicionos pro vistas. ( ... )". Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTICULO 1. ACTUALIZAR Ia AUTORIZACION CE FUNCIONAMIENTO otorgada mediante ResoluciOn 0166 de 1995, al Programa de Entidad Promotôra de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, para la operacián como Entidad Promotora de Salud del Regimen Contributivo, por un término de cinco (5) años. ARTCULO 2. MANTENER los cOdigos EPS008 y EPSS08 asignados al Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con
ARTCULO 2. MANTENER los cOdigos EPS008 y EPSS08 asignados al Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, para el Regimen Contributivo y movilidad en el Regimen Subsidiado, respectivamente, con el fin de identificarla para fines del reporte de informaciôn a Ia Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud y Protección Social, a Ia ADRES, y demás entidades que hagan parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud. ARTICULO 3. ASIGNAR a Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, Ia capacidad de afiliaciOn para el Regimen Contributivo, como so detala a continuaciOn: Departam ento Municupuo Codigo Municipio Capacida d Autorizada ANTIOQUIA MEDELLIN 05001 100.000
ANTIOQUTA RIONEGRO 05615 30.000
BOGOTA DC BOGOTA DC 11001 1.654.100
BOYACA TUNJA 15001 1.000
BOYACA DUITAMA 15238 1.000
BOYACA NOBSA 15491 1.500
BOYACA PAIPA 15516 100
BOYACA SOGAMOSO 15759 1.000
BOLIVAR CARTAGENA 13001 60.000
CAUCA POPAYAN 19001 15.000
CAUCA BALBOA 19075 200
CAUCA CAJIBIO 19130 200
CAUCA CALDONO 19137 200
CAUCA CALOTO 19142 1.000
CAUCA ELTAMBO 19256 200
CAUCA PATIA 19532 500
CAUCA CAJIBIO 19130 200
CAUCA CALDONO 19137 200
CAUCA CALOTO 19142 1.000
CAUCA ELTAMBO 19256 200
CAUCA PATIA 19532 500
CAUCA PIENDAMO 19548 500
CAUCA PUERTO TEJADA 19573 1.000 -CAUCA ROSAS 19622 200
CAUCA SANTANDER DE QUILICHAO 19698 7.000
CAUCA SILVIA 19743 200
00RESOLUCION NCJMERO 0087'5 , 1E 2018 HOJA No. 6
Continuación de la resoIucOn. 'Porla cual so actualiza el Certif/cado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia opera c/On del Regimen Contrib ut/va del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" Departamento Código Munucipio Capacidad Autorizada CAUCA TIMBIO 19807 500
CAUCA VILLA RICA 19845 200
CUNDINAMARCA AGUADEDOS 25001 400
CUNDINAMARCA ANOLJMA 25040 100
CUNDINAMARCA BOJACA 25099 300
CUNDINAMARCA CAJICA 25126 4.000
CUNDINAMARCA CAQUEZA 25151 200
CUNDINAMARCA CHIA 25175 30.000
CUNDINAMARCA CHOACHI 25181 300
CUNDINAMARCA CH000NTA 25183 100
CUNDINAMARCA COGUA 25200 100
CUNDINAMARCA CHIA 25175 30.000
CUNDINAMARCA CHOACHI 25181 300
CUNDINAMARCA CH000NTA 25183 100
CUNDINAMARCA COGUA 25200 100
CUNDINAMARCA COTA 25214 3.000
CUNDINAMARCA EL COLEGIO 25245
25269
1.000 10.000 CUNDINAMARCA FACATATIVA CUNDINAMARCA FOMEQUE 25279 200
CUNDINAMARCA FUNZA . 25286 9.000
CUNDINAMARCA FUQUENE 25288 3.000
CUNDINAMARCA GACHANCIPA -- -... 25295 200
CUNDINAMARCA . çIRARp9T 25307 5.000
CUNDINAMARCA GUACHETA 25317 100
CUNDINAMARCA GUADUAS 25320 100
CUNDINAMARCA GUASCA 25322 100
CUNDINAMARCA . LA CALERA 25377 2.000
CUNDINAMARCA LA MESA 25386 1.000
CUNDINAMARCA LA VEGA 25402 100
CUNDINAMARCA MADRID 25430 3.000
CUNDINAMARCA MOSQUERA 25473 9.000
CUNDINAMARCA NEMOCON 25486 500
CUNDINAMARCA NILO 25488 100
CUNDINAMARCA RICAURTE 25612 100
