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SUPERSALUD - Resolución 8675 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 8675 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPI.IJBLICA DE COLOMBIA ' , 1

Uberiod y Ojden SUPERINTENDENCA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 008675 DE 2018 18 JUL 2010 "Por Ia cual se actualiza Ia AutorizaciOn de Funcionarniento otorgada mediante Ia ResoluciOn 0166 de 1995 al programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT 860066942-7, para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y se dictan otras disposicibnes" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En usa de sus facultades legales y reglamentarias en especial lasconferidas en el numeral 17 del articulo 6 y 15 del articulo 7 del Decreto 2462 de 2013,61 articulo 2 5 2 3 2 7 del Decreto 780 de 2016, . el Decreto 265 de 2018 y demásnormas concordantes y cornplernentarias y, CONSIDERANDO Que de conformidad con los articulos 48 y 49 de a Constitución Politica, la Seguridad Social en su componente de atenciOn de la salud, es un servicio püblico de carácter obligatoria, que se prestará bajo Ia direcciOn, coordinaciOn y control dei Estado, con sujeciOn a los princpics de eficiencia, universalldad y solidaridad. Que el CapItulo VII de Ia Ley 1122 de 2007 establece las disposiciones quo se ocupan del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entendiendo par este al conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre Si. el cui

Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entendiendo par este al conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre Si. el cui está en cabeza de Ia Superintendencia Nacional de Salud; en este mismo CapItulo se hen establecido las definiciones de los elementos que integran el Sistema (art. 35'). ios ejes del mismo (art. 37) y los objetivos misionales de ia Superintendencia (art. 39). Que mediante Resolucián 0166 de 1995 Ia Superintendencia Nacional de Salud autorizO el funcionamiento coma Entidad Promotora de Salud del Regimen Contributivo al Programa "COMPENSAR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD"; de Ia Caja de CompensaciOn Familiar

COMPENSAR.

Que mediante Resoluciôn 0997 de 2014 Ia Superintendencia Nacional de Salud asighó a COMPENSAR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD los cOdigos EPS008 y EPSS08, para el Regimen Contributivo y movilidad en el Regimen Subsidiado, respectivamente, con elfin de identificarla para fines del reporte de inforrnaciOn a la Superintendencia Nacional de Salud, a Ministeria de Salud y ProtecciOn Social, a! FOSYGA, y demás entidades que hagan parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Que mediante ResoluciOn 4160 de 2014. la Suner,ntendonca Decz.a para a Supervision lnstitucional, autorizO si programa de Entidad Promoora de ud d&; (".ala do CompensaciOn Familiar COMPENSAR una modificaciOn a a caoocidad de of!iacon, y mednte su articulo primero fijO su capacidad en 2.301.100 cupos distribuidos en los 97 municipios de 4

Familiar COMPENSAR una modificaciOn a a caoocidad de of!iacon, y mednte su articulo primero fijO su capacidad en 2.301.100 cupos distribuidos en los 97 municipios de 4 departamentos y el Distrito Cacital. Que teniendo en cuenta lo indicado en el inciso 3 del2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016RESOLUCIONNLJMERO DE 2018 HOJANo.2 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, PorIa ct,al se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Prornotora de Salud de Ia Caja de Compensacion Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" (sustituido par el Decreta 682 de 2018) Ia DirecciOn de Inspecciôn y Vigilancia para Entidades Administradaras de Planes de Beneficias, pracediO a verificar en el ültima carte de la Base de Datas Unica de Afiliadas BDUA (maya de 2018), los municipios dande el pragrama de Entidad Promatora de Salud de Ia Caja de Campensaciôn Familiar COMPENSAR contaba con afiliados en el Regimen Contributivo, encantranda que en su códiga EPS008, reporta afiliados en 15 municipios diferentes a los autarizadas mediante Resalución 4180 de 2014. Que mediante camunicación radicada baja el Numera Unica de Radicación y Carrespandencia NURC 2-2018-053963 del 10 de julia de 2018, tenienda en cuenta Ia evidenciada en Ia cansulta

