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SUPERSALUD - Resolución Res. 4135 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución Res. 4135 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA tibertad y Orden SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 004135 DE 2018 2.7 MAR 2018 ) “Por medio de la cual se fija el horario de atención al usuario en la Sede Central, Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud para el miércoles 28 de marzo de 2018” EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas numeral 1 del artículo 7 del Decreto No. 2462 de 2013, el artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978 y el Decreto No.265 de 2018 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece gue la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de iguaidad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. De igual forma las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del estado. Que fa Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de las actividades institucionales de bienestar para sus funcionarios y sus familias, propicia espacios de integración del núcleo familiar con ocasión de la celebración de la Semana Mayor; sin que con ello se vea comprometido el cumplimiento de sus objetivos misionates Que el inciso segundo del artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, al fijar la potestad de los jefes de la Administración Pública sobre la jornada laboral establece: (..) Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo

Que el inciso segundo del artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, al fijar la potestad de los jefes de la Administración Pública sobre la jornada laboral establece: (..) Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jomada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras. (...) Que con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7? de la Ley 1437 de 2011, sobre los deberes de las autoridades en la atención al público como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana se garantizará ta atención al público dentro det horario establecido para el miércoles 28 de marzo de 2018. Que el miércoles 28 de marzo de 2018 la jornada labora! iniciará a partir de las 7:00 a.m. y culminará a las 1 p.m. en horario ininterrumpido, horario durante el cual se prestará la atención al usuario en la Sede Central, Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud. Que, en mérito de lo expuesto, SNRESOLUCIÓN NÚMERO. DE_2018 HOJANo._2 004135 ( S "Por medio de la cual se fija el horario de atención al usuario en la sede central, regionales y puntos de atención al ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud para el miércoles 28 de marzo de 2018" RESUELVE Artículo 1. FIJAR como jornada laboral para el miércoles 28 de marzo de 2018, a partir de las 7:00 a.m. y la 1:00 p.m., en horario ininterrumpido.

Parágrafo: Los funcionarios del nivel directivo o gerencia pública de la Superintendencia

las 7:00 a.m. y la 1:00 p.m., en horario ininterrumpido.

Parágrafo: Los funcionarios del nivel directivo o gerencia pública de la Superintendencia Nacional de Salud adoptarán las medidas necesarias con el fin de garantizar el despacho y atención prioritaria de aquellos procesos y actuaciones cuyo plazo se cumpla por Ley el 28 de marzo de 2018. De ta misma forma, velaran por el cumplimiento del numeral 2 del artículo 7 de la Ley 1437 de 2011 acerca de los niveles esenciales (40 horas semanales) de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud, Artículo 2... ORDENAR la atención al usuario a nivel nacional (Sede Central, Regionales y puntos de atención al ciudadano) entre las 7:00 a.m. y la 1:00 p.m. en horario ininterrumpido del miércoles 28 de marzo de 2018.

Como consecuencia de lo anterior, no habrá entrega ni recibo de correspondencia, comunicaciones externas, citaciones y notificaciones a partir de las 1:00 p.m. del miércoles 28 de marzo de 2018, Artículo 3. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud y remitase a las dependencias de la Entidad para que sea informado lo dispuesto en este acto administrativo mediante aviso visible ai público en las ventanillas y puntos de atención al ciudadano. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., alos. 4 / MAR 2018 de2018

IS FÉRN ÓÚ CRUZ ARAÚJO

Superintendente Nacional de Salud osa Misaelina Ospina PeñaCoordinadora Grupo de Talento Humana,

Dada en Bogotá D.C., alos. 4 / MAR 2018 de2018

IS FÉRN ÓÚ CRUZ ARAÚJO

Superintendente Nacional de Salud osa Misaelina Ospina PeñaCoordinadora Grupo de Talento Humana, ose Manuel Suarez DelgadoJefe Oficina Asesora Jurídica (E) ¿yn .

Revisó y Aprobó: E Patricia Pinilla Martinez. Secretaria General (E) A

royectó - Revisó Fernando A Mantilla GonzalezE

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