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SUPERSERVICIOS - Circular 3 de 2007

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

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Detalles

Título
SUPERSERVICIOS - Circular 3 de 2007
Autor
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

CIRCULAR EXTERNA 3 DE 2007

CIRCULAR EXTERNA 3 DE 2007

(abril 16) Diario Oficial No. 46.602 de 17 de abril de 2007 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS De Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Para Alcaldes y Personas Prestadoras de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado Asunto Medidas preventivas y contingentes para asegurar la calidad y continuidad en la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado. De conformidad con los informes expedidos por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, el inicio de la época invernal en Colombia ha registrado altas precipitaciones en la Zona Andina, Pacífica y Caribe y la probabilidad de un 40% de generarse el denominado “Fenómeno Frío del Pacífico-La Niña” el cual incorporaría un aumento en las precipitaciones y humedad del suelo en las regiones mencionadas. Lo anterior obliga a que los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado del país, tomen medidas para mitigar y prevenir situaciones que afecten la calidad y continuidad en la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado como consecuencia del aumento de los caudales. En tal sentido, se solicita a las personas prestadoras de estos servicios públicos coordinar los planes de contigencia respectivos de conformidad con el artículo 201 de la Resolución 1096 de 2000(1) con la Administración Municipal correspondiente(2), las autoridades ambientales competentes y el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres

(Snpad)(3), que permitan atender de manera eficaz las posibles emergencias sanitarias que se generen como consecuencia de inundaciones, desbordamientos, fenómenos de erosión, incremento de turbiedad en las fuentes hídricas, deslizamientos y avalanchas. Se recuerda a los prestadores de los servicios públicos adelantar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo a los sistemas de acueducto y alcantarillado previstas en el Decreto 302 del 25 de febrero de 2000(4) y artículo 22 de la Resolución 096 de 17 de noviembre de 2000(5) expedidos por el entonces Ministerio de Desarrollo Económico. Con base en la mencionada normatividad y en virtud de las funciones de vigilancia preventiva que le competen a esta Superintendencia, se hace un llamado a los prestadores de los servicios de Acueducto y Alcantarillado para que adelanten acciones dirigidas a: a) Contar con acciones contingentes para el suministro de agua potable, en los eventos de suspensión de la operación de las plantas de potabilización, como consecuencia de incrementos en los niveles de turbiedad en las fuentes hídricas; b) Realizar mantenimientos preventivos sobre los sistemas de alcantarillado sanitario, combinado o pluvial; CIRCULAR EXTERNA 3 DE 2007 c) Realizar mantenimiento correctivo de las conexiones erradas a las redes de alcantarillado, que pongan en riesgo zonas de ladera donde existan asentamientos humanos o generen potenciales deslizamientos de suelo; d) Identificar zonas de inundación y mantener planes de contingencia o emergencia mantener la prestación de los mencionados servicios a los usuarios afectados por estos

eventos; e) Coordinar con la autoridad ambiental competente el manejo de los cauces, ríos y quebradas que permitan mitigar inundaciones o emergencias sanitarias, especialmente en municipios donde operen sistemas de alcantarillado tipo combinado (recolección de aguas lluvias y aguas residuales sobre la misma tubería); f) Coordinar con las empresas prestadoras del servicio de aseo, la recolección de escombros y basuras sobre canales, cauces, humedales y sitios de pondaje. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios adelanta gestiones para incorporar en el Sistema Unico de Información, SUI, un subsistema de seguimiento y control a los posibles riesgos y amenazas sobre la infraestructura de los servicios de acueducto y alcantarillado que generen de manera directa y eventual, las fallas en la calidad y continuidad en la prestación de dichos servicios. Comuníquese y publíquese.

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