Que mediante camunicación radicada baja el Numera Unica de Radicación y Carrespandencia NURC 2-2018-053963 del 10 de julia de 2018, tenienda en cuenta Ia evidenciada en Ia cansulta de Ia Base de Datas Ljnica de Afiliadas BDUA (maya de 2018), Ia DirecciOn de InspecciOn y Vigilancià para Entidades Administradaras de Planes de Beneficias, salicitó a Ia Caja de Campensación Familiar COMPENSAR informar, ".. si efectivamente los afiliados reportados en los 2 municipios antes indicados, correspon den a usuarios en usa del derecho de portabilidad 0 Si por el contrario corresponden a usuarios donde Ia EPS tiene y con tinuara con una operación permanente en el Regimen Contributivo". Que la Caja de Campensación Familiar COMPENSAR mediante carrea electrónica del 11 de julia de 2018 radicada baja el Numera Unica de Radicaciôn y Carrespandencia NURC 1-2018108411 del 12 de julia de 2018, dia respuesta ala camunicaciOn 2-2018-053963 del 10 dejulia de 2018, infarmanda Ia siguiente: "1. Una vez realizada Ia verificaciOn de los municipios solicitados, se identificaron afiliados para los siguientes municipios: No MUNICIPIO No USUARIOS I 05001 - MEDELLIN I_____ 2 05002 - ABEJORRAL I 3 05615RIONEGRO 1 4 13001 - CARTAGENA 1 5 15572-PUERTO BOYACA 2 6 18592PUERTO RICO 1 7 25328GUAYABAL DE SIQUIMA I_____ 8 25718-SASAIMA 1 9 50001 - VILLA VICENCIO 5

5 15572-PUERTO BOYACA 2 6 18592PUERTO RICO 1 7 25328GUAYABAL DE SIQUIMA I_____ 8 25718-SASAIMA 1 9 50001 - VILLA VICENCIO 5 10 54001 - CUCUTA 2 11 54003-ABREGO I_____ 12 66001 - PEREIRA I______ 13 68077 - BARBOSA I_____ 14 73349 - HONDA 1 Si bien Ia mayoria de los afiliados relacionados corresponden a usuarios que ejercieron su derecho de portabilidad, a Ia fecha se encuentran en estado retirado en Ia BDUA. En todo caso, para algunas ciudades y municipios de los citados anteriormente, COMPENSAR EPS manifiesta su intención de continuar con Ia operaciOn permanente del regimen contributivo, adicional a Ia autorización ya otorgada para Bogota D.C., Boyacá y Cundinarnarca, a saber: CIUDAD7MUNICIPIO 05001 - MEDELLIN

05615RIONEGRO

05615BELLO 13001 - CARTAGENA 17001 - MANIZALES 0800 - BARRANQUILLA 68001 - BUCARAMANGA 50001 - VILLA \/ICENCIO 66001 - PEREIRA 73001 - IBAGUE 41001 - NE! VA 52001-PASTO 47001 - SANTA MARTA 05059 - ARMENIA

54001 - CUCUTARESOLUCION NLJMERO OO& 7Ph% 2018 HOJA No. 3

ContinuaciOn de Ia resoluciôn, "Porla cualse actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operacion del Regimen Contnbutivo,del SAsteafeneràTle Segundad Social en Salud al Pro grama

ContinuaciOn de Ia resoluciôn, "Porla cualse actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operacion del Regimen Contnbutivo,del SAsteafeneràTle Segundad Social en Salud al Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensackn F.rniiar cOMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" 73449 - MELGAR 23001 - MONTERIA

2. Asi mismo se informa que COMPENSAR EPS considera no pertinente continuar con operacion permanente del regimen contributivo en las siguientes ciudades o municipios:

(...)" Que de acuerdo con Ia indicado por Ia Caja de Compensacion Familiar COMPENSAR en el numeral 1 de Ia respuesta radicada mediante el NURC 1-2018-1 08411 del 12 dejulio de 2018, y teniendo Ia consulta realizada en Ia Base de Datos Unica de Afiliados del mes de mayo de 2018 y que el inciso tercero del artIculo 2.5.2.3.2.7. del Decreto 780 de 2016 introducido por el articulo 1 del Decreto 682 de 2018 establece que "Pam efectos del ámbito territorial de Ia autorizaciOn, se tendrá en cuenta los departamentos y municipios donde Ia' EPS disponga de afiliados y se encuentre operando de acuerdo con Ia Base de Datos Unica de Afiliados -BDUA en el corte del mes inmediatamente anteriora Ia fecha de actualizaciOn delcertificado.", se evidencia que de los municipios en los que Ia entidad manifiesta Ia intención de continuar operando, solo presenta afiliados en los municipios (