CUNDINAMARCA SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA 25645 100
CUNDINAMARCA SESQUILE 25736 200
CUNDINAMARCA SIBATE 25740 1.500
CUNDINAMARCA SILVANIA 25743 100
CUNDINAMARCA SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA 25645 100
CUNDINAMARCA SESQUILE 25736 200
CUNDINAMARCA SIBATE 25740 1.500
CUNDINAMARCA SILVANIA 25743 100
CUNDINAMARCA SOACHA 25754 80.000
CUNDINAMARCA SOPO 25758 1.000
CUNDINAMARCA SUBACHOQUE 25769 1.300
CUNDINAMARCA TABIO 25785 2.000
CUNDINAMARCA TENJO 25799 1.000
CUNDINAMARCA TOCAIMA 25815 100
CUNDINAMARCA TOCANCIPA 25817 4.000
CUNDINAMARCA VR±ADE SAN DIEGO DE IUBATE 25843 400
CUNDINAMARCA VERGARA 25862 50
CUNDINAMARCA VILLETA 25875 2.450
CUNDINAMARCA ZIPAQU IRA 25899 4.000
META VILLAVICENCIO 50001 50.000
PEREIRA PEREIRA 66001 40.000
NORTEDE
SANTANDER CUCUT A 54001 60000
VALLE CALl 76001 300.000
VALLE ANDALUCA - 76036 300
VALLE ANSERMANUEVO 76041 200
VALLE BUENAVENTURA 76109 30.000
VALLE GUADALAJARA DE BUGA -- 76111 12.000
VALLE BUGALAGRANDE 76113 1.000
VALLE CALIMA 76126 200
VALLE CANDELARIA ______ 76130 3.000RESOLUCION NLJMERO 008675 DE 2018 HOJANo. 7
VALLE BUGALAGRANDE 76113 1.000
VALLE CALIMA 76126 200
VALLE CANDELARIA ______ 76130 3.000RESOLUCION NLJMERO 008675 DE 2018 HOJANo. 7
Continuación de la resoluciOn, 'Por/a cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operación del Regimen Con tributivo del Sistema GenraiJe Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensaciári Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" Departamento Municipio . Codigo . . - Mupio Capacidad Autorizada VALLE CARTAGO 76147 4.000
VALLE DAGUA 76233 2.500
VALLE ELCERRITO 76248 1.500
VALLE FLORIDA 76275 1.000
VALLE GINEBRA 76306 1.000
VALLE GUACARI 76318 2.500
VALLE JAMUNDI 76364 15.000
VALLE LACUMBRE 76377 500
VALLE LA UNION 76400 1.000
VALLE .AVICTORIA 76403 200
VALLE OBANDO 76497 200
VALLE PALMIRA 76520 25.000
VALLE PRADERA 76563 1.500
VALLE RESTREPO 76606 500
VALLE RIOFRIO 76616 500
VALLE ROLDANILLO 76622 500
VALLE SAN PEDRO 70717 200
VALLE . SEVILLA ... 76736 1.000
VALLE TORO 76823 200
VALLE TRUJILLO \76828 500
VALLE TULUA '76834 12.000
VALLE SAN PEDRO 70717 200
VALLE . SEVILLA ... 76736 1.000
VALLE TORO 76823 200
VALLE TRUJILLO \76828 500
VALLE TULUA '76834 12.000
VALLE VERSALLES 76863 200
VALLE VIJES 76869 200
VALLE •- YOTOCO 76890 400
VALLE YUMBO 76892 15.000
VALLE ZARZAL 76895 500
TOTAL 2.641.100
ARTiCULO 4. INFORMAR al Programa de Entidad Promotora de Salud de la Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942 -7, que cuenta con un plaza de un (1) año para adaptar y ajustarse a las condiciones de habilitaciOn y permanencia establecidas par el Decreto 682 de 2018 y Ia Resolución 2515 del 15 de junio de 2018 expedida par el Ministeria de Salud y Pratección Social. PARAGRAFO. El término de un (1) año al que hace referencia el presente articulo se empezará a cantar a partir de Ia expediciOn de Ia mencionada ResoluciOn. ARTICULO 5. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto administrativo, a Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942 -7, a través de SU representante legal, a de quien haga sus veces, a a quien se designe para tal fin, en Ia cuenta de correo electrónico icruzscampensar.com , tenienda en cuenta que Ia vigilada destinataria del presente acto administrativo autorizO a través del sistema RVCC Ia notificaciOn electrOnica de los actos emitidos par Ia Superintendencia Nacianal de Salud, segün listado