DEPARTAMENTO COD

DEPTO/MUN Municipio

VALLE 76036 ANDALUCIA

entidad manifiesta Ia intención de continuar operando, solo presenta afiliados en los municipios (

DEPARTAMENTO COD

DEPTO/MUN Municipio

VALLE 76036 ANDALUCIA

VALLE 76041 ANSERMANUEVO

VALLE 76109 BUENA VENTURA

VALLE 76113. BUGALAGRANDE

VALLE 76126 CALIMA

VALLE 76130 ANDELARIA

VALLE 76147 CARTAGO

VALLE 76233 DAGUA

VALLE 76248 EL CERRITO

VALLE 76275 FLORIDA

VALLE 76306 GINEBRA

VALLE 76318 GUA CAR!

VALLE 76111 GUADALAJARA DE BUGA

VALLE 76377 LA CUMBRE

VALLE 76400 LA UNION

VALLE 76403 LA VICTORIA

VALLE 76497 OBANDO

VALLE 76520 PALMIRA

VALLE 76563 PRADERA

VALLE 76606 RESTREPO

VALLE 76616 RIOFRIO

VALLE 76622 ROLDANILLO

VALLE 70717 SAN PEDRO

VALLE 76736 SEVILLA

VALLE 76823 TORO

VALLE 76828 TRUJILLO

VALLE 76834 TULUA

VALLE 76863 VERSALLES

VALLE 76869 VIJES

VALLE 76890 YOTOCO

VALLE 76895 ZARZAL CAUCA 19075 BALBOA CAUCA 19130 ,.CAJIBIO

CAUCA 19137 CALDONO

CAUCA 19142 CALOTO

CAUCA 19256 ELTAMBO

CAUCA 19532 PATIA

CAUCA 19548 PIENDAMO

CAUCA 19001 POPAYAN

CAUCA 19573 PUERTO TEJADA

CAUCA 19622 ROSA S

CAUCA 19256 ELTAMBO

CAUCA 19532 PATIA

CAUCA 19548 PIENDAMO

CAUCA 19001 POPAYAN

CAUCA 19573 PUERTO TEJADA

CAUCA 19622 ROSA S

CAUCA 19698 SANTANDER DE QUILICHAO

CAUCA 19743 SIL VIA

CAUCA 19807 TIMBIO

CAUCA 19845 VILLA RICA

kRESOLUCION NUMERO OO8ff7.5E' 2018 HOJA No. 4

ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "For/a cual se actualiza ci Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Pro,notora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" de Medellin, Rionegro, Cartagena, Villavicencio, Pereira y Cücuta. Que para los demás municipios indicados en el numeral uno de la respuesta radicada mediante el NURC 1 -201 8-108411 del 12 de julio de 2018 y en los que no se reflejan afiliados en Ia consulta realizada en la Base de Datos Unica de Afiliados del mes de mayo de 2018, Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR debe dar cumplimiento a Ia dispuesto en el articulo 2.1.13.8. del decreto 780 de 2016. Que para los municipios indicados en el numeral dos de Ia respuesta radicada mediante NURC 1-2018-108411 del 12 de julio de 2018, debe elevarse solicitud en tal sentido por Ia Caja de

Que para los municipios indicados en el numeral dos de Ia respuesta radicada mediante NURC 1-2018-108411 del 12 de julio de 2018, debe elevarse solicitud en tal sentido por Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR, acorde con lo dispuesto en el Titulo 11 de Ia Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016. Que el numeral 15 del articulo 7 del Decreto 2462 de 2013, confiriO al SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, Ia funciOn de garantizar Ia idoneidad de los actores del Sistema de Seguridad Social en Salud a través, entre otras, de Ia autorizaciOn a revocatoria para el funcionamiento y habilitaciOn de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud EAPB, o las que hagan sus veces, de conformidad con Ia establecido en Ia normativa vigente, cualquiera que sea su naturaleza oré.gimen, empresas de medicina prepagada a ambulancia prepagada. Que el numeral 2 del articulo 21 Decreto 2462 de 2013, otorgO a Ia SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA SUPERVISION 1NSTITUCIONAL, Ia facultad de recomendar al Superintendente Nacional de Salud Ia autorización, revocatoria o suspension del certificado de funcionamiento o habilitaciOn de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB a las que hagan sus veces, cualquiera que sea su naturaleza o regimen, de conformidad con Ia establecido en Ia normativa vigente. Que el numeral 2 del articulo 22 del Decreto 2462 de 2013 asignó a Ia DIRECCION DE

INSPECCION Y VIGILANCIA PARA ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE

con Ia establecido en Ia normativa vigente. Que el numeral 2 del articulo 22 del Decreto 2462 de 2013 asignó a Ia DIRECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA PARA ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS, de la Superintendencia Nacional de Salud, Ia competencia para verificar los requisitos y recomendar al Superintendente Delegado para Ia SupervisiOn Institucional,, Ia autorizaciOn, revocatoria a suspensiOn del certificado de funcionamiento a habilitaciOn de las EAPB cualquiera que sea su naturaleza o Regimen, de acuerdo con Io establecido en Ia normatividad vigente. Que el articulo 2.5.1.3.1.1 del Decreto 780 de 2016 definiO el Sistema Unico de habilitaciOn como "... ci conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y con trola ci cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnoiOgica y cientIfica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para Ia entrada y permanencia en el Sistema, los cuales btiscan dar soguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a Ia prestaciOn de seivicios y son de obligatorio cumplimiento par parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios." Que mediante Decreto 682 de 2018, el Gobierno Nacional sustituyO el CapItulo 3 del Titulo 2 de Ia Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relaciOn con las condiciones para Ia autorizaciOn de funcionamiento, habilitaciOn y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud.

de Ia Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relaciOn con las condiciones para Ia autorizaciOn de funcionamiento, habilitaciOn y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud. Que el articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016 introducido parel articulo 1 del Decreto 682 de 2018,fij6 Ia competencia y condiciones para Ia actualizaciOn del funcionamiento de las EPS indicanda que: "Jl]a Superintendencia Nacional de Salud actualizará el acto administrativo que autoriza ci funcionamiento de las EPS que se encuentren autorizadas o habilitadas para funcionar"; adicionalmente, en el inciso segundo de esta norma se fijaran los requisitos adicionales que habria de contener el acta administrativo de actualizaciOn , a saber: "I) ci cOdigo para efoctos de identificación, ii) ci ámbito territorial donde se autoriza a Ia entidad para Ia oporaciOn del aseguramiento en salud y iii) los regInienes de afiiaciOn en los que se encuontra autorizada para operar".RESOLUCION NLJMERO 008675 .DE 2018 HOJA No. 5 ContinuaciOn de la resoluciOn, "Porla cual so actualiza el Certificado de Funcionarniento como Entidad Promotora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema'Genorahde Seguridad Social en Salud a! Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y so dictan otras disposiciones" Que el inciso 4 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, determinô que: "La vigencia de

otras disposiciones" Que el inciso 4 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, determinô que: "La vigencia de Ia autorizaciOn de funcionamiento para estas EPS será renovada porperiodos de cinco (5) años contados a partir de Ia fecha de oxpediciOn de Ia autorizaciOn de funcionamiento porparte de Ia Superintendencia Nacional de Salud, previo seguimiento de las condiciones de habilitaciOn y permanencia". Que de igual manera el inciso 5 del articulo 2.5.2.3.2.7 del Decreto 780 de 2016, con el propósito de asegurar laimplementación de las medidas sobre funcionamiento, habilitación y permanencia estableciO que: "Las EPS con autorizaciOn actualizada tendrán un plazo de un (1) año con tado a partir de Ia oxpediciOn, por parto del Ministerio de Salud y ProtocciOn Social, de Ia reglamentaciOn sobre habilitación y permanencia, para adaptar y ajustar su capacidad a las condicionos pro vistas. ( ... )". Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTICULO 1. ACTUALIZAR Ia AUTORIZACION CE FUNCIONAMIENTO otorgada mediante ResoluciOn 0166 de 1995, al Programa de Entidad Promotôra de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, para la operacián como Entidad Promotora de Salud del Regimen Contributivo, por un término de cinco (5) años. ARTCULO 2. MANTENER los cOdigos EPS008 y EPSS08 asignados al Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con