destinataria del presente acto administrativo autorizO a través del sistema RVCC Ia notificaciOn electrOnica de los actos emitidos par Ia Superintendencia Nacianal de Salud, segün listado suministrada par Ia Oficina de Tecnolagias de Ia lnformaciOn y a Ia direcciOn Avenida 68 No. 49A
- 47, en Ia ciudad Bagatá D.C., a a Ia direcciOn que para tal fin indique el grupo de notificaciones de Ia Superintendencia, de conformidad con Ia establecido en los artIculas 67 y 68 del COdiga de
Procedimiento Administrativo y de Ia Contenciaso Administrativo. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse. Ia notificaciôn personal, ésta deberá surtirse mediante avisa, en los términas y para los efectos de los artIculas 68 y 69 del COdigo de Procedimiento Administrativo y de Ia Contenciosa Administrativo. ARTICULO 6. COMUNIUCAR el presente acto administrativo a las entidades territoriales con interés directa en Ia decision que se indicaron en el articulo 3 de esta ResaluciOn, a Ia Cuenta de Alto Costa del FOSYGA, al Ministerio de Salud y Protección Social, a Ia Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social ADRES y en Ia Superintendencia Nacional de Salud a tadas Ia Superintendencias Delegadas, a Ia Oficina de Tecnalogias de Ia lnformaciOnRESOLUCION NCJMERO OO8675 DE 2018 HOJA No. 8 ContinuaciOn de la resolución, "Porla cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promofora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud aI Pro grama
ContinuaciOn de la resolución, "Porla cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promofora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud aI Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras di.sposiciones" y a la Secretaria General. ARTICULO 7. ADVERTIR que contra a presente Resoluciôn procede el recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el articulo 76 del Côdigo de Procedimiento Administrativo y de Ia Contencioso Administrativo que deberá interponerse por escrito en la diligencia de notiflcaclón personal, o dentro de los diez (10) dias siguientes a ella, o a Ia notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicaciôn, segün el caso. ARTICULO 8. La presente ResoluciOn rige a partir de la fecha de su ejecutoria. ARTICULO 9. PUBLICAR el contenido ..de la presente .Resoluciôn en Ia pâgina Web de Ia Superintendencia Nacional de Salud. Dada en Bogota D.C., 1 8 JUL 2018
PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CIJMPLASE
~ UZ SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyecto: Flarol Andrés Martinez Orozco - Coordinador Grupo 'de HabilitaciOn y Modificaciones de EAPB RevisO: Olga Lucia Jirnenez Orostegui - Asesora Encargada de las Funciones de Ia Direcci IV para EAPI3 José Manuel Suãrez Delgado, Jefe Oficina Asesora Juridic (E)f Claudia Maritza Gômez Prada, Asesora del Despacho
José Manuel Suãrez Delgado, Jefe Oficina Asesora Juridic (E)f Claudia Maritza Gômez Prada, Asesora del Despacho AprobO: José Oswaldo Bonilla - Superintendente Delegado para Ia SupervisiOn Institucional I