ARTCULO 2. MANTENER los cOdigos EPS008 y EPSS08 asignados al Programa de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, para el Regimen Contributivo y movilidad en el Regimen Subsidiado, respectivamente, con el fin de identificarla para fines del reporte de informaciôn a Ia Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud y Protección Social, a Ia ADRES, y demás entidades que hagan parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud. ARTICULO 3. ASIGNAR a Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942-7, Ia capacidad de afiliaciOn para el Regimen Contributivo, como so detala a continuaciOn: Departam ento Municupuo Codigo Municipio Capacida d Autorizada ANTIOQUIA MEDELLIN 05001 100.000

ANTIOQUTA RIONEGRO 05615 30.000

BOGOTA DC BOGOTA DC 11001 1.654.100

BOYACA TUNJA 15001 1.000

BOYACA DUITAMA 15238 1.000

BOYACA NOBSA 15491 1.500

BOYACA PAIPA 15516 100

BOYACA SOGAMOSO 15759 1.000

BOLIVAR CARTAGENA 13001 60.000

CAUCA POPAYAN 19001 15.000

CAUCA BALBOA 19075 200

CAUCA CAJIBIO 19130 200

CAUCA CALDONO 19137 200

CAUCA CALOTO 19142 1.000

CAUCA ELTAMBO 19256 200

CAUCA PATIA 19532 500

CAUCA CAJIBIO 19130 200

CAUCA CALDONO 19137 200

CAUCA CALOTO 19142 1.000

CAUCA ELTAMBO 19256 200

CAUCA PATIA 19532 500

CAUCA PIENDAMO 19548 500

CAUCA PUERTO TEJADA 19573 1.000 -CAUCA ROSAS 19622 200

CAUCA SANTANDER DE QUILICHAO 19698 7.000

CAUCA SILVIA 19743 200

00RESOLUCION NCJMERO 0087'5 , 1E 2018 HOJA No. 6

Continuación de la resoIucOn. 'Porla cual so actualiza el Certif/cado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia opera c/On del Regimen Contrib ut/va del Sistema General de Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" Departamento Código Munucipio Capacidad Autorizada CAUCA TIMBIO 19807 500

CAUCA VILLA RICA 19845 200

CUNDINAMARCA AGUADEDOS 25001 400

CUNDINAMARCA ANOLJMA 25040 100

CUNDINAMARCA BOJACA 25099 300

CUNDINAMARCA CAJICA 25126 4.000

CUNDINAMARCA CAQUEZA 25151 200

CUNDINAMARCA CHIA 25175 30.000

CUNDINAMARCA CHOACHI 25181 300

CUNDINAMARCA CH000NTA 25183 100

CUNDINAMARCA COGUA 25200 100

CUNDINAMARCA CHIA 25175 30.000

CUNDINAMARCA CHOACHI 25181 300

CUNDINAMARCA CH000NTA 25183 100

CUNDINAMARCA COGUA 25200 100

CUNDINAMARCA COTA 25214 3.000

CUNDINAMARCA EL COLEGIO 25245

25269

1.000 10.000 CUNDINAMARCA FACATATIVA CUNDINAMARCA FOMEQUE 25279 200

CUNDINAMARCA FUNZA . 25286 9.000

CUNDINAMARCA FUQUENE 25288 3.000

CUNDINAMARCA GACHANCIPA -- -... 25295 200

CUNDINAMARCA . çIRARp9T 25307 5.000

CUNDINAMARCA GUACHETA 25317 100

CUNDINAMARCA GUADUAS 25320 100

CUNDINAMARCA GUASCA 25322 100

CUNDINAMARCA . LA CALERA 25377 2.000

CUNDINAMARCA LA MESA 25386 1.000

CUNDINAMARCA LA VEGA 25402 100

CUNDINAMARCA MADRID 25430 3.000

CUNDINAMARCA MOSQUERA 25473 9.000

CUNDINAMARCA NEMOCON 25486 500

CUNDINAMARCA NILO 25488 100

CUNDINAMARCA RICAURTE 25612 100

CUNDINAMARCA SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA 25645 100

CUNDINAMARCA SESQUILE 25736 200

CUNDINAMARCA SIBATE 25740 1.500

CUNDINAMARCA SILVANIA 25743 100

CUNDINAMARCA SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA 25645 100

CUNDINAMARCA SESQUILE 25736 200

CUNDINAMARCA SIBATE 25740 1.500

CUNDINAMARCA SILVANIA 25743 100

CUNDINAMARCA SOACHA 25754 80.000

CUNDINAMARCA SOPO 25758 1.000

CUNDINAMARCA SUBACHOQUE 25769 1.300

CUNDINAMARCA TABIO 25785 2.000

CUNDINAMARCA TENJO 25799 1.000

CUNDINAMARCA TOCAIMA 25815 100

CUNDINAMARCA TOCANCIPA 25817 4.000

CUNDINAMARCA VR±ADE SAN DIEGO DE IUBATE 25843 400

CUNDINAMARCA VERGARA 25862 50

CUNDINAMARCA VILLETA 25875 2.450

CUNDINAMARCA ZIPAQU IRA 25899 4.000

META VILLAVICENCIO 50001 50.000

PEREIRA PEREIRA 66001 40.000

NORTEDE

SANTANDER CUCUT A 54001 60000

VALLE CALl 76001 300.000

VALLE ANDALUCA - 76036 300

VALLE ANSERMANUEVO 76041 200

VALLE BUENAVENTURA 76109 30.000

VALLE GUADALAJARA DE BUGA -- 76111 12.000

VALLE BUGALAGRANDE 76113 1.000

VALLE CALIMA 76126 200

VALLE CANDELARIA ______ 76130 3.000RESOLUCION NLJMERO 008675 DE 2018 HOJANo. 7

VALLE BUGALAGRANDE 76113 1.000

VALLE CALIMA 76126 200

VALLE CANDELARIA ______ 76130 3.000RESOLUCION NLJMERO 008675 DE 2018 HOJANo. 7

Continuación de la resoluciOn, 'Por/a cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promotora de Salud para Ia operación del Regimen Con tributivo del Sistema GenraiJe Seguridad Social en Salud a! Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensaciári Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras disposiciones" Departamento Municipio . Codigo . . - Mupio Capacidad Autorizada VALLE CARTAGO 76147 4.000

VALLE DAGUA 76233 2.500

VALLE ELCERRITO 76248 1.500

VALLE FLORIDA 76275 1.000

VALLE GINEBRA 76306 1.000

VALLE GUACARI 76318 2.500

VALLE JAMUNDI 76364 15.000

VALLE LACUMBRE 76377 500

VALLE LA UNION 76400 1.000

VALLE .AVICTORIA 76403 200

VALLE OBANDO 76497 200

VALLE PALMIRA 76520 25.000

VALLE PRADERA 76563 1.500

VALLE RESTREPO 76606 500

VALLE RIOFRIO 76616 500

VALLE ROLDANILLO 76622 500

VALLE SAN PEDRO 70717 200

VALLE . SEVILLA ... 76736 1.000

VALLE TORO 76823 200

VALLE TRUJILLO \76828 500

VALLE TULUA '76834 12.000

VALLE SAN PEDRO 70717 200

VALLE . SEVILLA ... 76736 1.000

VALLE TORO 76823 200

VALLE TRUJILLO \76828 500

VALLE TULUA '76834 12.000

VALLE VERSALLES 76863 200

VALLE VIJES 76869 200

VALLE •- YOTOCO 76890 400

VALLE YUMBO 76892 15.000

VALLE ZARZAL 76895 500

TOTAL 2.641.100

ARTiCULO 4. INFORMAR al Programa de Entidad Promotora de Salud de la Caja de Compensación Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942 -7, que cuenta con un plaza de un (1) año para adaptar y ajustarse a las condiciones de habilitaciOn y permanencia establecidas par el Decreto 682 de 2018 y Ia Resolución 2515 del 15 de junio de 2018 expedida par el Ministeria de Salud y Pratección Social. PARAGRAFO. El término de un (1) año al que hace referencia el presente articulo se empezará a cantar a partir de Ia expediciOn de Ia mencionada ResoluciOn. ARTICULO 5. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto administrativo, a Ia Caja de CompensaciOn Familiar COMPENSAR identificada con NIT. 860066942 -7, a través de SU representante legal, a de quien haga sus veces, a a quien se designe para tal fin, en Ia cuenta de correo electrónico icruzscampensar.com , tenienda en cuenta que Ia vigilada destinataria del presente acto administrativo autorizO a través del sistema RVCC Ia notificaciOn electrOnica de los actos emitidos par Ia Superintendencia Nacianal de Salud, segün listado

destinataria del presente acto administrativo autorizO a través del sistema RVCC Ia notificaciOn electrOnica de los actos emitidos par Ia Superintendencia Nacianal de Salud, segün listado suministrada par Ia Oficina de Tecnolagias de Ia lnformaciOn y a Ia direcciOn Avenida 68 No. 49A

  • 47, en Ia ciudad Bagatá D.C., a a Ia direcciOn que para tal fin indique el grupo de notificaciones de Ia Superintendencia, de conformidad con Ia establecido en los artIculas 67 y 68 del COdiga de

Procedimiento Administrativo y de Ia Contenciaso Administrativo. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse. Ia notificaciôn personal, ésta deberá surtirse mediante avisa, en los términas y para los efectos de los artIculas 68 y 69 del COdigo de Procedimiento Administrativo y de Ia Contenciosa Administrativo. ARTICULO 6. COMUNIUCAR el presente acto administrativo a las entidades territoriales con interés directa en Ia decision que se indicaron en el articulo 3 de esta ResaluciOn, a Ia Cuenta de Alto Costa del FOSYGA, al Ministerio de Salud y Protección Social, a Ia Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social ADRES y en Ia Superintendencia Nacional de Salud a tadas Ia Superintendencias Delegadas, a Ia Oficina de Tecnalogias de Ia lnformaciOnRESOLUCION NCJMERO OO8675 DE 2018 HOJA No. 8 ContinuaciOn de la resolución, "Porla cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promofora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud aI Pro grama

ContinuaciOn de la resolución, "Porla cual se actualiza el Certificado de Funcionamiento como Entidad Promofora de Salud para Ia operaciOn del Regimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud aI Pro grama de Entidad Promotora de Salud de Ia Caja de Compensación Familiar COMPENSAR NIT. 860066942-7, y se dictan otras di.sposiciones" y a la Secretaria General. ARTICULO 7. ADVERTIR que contra a presente Resoluciôn procede el recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el articulo 76 del Côdigo de Procedimiento Administrativo y de Ia Contencioso Administrativo que deberá interponerse por escrito en la diligencia de notiflcaclón personal, o dentro de los diez (10) dias siguientes a ella, o a Ia notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicaciôn, segün el caso. ARTICULO 8. La presente ResoluciOn rige a partir de la fecha de su ejecutoria. ARTICULO 9. PUBLICAR el contenido ..de la presente .Resoluciôn en Ia pâgina Web de Ia Superintendencia Nacional de Salud. Dada en Bogota D.C., 1 8 JUL 2018

PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CIJMPLASE

~ UZ SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyecto: Flarol Andrés Martinez Orozco - Coordinador Grupo 'de HabilitaciOn y Modificaciones de EAPB RevisO: Olga Lucia Jirnenez Orostegui - Asesora Encargada de las Funciones de Ia Direcci IV para EAPI3 José Manuel Suãrez Delgado, Jefe Oficina Asesora Juridic (E)f Claudia Maritza Gômez Prada, Asesora del Despacho

José Manuel Suãrez Delgado, Jefe Oficina Asesora Juridic (E)f Claudia Maritza Gômez Prada, Asesora del Despacho AprobO: José Oswaldo Bonilla - Superintendente Delegado para Ia SupervisiOn Institucional I

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